jueves, 30 de junio de 2011

3 Técnicos superiores de laboratorio (Título del proyecto: European High Power RF Space Laboratory). Consorcio Espacial Valenciano – Val Space Consor

Consorcio Espacial Valenciano - Val Space Consortium

Ciudad Politécnica de la Innovación

Edificio 8G - Acceso B - Planta B
Camino de Vera s/n (esquina calle Fausto Elio) 46022 Valencia - España
Tel:+34 96 2051401
Fax:+34 96 2051402

Plazas: 3 Técnicos superiores de laboratorio (Título del proyecto: European High Power RF Space Laboratory).

Tipo de contrato: Contrato laboral temporal de obra o servicio determinado, para la realización del proyecto European High Power RF Space Laboratory, código VSC1101

TITULACION : Ingeniero de Telecomunicación o licenciado en Físicas o su equivalente en grado y máster.

Solicitudes. 2.1. La presentación de solicitudes se podrá efectuar en el Registro General del Consorcio Espacial Valenciano – Val Space Consortium (VSC), Ciudad Politécnica de la Innovación, edificio 8G, acceso B, planta B, camino de Vera, s/n, 46022, Valencia, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria. {del 30 de junio al 21 de julio de 2011, a.i.}
Página web del Consorcio Espacial Valenciano – Val Space Consortium (VSC), cuya dirección

es www.val-space.com

ANEXO I
Características y requisitos del puesto de trabajo ofertado
Código de la convocatoria: VSC1101.
Número de puestos convocados: ( 3 ) tres.
Denominación del puesto de trabajo: técnico superior de laboratorio.
Título del proyecto: European High Power RF Space Laboratory.

Unidad de destino: Consorcio Espacial Valenciano – Val Space Consortium (VSC).
Localidad: Valencia.
Titulación: ingeniero de Telecomunicación o licenciado en Físicas o su equivalente en grado y máster.
Grupo: A-1.
Retribución anual bruta: 24.630,08 € (A-1 CD20 CE01).
Jornada laboral: a tiempo completo, semanalmente de 36 horas y 15 minutos, en horario de mañana y tarde.
Tipo de contrato: temporal; obra o servicio determinado*.
(* La contratación quedará a expensas de la correspondiente consignación presupuestaria).
Duración: 24 meses.

2ª convocatoria de ayudas o subvenciones: financiar la celebración de actividades divulgativas y acciones de comunicación sobre la Unión Europea y ...

Ayudas / Subvenciones
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Resolución de 22 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Unión Europea, por la que se publica la segunda convocatoria para la concesión de subvenciones correspondientes al año 2011, para la celebración de acciones de comunicación y actividades divulgativas.
1. Objeto, condiciones y finalidad. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de ayudas o subvenciones destinadas a financiar la celebración de actividades divulgativas y acciones de comunicación sobre la Unión Europea y su desarrollo institucional, político, económico, social y cultural, con especial hincapié en el papel de España y particular atención al debate sobre el balance de la Presidencia en Trío del Consejo de la Unión que han protagonizado nuestro país, Bélgica y Hungría, que tengan lugar durante el año 2011, desde el momento en el que se conozca la concesión hasta el 5 de noviembre de 2011.
La finalidad de estas subvenciones es promover la realización de iniciativas de comunicación y participación ciudadana sobre los asuntos anteriormente citados y que sirvan al objetivo de promover el concepto y la práctica de ciudadanía europea en y con la sociedad civil española.
Dichas subvenciones se otorgarán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.
4. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos. Podrán solicitar la subvención:
• Personas físicas españolas o extranjeras.
• Personas jurídicas españolas, legalmente constituidas, que sean fundaciones o entidades pertenecientes al sector público o privado.
5. Solicitudes y documentación. 5.1 Las solicitudes de la subvención dirigidas al Secretario de Estado para la Unión Europea, se podrán presentar:
• Utilizando los medios electrónicos, previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, a través del Registro Electrónico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en la página web www.maec.es.
• En cualquiera de las formas que prescribe el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En caso de entregarse en mano en el Registro de la Secretaría de Estado para la Unión Europea en calle Serrano Galvache, 26, Torre sur - 3ª planta, 28071 - MADRID, su horario de atención al público, es de 9:30 a 14:30, los días hábiles de lunes a viernes.
Cuando no se utilicen medios electrónicos para la presentación de solicitudes, se deberá enviar un aviso mediante correo electrónico a la siguiente dirección subvencion.seue@ue.maec.es o por fax (al 91 379 84 10) indicando la entidad solicitante, título del proyecto y la cantidad solicitada, así como la fecha y forma de envío.
Los anexos se encontrarán, junto con la convocatoria, disponibles en la páginas web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación www.mae.es y en www.hablamosdeeuropa.es.
6. Plazo presentación. Las solicitudes se podrán presentar a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 12 de julio de 2011.

