jueves 7 de enero de 2010

Ayudas destinadas a la realización en el ejercicio de 2010 de programas y/o actividades promovidas por asociaciones de mujeres.

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Conselleria de Benestar Social. ORDRE de 14 de desembre de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es convoquen ajudes destinades a la realització en l'exercici de 2010 de programes i/o activitats promogudes per associacions de dones legalment constituïdes i relacionats amb els fins de la Direcció General de la Dona i per la Igualtat, en el marc de les polítiques d'igualtat d'oportunitats del Consell. [2009/14583] (pdf 723KB) . pàgina 549
ORDEN de 14 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convocan ayudas destinadas a la realización en el ejercicio de 2010 de programas y/o actividades promovidas por asociaciones de mujeres legalmente constituidas y relacionados con los fines de la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad, en el marco de las Políticas de Igualdad de Oportunidades del Consell. [2009/14583]
ANEXO I - Bases
Objeto.- Es objeto de la presente orden, la convocatoria de ayudas dirigida a asociaciones de mujeres legalmente constituidas, para la realización durante el ejercicio 2010 de programas y/o actividades en desarrollo de los objetivos de las políticas del Consell para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Entidades beneficiarias.- Serán beneficiarias de las ayudas aquellas asociaciones de mujeres legalmente constituidas, cuyos miembros sean mayoritariamente mujeres, que tengan sede social en la Comunitat Valenciana, cuyos programas y/o actividades se correspondan con los determinados en la presente orden, y que estén inscritas o hayan solicitado su inscripción en el Registro de Titulares de Actividades, Servicios y Centros de Acción Social de la Comunitat Valenciana, regulado por Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Consell.
Programas a subvencionar.- La entidad solicitante podrá presentar un máximo de dos programas y/o actividades a subvencionar, que contemplen la realización de actuaciones relacionadas con los fines de la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad, que a continuación se relacionan:
1. Programas que contribuyan a la eliminación de estereotipos sexistas.
2. Programas que impulsen modelos coeducativos en igualdad de trato en los ámbitos familiar y laboral.
3. Programas que impulsen y promuevan la conciliación de la vida familiar con la laboral.
4. Programas que mejoren los niveles de formación en organización, gestión y coordinación de las asociaciones de mujeres y el desarrollo de redes de interrelación.
5. Programas que impulsen la formación en nuevas tecnologías para favorecer el acceso de la mujer a todos los ámbitos de participación.
6. Programas dirigidos a reivindicar la aportación histórica, social, científica, artística y cultural de las mujeres.
7. Programas dirigidos a la práctica deportiva y la actividad física como ocupación del tiempo libre.
8. Programas que apoyen a la mujer durante el embarazo y la maternidad.
9. Actividades singulares no integradas en el desarrollo de programas de actuación, como conferencias, charlas formativas y jornadas, siempre que tengan como objeto alguno de los fines de los apartados anteriores.

Cofinanciación.- 1. La Conselleria de Bienestar Social, a través de la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad, financiará hasta un máximo del 75% del coste total del proyecto subvencionado.
Presentación de las solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los Registros de las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Bienestar Social o en cualesquiera otra de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, utilizando para ello los modelos normalizados establecidos al efecto y que figuran como anexos a la presente orden.
4. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Relación de Puestos de Trabajo del (P.A.S.) Personal de Administración y Servicios. Universitat de València.

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A lo largo del año 2009 se han producido dos modificaciones de la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios. Tal como se prevé en los estatutos de esta Universidad, estas modificaciones han estado informadas favorablemente por el Consejo de Gobierno de la Universitat de Valencia.
Acuerdo del Consejo de Gobierno ACGUV 220/2009 de 01.12.2009;
Acuerdo del Consejo de Gobierno ACGUV 72/2009 de 26.03.2009;
Según lo que prevé el artículo 3.f de la Ley 2/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Consejos Sociales de las Universidades Públicas Valencianas, el Consejo Social de esta Universidad ha aprobado estas modificaciones en los acuerdos siguientes:
Acuerdo del Consejo de Social ACSUV 2009/374 de 10.12.2009;

Acuerdo del Consejo de Social ACSUV 2009/31 de 22.04.2009;
Por tanto, este Rectorado, haciendo uso de las competencias que le atribuye la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y para dar cumplimiento a lo que dispone el articulo 16.10 del Texto Refundido de la Ley de la Función Publica Valenciana, resuelve: Publicar la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de la Universitat de València que se relaciona en el anexo, con la incorporación de las modificaciones aprobadas a lo largo
de este año por el Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno de esta Universitat.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV. Dijous, 7 de gener de 2010 Núm 6.179), o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el DOCV.

1 técnico de administración general.(extracto). Ajuntament de Peníscola (Castelló)

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Ajuntament de Peníscola. Extracte de la convocatòria per a la provisió en propietat d'una plaça de tècnic d'administració general. [2009/14540] (pdf 145KB) pàgina 438
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 19 de noviembre de 2009, del Ayuntamiento de Peníscola, referente a la aprobación de bases y convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de técnico de administración general.
En el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón núm. 143, de 26 de noviembre de 2009, aparecen publicadas las bases y la convocatoria para la provisión de la expresada plaza.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncio del Ayuntamiento.

Adjudicación: Servicio de elaboración del Plan de Información y Publicidad del Proyecto "Deniafutur" DENIA.

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Anuncio del Ayuntamiento de Dénia de adjudicación del Servicio de elaboración del Plan de Información y Publicidad del Proyecto "Deniafutur" cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Reginal(FEDER).
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Dénia.
b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de contratación.
c) Número de expediente: 1740/02/09.
d) Dirección de Internet del perfil del contratante:
www.denia.es .
2. Objeto del contrato:
a) Tipo: Servicios.
b) Descripción: Servicio de elaboración del Plan de Información y Publicidad del Proyecto "Deniafutur" cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Reginal (FEDER).
d) CPV (Referencia de Nomenclatura): 79341000.

5. Adjudicación:
a) Fecha: 30 de septiembre de 2009.
b) Contratista: Crespogomar S.L.
c) Importe o canon de adjudicación. Importe neto: 250.000 euros. IVA (%):40.000. Importe total: 290.000 euros.
http://www.crespogomar.com/

comunicacion@crespogomar.com

www.dialogomarketing.com

newsletter
Avda . d'Alacant, 8
(+34) 902 379 397
46701 Gandia (España)

Adjudicación: "Serviciode funcionamiento y mantenimiento del sistema de saneamiento ydepuración de aguas residuales de Dénia, Ondara y Pedreguer"

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Resolución de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residualesde la Comunidad Valenciana por la que se da publicidad a la adjudicación del expediente número 2009/GV/0039, relativo a "Serviciode funcionamiento y mantenimiento del sistema de saneamiento y depuración de aguas residuales de Dénia, Ondara y Pedreguer (Marina Alta-Alicante)".
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Generalitat Valenciana - Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana (EPSAR).
b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación.
c) Número de expediente: 2009/GV/0039.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo: Servicio.
b) Descripción: Servicio de funcionamiento y mantenimiento del sistema de saneamiento y depuración de aguas residuales de Dénia, Ondara y Pedreguer (Alicante).
d) CPV (Referencia de Nomenclatura): 90481000, 90420000.
5. Adjudicación:
a) Fecha: 30 de septiembre de 2009.
b) Contratista: UTE. Oms Sacede, SA-Cesmed Ambiental, SL.
Oms Sacede, SA
Avda. Barón de Carcer, 48
46001, Valencia
Tel. 96.352.12.27
Fax 96.352.69.28
Cesmed Ambiental, SL
Avda. Barón de Carcer, 48
- 11º- E
46001, VALENCIA
Teléfono 96.351.74.65

c) Importe o canon de adjudicación. Importe neto: 4.464.598'76 euros. IVA (%):7. Importe total: 4.777.120'67 (IVA incluido) euros.

