miércoles, 31 de julio de 2019

2 becas para la realización de actividades de formación teórico-práctica en materia de traducción jurídica. Tribunal Constitucional

El objeto de la convocatoria es la concesión de dos becas para la realización de actividades de formación teórico-práctica en materia de traducción jurídica, en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:
Primera. Objeto y condiciones. 1. Las becas tienen por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con la traducción jurídica vinculada a la actividad jurisdiccional, institucional y gubernativa del Tribunal Constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal.
2. Se convocan dos becas, con una duración de doce meses. Las becas podrán ser prorrogadas, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación de los interesados, por un máximo de seis meses, con arreglo a las disponibilidades presupuestarias.
3. Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y dirección de los Letrados jefes de los Servicios del Tribunal que determine el Secretario General, quien definirá las tareas a realizar conforme al correspondiente plan de formación.
4. El disfrute de estas becas no supondrá vinculación laboral o funcionarial alguna entre el becario y el Tribunal Constitucional.
Segunda. Dotación de las becas. La dotación de cada beca será de 1.150 euros brutos mensuales (siendo 27.600 euros el importe del gasto a comprometer, imputable a la aplicación presupuestaria 487). El Tribunal Constitucional asegurará la cobertura para el becario por el tiempo de duración de la beca, en los términos previstos por la legislación vigente en materia de Seguridad Social.
Tercera. Requisitos de los beneficiarios. Para optar a estas becas se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Estar en posesión del título de Graduado o Licenciado en Derecho o un título de otro país que acredite una formación jurídica equivalente.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1 de enero de 2014.
c) Perfecto dominio de las lenguas española e inglesa o francesa (lengua materna, nivel C2 del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas, Proficiency Certificate, DALF C2, puntuación mínima de 115 puntos en TOEFL, o equivalentes).
d) No padecer enfermedad ni discapacidad que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público. Las personas con discapacidad, con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que lo soliciten, recibirán las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la realización de las pruebas de acceso y, en su caso, de las actividades formativas, para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
e) No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No haber sido beneficiario de una beca en el Tribunal Constitucional con el mismo objeto de las ahora convocadas. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por tiempo inferior a seis meses.
Cuarta. Requisitos de las solicitudes. 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 a la presente resolución, que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es, y deberán dirigirse al Secretario General del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal Constitucional, calle Domenico Scarlatti, 6, 28003 Madrid, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo prevenido respecto de los registros electrónicos en su disposición final séptima.
2. A la instancia firmada deberá adjuntarse la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Copia del expediente académico completo con todas las calificaciones, sin perjuicio de la subsiguiente aportación de su certificado en los términos de la base 6.3.
c) Currículum vítae expresivo de:
Titulaciones académicas, indicando expresamente la fecha de iniciación y terminación de los estudios, así como la fecha de expedición del título, las calificaciones obtenidas más relevantes relacionadas con el objeto de la beca y la calificación media en base diez, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones nacionales universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Cursos recibidos o impartidos en materias relacionadas con el objeto de la beca.
Publicaciones en materias relacionadas con el objeto de la beca.
Experiencia laboral, profesional o de voluntariado relacionada con el objeto de la beca.
Cualquier otro mérito estrictamente relacionado con el objeto de la beca y que pueda resultar de interés a juicio del solicitante.
d) Justificación documental de los méritos y actividades reseñados, mediante copia simple, sin perjuicio de la subsiguiente aportación de certificados en los términos de la base 6.3.
e) Declaración responsable de hallarse al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme al anexo 3 de esta convocatoria.
3. El resumen del currículum vítae deberá expresarse en el formulario que se publica como anexo 2 a la presente convocatoria, y que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es.
4. Los participantes en la convocatoria podrán presentar una memoria en la que se expongan, de forma ordenada y clara, las razones que les mueven a optar a la beca y una reflexión personal sobre la traducción en el ámbito jurídico. La memoria, de la que se entregará un ejemplar en español y otro en el idioma extranjero elegido, tendrá una extensión máxima de 3.000 palabras.
5. El Tribunal Constitucional podrá requerir la información complementaria que estime necesaria.
Quinta. Plazo de presentación. 1. El plazo de presentación de las instancias será de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 31 de julio al 30 de agosto de 2019, a.i.}
2. Si la solicitud no reuniera los mínimos datos o documentos exigidos se notificará al interesado dicha falta y se le concederá un plazo de diez días hábiles para que subsane la misma o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistida su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.ª Convocatoria de los Premios Fundación Hidrógeno Aragón para Tesis Doctorales, Trabajos de Fin de Máster y Trabajos de Fin de Grado, organizados por la Fundación para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías del Hidrógeno en Aragón

