DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -CONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA POLÍTICAS DE EMPLEO ENTRE LOS DESEMPLEADOS DE MUNICIPIOS DE HASTA 2.000 HABITANTES, ANUALIDAD 2011 página 40BASES.
«Primero.- Aprobar la Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Alicante para potenciar políticas de empleo entre los desempleados de municipios de hasta 2.000 habitantes, así como sus Bases específicas, que, junto con aquélla, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, con una dotación estimada de 2.000.000 de euros y cuyo contenido es del siguiente tenor literal:
«PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria para la concesión, durante el año 2011, de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Alicante para potenciar políticas de empleo entre los desempleados con residencia en cada uno de los municipios de hasta 2.000 habitantes.«Primero.- Aprobar la Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Alicante para potenciar políticas de empleo entre los desempleados de municipios de hasta 2.000 habitantes, así como sus Bases específicas, que, junto con aquélla, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, con una dotación estimada de 2.000.000 de euros y cuyo contenido es del siguiente tenor literal:
Serán subvencionables los gastos de contratación de personal al servicio de los Ayuntamientos peticionarios que se realicen a partir de la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Alicante de la resolución de la presente convocatoria, para la ejecución, en la anualidad 2011, de las siguientes actuaciones:
- Las actuaciones de mantenimiento, conservación y custodia de entornos urbanos, parques, jardines, zonas de recreo, etc.
- Limpieza de espacios públicos.
- Vigilancia y custodia de edificios e instalaciones públicas.
- Actividades de animación sociocultural en centros de tercera edad y guarderías.
Las personas a contratar por los Ayuntamientos, habrán de estar empadronadas en el municipio solicitante de la ayuda y estar desempleados.

2. La presente convocatoria y sus Bases quedarán condicionadas a la existencia de crédito suficiente y adecuado, una vez se apruebe definitivamente el expediente de modificación de créditos por el Pleno de la Diputación de Alicante.
3. La cuantía de la ayuda podrá alcanzar los importes máximos, que en función del número de habitantes, se relacionan a continuación y que podrá representar hasta el 100% de la actuación subvencionada:
HASTA 250 HAB. _ _ 18.000 €
DE 251 A 1.000 HAB. _ _ 30.000 €
DE 1.001 A 2.000 HAB. _ _ 43.176 €
SEGUNDA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Los ayuntamientos de la provincia interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicará en la página web de esta Diputación (www.ladipu.com), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo comprendido entre el día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de esta Excma. Diputación y hasta el 25 de marzo de 2011. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
SEGUNDA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Los ayuntamientos de la provincia interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicará en la página web de esta Diputación (www.ladipu.com), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo comprendido entre el día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de esta Excma. Diputación y hasta el 25 de marzo de 2011. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.


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