Ayudas sector transporte por carretera: SGR -Sociedad de garantía Recíproca; y a la Formación.

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MINISTERIO DE FOMENTO. Ayudas
Orden FOM/3615/2009, de 28 de diciembre, por la que se convoca para el año 2010 el otorgamiento de ayudas a las sociedades de garantía recíproca que operen en el sector del transporte por carretera.
PDF (BOE-A-2010-318 - 3 págs. - 169 KB)
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Objeto.– El objeto de esta orden es la convocatoria para el año 2010 de las ayudas a las sociedades de garantía recíproca que operen en el sector del transporte por carretera.

Bases reguladoras.– Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3743/2004, de 28 de octubre, modificada por la Orden FOM/3995/2005, de 9 de diciembre.
Plazos.– El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 8 de Enero al 7 de febrero de 2010, a.i.]

Orden FOM/3616/2009, de 28 de diciembre, por la que se convocan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera.
PDF (BOE-A-2010-319 - 4 págs. - 218 KB)
Otros formatos
Objeto.– El objeto de esta orden es la convocatoria para el año 2010 de las ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera.
Bases reguladoras.– as bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre.
Plazos.– El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 8 de enero al 7 de febrero de 2010, a.i.]

5 + 2 Agentes Policía Local -5 turno libre y 2 por movilidad- .Ayuntamiento de La Pobla de Farnals (L'Horta Nord-València)

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Resolución de 17 de diciembre de 2009, del Ayuntamiento de La Pobla de Farnals (L'Horta Nord-València), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Diario Oficial de la Comunidad Valenciana» número 6006, de 5 de mayo de 2009, y en el «Boletín Oficial» de la provincia número 113, de 14 de mayo de 2009, se publican los anuncios relativos a la convocatoria y bases específicas para la provisión de siete plazas (cinco por oposición libre y dos por concurso de movilidad) del Cuerpo de la Policía Local, categoría Agente, de Administración Especial, Servicios Especiales.
Las instancias solicitando formar parte en la convocatoria se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».[del 7 al 26 de Enero de 2010, a.i.]
Los sucesivos anuncios correspondientes a esta convocatoria se publicarán en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia».

miércoles 6 de enero de 2010

565 plazas de Profesor/a Secundaria, Artes Plásticas y Diseño, Técnicos de F.P., EOI, Música y Artes Escéncias, Maestros de Taller de Artes Plásticas

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COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. 263. Resolución 2471/2009, de 14 de diciembre, de la Dirección del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se hacen públicos los procedimientos selectivos de ingreso y de acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y de ingreso a los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
«En el Boletín Oficial de Navarra de 6 de enero de 2010, se publicará la Resolución 2470/2009, de 14 de diciembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueban los procedimientos selectivos de ingreso y de acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y de ingreso a los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. El número de plazas que se convocan es de 565, cuyo desglose por Cuerpos, especialidades, idioma y procedimiento es el siguiente:
I. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
VER TABLA CLIKANDO SOBRE EL TÍTULO DEL 'POST' o en el enlace inferior:
II. Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
Especialidades Procedimiento de ingreso libre Procedimiento de acceso
Diseño Gráfico . . . . . . . . . . . . . 1 _____ 1
Fotografía . . . . . . . . . . . . . . . . .1
Medios Audiovisuales . . . . . . 1
Medios Informáticos . . . . . . . 1 _____ 1
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
_____ 2
III. Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional

Especialidades Ingreso libre(Castellano) Reserva de minusválidos (Castellano)
Cocina y Pastelería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 ___ 1
Estética . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
Instalaciones Electrotécnicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .2
Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y de Fluidos . . 2
Mantenimiento de Vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5
Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas . . . . . .7
Operaciones y Equipos de Producción Agraria . . 2
Peluquería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
Procesos de Gestión Administrativa . . . . . . . . . . . . 2
Servicios de Restauración . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 ___ 1

IV. Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
Especialidades . . . . . Ingreso libre
Euskera . . . . . . . . . . . 4
Inglés . . . . . . . . . . . . . 5
Total . . . . . . . . . . . . . . 9

V. Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
Especialidades . . . . .
Ingreso libre
Acordeón . . . . . . . . . . . 2
Arpa . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Canto . . . . . . . . . . . . . . . 1
Clave . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Flauta de Pico . . . . . . . 1
Guitarra . . . . . . . . . . . . .1
Piano . . . . . . . . . . . . . . . 3
Saxofón . . . . . . . . . . . . .2
Trompeta . . . . . . . . . . .1
Tuba . . . . . . . . . . . . . . . 1
Total . . . . . . . . . . . . . . 14

VI. Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Especialidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ingreso libre
Fotografía y Procesos de Reproducción . . . . . . . . . 2
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2

Respecto a las características de las plazas, se señala que las plazas correspondientes a la especialidad de Orientación Educativa del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria pueden tener el carácter de itinerantes.
Quienes deseen tomar parte en los procedimientos selectivos deberán solicitarlo mediante instancia, que se encontrará a disposición de los interesados en el Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra. Asimismo, la instancia de participación y la carta de pago se encontrarán en la página web del Departamento de Educación: http://www.educacion.navarra.es/ y en la página web del Gobierno de Navarra: http://www.navarra.es/
Los interesados presentarán una única instancia de participación acompañada de la documentación prevista en el apartado 2 de la Base Tercera de la convocatoria.
Las instancias se dirigirán, junto con el resto de la documentación, al Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, y podrán presentarse en el Registro del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, s/n, código postal 31001 Pamplona, en el Registro General del Gobierno de Navarra, o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo comprendido entre el día 7 de enero y el día 26 de enero de 2010, ambos inclusive

