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jueves, 29 de septiembre de 2016

Ayudas para la redacción de Planes Generales de municipios de menos de 5.000 habitantes de la Provincia de Alicante. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):317777 
De conformidad con lo previsto en los artículos 17. 3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos de la provincia de Alicante con población inferior a cinco mil habitantes
Segundo.- Objeto: Es objeto de la presente Convocatoria, en régimen d e concurrencia competitiva, la redacción de los documentos de inicio de evaluación ambiental y territorial estratégica de los planes generales estructurales de municipios de menos de cinco mil habitantes de la Provincia de Alicante. 
Tercero.- Bases Reguladoras: Bases específicas de la Convocatoria aprobadas por el Pleno de la Diputación de Alicante de 20 de julio de 2016. Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (publicada en el B.O.P. núm. 118, de 27 de mayo de 2005), y bases de ejecución del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante de 2016. 
Cuarto.- Cuantía: La dotación económica prevista de la Convocatoria a sciende a la cantidad de treinta mil euros con cargo a la aplicación presupuestaria 33.1511.6501100 del presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante de 2016. El importe máximo de la Subvención no excederá de diez mil euros por beneficiario. 
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitud es será de TREINTA DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya prese ntado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación.{del 30 de septiembre al 14 de octubre de 2016, a.i.}

viernes, 5 de abril de 2013

Ajuntament de Xàbia/Jávea . Informació pública del document de refosa del Pla General de Xàbia (gener 2013). || Información pública del documento de refundición del Plan General de Jávea (enero 2013).

Ajuntament de Xàbia  . Informació pública del document de refosa del pla general. [2013/3039] (pdf 145KB)
El Ple de la corporació ha adoptat acord el dia 24 de gener de 2013, l’apartat dispositiu del qual és com seguix:
Sotmetre a informació pública el document de refosa del Pla General de Xàbia (gener 2013) als únics efectes d’esmenar els possibles errors materials produïts al refondre els documents, pel termini d’un mes a comptar des de l’endemà de la seua publicació en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 6 d' abril al 6* de maig de 2013,a.i.} Durant este termini la referida documentació estarà depositada per a la seua consulta pública en l’Ajuntament, oficina tècnica municipal, carrer d'Avall, 39, de Xàbia.
Cosa que es publica per a general coneixement.

Ayuntamiento de Jávea. Información pública del documento de refundición del plan general. [2013/3039] (pdf 145KB)
El Pleno de la corporación ha adoptado acuerdo el día 24 de enero de 2013, cuyo apartado dispositivo es como sigue:
Someter a información pública el documento de refundición del Plan General de Jávea (enero 2013) a los únicos efectos de subsanar los posibles errores materiales producidos al refundir los documentos, por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. {del 6 de abril al 6* de mayo de 2013,a.i.} Durante este plazo la referida documentación estará depositada para su consulta pública en el Ayuntamiento, oficina técnica municipal, calle d'Avall, 39, de Jávea.
Lo que se publica para general conocimiento.
[DOCV -   Dijous, 4 d'abril de 2013, Núm 6.996]

viernes, 23 de julio de 2010

Informació pública de l'aprovació provisional del Pla General. Ajuntament del Poble Nou de Benitatxell.

Ajuntament del Poble Nou de Benitatxell
Informació pública de l'aprovació provisional del Pla General. [2010/7841] (pdf 146KB)
El Pleno del Ayuntamiento de Benitachell, en sesión celebrada el 17 de junio de 2010, acordó aprobar provisionalmente el Plan General y abrir un plazo excepcional de información pública, debido a las modificaciones introducidas por el acuerdo de aprobación provisional respecto a los términos en que fue expuesto al público.
El plan podrá examinarse en las dependencias municipales en días hábiles y en horas de oficina, y podrán presentarse alegaciones durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente edicto en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. {del 24 de Julio al 23 de Agosto de 2010, a.i.}

viernes, 9 de julio de 2010

es concedeix una nova pròrroga de la vigència del Pla general transitori de Dénia