5 plazas del Cuerpo de Médicos Titulares, código 1205, por el sistema general de acceso libre. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Orden SPI/1798/2011, de 16 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Médicos Titulares.
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 183, del 30 de julio).
Bases específicas
1. Descripción de las plazas.- 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas del Cuerpo de Médicos Titulares, código 1205, por el sistema general de acceso libre.
2. Proceso selectivo.- El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Programas.- El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
4. Titulación.- Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5. Solicitudes.- 5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web de este Ministerio (www.mspsi.gob.es) acceso por profesionales, oposiciones y concursos o en el portal del ciudadano www.060.es (Trabajo-modelo 790).
5.2 La presentación de solicitudes se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar solicitudes a través de Internet en el portal del ciudadano www.060.es (Trabajo-Inscripción en pruebas selectivas), en el portal del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública www.mpt.es (Procesos selectivos de empleo público-Inscripción en los procesos selectivos) o en el portal de este Departamento www.mspsi.gob.es (acceso por profesionales, oposiciones y concursos).
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.
En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.
b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.
5.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 1 al 20 de julio de 2011, a.i.}y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (Subdirección General de Recursos Humanos).

se regula la pesca de especies altamente migratorias: pez espada, tiburón azul, marrajo dientuso y tiburones pelágicos.

Orden ARM/1793/2011, de 27 de junio, por la que se modifica la Orden ARM/1647/2009, de 15 de junio, por la que se regula la pesca de especies altamente migratorias.
Artículo único. Modificación del artículo 1 de la Orden ARM/1647/2009, de 15 de junio, por la que se regula la pesca de especies altamente migratorias.
El artículo 1 queda redactado como sigue:
«Artículo 1. Regulación de la pesquería de pez espada, tiburón azul, marrajo dientuso y tiburones pelágicos.
1. Se prohíbe la captura, tenencia a bordo, desembarque o comercialización de tiburón azul (Prionacea glauca), Marrajo dientuso (Ixurus oxyrhinchus) y cualquier otro tiburón pelágico, incluida la captura accesoria o fortuita, por parte de cualquier buque que no se encuentre incluido en el censo unificado de palangre de superficie.
2. Las especies mencionadas en el apartado anterior únicamente podrán ser objeto de captura con arte de palangre de superficie, de acuerdo con lo previsto en la Orden APA/2521/2006, de 27 de julio, por la que se regula la pesca con arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias y por la que se crea un censo unificado de palangre de superficie.
3. No obstante lo anterior, se autorizará la tenencia a bordo, el desembarque y la comercialización de aquellas capturas accidentales de pez espada (Xiphias Gladius), que puedan realizarse con otras modalidades pesqueras autorizadas en el Mar Mediterráneo distintas del palangre de superficie, hasta un único ejemplar de la referida especie, por embarcación y día en cada marea.
A efectos del necesario control y seguimiento de la pesquería de esta especie, las embarcaciones no censadas en la modalidad de palangre de superficie que puedan, por las características de sus artes o aparejos y zona de pesca, realizar accidentalmente este tipo de capturas, deberán estar en posesión de un permiso expedido expresamente por la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura en el que figurará el periodo de vigencia o validez del mismo, y que será solicitado por el armador ante el referido organismo.»
Disposición final segunda. Entrada en vigor.- La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».[desde el 1 de julio de 2011]
Disposición final tercera. Periodo de validez.- La presente orden estará en vigor hasta el 1 de junio de 2012.

miércoles, 29 de junio de 2011

«Expocreativa 2011, Concurso de Artes Plásticas, Pintura y Cerámica realizadas por personas adultas con discapacidad intelectual»