martes 5 de enero de 2010

LEY 12/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

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Presidència de la Generalitat. LLEI 12/2009, de 23 de desembre, de Mesures Fiscals, de Gestió Administrativa i Financera, i d'Organització de la Generalitat. [2009/15000] (pdf 1.672KB) . pàgina 47.123
LEY 12/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. [2009/15000]
La Ley de Presupuestos de la Generalitat para el año 2010 establece determinados objetivos de política económica del Consell, cuya consecución exige la aprobación de diversas normas. La presente ley recoge, a tal efecto, una serie de medidas referentes a aspectos tributarios, de gestión económica y de acción administrativa.
En el capítulo I se incluyen las modificaciones del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, que afectan a diversos preceptos de dicha norma. Las novedades introducidas en la misma son las siguientes:
a) En el título I, referente a las tasas en materia de turismo, se establecen exenciones en la Tasa por servicios administrativos de la Agencia Valenciana de Turismo para los discapacitados y para los miembros de familias numerosas de categoría especial, y una bonificación del 50 por 100 en la cuota de dicha tasa para los miembros de las familias numerosas de categoría general.
b) Dentro del título II, relativo a las tasas en materia de hacienda y administración pública, en primer lugar, se modifica el cuadro de tarifas de la tasa por venta de impresos (capítulo II), para adaptarlo al actual elenco de modelos de declaración tributaria, solicitud o autorización de representación para trámites administrativos, suprimiendo determinados modelos de solicitud y de autorización de representación, que, en lo sucesivo, tendrán carácter gratuito; y, en segundo lugar, se suprimen las referencias a la tarifa 2.3, relativa a la «Expedición de las Guías de Circulación de Máquinas Recreativas y de Azar tipo A, B y C», en las exenciones y bonificaciones para familias numerosas de la Tasa por otros servicios administrativos (capítulo IV), al no tratarse de documentos relacionados ordinariamente con el desarrollo vital en el seno de una familia numerosa, objetivo de salvaguarda y fomento al que se encuentran normalmente dirigidos los beneficios fiscales para tales familias.
c) En el título III, referente a las tasas en materia de espectáculos y publicaciones, se llevan a cabo las siguientes modificaciones: en primer lugar, se suprime la tasa por servicios administrativos en materia de espectáculos, contenida en el capítulo I, por tratarse de servicios de policía administrativa, relativos a la autorización e inspección de espectáculos, cuyo principal beneficiario no es el propio solicitante de los mismos, sino la comunidad, resultando conveniente, por tanto, su carácter gratuito; en segundo lugar, dado que el registro en cuestión no se encuentra operativo en la actualidad, se suprime la tasa por la inscripción en el registro de locales e inmuebles de pública concurrencia a los que se haya concedido autorización específica para el ejercicio habitual en los mismos de actividades de prostitución, contenida en el capítulo V; en tercer lugar, se establecen dos nuevas tasas relacionadas con el Servicio Específico de Admisión en locales y recintos, ordenado, en desarrollo de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, por el Decreto 197/2008, de 5 de diciembre, del Consell, por el que se regula el derecho, la reserva y el servicio de admisión en los establecimientos públicos destinados a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas. La primera de dichas tasas se refiere a la presentación a las pruebas evaluadoras del citado servicio, y la segunda, a la obtención de una certificación acreditativa para el ejercicio de las funciones propias del servicio en cuestión. Ambas tasas se incluyen, dentro del título III, en sendos capítulos I y V, cuya redacción sustituye a la de aquellos que, hasta ahora, figuraban con dicha numeración, y que se suprimen por la presente ley; y, en cuarto lugar, se amplían las exenciones de la Tasa por inserciones en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (capítulo III) a las entidades autónomas de la propia Generalitat; a todos los juzgados y tribunales, y no sólo, como hasta ahora, a los que tuvieran su sede en la Comunitat Valenciana; y a las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.
d) Dentro del título IV, referente a las tasas en materia de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte, se incluyen las siguientes modificaciones:
En el capítulo III del citado título, relativo a la Tasa de Viviendas de Protección Pública y actuaciones protegibles, por un lado, se establece la exención del pago de la misma en relación con las actuaciones de rehabilitación y nueva construcción que se deriven de planes o medidas especiales de revitalización de la economía, o cuando el hecho imponible sea resultado de actuaciones de nueva construcción o rehabilitación, debidas a catástrofes públicas, previéndose la aplicación transitoria de las nuevas exenciones a los expedientes en curso, mediante una nueva disposición transitoria, que se añade al Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat; y, por el otro, se establece una excepción a la regla general de la exigibilidad anticipada de la tasa en el momento de la solicitud del servicio, que resultará aplicable a los supuestos de calificación provisional de rehabilitación, en los cuales, el pago se exigirá en el momento del devengo de la tasa, que, en tales casos, es el de la expedición del certificado de calificación provisional de la rehabilitación protegida.
Por su parte, en lo que se refiere a la tasa por servicios administrativos, contenida en el capítulo V del título IV, se suprime la referencia a la aluminosis en las exenciones previstas en la tasa, dado que tal afección constructiva se contempla, dentro de las actuaciones de fomento del Plan de Vivienda, como supuesto de adecuación estructural.
e) En el título V del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, relativo a las tasas en materia de Cultura, Educación y Ciencia, se llevan a cabo las siguientes modificaciones:
En primer lugar, en relación con la tasa por servicios administrativos derivados de la actividad académica de nivel no universitario (capítulo III), se reorganiza el cuadro de tipos de gravamen del apartado uno del artículo 128 del citado Texto Refundido, con el fin de ajustarlos a la actual realidad prestacional y a su coste efectivo. A tal efecto, en relación con las certificaciones de idiomas, se suprime el epígrafe 2.4 (incluyendo los sub-epígrafes 2.4.1, 2.4.2, 2.4.3 y 2.4.4), así como la referencia a las Enseñanzas de Idiomas del epígrafe 4.1, y se crea un nuevo epígrafe 4.5, que sistematiza el régimen tarifario aplicable a todas las certificaciones de idiomas que se expiden en la actualidad. Por otro lado, dentro del mismo artículo, se modifica la denominación del tipo de servicio al que se refiere el epígrafe 6, con el objeto de incluir la totalidad de las enseñanzas artísticas superiores que actualmente se imparten por la Generalitat.
En segundo lugar, y por lo que se refiere a la Tasa por servicios académicos universitarios (capítulo VI), se habilita al Consell para modificar anualmente los tipos de gravamen aplicables en el caso de segunda, tercera y posteriores matrículas, en el marco de las directrices de la Comisión Mixta de Financiación del Consejo de Coordinación Universitaria, sobre corresponsabilidad de las comunidades autónomas en el ajuste efectivo del importe de las tasas universitarias al coste real de los correspondientes servicios.
f) En relación con el título VI, relativo a las tasas en materia de Sanidad, se llevan a cabo las siguientes modificaciones:
En primer lugar, respecto de la tasa por prestación de asistencia sanitaria (capítulo I), se modifican las denominaciones y tarifas de ciertos procedimientos diagnósticos y terapéuticos, en consonancia con la actual realidad prestacional y su nomenclatura normalizada, actualizándose, en algunos casos, las correspondientes tarifas y efectuándose una reordenación técnica de las mismas, con el objetivo de conseguir una mayor agilidad en su aplicación.
En segundo lugar, en relación con la tasa por la venta de productos y servicios hematológicos (capítulo II), se modifican las denominaciones y tarifas de determinados servicios y productos, introduciéndose y suprimiéndose otras, en consonancia con la metodología actual de denominación y de determinación de los costes de prestación.
En tercer lugar, con respecto a la tasa por otras actuaciones administrativas en materia de sanidad (capítulo IV), se suprime el epígrafe 2 (Comunicaciones de puesta en mercado de productos cosméticos) del Grupo IV (Venta de talonarios, comunicaciones de puesta en mercado de productos cosméticos y libros de control de actividades sanitarias) de su cuadro de tarifas, al no comportar actuación inspectora alguna que justifique, en la actualidad, la exacción de una tasa por este concepto.
g) En el ámbito del título VII del citado Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, relativo a las tasas en materia de Empleo, Industria, Energía y Comercio, y dentro del cuadro de tarifas de la Tasa por la ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y mineras (capítulo I de dicho título), se equipara el importe máximo de la tasa correspondiente a las autorizaciones de instalaciones térmicas al de la correspondiente a las instalaciones eléctricas de baja tensión (epígrafe 3.2).
h) Dentro del título IX del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, correspondiente a las tasas en materia de Medio Ambiente, y en relación con la tasa por licencias de caza, pesca, vías pecuarias y actividades complementarias (capítulo II), se amplía, a la expedición de licencias de caza, la exención subjetiva actualmente prevista para los jubilados y perceptores de pensiones públicas en relación con las licencias de pesca, y se modifican los importes de las tarifas de esta tasa correspondientes a las licencias de caza tipo C y a la expedición de permisos para cotos fluviales de pesca deportiva, para ajustarlos al coste real de los servicios financiados.