Resultado de imagen de FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DEL HIDRÓGENO EN ARAGÓNFUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DEL HIDRÓGENO EN ARAGÓN. PREMIOS FUNDACIÓN HIDRÓGENO ARAGÓN 2019.
Se hace pública la 1.ª Convocatoria de los Premios Fundación Hidrógeno Aragón para Tesis Doctorales, Trabajos de Fin de Máster y Trabajos de Fin de Grado, organizados por la Fundación para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías del Hidrógeno en Aragón, con domicilio en Parque Tecnológico Walqa Carretera Nacional-330a, kilómetro 566, 22197 Huesca. El objetivo de estos premios es estimular tanto la investigación al más alto nivel como el estudio y conocimiento de las tecnologías relacionadas con la utilización de hidrógeno como vector energético, las energías renovables y la descarbonización del transporte y del sector energético.
Categorías y dotaciones:
Se otorgará un único premio por categoría para el autor del documento, con las siguientes dotaciones:
Premio Redexis-Fundación Hidrógeno Aragón mejor Tesis Doctoral 2.000 euros
Premio Idom-Fundación Hidrógeno Aragón mejor TFM 1.000 euros
Premio Air Liquide-Fundación Hidrógeno Aragón mejor TFG 800 euros
Los premios se harán extensivos al director del trabajo o tutor, que recibirá el diploma correspondiente. Este premio al director del trabajo o tutor no lleva asociada cuantía económica.
Destinatarios:
Podrán concurrir a estos premios todas las personas que hayan obtenido el título de doctor defendiendo su tesis doctoral, u obtenido el título de máster o grado, entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de octubre de 2019, por una universidad en alguna de las áreas científico-tecnológicas relacionadas con el objeto principal de la Fundación para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías del Hidrógeno en Aragón. Los trabajos deberán estar relacionados con las tecnologías del hidrógeno, las energías renovables y la descarbonización del transporte y del sector energético.
Bases:
Las bases completas de la 1.ª Convocatoria de los Premios Fundación Hidrógeno Aragón para Tesis Doctorales, Trabajos de Fin de Máster y Trabajos de Fin de Grado se encuentran íntegramente publicadas en la portal web www.hidrogenoaragon.org
Los aspirantes presentarán sus trabajos a través de la plataforma de la Fundación "Premios Fundación Hidrogeno Aragón" http://hidrogenoaragon.org/es/premios

becas de carácter general para el curso académico 2019-2020, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

BDNS (Identif.): 466805.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans).
Primero. Convocatoria. Se convocan becas para estudiantes que en el curso académico 2019-2020, cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.
Segundo. Beneficiarios. Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas:
1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional:
a) Primer y segundo cursos de Bachillerato.
b) Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de Formación profesional realizados en Centros Docentes Militares.
c) Enseñanzas artísticas profesionales.
d) Enseñanzas deportivas.
e) Enseñanzas artísticas superiores.
f) Estudios religiosos superiores.
g) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
h) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.
i) Formación Profesional básica.
2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster, incluidos los estudios de Grado y Máster cursados en los centros universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil.
b) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
c) Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Tercero. Solicitudes. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es o en www.educacionyfp.gob.es
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
Los plazos para presentar la solicitud se extenderán hasta:
A) El 15 de octubre de 2019, inclusive, para los estudiantes universitarios.
B) El 1 de octubre de 2019, inclusive, para los estudiantes no universitarios.
Cuarto. Componentes de las becas y cuantías:
1. Cuantías fijas. Serán las siguientes:
a) Beca de matrícula para estudiantes universitarios. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2019-2020.
b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: 1.600,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: 1.500,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
d) Cuantía fija ligada a la excelencia académica: entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
e) Beca básica para estudiantes no universitarios: 200,00 euros.
2. Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros.
Quinto. Información sobre la tramitación de la beca. El estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es. Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la administración educativa o universidad correspondiente identificándose como interesados en el expediente con el NIF/NIE correspondiente. Además en la página web de este Ministerio www.educacionyfp.gob.es podrá consultarse la situación de tramitación de las solicitudes en cada una de las universidades y administraciones educativas.