Diputació Provincial d'Alacant. Convocatoria de «Expocreativa 2011, Concurso de Artes Plásticas, Pintura y Cerámica realizadas por personas adultas con discapacidad intelectual», de conformidad con las siguientes:
«BASES.
Primera.- Objeto. La Excma. Diputación Provincial de Alicante pretende colaborar activamente en aquellas actuaciones que viene realizando el colectivo de personas con una Discapacidad Intelectual, dando a conocer las actividades que se realizan en torno a medidas de integración, inserción, fomento de empleo, normalización… a tal efecto y a través del Área de Bienestar Social se convoca EXPOCREATIVA 2011, consistente en un concurso de Artes Plásticas, Pintura y Cerámica, cuyas obras artesanales hayan sido realizadas por personas adultas con discapacidad intelectual, atendidas en Centros Específicos, Centros Especializados y Centros de Educación Especial que cuenten con Programas de Transición a la Vida Adulta, cuyos usuarios sean mayores de edad, ubicados en la Provincia de Alicante, todos ellos registrados y/o autorizados para su funcionamiento por las Consellerias de Bienestar Social y Educación, según normativa específica aplicable a cada perfil de Centro.
Segunda.- Solicitudes y Participantes. Sólo se admitirá una única solicitud que será formulada y suscrita, según proceda, por:
1).- Asociaciones o Entidades privadas sin ánimo de lucro, que sean titulares de Centros de Atención Especializada a Discapacitados Intelectuales, dependientes de los Servicios Sociales Especializados.
2).- Asociaciones de Padres de Alumnos (APA)/Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPA)/Asociaciones de Discapacitados Intelectuales que representen a su Centro, en los siguientes casos:
- Centros de Atención Especializada a Personas con Discapacidad Intelectual, dependientes de Servicios Sociales Especializados, cuyo titular sea la Conselleria de Bienestar Social, IVADIS u otra Entidad Pública.
- Centros de Atención Específica a Personas de idéntico perfil dependientes de Ayuntamientos y/o, Mancomunidades.
- Centros de Educación Especial, que dispongan de Programas de Transición a la Vida Adulta, pudiendo participar únicamente los usuarios mayores de edad.
En los casos en que la Entidad solicitante sea titular, o en su caso, represente a más de un Centro, sólo podrá inscribir y presentar obras de uno de ellos.
En ningún caso, los Centros participantes deberán tener actividad económica lucrativa, en el desarrollo de las actividades artísticas objeto de este concurso.
Todas las Asociaciones/Entidades solicitantes, deberán estar debidamente constituidas, según normativa vigente.
Los Centros de Atención Especializada, Específica y Centros de Educación Especial referidos en el punto 1) y 2) (en adelante Centros), dirigidos a la atención exclusivamente de personas con Discapacidad Intelectual, deberán estar ubicados en la Provincia de Alicante y estar registrados y autorizados en su funcionamiento por la Conselleria de Bienestar Social, según Decreto 91/2002, de 30 de mayo, sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de funcionamiento de los Servicios y Centros de Acción Social, en la Comunidad Valenciana y en relación a los Centros de Educación Especial con Programas de Transición a la Vida Adulta, deberán estar registrados en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Valenciana, según Decreto 115/1990, de 9 de julio y regirse por lo establecido en el Decreto 39/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, de ordenación de la educación para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.
Se entenderán excluidos los Centros de Educación Especial que no cuenten con Programas de Transición a la Vida Adulta, las Unidades de Educación Especial emplazadas en Centros Educativos ordinarios, y unidades de PCPI (Programas de cualificación Profesional Inicial) emplazadas en Centros de Secundaria o Centros de Formación Profesional.
Las Asociaciones/Entidades privadas sin ánimo de lucro, podrán participar en esta convocatoria mediante la presentación de obras, realizadas por los usuarios mayores de 18 años, con discapacidad intelectual que acuden a sus Centros, con los requisitos y condiciones que se establecen en adelante.
Tercera.- Secciones. 1.- Se establecen tres Secciones:
a) Pintura.
b)
Artes Plásticas.

c)
Cerámica.

Séptima.- Solicitudes, depósito y recogida de las obras. Se establecen tres fases:
A) Presentación de solicitudes de participación en Expocreativa 2011:
Las solicitudes de participación, ajustadas a los modelos oficiales que se publican como anexo I y II, se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, calle Tucumán nº 8, 03005, Alicante, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el art. 38.4º de la LRJPAC.
Si la solicitud se remite por correo, a los efectos del artículo 38.4.c) de la misma Ley, será necesario que se presente en sobre abierto para que sea fechada y sellada antes de que se proceda a su certificación, de conformidad con el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los Servicios Postales. En el caso de que no esté fechada y sellada por la oficina de correos, se entenderá como fecha válida de presentación la del sello de Registro de entrada de la Diputación Provincial de Alicante.
El plazo de presentación de solicitudes será de TREINTA DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Si el último día del plazo fuese sábado o festivo, se trasladará al siguiente hábil. {del 30 de junio al 29 de julio de 2011, a.i.} . www.ladipu.com

6 becas de formación práctica en materia de análisis y prospectiva agroalimentaria, rural, pesquera y medioambiental para titulados universitarios.

Orden ARM/1791/2011, de 15 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ( 6 ) becas de formación práctica en materia de análisis y prospectiva agroalimentaria, rural, pesquera y medioambiental para titulados universitarios.
1. Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, así como la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de 6 becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito del análisis y prospectiva agroalimentaria, rural, pesquera y medioambiental, para titulados universitarios, en las siguientes áreas de conocimiento:
a) Dos becas en el área de conocimiento de Medio Ambiente.
b) Dos becas en el área de conocimiento de Economía.
c) Dos becas en el área de conocimiento de Análisis Estadístico.
2. Finalidad de las becas. 1. La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento técnico-profesional en materia de análisis y prospectiva agroalimentaria, rural, pesquera y medioambiental. Las becas se desarrollarán dentro de un programa que podrá incluir los siguientes grupos de operaciones:
a) Análisis general de estructuras, coyunturas y políticas agrarias, alimentarias, pesqueras, del medio rural y del medio ambiente.
b)
Diseño y participación en actividades de difusión del conocimiento relacionadas con las áreas de conocimiento enunciadas en el artículo 1.

c) Elaboración de informes de ámbito general o específico relacionados con los sectores competencia del Departamento y específicamente con las operaciones establecidas en el apartado a).
d)
Búsqueda de información y creación, actualización, mantenimiento y explotación de bases de datos relacionadas con los trabajos realizados. Vinculación de dichas bases de datos, en su caso, con un Sistema de Información Geográfica.