En el capítulo II de la presente ley se incluyen las modificaciones de la Ley 10/1997, de 16 de diciembre, de Tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de Animales y sus Productos, estableciéndose, en primer lugar, una clasificación más objetiva de los tipos de ganado vacuno dentro del régimen de tarifas de las operaciones de sacrificio, previsto en el apartado 2 del artículo 7 de la citada ley, basándola en un límite de peso del animal. En segundo lugar, dentro del apartado 5 del mismo artículo 7, se reduce la tarifa aplicable al control de las operaciones de almacenamiento de carnes, teniendo en cuenta el volumen actual de toneladas almacenadas sometidas a control y el coste efectivo del servicio. En tercer lugar, dentro del artículo 9 de dicha ley, se suprimen las cuotas por los controles sanitarios de determinadas sustancias y por la investigación de residuos en los animales vivos destinados al sacrificio y sus carnes, teniendo en cuenta que tales controles ya se incluyen dentro de las actividades de inspección y control sanitario de las carnes frescas, carnes de aves de corral y carnes de conejo y caza, por lo que no suponen un coste efectivo añadido.
El capítulo III de esta ley contiene las modificaciones de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, del tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, incluyendo las siguientes:
En primer lugar, en relación con el título I de la citada ley, relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se incluyen las siguientes modificaciones:
a) Se modifica la escala autonómica de tipos de gravamen aplicable a la base liquidable general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del artículo Segundo de la citada ley, adaptándola al porcentaje de cesión del impuesto a la Comunitat Valenciana y manteniéndose, al mismo tiempo, la rebaja de 0,25 puntos porcentuales establecida por la Generalitat, y que afecta al conjunto de los tramos de la escala, y, especialmente, a los tramos medios y bajos. Igualmente, se modifica la referencia que en el artículo tercero de la ley se efectúa al porcentaje de las deducciones establecidas en la normativa estatal del impuesto que minoran la cuota íntegra autonómica para determinar la cuota líquida autonómica, estableciéndose una remisión general al porcentaje previsto, a tal efecto, por la citada normativa estatal reguladora del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b) Dentro del artículo cuarto de la citada ley, se establece una nueva deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, consistente en el 10 por 100 del importe de la cuota íntegra autonómica, una vez deducidas de esta última el resto de las minoraciones a las que se refiere el apartado dos del artículo tercero de la misma ley 13/1997. Dicha deducción resultará aplicable a los contribuyentes con dos o más descendientes que den lugar al mínimo correspondiente por este concepto, siempre que la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la familia sea de hasta 24.000 euros.
En segundo lugar, quedan sin contenido el capítulo I del título II y los artículos octavo y noveno de la citada Ley 13/1997, relativos al Impuesto sobre el Patrimonio, al haber quedado suprimido, desde el 1 de enero del 2008, el gravamen del mencionado impuesto, por aplicación de lo dispuesto en la Ley 4/2008,de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria.
En tercer lugar, en relación con el capítulo IV de la citada Ley 13/1997, relativo a los Tributos sobre el Juego, se incluye el supuesto de suspensión temporal de la explotación de máquinas recreativas tipo B en las reglas de cálculo y gestión de la tasa fiscal que grava los juegos de suerte, envite o azar, en su modalidad de máquinas y aparatos automáticos, a la que se refiere el apartado uno del artículo quince de la Ley 13/1997.
Y, en cuarto lugar, se establecen, mediante una nueva disposición adicional novena, los requisitos para la acreditación de la presentación de documentos y autoliquidaciones, así como del pago de deudas tributarias, que resulten procedentes porlos Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, cuando deban llevarse a cabo ante la Generalitat para permitir la admisión de documentos sujetos a los citados impuestos por autoridades, funcionarios, oficinas o dependencias administrativas y la producción de efectos de los mismos en juzgados, tribunales, oficinas o registros públicos, o a cualquier otro efecto previsto en las disposiciones vigentes, habilitando al conseller competente en materia de Hacienda para la regulación de un procedimiento específico de acreditación en el supuesto de presentación y pago por medios telemáticos.
El capítulo IV modifica el texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat,
respecto al artículo 78 y la coordinación de la gestión de la Tesorería.
El capítulo V modifica diversos extremos de la Ley 8/1986, de 29 de diciembre, de Ordenación del Comercio y Superficies Comerciales, con objeto de adaptarla a los requerimientos de la Directiva 2006/123/ CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
El capítulo VI contiene diversas modificaciones de la Ley 4/1994, de 8 de julio, sobre
protección de los animales de compañía.
El capítulo VII modifica la Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de Creación del Instituto Cartográfico Valenciano, respecto a la emisión por éste de informes respecto a la
contratación o ejecución de trabajos cartográficos.
El capítulo VIII modifica numerosos preceptos de la Ley 3/1998, de Turismo, de la Comunitat Valenciana, con objeto de adecuarla también a los requerimientos de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
El capítulo IX modifica la Ley 5/1998, de 18 de junio, de creación del Instituto Valenciano del Audiovisual Ricardo Muñoz Suay, respecto a su denominación, que a partir de ahora será Instituto Valenciano del Audiovisual y de la Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, y respecto a dos puntos muy concretos relacionados con la Ciudad de la Luz y la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat Valenciana.
El capítulo X modifica la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunitat Valenciana, respecto a la consideración de centro sociosanitario. Dicha modificación establece el sistema para la vinculación de los farmacéuticos a los depósitos de medicamentos de los centros sociosanitarios privados, como instrumento para evitar el consumo innecesario o incorrecto de medicamentos, que pudiera perjudicar gravemente a la salud de los ciudadanos de la Comunitat Valenciana.
La modificación se realiza en base a las competencias de Planificación e intervención farmacéutica de la Generalitat y para evitar los riesgos que comporta la utilización innecesaria de medicamentos para la salud y el equilibrio financiero de la prestación farmacéutica
El capítulo XI modifica la Ley 9/2000, de 23 de noviembre, de constitución de la Entidad Pública de Transporte Metropolitano de Valencia, a partir de la entrada en vigor de la presente ley denominada Agencia Valenciana de Movilidad Metropolitana,
ampliando su finalidad a la coordinación del transporte metropolitano en las restantes áreas metropolitanas de la Comunitat Valenciana.
El capítulo XII modifica la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. Se establece una nueva disposición transitoria en relación con el cartel de actividad de los establecimientos, que se suprime para adaptar la ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, y en coherencia con la derogación del artículo 19. Asimismo se establece un nuevo apartado en el anexo de la ley, relativo a establecimientos públicos ubicados en zona de dominio público marítimoterrestre.
El capítulo XIII modifica la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, con objeto de regular la Infraestructura Verde de la Comunitat Valenciana.
El capítulo XIV modifica la Ley 3/2005, de Archivos para que el Archivo Central de la Generalitat se denomine
Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana.
El capítulo XV contiene dos modificaciones de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de Asistencia Jurídica a la Generalitat.
El capítulo XVI modifica el artículo 46.6 de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, de la Generalitat, respecto a reglas relativas a la transmisión de autorizaciones de servicio de taxi en las áreas de prestación conjunta de la Comunitat Valenciana.
El capítulo XVII modifica la Ley 11/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de
Comunidades de Valencianos en el exterior.
El capítulo XVIII añade un nuevo párrafo a la Disposición Transitoria Segunda, del Decreto-Ley 1/2008, de 27 de junio, del Consell, de Medidas Urgentes para el fomento de la Vivienda y el Suelo, respecto a la reserva de viviendas sujetas a regímenes de protección y al Sistema Territorial de Indicadores de Demanda.
El capítulo XIX modifica el apartado 4 del artículo 6, de la Ley 11/2008, de 3 de julio, de la Generalitat, de
Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.
El capítulo XX trata de la duración máxima y el régimen del silencio en procedimientos administrativos, de expedientes sancionadores en materia de farmacia
y de autorizaciones de establecimientos de óptica.
El capítulo XXI trata de la regulación del acceso de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, en el marco proporcionado por la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 7 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
El capítulo XXII extiende al ejercicio 2010 la regulación de la posibilidad de introducción de cláusulas de precio aplazado en determinados contratos de obras del Plan de Innovación de Sedes Judiciales.
El capítulo XXIII proporciona reglas para la coordinación de la planificación y ejecución de obras públicas realizadas por la Conselleria competente en materia de infrestructuras y transporte, respecto a las reposiciones de servicios públicos.
El capítulo XXIV modifica el Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Función Pública Valenciana.
El capítulo XXV modifica la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de
Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana.
El capítulo XXVI modifica la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de
Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
El capítulo XXVII modifica la Ley 6/1998, de 22 de junio, de
Ordenación Farmacéutica de la Comunitat Valenciana.
Por último, las disposiciones derogatorias, adicionales y finales complementan la Ley recogiendo diversas previsiones que por razones, entre otras, de técnica legislativa, no se consideran susceptibles de incluir en los capítulos anteriormente aludidos.