2 plazas de Policía Local (C1), y 1 plaza de Subinspector de Policía Local (A2), del Ayuntamiento de Caudete (Albacete)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» n.º 80, de 15 de julio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer dos plazas de policía local, pertenecientes a la Escala Básica, categoría de Policía, clasificadas en el Subgrupo C1, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» n.º 81, de 17 de julio, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector de Policía Local perteneciente a la Escala Ejecutiva, categoría de Subinspector, clasificada en el grupo A, Subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» n.º 82, de 19 de julio, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer una plaza de Oficial de Policía Local perteneciente a la Escala Básica, categoría de Oficial, clasificada en el Subgrupo C1, mediante el sistema de concurso-oposición, por promoción interna.
El plazo de presentación de solicitudes de las tres convocatorias será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 1 al 29 de agosto de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete», en el tablón digital de la sede electrónica del Ayuntamiento de Caudete y en el tablón de anuncios físico. www.caudete.es

1 plaza de Encargado/a de la Agencia Municipal de Lectura (C2), del Ayuntamiento de Biar (Alicante)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» número 134, de 17 de julio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer mediante oposición en turno libre:
Una plaza de Encargado/a de la Agencia Municipal de Lectura, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales y grupo C2.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 1 al 20 de agosto de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en «Boletín Oficial de la Provincia» y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Biar. www.biar.es

1 Educador/-a Social, subgrupo A2, para la ejecución de un programa de empleo temporal de apoyo al departamento de Servicios Sociales,.Ayuntamiento de Almussafes

Edicto del Ayuntamiento de Almussafes sobre convocatoria de proceso de selección de un/a educador/a social para ejecución de programa de empleo temporal de apoyo a los servicios sociales municipales.
EDICTO
Aprobadas mediante resolución de la Alcaldía nº 1653/2019, de 8 de julio, las bases que han de regir la selección de un/-a Educador/-a Social, subgrupo A2, para la ejecución de un programa de empleo temporal de apoyo al departamento de Servicios Sociales, el plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. {del 31 de julio al 13 de agosto de 2019, a.i.}
El modelo de instancia, anexos y copia de las bases se encuentran a disposición de los interesados en la página web de este Ayuntamiento (www.almussafes.es), lo que se hace público para general conocimiento.

lunes, 29 de julio de 2019

1 Tècnic/a de Joventut. Mancomunitat de la Valldigna

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Anunci de la Mancomunitat de la Valldigna sobre convocatòria per a proveir una plaça de tècnic/a de joventut.
ANUNCI
Per Resolució de Presidència de 5 d'abril de 2019 s'aprovaren les bases i la convocatòria per la constitució d'una borsa de treball per la selecció de personal interí. Duts a terme tots els tràmits, el 4 de juliol es va fer el primer exercici que no va ser superat per cap de les aspirants. Conseqüentment el procés selectiu ha quedat desert.
El termini de presentació de sol·licituds serà de 10 dies naturals comptadors des del següent al de la publicació d'aquest anunci en el «Butelltí Oficial de la Provincia de València». {del 30 de juliol al 8 d'agost de 2019, a.i.}
Els successius anuncis referents a aquesta convocatòria, quan procedisquen de conformitat amb les bases, es faran públics en el tauler d'anuncis de la Mancomunitat i en la pàgina web www.lavalldigna.es.
Les bases es poden consultar en la citada pàgina web.

1 plaza de Técnico de Biblioteca (A2), del Ayuntamiento de Vinaròs (Castellón)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Castellón» número 69, de fecha 30 de mayo de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer en propiedad:
Una plaza de técnico de biblioteca, escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase técnicos Medios, grupo A, subgrupo A2 de titulación, vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Vinaròs e incluida en la oferta de ocupación pública 2016.
El sistema de selección será el concurso oposición y el turno de acceso libre.
En el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana», núm. 8570, de fecha 14 de junio de 2019, se ha publicado extracto de la convocatoria.
El plazo de prestación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 30 de julio al 27 de agosto de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, se publicarán únicamente en el «Boletín Oficial de la Provincia de Castellón» y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (www.vinaros.es).