Visto el expediente relativo a la solicitud de nueva prórroga del plazo de vigencia del Plan general transitorio para el municipio de Dénia (Alicante); y de conformidad con los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. El conseller de Territorio y Vivienda mediante Resolución, de fecha 27 de diciembre de 2005, aprobó definitivamente el Plan general transitorio del municipio de Dénia. La citada resolución fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 10- 1 de fecha 13 de enero de 2006 y reseñada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 5183 de fecha 24 de enero de 2006.
Segundo. En fecha 7 de enero de 2008, el conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, a petición del Ayuntamiento de Dénia, dictó resolución acordando conceder una prórroga de un año en el plazo de vigencia del Plan general Transitorio del municipio de Dénia.
La citada resolución fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, núm. 13, de fecha 18 de enero de 2008 y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 5680, de fecha 15 de enero de 2008.
Tercero. Mediante resolución de fecha 22 de diciembre de 2008, el conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, acordó, a petición del Ayuntamiento de Dénia, conceder una nueva prórroga por seis meses.
La citada resolución fue publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, núm. 5931, de fecha 13 de enero de 2009.
Cuarto. El Ayuntamiento de Dénia, en Pleno, en fecha 3 de julio de 2009, acordó someter a información pública el documento de concierto previo, informe de sostenibilidad ambiental, estudio de paisaje del Plan general de Dénia, siendo publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 6059 17 de julio de 2009.
Quinto. Mediante resolución de fecha 7 de julio de 2009, el conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, acordó, a petición del Ayuntamiento de Dénia, a conceder una nueva prórroga por un año.
La citada resolución fue publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, núm. 6054, de fecha 10 de julio de 2009.
Sexto. Con fecha 11 de marzo de 2010 ha tenido entrada en esta Conselleria, documento de concierto previo, informe de sostenibilidad ambiental, estudio de paisaje, y propuesta de memoria ambiental, remitido por el Ayuntamiento de Dénia, así como las alegaciones y su contestación (mas de 2.500), presentadas durante la fase de información pública del concierto previo y del resto de la documentación. De dicha documentación se ha dado traslado, en fecha 12 de marzo de 2010, al Servicio Territorial de Urbanismo de Alicante y al Área de Impacto Ambiental para su informe ambiental y para su sometimiento a la Comisión Territorial de Urbanismo.
Séptimo. En fecha 4 de junio de 2010 ha tenido entrada en este Conselleria, Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Dénia, de fecha 27 de mayo de 2010, por el que se solicita de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda la ampliación de plazo de vigencia actual del Plan general transitorio de Dénia por un periodo de seis meses.