2. El Programa de formación práctica y perfeccionamiento técnico-profesional implica la adquisición de conocimientos sobre las actividades del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en las áreas especificadas en el apartado 1.
5. Requisitos de los candidatos. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente orden aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser español o ciudadano de algún Estado miembro de la Unión Europea o de terceros países residente en España, que haya finalizado los estudios a los que se refiere el apartado c) en el año 2007 o con posterioridad.
b) Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado, diplomado, licenciado, ingeniero técnico o superior, doctor, o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con las becas que se convocan en el momento de la concesión de la beca. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
d) Conocimientos de inglés, francés o alemán.
e) Conocimientos específicos relacionados con las áreas de conocimiento enumeradas en el artículo 1 de esta orden, de acuerdo con los siguientes descriptores:
1.º Área de conocimiento de Medio Ambiente:
Economía de los Recursos Naturales.
Agricultura y medio ambiente: conocimientos en materia de uso sostenible de los recursos hídricos, sistemas agrarios, contaminación agraria y gestión de residuos, externalidades de la actividad agraria.
Cambio climático.
Agricultura y energía.
Indicadores agroambientales.
Uso sostenible de los recursos pesqueros.
Política medioambiental.
Protección de la naturaleza y Biodiversidad.
Economía verde y Energía renovables.
Medio Ambiente urbano (residuos, ruido).
Información ambiental.
2.º Área de conocimiento de Economía:
Economía de los Recursos Naturales.
Economía Pesquera: esfuerzo pesquero, mercados pesqueros, acuerdos internacionales.
Política Pesquera Común.
Macroeconomía y economía internacional.
Microeconomía y economía de la producción agraria.
Comercialización agraria.
Gestión y análisis del riesgo: tratamiento económico del riesgo (climático y de mercados).
Programación Matemática.
Comercio internacional, Organización Mundial de Comercio y Acuerdos Comerciales Internacionales.
Población y medio rural.
Inmigración y agricultura y/o medio rural.
Mujer y medio rural y/o medio pesquero.
Técnicas cuantitativas aplicadas al análisis sociológico.
Sociología Agraria, Alimentaria, Rural y Pesquera.
3.º Área de conocimiento de Análisis Estadístico:
Análisis estadístico: métodos multivariantes.
Diseño y tratamiento de encuestas.
Análisis econométrico.
Programación matemática.
Creación y gestión de bases de datos.
f) Manejo a nivel de usuario de los programas informáticos de tratamiento de texto, hoja de cálculo y presentaciones.
6. Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes se dirigirán a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y se presentarán en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Asimismo, se admitirá la presentación vía telemática de las solicitudes, conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
3. Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo de instancia que figura en el anexo a la presente orden y se presentarán en el plazo máximo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 30 de junio al 19 de julio de 2011, a.i.}
12. Duración y dotación de las becas. 1. Las becas podrán comenzar a partir del 1 de octubre de 2011 o, en su caso, desde la fecha de resolución de concesión de las mismas, si esta ésta fuera posterior, finalizando el 31 de diciembre de 2012, y podrán ser prorrogadas anualmente hasta un máximo de dos años, previa solicitud del beneficiario y de acuerdo con la evaluación por el tutor de la labor realizada, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.
2. La dotación mensual de la beca por beneficiario será de 1.200 euros referidos al año 2011.

ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2011.

Orden ARM/1790/2011, de 20 de junio, por la que se convoca la concesión de ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2011.
Objeto: La presente Orden tiene como objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones reguladas en la Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, y en las ordenes de modificación ARM/3927/2008, de 23 de diciembre; ARM/1173/2010, de 27 de abril, y ARM/964/2011, de 13 de abril, para el desarrollo tecnológico pesquero y acuícola.
Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las organizaciones de productores pesqueros, las cofradías de pescadores, las asociaciones empresariales cuya actividad principal esté vinculada a la gestión, explotación o conservación de los recursos naturales vivos o del medio ambiente marino, incluyendo la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura y que desee llevar a cabo actividades de desarrollo tecnológico y las plataformas tecnológicas de ámbito estatal o las asociaciones empresariales que actúen en representación de éstas cuya temática y campo de actuación se englobe dentro del sector pesquero y acuícola y cuyo fin sea el fomento de la investigación científico-tecnológica entre diferentes agentes del sistema de I+D+i mediante análisis y discusión de estrategias de interés estratégico nacional.
2. Los beneficiarios podrán presentarse en colaboración con otras asociaciones o entidades o instituciones científicas del sector.
3. Los beneficiarios deberán tener condición de pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 736/2008, de la Comisión, de 22 de julio de 2008, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales concedidas a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca.
Forma y plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de los proyectos, se presentarán en impreso normalizado, dirigidas a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrán presentarse en el registro General de la Secretaría General del Mar (calle Velázquez 144, planta baja, 28071 Madrid), o cualquiera de los lugares previstos en el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Cuando las solicitudes sean presentadas en lugar distinto al Registro General de la Secretaría General del Mar, y para favorecer la agilidad del procedimiento y subsanación de errores de la solicitud, será necesario notificar al órgano instructor de su presentación: Para ello deberá enviarse por fax: (n.º 913476063) o la dirección de correo electrónico (uinnovacion@mapa.es) copia del impreso de la solicitud de la ayuda, en el que conste la fecha de presentación.
3. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria.{del 30 de junio al 29 de julio de 2011, a.i.}
4. La solicitud se presentará en los modelos de impresos normalizados que acompañan a la convocatoria, que estarán disponibles en el sitio web (www.marm.es/es/pesca). Asimismo podrán solicitarse a la dirección de correo electrónico que figura en el apartado anterior