5 becas para la realización de practicas profesionales en materia de estadística y documentación en las dependencias de la subdirección de análisis

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Presidència de la Generalitat. ORDE de 21 de desembre de 2009, del conseller d'Indústria, Comerç i Innovació i vicepresident primer del Consell, per la qual es convoca la concessió de beques per a la realització de pràctiques professionals en matèria d'estadística i documentació en les dependències de la Subdirecció d'Anàlisi del Gabinet del President de la Generalitat durant l'exercici 2010/2011. [2009/15012] (pdf 846KB)
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ORDEN de 21 de diciembre de 2009, del conseller de Industria, Comercio e Innovación y vicepresidente primero del Consell, por la que se convoca la concesión de becas para la realización de practicas profesionales en materia de estadística y documentación en las dependencias de la subdirección de análisis del Gabinete del President de la Generalitat durante el ejercicio 2010/2011. [2009/15012]
Objeto.- Las becas que se regulan en estas bases tienen por objeto completar y desarrollar la formación académica de jóvenes titulados en Biblioteconomía y Documentación y en Matemáticas o Ciencias y Técnicas Estadísticas a través de la realización de prácticas profesionales en organismos y unidades dependientes de la Presidencia de la Generalitat, en aquellas tareas relacionadas con dicha titulación que sean adecuadas para adquirir formación complementaria y especialización.
Número y organismo en que se efectuaran las prácticas.- 1. Se convocan cinco becas distribuidas en las clases siguientes:
Clase A. Tres becas. Destinadas a titulados medios o superiores en Biblioteconomía y Documentación. Realizarán las prácticas en la Unidad Operativa de Documentación de la Subdirección de Análisis del Gabinete del President, sita en Valencia, colaborando en el análisis de todo tipo de documentación para alimentar las bases de datos de la Subdirección.
Clase B. Dos becas. Destinadas a licenciados en Matemáticas o licenciados en Ciencias y Técnicas Estadísticas. Realizarán las prácticas en la Unidad Operativa de Análisis de la Subdirección de Análisis del Gabinete del President, sita en Valencia, colaborando en el análisis estadístico de datos.
Base tercera. Requisitos que deben reunir los solicitantes.- 1. Las personas que soliciten participar en la convocatoria deberán reunir los requisitos siguientes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) No ser mayor de 35 años.
b) Estar en posesión del título de diplomado o licenciado en Biblioteconomía y Documentación y del título de licenciado en Matemáticas o en Ciencias y Técnicas Estadísticas, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido mas de cinco años desde su obtención.
c) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses.

Duración de la beca y prorroga.- 1. El periodo de duración de las becas será de doce meses desde la fecha que se indique en la resolución de concesión, que será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, fecha de inicio que no podrá ser anterior al 1 de marzo de 2010, quedando condicionados los meses que falten para completar ese periodo, que corresponderá al año 2011, a que exista consignación en ese ejercicio presupuestario.
2. El periodo de duración podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.
Dotación economica individual y pago de la beca.- 1. La dotación económica de cada una de las becas será de mil (1.000) euros mensuales brutos.
Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diarí Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 1 al 20 de Enero de 2010, a.i.]
2. La solicitud para poder optar a una beca se realizará utilizando el modelo que se anexa a las presentes bases, el cual estará a disposición de las personas interesadas en los siguientes puntos:
- En el portal institucional de la Generalitat en Internet (http://www.gva.es/) y en la Página web (www.gva.es/argos )
- En el Palacio de Fuentehermosa, C/ Caballeros, 9 de Valencia
- En las oficinas Prop de la Comunitat Valenciana,
3. Los/as candidatos/as deberán dirigir la correspondiente solicitud, debidamente cumplimentada a Subdirección de Análisis pudiéndolo presentar por cualquiera de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

Premios "Rey Jaime I" 2010. Fundación Premios Rey Jaime I de la Comunidad Valenciana.