Fundamentos de derecho

Primero. Ante el incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Dénia de los compromisos en relación a los plazos establecidos en el acuerdo municipal de 28 de abril de 2005, éste, como consecuencia de la entrada en vigor de nueva normativa estatal y autonómica en materia territorial y ambiental, se ha visto en la necesidad de tramitar una serie de procedimientos y elaborar una serie de informes no previstos al inicio de la tramitación del Plan general, tales como el plan de participación pública, y la evaluación ambiental estratégica. Dichos trámites han supuesto indefectiblemente un consumo importante de tiempo que se ha traducido en un retraso en la planificación temporal inicial de aprobación del Plan general de Dénia.
Segundo.
El Ayuntamiento de Dénia, si bien a velocidad distinta de la deseada por la Generalitat, ha ido cumpliendo con las nuevas obligaciones legales previstas en la nueva normativa territorial y ambiental. Prueba de ello es la aprobación en Pleno, de fecha 3 de julio de 2009, del sometimiento a información pública del documento de concierto previo, informe de sostenibilidad ambiental y estudio de paisaje.
Posteriormente en fecha 11 de marzo de 2010, el Ayuntamiento de Dénia ha remitido a esta Conselleria, el documento de concierto previo, el informe de sostenibilidad ambiental, el estudio de paisaje, y la propuesta de memoria ambiental, así como las alegaciones y su contestación (más de 2.500), a los efectos de superar el trámite ambiental, territorial y urbanístico.
Que el avance en la gestión municipal en relación con el Plan general, así como la reciente contratación del equipo para la redacción del mismo por la corporación, tal y como se desprende del Acuerdo del Ayuntamiento en Pleno de 27 de mayo de 2010, confirma, una vez más, el compromiso municipal de finalizar con carácter urgente el Plan general.
Tercero. A la vista de todo lo anterior y, dentro del marco de colaboración interadministrativa actualmente existente entre el Ayuntamiento de Dénia y la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, con pleno respeto a la autonomía municipal consagrada en el artículo 140 de la Constitución Española y artículo 5 de la Ley Urbanística Valenciana, esta Administración Autonómica, implicándose una vez más en la resolución de los problemas de los municipios de la Comunidad Valenciana en materia de urbanismo y, haciendo uso de la función de tutela que ostenta frente a los ayuntamientos, sin menoscabar la autonomía municipal, y teniendo en consideración el avanzado estado de tramitación del Plan general de Dénia se ha propuesto, a la vista de la solicitud efectuada por el Ayuntamiento de Dénia, en Pleno y, antes de la finalización del plazo de vigencia del Plan general transitorio de Dénia, conceder una ampliación de la vigencia del Plan general transitorio.
Dicha ampliación se concede con la única finalidad de que el Plan general transitorio cumpla con su objetivo esencial, es decir, dotar al municipio de un contenido urbanístico hasta la aprobación del Plan general. Con el otorgamiento de dicha medida excepcional, no sólo no se quiebra el principio de seguridad jurídica sino que se refuerza, otorgando la estabilidad de las normas y de las situaciones que en ella se definen.
De lo contrario el Ayuntamiento vendría obligado aplicar el Plan general anterior vigente, en este caso el del año 1.972, al haber sido anulados por sentencia judicial firme los Planes generales posteriores a él, lo que conllevaría la aplicación de una normativa totalmente obsoleta, nacida, no sólo al margen de los principios constitucionales, sino también al margen de las necesidades actuales del municipio.
Cuarto. En cuanto al plazo de ampliación de la vigencia por periodo de seis meses solicitado por el Ayuntamiento de Dénia, se considera que el mismo no es proporcional ni responde a la realidad de los trámites y procedimientos que quedan por cumplir.
Que si bien, el expediente de tramitación del Plan general se encuentra en estado muy avanzado, ya ha tenido entrada en esta conselleria el documento de concierto previo, informe de sostenibilidad ambiental, estudio de paisaje, y propuesta de memoria ambiental, lo bien cierto es que todavía queda pendiente la redacción del documento del Plan general, la reiteración de informes sectoriales, la información pública, la resolución de las alegaciones, que atendiendo a las presentadas en la fase de información pública del concierto previo (más de 2.500), se presumen un gran número de ellas, la aprobación provisional del Plan general por el Ayuntamiento de Denia y la aprobación autonómica definitiva del mismo. Por todo ello, se entiende que el plazo de seis meses es excesivamente limitado, y no responde al tiempo preciso para su finalización, por lo que se considera que el plazo necesario debe ser de un año.
Que a la vista de lo anterior, y siendo que el citado plazo de un año no solo afecta al Ayuntamiento de Dénia, sino que vincula también a la Generalitat, por cuanto ésta, a través de la Conselleria competente en urbanismo, debe dar su aprobación final al Plan general, debería fraccionarse en otros dos plazos. El primero de ellos, por un periodo de seis meses, sería el preciso para que el Ayuntamiento de Denia cumpliera con todos los trámites y recabara los informes precisos hasta la aprobación provisional del mismo, remitiéndolo posteriormente al Servicio Territorial de Urbanismo de Alicante.
Y un segundo plazo, de otros seis meses hasta completar el año, para que la conselleria competente en urbanismo, realizase los trámites pertinentes hasta la aprobación definitiva por la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante del Plan general de Dénia y su publicación.
A la vista de lo anterior el plazo de prórroga de la vigencia del Plan general transitorio de Dénia debe ser de un año, a contar desde su publicación, que debe producirse con anterioridad al 13 de julio de 2010.
Quinto. El conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda es el órgano competente para la adopción de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 162/2007, de 21 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de organos territoriales y urbanísticos de la Generalitat.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, resuelvo:

Primero.- Conceder una ampliación de la vigencia del Plan general transitorio del municipio de Dénia (Alicante), por un periodo de un año.
Segundo.- Notificar al Ayuntamiento de Dénia la presente resolución del conseller, antes del vencimiento de la vigencia del Plan general transitorio (13 de julio de 2010), con advertencia de que no cabe recurso contra la resolución.
Tercero.- Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana antes de la expiración de dicho plazo (13 de julio de 2010).

miércoles, 27 de enero de 2010

Exp. PL-08/0443 Xàbia. Modificación puntual 21 para ampliación suelo dotacional educativo-cultural.

Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge. Ressenya de l'Acord de la Comissió Territorial d'Urbanisme d'Alacant de data 29 de juliol de 2009, pel qual es declara definitivament aprovada la modificació puntual número 21 del Pla general per a l'ampliació de sòl dotacional d'ús educativocultural del municipi de Xàbia. Expedient PL-08/0443 Xàbia. [2010/238] (pdf 157KB)
Reseña del Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante de fecha 29 de julio de 2009, por el que se declara definitivamente aprobada la modificación puntual número 21 del Plan General para ampliación de suelo dotacional de uso educativo-cultural del municipio de Xàbia. Expediente PL-08/0443 Xàbia. [2010/238]
De acuerdo con el artículo 104 de la Ley 16/2005 de 30 de diciembre, urbanística valenciana (DOGV 5.167, de 31 de diciembre de 2005) se publica la reseña del Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante publicado junto con las normas urbanísticas aprobadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 199 del día 20 de octubre de 2009.
Exp. PL-08/0443 Xàbia. Modificación puntual 21 para ampliación suelo dotacional educativo-cultural.
Alicante, 23 de noviembre de 2009.– El director general de Urbanismo:

Exp. PL-03/0642. Xàbia. Homologación del Plan general en área del Portitxol.(se declara definitivamente aprobado).

Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge . Ressenya de l'Acord de la Comissió Territorial d'Urbanisme d'Alacant de data 3 de maig de 2006, pel qual es supedita l'aprovació definitiva de l'homologació del Pla general en àrea del Portitxol del municipi de Xàbia, i de la Resolució del director general d'Urbanisme de data 20 de març de 2009, per la qual es considera complit l'esmentat acord i es declara definitivament aprovat l'expedient. Expedient PL-03/0642. Xàbia. [2010/229] (pdf 157KB)
Reseña del Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante de fecha 3 de mayo de 2006, por el que se supedita la aprobación definitiva de la homologación del Plan general en área del Portitxol del municipio de Xàbia, y de la resolución del director general de Urbanismo de fecha 20 de marzo de 2009, por la que se considera cumplimentado el citado acuerdo y se declara definitivamente aprobado el expediente. Expediente PL-03/0642. Xàbia. [2010/229]
De acuerdo con el artículo 59.4 B de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, reguladora de la actividad urbanística (DOGV número 2.349, de 24 de noviembre de 1994), se publica la reseña del Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante y de la resolución del director general de Urbanismo, publicado junto con las normas urbanísticas aprobadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 85 del día 8 de mayo de 2009. Exp. PL-03/0642. Xàbia. Homologación del Plan general en área del Portitxol.
Alicante, 23 de noviembre de 2009.– El director general de Urbanismo:

viernes, 21 de agosto de 2009

Ajuntament d'Ondara . Informació pública de la modificació de les Normes Urbanístiques del Sòl No Urbanitzable del PGOU número 2/2009.