1 Psicólogo/a, 1 Trabajador/a Social, 2 Monitor Sociocultural, 2 Guía de Turismo, 2 Aux. Ayuda a Domicilio.Comarca de Andorra-Sierra de Arcos (Teruel

Resolución de 20 de junio de 2011, de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos (Teruel), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» número 53, de 17 de marzo de 2011, con corrección de errores en el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» número 64, de 1 de abril de 2011, y en el «Boletín Oficial de Aragón» número 101, de 25 de mayo de 2011, con corrección de errores publicada en el «BOA» n.º 119, de 20 de junio de 2011, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Psicólogo, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Una plaza de Trabajador Social, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Dos plazas de Monitor Sociocultural, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Dos plazas de Guía de Turismo, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Una plaza de Monitor de Deportes, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Dos plazas de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Una plaza de Profesor del Milocha (fijo discontinuo), de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Asimismo, las bases generales que regulan los procesos selectivos se han publicado íntegramente en el «Boletín Oficial de Aragón» de 25 de mayo de 2011 y corrección de errores publicada en el «BOA» de 20 de junio de 2011.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 30 de junio al 19 de julio de 2011, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» o en el tablón de anuncios de la comarca. www.andorrasierradearcos.com

martes, 28 de junio de 2011

Premio Nacional Victoria Kent 2011 para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.

Resolución de 3 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se convoca el Premio Nacional Victoria Kent 2011 para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.
Por Orden INT/2093/2010, de 19 de julio, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprobaron las Bases Reguladoras para la concesión del premio nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, y de acuerdo con lo establecido en la Base Reguladora Sexta, esta Subdirección General ha resuelto aprobar la presente convocatoria del premio nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria para el año 2011, que se desarrollará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
La cuantía total de los premios es de cinco mil doscientos ochenta euros (5.280,00 €). Dicha cuantía se distribuirá de la siguiente forma:
Premio: 2.640 euros. Accésit 1: 1.320 euros. Accésit 2: 1.320 euros.
La finalidad del Premio es fomentar la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria y el objeto premiar el trabajo de investigación considerado de mayor mérito.
La concesión de las subvenciones se efectuará mediante concurrencia competitiva.
Podrán optar a los premios, según la Base Reguladora Tercera, las personas físicas, de nacionalidad española o extranjera. No podrán participar los miembros del jurado, ni los premiados en anteriores convocatorias.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 y artículo 27 del Reglamento que la desarrolla aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, no podrán concurrir a las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en la citada disposición.
Los trabajos de investigación versarán sobre el medio penitenciario, desde un plano histórico jurídico, psicológico, social o de cualquier otra disciplina científica, ya sea con un enfoque estrictamente teórico o a partir de experiencias concretas.
Serán objeto de atención preferente los trabajos presentados sobre los siguientes temas:
1. Drogodependencias y prisión.
2. Régimen abierto y medidas alternativas a la prisión.
3. Derecho Penitenciario Comparado.
4. Enfermedad mental y prisión.
5. Tratamiento Penitenciario en Centros.
Los trabajos de investigación habrán de dirigirse al Registro General de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias (calle de Alcalá, 38, 28014 Madrid), pudiendo, en todo caso, presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, antes de las catorce horas del día 9 de septiembre de 2011.