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Fundacion Premios Rey Jaime I. Anuncio de la Fundación Premios Rey Jaime I sobre convocatoria de los Premios "Rey Jaime I" 2010.(Bop-València. Martes, 29 de Diciembre de 2009 - BOP 308)
ANUNCIO
Se hace pública la convocatoria de ámbito nacional de los Premios "Rey Jaime I" 2010, organizados por la Fundación Premios Rey Jaime I de la Comunidad Valenciana, constituida por la Generalitat y la Fundación Valenciana de Estudios Avanzados de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con las siguientes modalidades y características:
Modalidades:
Investigación Básica
Economía
Investigación Médica
Protección del Medio Ambiente
Nuevas Tecnologías
Urbanismo, Paisaje y Sostenibilidad
Bases:
Dotación: 100.000 Euros, diploma y medalla de oro.
Candidatos: Personas que hayan efectuado la mayor parte de su labor profesional en España y preferente que residan en España.
Forma de presentación: Se invita para la propuesta de candidatos a Investigadores, Universidades, Reales Academias, Colegios Profesionales, Hospitales, Empresas y Fundaciones.
Plazo de presentación de candidaturas: 17 de Marzo de 2010
Lugar de presentación de candidaturas: Secretaría de los Premios "Rey Jaime I", calle Pintor López, 7, 46003 Valencia. Teléfonos: 963.92.06.04 premiosreyjaime@fvea.es

O.E.P. Fundació Municipal Deportiva. València.

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Fundación Deportiva Municipal. Valencia. Anuncio de la Fundación Deportiva Municipal sobre oferta de empleo público para el ejercicio 2009.
ANUNCIO
Por Resolución de la Presidencia Delegada de la Fundación Deportiva Municipal de fecha de 15 de diciembre de 2009, se ha dispuesto lo siguiente:"Vistos los informes del Servicio Jurídico y de Recursos Humanos y de la Secretaría Delegada de la Fundación Deportiva Municipal, así como el informe del Servicio de Personal del Ayuntamiento de Valencia, esta Presidencia Delegada RESUELVE:
APROBAR la Oferta de Empleo Público de la Fundación Deportiva Municipal del Ayuntamiento de Valencia para el ejercicio 2009, respecto de las plazas que a continuación se detallan:
Nº puestos DENOMINACIÓN DEL PUESTO TITULACIÓN Grupo según convenio
1 Jefe de Negociado (nº 32 de RPT) Diplomatura Universitaria B
1 Auxiliar de Servicio a TP. ( nº 114 de RPT) Graduado Esc/FP I o equiv D
1 Auxiliar administrativo (nº 234 de RPT) Graduado Esc/FP I o equiv D

una plaza de "Ludotecario", ( C1). BASES. Ajuntament d'Alfafar (L'Horta Sud-València)

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Ayuntamiento de Alfafar sobre bases del concurso-oposición libre para la provisión de una plaza de Ludotecario de naturaleza laboral de la plantilla del Ayuntamiento.Miércoles, 30 de Diciembre de 2009 - BOP 309
Edicto
De conformidad con la oferta de empleo pública aprobada por Decreto de la Alcaldía 126/07, de 24 de Enero de 2007, publicada en los Boletín Oficial del Estado núm. 63, de 14 de marzo de 2007. Haciendo uso de las atribuciones que me confiere el art. 21 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del artículo 41.14 a), del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ha resuelto convocar pruebas selectivas y provisión en propiedad de UNA plaza de Ludotecario (Personal laboral fijo).Las Bases que han de regir las citadas pruebas selectivas, han sido aprobadas por resolución de la Alcaldía nº 2457/2009, de veinticinco de Noviembre de dos mil nueve y transcritas literalmente dicen:"BASES PARA CUBRIR UNA PLAZA DE LUDOTECARIO DE NATURALEZA LABORAL EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO, PLAZA10 PLF
BASE PRIMERA.- OBJETO Y EL SISTEMA SELECTIVO.Es objeto de la presente convocatoria la provisión como Personal Laboral de una plaza de "Ludotecario", incluida en la plantilla de este Ayuntamiento. Dicha plaza está encuadrada en la Plantilla con el número 10 PLF y está dotada con el sueldo correspondiente, dos pagas extraordinarias, y demás retribuciones que la Corporación tenga otorgadas o pueda acordar con arreglo a la legislación vigente.El Sistema Selectivo será el concurso-oposición libre.
BASE SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.Para ser admitido al presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo:
c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del título de Bachiller, o Técnico en Animación Socio-Cultural.
BASE TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alfafar, presentándose en el Registro General de Entrada de éste (S.A.C. -Servicio de Atención al Ciudadano-), o en la forma que determina al artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de VEINTE días naturales, a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

1 plaza de "técnico medio ambiente", 1 PLF. ( A2 ). BASES. Ajuntament d'Alfafar (L'Horta Sud-València)

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Edicto del Ayuntamiento de Alfafar sobre bases para cubrir una plaza de Técnico Medio Ambiente (Personal Laboral) en la plantilla del Ayuntamiento. ( Bop-València. Miércoles, 30 de Diciembre de 2009 - BOP 309)
Edicto
De conformidad con la oferta de empleo pública aprobada por Decreto de la Alcaldía 126/07, de 24 de Enero de 2007, publicada en los Boletín Oficial del Estado núm. 63, de 14 de marzo de 2007. Haciendo uso de las atribuciones que me confiere el art. 21 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del artículo 41.14 a), del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ha resuelto convocar pruebas selectivas y provisión en propiedad de UNA plaza de Técnico Medio Ambiente (Personal laboral fijo).
Las Bases que han de regir las citadas pruebas selectivas, han sido aprobadas por resolución de la Alcaldía nº 2450/2009, de veinticuatro de Noviembre de dos mil nueve y transcritas literalmente dicen:"BASES PARA CUBRIR UNA PLAZA DE TECNICO MEDIO AMBIENTE (PERSONAL LABORAL) EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO, PLAZA1 PLF
BASE PRIMERA.- OBJETO Y EL SISTEMA SELECTIVO.Es objeto de la presente convocatoria la provisión como Personal Laboral de una plaza de "técnico medio ambiente", incluida en la plantilla de este Ayuntamiento. Dicha plaza está encuadrada en la Plantilla con el número 1 PLF y está dotada con el sueldo correspondiente, dos pagas extraordinarias, y demás retribuciones que la Corporación tenga otorgadas o pueda acordar con arreglo a la legislación vigente.El Sistema Selectivo será el concurso-oposición libre.
BASE SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.Para ser admitido al presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo:
c ) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del Título de Técnico Auxiliar de Medio Ambiente o 3 cursos de Licenciatura Biológicas o equivalente.
BASE TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alfafar, presentándose en el Registro General de Entrada de éste (S.A.C. - Servicio de Atención al Ciudadano-), o en la forma que determina al artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de VEINTE días naturales, a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Bases de la Convocatoria del XXXIV CERTAMEN PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA. Exma. Diputació Provincial de València.