1 plaza de Auxiliar administrativo (C2), del Ayuntamiento de Orba (Alicante)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» número 135, de fecha 18 de julio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Auxiliar administrativo, perteneciente a la escala de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, mediante el sistema de oposición en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 30 de julio al 19* de agosto de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases. [http://orba.spotlio.com/home]

Subvenciones: a) para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras.b) para la promoción de la lectura y las letras españolas. c) para la edición de libros; y d) para la edición de revistas culturales. Subsecretaría de Cultura y Deporte.

Resultado de imagen de subvenciones ministerio de cultura y deportesMINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2019 de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras. 
BDNS(Identif.):467819
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/)
Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar estas subvenciones:
Entidades editoriales extranjeras, de naturaleza pública o privada, con o sin ánimo de lucro, que sean personas jurídicas o personas físicas dadas de alta en el régimen de autónomo de su país de origen, siempre que estén legalmente constituidas. Esta categoría de solicitantes solo podrán solicitar ayudas a la traducción de obras completas.
Entidades editoriales españolas, de naturaleza privada, ya sean personas físicas incluidas dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o personas jurídicas, siempre que estén legalmente constituidas. Esta categoría de solicitantes solo podrán solicitar ayudas a la traducción de fragmentos de obras.
No podrán solicitar la ayuda las entidades sin ánimo de lucro.
Segundo. Objeto. Subvenciones a la traducción de obras completas. Esta línea de apoyo, reservada para entidades editoriales extranjeras, tiene como finalidad promover la edición y publicación en lenguas extranjeras de obras integrantes del patrimonio cultural del Estado español. En el caso de las obras literarias se deberá contemplar el conjunto de todos los géneros: ensayo, poesía, teatro y narrativa.
Cada editorial extranjera puede presentar hasta un máximo de 3 proyectos de traducción a través de solicitud telemática. En el supuesto de que el mismo titular supere este límite se evaluarán las primeras tres solicitudes que haya presentado, según fecha, hora y número de registro, considerándose excluidas las restantes.
Subvenciones a la traducción de fragmentos de obras. Esta línea de apoyo, reservada para entidades editoriales españolas, tiene como finalidad facilitar la venta de derechos a editoriales extranjeras aumentando así la difusión de las letras españolas. En el caso de las obras literarias se deberá contemplar el conjunto de todos los géneros: ensayo, poesía, teatro y narrativa.
Las ayudas para la traducción de fragmentos de obras únicamente podrán ser solicitadas por el editor que haya editado la obra íntegra original. Cada solicitud deberá contener una propuesta de traducción de fragmentos de tres libros distintos, con un mínimo individual del 10% del total de la obra y de un máximo del 30% del total de la extensión de la obra. En caso de incluir más de tres obras, se tendrán en cuenta únicamente las tres primeras que figuren en la solicitud, y se excluirán las solicitudes que contengan menos de tres obras. El número máximo de solicitudes para la obtención de subvención será 5, pudiendo por tanto presentar un número máximo de 15 fragmentos.
En ambos casos, la obra deberá estar publicada en castellano o en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado español y, además, deberá cumplir con una de estas dos condiciones: 
a) que haya sido publicada por una editorial española y distribuida en territorio nacional; 
b) que, habiendo sido publicada por editoriales no españolas, su autor tenga nacionalidad española.
Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía. El importe máximo imputable a las subvenciones concedidas a entidades editoriales radicadas en el extranjero será de 400.000,00 euros y 30.000,00 euros para entidades editoriales radicadas en España.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. {del 30 de julio al 27 de agosto de 2019, a.i.}
Sexto. Otros datos. La subvención obtenida en esta convocatoria debe destinarse exclusivamente a cubrir los gastos de traducción de la obra presentada.
Esta subvención es compatible con otras ayudas a la traducción de otros organismos o instituciones, públicos o privados, nacionales o extranjeros, siempre y cuando el importe de dicha aportación sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no se supere el 100% del coste de la traducción subvencionada.


Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2019 de la Subsecretaría de Cultura y Deporte por la que se convocan subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas. 
BDNS(Identif.):467947
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Fundaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España.
Segundo. Finalidad:
Actividades de fomento de la lectura y las letras españolas entre el público general, entre la población infantil y juvenil, acciones que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades, actividades literarias y seminarios, entre otros.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Importe:
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 985.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 30 de julio al 20 de agosto de 2019, a.i.}


Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2019, de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de libros. 
BDNS(Identif.):467923
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar estas subvenciones:
1. Las empresas (personas jurídicas y autónomos) que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la edición de libros.
Las entidades, legalmente constituidas en el momento de solicitar la ayuda, deberán tener residencia fiscal en España a fin de garantizar que la obra subvencionada tiene una distribución efectiva entre los lectores de la lengua de edición y que, de esta manera, se cumplen con los objetivos de la convocatoria.
2. Las entidades solicitantes no podrán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ni tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la citada norma, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
3. La obra subvencionada no podrá ser editada por una empresa distinta del beneficiario ni siquiera cuando se encuentren integradas en el mismo grupo empresarial.
4. Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, así como otras entidades sin personalidad jurídica.
Segundo. Objeto. Mediante la presente Resolución se convocan para el año 2019 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de libros en lengua castellana, en las otras lenguas propias de las Comunidades Autónomas, en lenguas de signos españolas o en sistema Braille "Grado 1" que, con independencia de la nacionalidad del autor/a, contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español.
Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía. El importe de la subvención será, como máximo, de 1.150.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.775, del programa 334B "Ayudas para la edición de Libros" del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para el año 2019.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.  {del 30 de julio al 20 de agosto de 2019, a.i.}
Sexto. Otros datos. Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones públicos o privados para la misma actividad siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el 100% del coste de la edición o producción de la obra.
Sin perjuicio de lo anterior, con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más de un 50% del coste total de la publicación del proyecto, entendiéndose por tal la suma de los costes que suponga para la entidad la edición o producción, distribución y comercialización del libro. El 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas.
El número máximo de proyectos a presentar, será el equivalente al 50% de la producción editorial de la empresa en 2018 (el redondeo se efectuará hacia abajo; no computarán como títulos las reimpresiones ni las reediciones) y, en todo caso, nunca superior a cinco. Los proyectos que se presenten por encima de ambos límites serán automáticamente desestimados según orden de llegada.
Para poder acceder a la ayuda los proyectos editoriales que se presenten deberán tener planificada una tirada mínima de 700 ejemplares y una tirada máxima de 2.753 ejemplares para libros en papel y formato simultáneo. Los libros exclusivamente digitales deberán acreditar el empleo de canales de venta adecuados que aseguren la difusión de la obra. No se aplicará el requisito de tirada mínima para aquellas obras en lengua de signos o sistema Braille.


Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2019, de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la edición de revistas culturales 
BDNS(Identif.):467920
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar estas subvenciones las empresas (personas jurídicas y autónomos) e instituciones sin fines de lucro que tengan como actividad, única o entre otras, la edición de revistas culturales.
Las entidades, legalmente constituidas en el momento de solicitar la ayuda, deberán tener residencia fiscal en España a fin de garantizar que la revista subvencionada tiene una distribución efectiva entre los lectores de la lengua de edición y que, de esta manera, se cumplen con los objetivos de la convocatoria. Las instituciones sin fines de lucro podrán tener un ámbito estatutario nacional o internacional, siendo automáticamente excluidas aquellas que tengan un ámbito exclusivamente provincial o autonómico.
Las entidades solicitantes no podrán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ni ser deudoras por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la citada norma, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, así como otras entidades sin personalidad jurídica.
Segundo. Objeto. El objeto de estas subvenciones es el fomento y difusión de las revistas culturales españolas de proyección nacional y alcance comercial reducido mediante la difusión gratuita en sus diferentes niveles en las bibliotecas públicas del Estado http://mapabpe.mcu.es/mapabpe.cmd?command=GetDirectorio&orden=BIB, la Biblioteca de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Biblioteca Central de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) con la doble finalidad de enriquecer el patrimonio cultural hemerográfico de los citados entes y fomentar y favorecer la cohesión y comunicación cultural entre las comunidades autónomas, contribuyendo al mantenimiento de dichas publicaciones. A efectos de la presente Resolución, se entenderán que son publicaciones pertenecientes al ámbito de la cultura, con independencia del soporte en que se editen, aquellas dedicadas, entre otras, a alguna de las siguientes materias:
- Literatura y lingüística.
- Artes plásticas, artes escénicas, música.
- Diseño, fotografía, creación audiovisual, cinematografía.
- Historia, geografía, arquitectura.
- Filosofía, ciencias sociales, jurídicas y políticas y crítica de la cultura.
Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía. El importe máximo de las subvenciones convocadas será de 700.000 euros, a favor de las empresas y de 300.000 euros, para instituciones sin fines de lucro editoras de revistas
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE de este extracto. {del 30 de julio al 20 de agosto de 2019, a.i.}
Sexto. Otros datos. Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones, públicos o privados, para la misma actividad, siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el 100% del coste de la edición o producción de la revista.
Con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más del 50% del coste de publicación de la revista, entendiéndose por tal la suma de los costes que suponga para la entidad la edición o producción, distribución y comercialización de la revista. El 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas.