ayudas económicas para el acceso a la propiedad de vivienda de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Ayudas
Orden DEF/1777/2011, de 22 de junio, por la que se determinan las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para el acceso a la propiedad de vivienda de los miembros de las Fuerzas Armadas.
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1. Finalidad y objeto de las ayudas.1. Las ayudas económicas objeto de esta disposición tienen por finalidad facilitar el acceso a la propiedad de vivienda de los miembros de las Fuerzas Armadas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
2. Será competencia del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED), su concesión conforme a lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto.
3. En todo caso, quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta orden ministerial las obras de remodelación, ampliación o rehabilitación de una vivienda ya existente.
2. Solicitantes y beneficiarios. Podrán ser solicitantes y, en su caso, alcanzar la condición de beneficiarios de las ayudas económicas para el acceso a la propiedad de vivienda los militares de carrera de las Fuerzas Armadas que cumplan los requisitos establecidos en esta orden ministerial y en las correspondientes resoluciones de convocatoria.
3. Convocatoria.1. El procedimiento de concesión de ayudas contemplado en esta orden se iniciará de oficio mediante Resolución de convocatoria del Director Gerente del INVIED, que desarrollará el procedimiento para la concesión según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. En la resolución de convocatoria, que será publicada en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa», figurarán necesariamente, además de la cuantía de la ayuda individual máxima a percibir por los beneficiarios, los demás extremos establecidos en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
6. Procedimiento de solicitud y concesión. 1. Las solicitudes serán presentadas en las Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas delegadas de Defensa, en las Áreas de Patrimonio o de Personal dependientes de las mismas, así como en los Registros del INVIED, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la publicación de cada convocatoria, mediante impreso normalizado que se podrá obtener en dichas dependencias o a través de la pagina web del Instituto. [ www.invied.mde.es ] Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se determine en las respectivas convocatorias.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se comprobará que el interesado cumple los requisitos exigidos, procediendo a establecer el orden de prelación de las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 7 de esta orden ministerial.

6 Bombero-Conductor, 3 Policía Local, 1 Administrativo/a .Ayuntamiento de Pontevedra (Galicia)

Resolución de 14 de junio de 2011, del Ayuntamiento de Pontevedra, referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
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En el «Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra» número 92, de 13 de mayo de 2011, y corrección de errores en el BOP número 110, de 9 de junio de 2011, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Clasificación: Escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Servicio Extinción Incendios. Número de vacantes: 6. Denominación: Bombero-Conductor. El sistema de selección será el de oposición libre.

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En el «Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra» número 92, de 13 de mayo de 2011, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local. Número de vacantes: 1. Denominación: Inspector. Se establece el sistema de concurso de méritos para el acceso por movilidad horizontal desde otros cuerpos de la policía local de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local. Número de vacantes: 5. Denominación: Policía. Se establece el sistema de oposición libre para la provisión de tres plazas y el sistema de concurso de méritos para el turno de movilidad horizontal para el acceso desde otros cuerpos de la policía local de la Comunidad Autónoma de Galicia para las dos plazas restantes.

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En el «Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra» número 92, de 13 de mayo de 2011, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Clasificación: escala de Administración General, subescala Administrativo. Número de vacantes: 7. Denominación: Administrativo. Se establece el sistema de oposición libre para la provisión de una plaza, y el sistema de concurso-oposición restringido mediante el procedimiento de promoción interna para la provisión de las seis plazas restantes.
*-*-*-*-*-*
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 29 de junio al 18/ de julio de 2011, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra» y en el tablón de edictos de la Corporación. www.concellopontevedra.es

2 plazas de Auxiliar Administrativo ( C2 ). Diputación Provincial de Jaén

Resolución de 15 de junio de 2011, de la Diputación Provincial de Jaén, referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Jaén» n.º 120, de 27 de mayo de 2011, y en «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 116, de 15 de junio de 2011, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
2 plazas de Auxiliar Administrativo, de la escala Administración General, subescala Auxiliar, mediante el sistema de concurso-oposición libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 29 de junio al 18 de julio de 3011, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en Boletín Oficial de la Provincia.
www.dipujaen.es

lunes, 27 de junio de 2011

Bases: 1 Administrativo/a (C1), y 6 Auxiliares Administrativo/as (C2). Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber (Camp de Turia-València)