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Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre bases de la convocatoria del XXXIV Certamen Provincial de Bandas de Música.( Bop-València, Jueves, 31 de Diciembre de 2009 - Nº. 310 ) ANUNCIO
Aprobadas, por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia celebrada el día 16 de diciembre de 2009, las BASES DE LA CONVOCATORIA DEL XXXIV CERTAMEN PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, quedan expuestas al público, a efectos de presentación por parte de los interesados, de posibles reclamaciones y/o sugerencias, durante un plazo de 30 días naturales, pudiéndose consultar las mismas en el Servicio de Cultura de la Corporación (Plaza Manises, 4 ; 3º piso), en horas de oficina (9-14 horas). En el bien entendido que, transcurrido dicho plazo sin presentar alguna, se considerarán definitivamente aprobadas.
XXXIV CERTAMEN PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA
BASES
PRIMERA. Podrán participar en el presente Certamen las Bandas de Música dependientes de las Sociedades Musicales Federadas de la provincia de Valencia, que cumplan los requisitos que se establezcan en las siguientes Bases.
SEGUNDA. A efectos de su participación, se establecen cuatro secciones:
Primera: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 85 plazas.
Segunda: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 65 plazas.
Tercera: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 45 plazas.
Cuarta: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 40 plazas y que no sea inferior a 35. La participación en esta sección no tiene carácter competitivo.
TERCERA. En la Sección Primera podrán inscribirse las bandas de música con una plantilla ilimitada de músicos federados;
en la Sección Segunda las que cuenten hasta 85 músicos,
en la Sección Tercera las que cuenten hasta 65 músicos y
en la Sección Cuarta que cuenten hasta 40 músicos
Del cómputo del número de plazas de cada banda, se excluirá el director y el abanderado.
CUARTA. En las bandas participantes no podrán figurar más de CUATRO refuerzos ajenos a la misma, no pudiendo estos participar con ninguna otra banda inscrita en la misma sección.
QUINTA. Para el control de las plantillas de las bandas participantes se aplicará la normativa aprobada en la Asamblea General de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
SEXTA. Todos los componentes de las bandas que vayan a participar deberán ir provistos del D.N.I., para su identificación ante el control; dicha identificación se realizará por delegados de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
SÉPTIMA. Las inscripciones deberán formularse mediante solicitud dirigida al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación de Valencia, por el representante legal de cada Banda, según modelo de instancia que se inserta al final de estas Bases, las cuales deberán ser presentadas en el Registro General de esta Diputación ( Calle Serranos, 2).
OCTAVA. El plazo de inscripción será 30 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 1 al 30 de Enero de 2010, a.i.]

1 plaza de Auxiliar Administrativo,C2 (plaza15 F). BASES. Ajuntament d'Alfafar (L'Horta Sud-València)

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Ayuntamiento de Alfafar . Edicto ( Bop-València. Martes, 05 de Enero de 2010 - Nº. 3)
De conformidad con la oferta de empleo pública aprobada por Decreto de la Alcaldía 126/07, de 24 de Enero de 2007, publicada en los Boletín Oficial del Estado núm. 63, de 14 de marzo de 2007. Haciendo uso de las atribuciones que me confiere el art. 21 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del artículo 41.14 a), del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ha resuelto convocar pruebas selectivas y provisión en propiedad de UNA plaza de Auxiliar Administrativo de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C2.Las Bases que han de regir las citadas pruebas selectivas, han sido aprobadas por resolución de la Alcaldía nº 2449/2009, de veinticuatro de Noviembre de dos mil nueve y transcritas literalmente dicen:
"BASES QUE REGIRÁN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, DE ADMNISTRACIÓN GENERAL, GRUPO C2, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO.
Objeto de la convocatoria.- Es objeto de las presentes bases, la provisión en propiedad de UNA plaza de Auxiliar Administrativo, (plaza15 F) encuadrada en la escala de Administración General, Subescala Auxiliar a y dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo C2, y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, a las que se acumularán, en su caso, las vacantes que se produzcan o plazas que se aprueben definitivamente, con anterioridad a la realización de las pruebas selectivas que rigen las siguientes bases. Y Formación de Bolsa de Trabajo para futuras interinidades en el caso de que se considere constituirla.
Base primera: El sistema selectivo.- Será el concurso-oposición libre, celebrándose en primer lugar la fase oposición, y pasando a la fase concurso únicamente los aspirantes que hayan superado dicha fase.
Base segunda: Requisitos de los aspirantes.Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
a) Poseer la nacionalidad española o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, así como cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
El acceso al empleo público como personal funcionario, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el mencionado artículo.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O), o Formación Profesional de 1er Grado o equivalente, requisito para acceso al grupo C2; según el artículo 76, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Base tercera.- Presentación de instancias.Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, presentándose en el S.A.C.(servicio de atención al ciudadano) o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Premis de la Generalitat per a activitats de promoció de l'ús del valencià a les Falles i a la Magdalena

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ANEXO I
Bases de la convocatoria de los premios de la Generalitat de 2010 para actividades de promoción del uso del valenciano realizadas por las comisiones de fallas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Objeto de los premios.- La convocatoria pretende ayudar económicamente a la realización de actividades propias de las comisiones festeras que faciliten, al mismo tiempo, la promoción del uso del valenciano en el ámbito de la entidad.
La actividad objeto de los premios está referida al uso del valenciano en los llibrets de fallas.
El modelo de solicitud estará disponible en la Conselleria de Educación y en Internet www.edu.gva.es/subval .
La solicitud deberá ser suscrita por quien tenga la capacidad legal de representación de la entidad.
El plazo de presentación de instancias se iniciará con la publicación en el DOCV de la presente orden y acabará el 29 de enero de 2010.