domingo, 28 de julio de 2019

borsa de treball de la categoria de Tècnic/a Auxiliar (C1) de Biblioteca, de l'Ajuntament del Vendrell.

“Primer.- APROVAR les bases especifiques reguladores de l'esmentat procés de selecció, les quals s'adjunten com a annex, i disposar que s'efectuïn tots els tràmits necessaris per al seu desenvolupament.
Segon.- CONVOCAR un procés selectiu, mitjançant un concurs oposició d'accés lliure, per a la creació d'una borsa de treball per tal de cobrir interinament programes temporals, acumulacions de tasques, vacants i substitucions temporals com a tècnic/a auxiliar C1, amb adscripció a la Biblioteca, de l'Ajuntament del Vendrell.
Tercer.- PUBLICAR les bases íntegrament al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, i donar-ne publicitat al Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, al tauler d'anuncis de la corporació i a la web municipal.
Annex
BASES ESPECÍFIQUES QUE HAN DE REGIR EL PROCÉS SELECTIU, MITJANÇANT CONCURS OPOSICIÓ, PER A LA CREACIÓ D'UNA BORSA DE TREBALL PER NOMENAMENTS TEMPORALS DE TÈCNIC AUXILIAR DE BIBLIOTECA, SUBGRUP C1, DE L'AJUNTAMENT DEL VENDRELL.
PRIMERA. Objecte de la convocatòria Les bases regularan el procés selectiu, mitjançant un concurs oposició d'accés lliure, per a la creació d'una borsa d'aspirants per tal de cobrir interinament programes temporals, acumulacions de tasques, vacants i substitucions temporals com a tècnic/a auxiliar amb adscripció a la Biblioteca.
Al procés selectiu, li és d'aplicació el procediment de tramitació d'urgència, i es regirà, a més, per les bases generals publicades al BOPT núm. 124, de 31 de maig de 2010. En cas de discrepància, prevaldran les presents bases específiques.
El lloc de treball a proveir tindrà una jornada de treball de 37,5 hores de mitjana en còmput setmanal (100% de la jornada ordinària), distribuïda de dilluns a dissabte.
L'horari serà majoritàriament en torn de tarda, amb alguns dies en torn partit de matí i tarda, tot i que excepcionalment es poden establir modificacions en la jornada en funció de la necessitat del departament.
Les retribució del lloc de tècnic/a auxiliar, assimilada al grup C1, està fixada en 18.958,22 euros bruts anuals.
El lloc de treball està ubicat a Sala de Lectura de Coma-ruga, establert com a punt de Servei Avançat de la pròpia Biblioteca Pública Terra Baixa, de la qual en serà funcionalment i orgànicament dependent.
Les funcions del lloc de treball per al desenvolupament del programa, amb caràcter general, enunciatiu i no limitatiu seran les següents:
- Conduir i vetllar de forma integral pel bon funcionament diari d'aquest punt de servei.
- Donar a conèixer el servei públic, característiques, normes d'ús, serveis, etc.
- Informar als usuaris sobre aspectes generals de funcionament, organització i recursos del servei.
- Informar sobre els recursos i activitats al municipi.
- Realitzar les tasques vinculades al servei de préstec i préstec interbibliotecari.
...
SEGONA. Requisits dels aspirants Els aspirants hauran de reunir, a més dels previstos a la base tercera de les Bases generals, els requisits específics següents:
a) Estar en possessió, en la data en que finalitza el termini de presentació de sol·licituds per prendre part en les proves selectives, del Títol de batxillerat o FP de segon grau o cicle formatiu de grau superior. En cas que la titulació hagi estat obtinguda a l'estranger caldrà que prèviament hagi estat concedida la corresponent homologació pel Ministeri d'Educació.
b) Posseir el certificat de coneixements de nivell de suficiència de llengua catalana orals i escrits (certificat nivell C1 de català) o alguna de les titulacions equivalents d'acord amb el Decret 152/2001, de 29 de maig, sobre avaluació i certificació de coneixements de català, modificat pel Decret 3/2014, de 7 de gener, i l'Ordre VCP/491/2009, de 12 de novembre, per la qual es refonen i s'actualitzen els títols, diplomes i certificats equivalents als certificats de coneixements de català de la Secretaria de Política Lingüística.
c) Demostrar, els aspirants que no tinguin la nacionalitat espanyola, tenir coneixements de llengua castellana de nivell superior, podent-se exigir la superació de proves amb aquesta finalitat.
d) No estar compresos en cap de les causes d'incompatibilitat que preveu l'article 321 del Decret 214/1990, de 30 de juliol, pel que s'aprova el Reglament del personal al servei de les entitats locals.
e) No estar inhabilitat per a l'exercici de les funcions públiques ni estar separat mitjançant expedient disciplinari del servei de qualsevol administració pública.
TERCERA. Presentació d'instàncies El termini de presentació de les sol·licituds serà de 20 dies naturals a comptar des de l'endemà de la publicació de l'extracte de la convocatòria al BOPT. El text íntegre de les bases reguladores es publicarà al DOGC, i atesa la urgència d'aquest procediment els successius anuncis es faran públics al Tauler d'anuncis i en el web muni cipal, dins l'apartat d'Oferta d'ocupació pública.
Les sol·licituds es presentaran mitjançant instància normalitzada d'admissió a convocatòria, degudament signada per la persona aspirant, al Registre gene ral de l'Ajuntament del Vendrell, presencialment en suport paper al Servei d'Atenció al Ciutadà ubicat a la Plaça Vella, 1 (de dilluns a divendres de 8h a 14h), o bé en suport digital a través del web municipal dins l'apartat Seu electrònica i transparència, adjuntant a la instància genèrica la sol·licitud específica d'admissió a convocatòria de proves selectives, que es pot descarregar directament a l'enllaç http://www.elvendrell.net/ajuntament/oferta-docupacio-publica
També es podran presentar en la forma que determina l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, de procediment administratiu comú de les Administracions Públiques. En el supòsit que l'aspirant es dirigeixi a qualsevol òrgan d'administració pública a presentar la seva sol·licitud i documentació, ho haurà de comunicar immediatament a l'Ajuntament del Vendrell, via correu electrònic dirigit al Servei de Recursos Humans (serveirrhh@elvendrell.net), dins el termini de presentació d'instàncies.
Les sol·licituds s'han de presentar donant compliment al previst a la base cinquena i sisena de les Bases Generals, en relació amb l'acreditació de requisits i mèrits, i aniran acompanyades d'un currículum vitae.