Anuncio del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección para la provisión en propiedad de una ( 1 ) plaza de administrativo de Administración General, por turno libre y por el sistema de oposición.
ANUNCIO
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de junio de 2011, se aprobaron las bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección para el acceso y provisión en propiedad de una plaza de Administrativo de Administración General, Subescala Administrativos, Subgrupo C1, naturaleza funcionarial, incluida en la oferta de empleo público de 2011 (plaza AD05), por turno libre y mediante el sistema de oposición, transcribiéndose a continuación el texto íntegro de las bases aprobadas:
"Bases reguladoras para la provisión en propiedad, mediante turno libre, de una plaza de Administrativo de Administración General, Subgrupo C1, vacante en la plantilla de funcionarios de carrera de este Ayuntamiento, incluida en la oferta de empleo público de 2011.
Primera. Objeto.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión, en propiedad, de una plaza de Administrativo de Administración General, vacante en la plantilla municipal, con código AD05 en la oferta de empleo público aprobada por esta Entidad para 2011; encuadrada en la escala de administración general, subescala Administrativa, subgrupo C1.
Tercera. Sistema de provisión La plaza se proveerá por turno libre, y mediante el sistema de oposición.
Cuarta. Requisitos. Para poder tomar parte en el proceso selectivo será necesario cumplir los requisitos determinados por el Artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La titulación exigida se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera.
Quinta. Solicitudes Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia de la Corporación y se presentará en el Registro General durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Anuncio del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre bases reguladoras de los procesos de selección para la provisión en propiedad de varias ( 6 ) plazas de auxiliares administrativos de Administración General, por turno libre y por el sistema de oposición.
ANUNCIO
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de junio de 2011, se aprobaron las bases reguladoras de los procesos de selección para el acceso y provisión en propiedad de varias ( 6 ) plazas de Auxiliares Administrativos de Administración General, Subescala Administrativos, Subgrupo C2, naturaleza funcionarial, incluidas en la oferta de empleo público de 2011 (plazas B-AU01, B-AU02, B-AU03, B-AU04, B-AU06 y B-AU07), por turno libre y mediante el sistema de oposición, transcribiéndose a continuación el texto íntegro de las mismas:
"Bases reguladoras para la provisión en propiedad, mediante turno libre, de varias plazas de Auxiliar Administrativo de Administración General, Subgrupo C2, vacantes en la plantilla de funcionarios de carrera de este Ayuntamiento, incluidas en la oferta de empleo público de 2011.
Primera. Objeto.- El objeto de las presentes bases es la regulación de los procesos de selección para la provisión, en propiedad, de varias plazas de Auxiliar Administrativo de Administración General, vacantes en la plantilla municipal, con códigos B-AU01, B-AU02, B-AU03, B-AU04, B-AU06 y B-AU07 en la oferta de empleo público aprobada por esta Entidad para 2011; encuadradas en la escala de administración general, subescala Administrativa, subgrupo C2.
Tercera. Sistema de provisión.- Las plazas se proveerán por turno libre, y mediante el sistema de oposición.
Cuarta. Requisitos.- Para poder tomar parte en el proceso selectivo será necesario cumplir los requisitos determinados por el Artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La titulación exigida se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera.
Quinta. Solicitudes.- Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia de la Corporación y se presentará en el Registro General durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
www.sanantoniodebenageber.com [Lunes, 27 de Junio de 2011 - BOP 150]

Becas Residenciales en el Hogar Provincial de Alicante para: ( 31 ) Estudiantes Universitarios, y ( 12 becas) Deportistas de Equipos alicantinos ...