Ajuntament d’Ondara . Informació pública de la modificació de les Normes Urbanístiques del Sòl No Urbanitzable del PGOU número 2/2009. [2009/9277]
Información pública de la modificación de las Normas Urbanísticas del Suelo No Urbanizable del PGOU número 2/2009. [2009/9277]

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2009 acordó someter a información pública el expediente de modificación de las Normas Urbanísticas del Suelo No Urbanizable del PGOU número 2/2009.
El expediente se encuentra expuesto en la Oficina Técnica de este ayuntamiento, Plaza del Convento, 2, y podrá consultarse del lunes a viernes en horario de 09.00 hasta las 14.00 horas. Las consultas técnicas se podrán hacer los lunes y jueves en el mismo horario.
Durante el plazo de un mes en que el expediente estará expuesto al público, contado a partir de el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, también
se podrá formular las alegaciones pertinentes.[del 22 de agosto al 21 de septiembre, a.i.]
Cosa que se hace pública de conformidad con el que establece elartículo 83 de la Ley Urbanística Valenciana.


Esta información tambiénse publica en la página web del Ayuntamiento, www.ondara.org .
Ondara, 2 de agosto de 2009.

Ajuntament d'Ondara: Información pública de la modificación de las Normas Urbanísticas del Suelo Urbano del PGOU número 1/2009.

Ajuntament d’Ondara . Informació pública de la modificació de les Normes Urbanístiques del Sòl Urbà del PGOU número 1/2009.
[2009/9273]
Información pública de la modificación de las Normas Urbanísticas del Suelo Urbano del PGOU número 1/2009.
[2009/9273]
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2009 acordó someter a información pública el expediente de modificación de las Normas Urbanísticas del Suelo Urbano del PGOU número 1/2009.
El expediente se encuentra expuesto en la Oficina Técnica de este ayuntamiento, plaza del Convento, 2, y podrá consultarse del lunes a viernes en horario de 09.00 hasta las 14.00 horas. Las consultas técnicas se podrán hacer los lunes y jueves en el mismo horario.
Durante el plazo de un mes en que el expediente estará expuesto al público, contado a partir de el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, también se podrá formular las alegaciones pertinentes.[del 22 de agosto al 21 de septiembre, a.i.]
Cosa que se hace pública de conformidad con el que establece el artículo 83 de la Ley Urbanística Valenciana.
Esta información también se publica en la página web del Ayuntamiento, www.ondara.org.
Ondara, 2 de agosto de 2009.

miércoles, 12 de agosto de 2009

modificació puntual núm. 9 de les normes subsidiàries (PL-04/2236) del municipi de Gata de Gorgos (Alacant).

Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge. ACORD de 29 de juny de 2009, de la Comissió Territorial d’Urbanisme, relatiu a la modificació puntual núm. 9 de les normes subsidiàries (PL-04/2236) del municipi de Gata de Gorgos (Alacant). [2009/9451]
ACUERDO de 29 de junio de 2009, de la Comisión Territorial de Urbanismo, relativo a la modificación puntual número 9 de las normas subsidiarias (PL-04/2236) del municipio de Gata de Gorgos.(Alicante). [2009/9451]

La modificación propuesta pretende reducir el suelo urbanizable de 498,96 hectáreas hasta 139,07 hectáreas, quedando la clasificación del término municipal.
Primero.- Aprobar definitivamente la modificación puntual núm. 9 de las normas subsidiarias del municipio de Gata de Gorgos.
Segundo.- Publicar íntegramente el presente acuerdo aprobatorio en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana a efectos de su inmediata entrada en vigor, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 2 y 4.b) del art. 59 de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, reguladora de la actividad urbanística, al carecer el documento de normas urbanísticas.
Contra el instrumento de planeamiento aprobado podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime oportuno.