1 plaça de Gerent, del Consell Comarcal del Baix Empordà

Consell Comarcal del Baix Empordà  ANUNCI sobre provisió d'una plaça de gerent.
El Ple del Consell Comarcal del Baix Empordà el dia 18 de juliol de 2019 va aprovar:
Primer. Modificar la Plantilla Orgànica de personal i la Relació de Llocs de Treball d'aquest Consell Comarcal, passant la plaça i lloc de treball de gerent del Consell Comarcal del Baix Empordà a tenir la condició de personal directiu.
Segon. Aprovar la provisió de la plaça de gerent del Consell Comarcal del Baix Empordà, corresponent a la presidència del Consell Comarcal aprovar la convocatòria corresponent, conforme les condicions establertes a l'article 130 del ROC i a l'article 13 del Text refós de la Llei de l'estatut bàsic de l'empleat públic.
Tercer. Disposar que mentre la plaça de gerent del Consell Comarcal del Baix Empordà sigui vacant, les competències que la normativa atribueix al gerent seran assumides per la presidència del Consell Comarcal del Baix Empordà.
La qual cosa es fa pública per general coneixement.  https://www.baixemporda.cat/



1 professor/a de Tècniques d'interpretació en el musical -temporal-. Organisme Autònom Institut del Teatre

Per decret de la Presidència en funcions de l'Organisme Autònom “Institut del Teatre”, de data 27 de juny de 2019 (núm. 1410/19) s'ha aprovat les bases i convocatòria que regiren el procés de selecció d'una borsa de treball per a possibles contractacions laborals temporals de personal docent inclòs en el Pla d'Ordenació Acadèmica POA de l'Organisme Autònom “Institut del Teatre”, següent:

CODI
Denominació
10/19-20
Tècniques d'interpretació en el musical
Les bases íntegres d'aquesta convocatòria han estat publicades al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, en data 08 de juliol de 2019, i estan exposades al tauler d'anuncis de l'Organisme Autònom “Institut del Teatre” (Plaça Margarida Xirgu, s/n, 08004 Barcelona). A més, es poden consultar a la següent adreça d'internet: www.institutdelteatre.cat.
El termini de presentació de sol·licituds és de deu dies naturals, comptadors a partir del dia següent a la publicació de la convocatòria al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC). {del 25 de juliol al 5* d'agost de 2019, a.i.}
Les sol·licituds s'han de presentar al Registre General de l'Institut del Teatre (Margarida Xirgu, s/n, 08004 Barcelona), de dilluns a divendres, de 9 a 14 hores.
Els successius anuncis referits a la convocatòria es publicaran al tauler d'anuncis de l'Institut del Teatre i al web.

433 places al cos de gestió processal i administrativa de l'Administració de justícia, a Catalunya (BOE núm. 168, de 15.7.2019)

Atesa la publicació al BOE núm. 168, de 15.7.2019, de la convocatòria del procés selectiu per a l'ingrés, pel sistema general d'accés lliure, al cos de gestió processal i administrativa de l'Administració de justícia,
Resolc:
Fer pública al DOGC, mitjançant aquesta Resolució, la següent convocatòria del procés selectiu per a l'ingrés, pel sistema general d'accés lliure, al cos de gestió processal i administrativa de l'Administració de justícia, amb especificació del nombre de places a l'àmbit territorial de Catalunya:
Ordre JUS/764/2019, de 10 de juliol, per la qual es convoca procés selectiu per a l'ingrés, pel sistema general d'accés lliure, al cos de gestió processal i administrativa de l'Administració de justícia (BOE núm. 168, de 15.7.2019): 433 places.

1 jefe del servicio de seguridad, 1 Economista, y 1 experto en gestión de activos y seguimiento de mercados. Banco de España.

La Comisión Ejecutiva de esta entidad, en sus sesiones de 2, 5 y 12 de julio de 2019, tomó el acuerdo de convocar los siguientes procesos selectivos:
-Proceso selectivo para proveer una plaza en el nivel 4 del grupo directivo con cometidos de jefe del servicio de seguridad.
-Proceso selectivo para proveer una plaza en el nivel 8 del grupo directivo, para desempeñar cometidos de economista titulado.
-Proceso selectivo para proveer una plaza en el nivel 9 del grupo directivo, para desempeñar cometidos de experto en gestión de activos y seguimiento de mercados.
Las bases que rigen este proceso están disponibles en el sitio web (www.bde.es - empleo y becas) y también pueden solicitarse en el Registro General (calle Alcalá, 48, 28014) y en las sucursales del Banco.
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Si desea presentar su candidatura a alguno de los procesos, deberá cumplimentar el formulario de solicitud. Lea previamente las instrucciones contenidas en la guía rápida.
Una vez cumplimentado el formulario de solicitud, deberá enviarlo a la dirección formulario.fijo@bde.es Envío de correo electrónico: Abre en nueva ventana.

Experto en gestión de activos y seguimiento de mercados N9 GD (Anuncio 2019/22, de 12 de julio).

Experto en gestión de activos y seguimiento de mercados
Fecha límite: 16 de septiembre de 2019
Si desea presentar su candidatura a este proceso, en la parte superior de esta página encontrará el modelo de formulario para su solicitud, así como las instrucciones para su cumplimentación y envío. 

Economista titulado N8 GD (Anuncio 2019/21, de 5 de julio).

Economista titulado N8 GD
Fecha límite: 6 de agosto de 2019
Si desea presentar su candidatura a este proceso, en la parte superior de esta página encontrará el modelo de formulario para su solicitud, así como las instrucciones para su cumplimentación y envío. 

Jefe de Seguridad (Anuncio 2019/20, de 2 de julio).

Jefe de Seguridad (Anuncio de 2 de julio)
Fecha límite: 10 de septiembre de 2019
Si desea presentar su candidatura a este proceso, en la parte superior de esta página encontrará el modelo de formulario para su solicitud, así como las instrucciones para su cumplimentación y envío.