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
-BASES CONVOCATORIA BECAS RESIDENCIALES HOGAR PROVINCIAL PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CURSO 2011/2012 página 4
-BASES CONVOCATORIA BECAS RESIDENCIALES EN EL HOGAR PROVINCIAL PARA DEPORTISTAS DE EQUIPOS ALICANTINOS, TEMPORADA 2011/2012 página 7
«BASES DE CONVOCATORIA DE ( 31 ) BECAS RESIDENCIALES EN EL HOGAR PROVINCIAL DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CURSO 2011/2012.
Como complemento de la labor socio-asistencial que realiza la Excma. Diputación Provincial de Alicante, y dentro de los fines que se siguen en cuanto a promoción, fomento y reutilización de las instalaciones del Hogar Provincial, viene funcionando en dicho centro el Servicio de Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos. En consecuencia se convocan 31 Becas Residenciales para Estudiantes Universitarios, durante el curso académico 2011/2012.
Esta Convocatoria está destinada a todos aquellos jóvenes con perspectiva de cursar estudios universitarios y que tienen impedimentos de tipo económico o familiar para ello, intentándose además un objetivo prioritario propio de la Excma. Diputación como es la ayuda a jóvenes estudiantes de municipios de la provincia de Alicante, que acrediten un buen aprovechamiento académico y que, bien por su lejanía o por su situación socio-familiar, pierden la motivación para intentar matricularse y cursar estudios en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández, limitando su futura formación profesional.
BASES
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria. Se convocan 31 Becas para Estudiantes Universitarios, con carácter de internado durante el Curso 2011/2012, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Dichas Becas quedan excluidas del ámbito de aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante según lo establecido en su artículo 3.1 apartado d), aprobada en sesión plenaria de 14 de abril de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 118 de fecha 27 de mayo de 2005.
SEGUNDA. Requisitos. Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones:
a) Estar empadronado en un municipio de la Provincia de Alicante.
b) No haber cumplido los 26 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
c) Iniciar o estar cursando los siguientes estudios en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández:
1.- Los conducentes a la obtención del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, así como de las nuevas titulaciones que resulten de la aplicación de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
2.- Los cursos de adaptación y complementos de formación que puedan existir para titulados de primer ciclo universitario que deseen proseguir estudios superiores.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado ni para la realización de estudios de especialización o títulos propios de las universidades.
TERCERA. Prestaciones. La concesión de las Becas llevará consigo las siguientes prestaciones:
a) Alojamiento y manutención gratuitos en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, ubicada en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, hasta la finalización del curso académico 2011/2012, y en todo caso hasta el 17 de julio de 2012.
b) Abono de hasta 550 euros por Beca, para gastos de matriculación del curso académico, contra documento justificativo de la previa realización del gasto correspondiente. Se excluyen otros gastos derivados de cursos, seminarios, jornadas y análogos a éstos, no incluidos en la matrícula, incluso aunque reconozcan créditos de libre elección para el expediente académico del alumno.
c) Abono de hasta 250 euros por alumno becado y, previo justificante debidamente detallado, para la compra de libros y material técnico (que tengan la consideración de bienes corrientes no inventariables, de acuerdo con los criterios de Diputación) relacionado con los estudios cursados por los becarios.
d) El disfrute de la Beca permitirá al estudiante la asistencia a las clases en los cursos en que esté matriculado de acuerdo con los horarios oficiales de los centros docentes.
El abono de las prestaciones a que se refieren los apartados b) y c) anteriores, se realizará en dos plazos. A tal efecto los justificantes, con los requisitos legales previstos acreditativos del gasto correspondiente, deberán ser presentados antes del día 7 de noviembre de 2011 para el primer plazo y del día 9 de mayo de 2012 para el segundo.
SÉPTIMA. Solicitudes y plazo de presentación. Los solicitantes de las Becas elevarán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, según modelo que se facilitará en la Diputación con la correspondiente documentación, presentándose todo ello en el Registro General de esta Corporación Provincial, sito en C/ Tucumán, 8 de Alicante. El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 28 de junio al 27 de julio de 2011, a.i.} Los modelos de solicitud estarán disponibles asimismo en la web ladipu.com (@Oficina Virtual/Ayudas).
Las solicitudes podrán ser presentadas por los propios interesados, bien directamente o a través de alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
*-*-*-*
Convocatoria de Becas Residenciales en el Hogar Provincial para Deportistas en Equipos Alicantinos, Temporada 2011/2012, así como las Bases que han de regir la misma, con arreglo al siguiente texto:
«BASES DE CONVOCATORIA DE ( 12 ) BECAS RESIDENCIALES EN EL HOGAR PROVINCIAL DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, PARA DEPORTISTAS DE EQUIPOS ALICANTINOS, TEMPORADA 2011/2012.
El deporte dentro de sus varias manifestaciones, se considera hoy día como una de las actividades sociales que más está calando en nuestra sociedad, configurándose como un elemento fundamental de nuestro entorno y además considerándose su práctica como medio esencial para el mantenimiento de la salud, creando en las personas que lo practican hábitos favorecedores de la inserción social y de fomento de la solidaridad.
Lo anterior supone que se considere como uno de los fines primordiales de la Excma. Diputación la adopción de medidas encaminadas al fomento de las prácticas deportivas y a prestar ayudas a aquellas personas que habitualmente las realizan.
Por ello y dentro de los fines que se persiguen en relación con la promoción, el fomento y reutilización de las instalaciones del Hogar Provincial, se ha establecido en dicho Centro el Servicio de Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos.
En consecuencia se convocan 12 Becas Residenciales en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación para Deportistas de Equipos Alicantinos, Temporada 2011/2012.
BASES
PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria. Se convocan 12 Becas para Deportistas en Equipos Alicantinos, con carácter de internado, durante el período de la temporada deportiva correspondiente 2011/2012, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Dichas Becas quedan excluidas del ámbito de aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante según lo establecido en su artículo 3.1 apartado d), aprobada en sesión plenaria de 14 de abril de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 118 de fecha 27 de mayo de 2005.
SEGUNDA.- Requisitos. Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones:
Ser español.
No obstante, podrán solicitar asimismo estas Becas, deportistas de nacionalidad extranjera que pertenezcan a clubes deportivos de la Provincia de Alicante.
Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 30 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En casos excepcionales, que serán debidamente valorados por la Comisión de Selección a que se refiere la base octava de esta Convocatoria, se podrán admitir solicitudes de deportistas con una edad superior a 30 años siempre que practiquen un deporte olímpico cuya plenitud de rendimiento deportivo se alcance en una edad superior o inferior a la fijada.
Practicar un deporte olímpico y tener la condición de deportista federado en dicho deporte, así como pertenecer a un club deportivo de la Provincia de Alicante.
TERCERA.- Prestaciones. La concesión de las Becas llevará consigo en favor de los beneficiarios el alojamiento y manutención gratuita en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, ubicada en el Hogar Provincial, durante el período de la temporada deportiva correspondiente 2011/2012, y en todo caso hasta el 30 de septiembre de 2012.
SEXTA.- Solicitudes y plazo de presentación. Los solicitantes de las Becas, elevarán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, según modelo que se facilitará en la Excma. Diputación (Registro General), con la correspondiente documentación, presentándose todo ello en el referido Registro General de esta Corporación Provincial, sito en la C/ Tucumán nº 8 de Alicante. El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 28 de junio al 27 de julio de 2011, a.i.}
Las solicitudes podrán ser presentadas por los propios interesados, o por las Federaciones Deportivas o Clubes Deportivos a los que pertenezca, bien directamente o a través de alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
www.ladipu.com