Conselleria d'Educació . ORDE de 23 de desembre de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual es convoquen els premis de la Generalitat per a activitats de promoció de l'ús del valencià en les festes de la Magdalena en l'àmbit de la Comunitat Valenciana en 2010. [2009/15068] (pdf 592KB) pàgina 259
ANEXO I
Bases de la convocatoria de los premios de la Generalitat de 2010 para actividades de promoción del uso del valenciano en las fiestas de la Magdalena en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Objeto de los premios.- La convocatoria pretende ayudar económicamente a la realización de actividades propias de las comisiones festeras que, al mismo tiempo, faciliten la promoción del uso del valenciano en el ámbito de la entidad.
La actividad objeto de los premios está referida al uso del valenciano en los llibrets de fiestas de la Magdalena.
El modelo de solicitud estará disponible en la Conselleria de Educación y en Internet www.edu.gva.es/subval .
La solicitud deberá ser suscrita por quien ostente la representación de la entidad.
El plazo de presentación de instancias se iniciará con la publicación
en el DOCV de la presente orden y acabará el 29 de enero de
2010.

concurso de méritos para la provisión de plazas de PDI contratado laboral, en la figura de profesor ayudante doctor, 2009/2010.U.Politècnica de Valènc

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Universitat Politècnica de València. RESOLUCIÓ de 21 de desembre de 2009, de la Universitat Politècnica de València, per la qual es convoca concurs de mèrits per a la provisió de places de personal docent i investigador contractat laboral, en la figura de professor ajudant doctor, per al curs acadèmic 2009/2010. [2009/14865] (pdf 718KB) pàgina 210
RESOLUCIÓN de 21 de desembre de 2009, de la Universidad Politécnica de Valencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado laboral, en la figura de profesor ayudante doctor, para el curso académico 2009/2010. [2009/14865]
Objeto de la convocatoria.- La presente convocatoria tiene por objeto la cobertura de necesidades de docencia en esta Universidad, mediante la provisión de plazas de profesores ayudantes doctor con las características que figuran en el anexo I.
Solicitudes.- Las personas interesadas en la presente convocatoria formalizarán su solicitud dirigida al rector de la Universidad a través del modelo de instancia que consta en anexo III, y asimismo será facilitada en los departamentos afectados y en el Registro General, (puede obtenerse los modelos correspondientes, así como información de esta convocatoria a través de la página web < http://www.upv.es/rrhh >).
La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Universidad, sito en la sede central, y sus registros auxiliares en la Escuela Politécnica Superior de Alcoy y en la Escuela Politécnica Superior de Gandia, o por cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Deberá presentarse una solicitud (por duplicado), para cada plaza a la que se desee concursar, indicándose el número de la misma. Caso de que se convoquen varias plazas con el mismo perfil y características y que vengan agrupadas en la convocatoria deberá presentarse únicamente una solicitud para todas ellas.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 6 al 18 de Enero de 2010, a.i.]
A cada solicitud deberá acompañarse un único ejemplar de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Original del resguardo que justifique el pago de 26,80 euros en concepto de derechos de participación, o justificante de exención del pago de los mismos.
c) Currículum vítae, que deberá seguir los apartados y estructura especificados en el baremo que consta en el anexo II, pudiendo utilizarse el modelo que podrán encontrar en la página web < http://www.upv.es/rrhh >
d) Fotocopia del título de doctor.
e) Certificación académica personal o documento sustitutivo y documentos acreditativos de cada uno de los méritos consignados en el currículum. Los méritos alegados en el currículum que no hayan sido justificados documentalmente no serán tenidos en cuenta. Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes no se admitirán nuevos méritos.
f) Documento justificativo de haber obtenido la evaluación positiva de su actividad que se indica en el requisito 6, del apartado 2. «Requisitos de los aspirantes».
g) Permiso de residencia, según se detalla en el requisito 5, párrafo 3º, del apartado 2. «Requisitos de los aspirantes».

ANNEX I - RELACIÓ I CATEGORIA DE LES PLACES OFERIDES
CONVOCATÒRIA: C13/09
ECONOMIA I CIÈNCIES SOCIALS

Àrea: Economia, Sociologia i Política Agrària
- Centre: ETSE Agrònoms
Nre. de places: 1 Codi de la plaça: 4856
Categoria: AJD Dedicació: TC
Perfil: Política Rural i Agrària.
PINTURA
Àrea: Pintura
- Centre: Facultat de Belles Arts
Nre. de places: 1 Codi de la plaça: 4858
Categoria: AJD Dedicació: TC
Perfil: Projectes II – Pintura.
SISTEMES INFORMÀTICS I COMPUTACIÓ
Àrea: Llenguatges i Sistemes Informàtics
- Centre: ETSI Informàtica
Nre. de places: 1 Codi de la plaça: 4859
Categoria: AJD Dedicació: TC
Perfil: Programació.

concurso público para la provisión de 81 plazas de profesorado universitario. Universitat de València.

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Universitat de València. RESOLUCIÓ de 14 de desembre de 2009, del Rectorat de la Universitat de València, per la qual es convoca concurs públic per a la provisió de places de professorat universitari, que se citen en l'annex I. [2009/14857] (pdf 2.316KB) pàgina 86
RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2009, del Rectorado de la Universitat de València, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de profesorado universitario, que se citan en el anexo I. [2009/14857]
2.2. Requisitos específicos.- Ser funcionario del cuerpo docente correspondiente o de un cuerpo docente universitario de igual o superior categoría, –en cuyo caso será necesario haber desempeñado la plaza durante al menos dos años en la Universidad de origen–, (art. 9.4 del RD 1313/2007, de 5 de octubre) o estar acreditado para el cuerpo docente de que se trate (anexo I) conforme a lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda y tercera del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
Solicitudes. Plazo de presentación.- 3.1. Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso, remitirán la correspondiente solicitud al rector de la Universitat de València (Servicio de Recursos Humanos PDI/concursos), avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010, Valencia, a través de las oficinas de registro de esta Universidad o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, mediante instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se adjunta en el anexo II.
El anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse también en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PDI):< http://www.uv.es/pdi/ConvPersFunc_V.htm >.
El plazo para la presentación de instancias será de 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOE. Los sábados se considerarán hábiles a los efectos del cómputo de plazos.[del 7 al 29 de Enero de 2010, a.i.]
ANEXO 1
Catedráticos de Universidad

CÓDIGO PLAZA: 101 / 2009 Número plaza: 5849 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Análisis Matemático
Departamento: Análisis Matemático
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Matemáticas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Matemáticas
CÓDIGO PLAZA: 102 / 2009 Número plaza: 5850 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Análisis Matemático
Departamento: Análisis Matemático
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Matemáticas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Matemáticas
CÓDIGO PLAZA: 103 / 2009 Número plaza: 5851 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Astronomía y Astrofísica
Departamento: Astronomía y Astrofísica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 104 / 2009 Número plaza: 5852 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Bioquímica y Biología Molecular
Departamento: Bioquímica y Biología Molecular
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Biológicas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Biológicas
CÓDIGO PLAZA: 105 / 2009 Número plaza: 5853 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Bioquímica y Biología Molecular
Departamento: Bioquímica y Biología Molecular
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Biológicas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Biológicas
CÓDIGO PLAZA: 106 / 2009 Número plaza: 5854 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Traumatología y Ortopedia
Departamento: Cirugía
Centro (adscripción departamento): Facultad de Medicina y Odontología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Medicina y Odontología
CÓDIGO PLAZA: 107 / 2009 Número plaza: 5855 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Comercialización e Investigación de Mercados
Departamento: Comercialización e Investigación de Mercados
Centro (adscripción departamento): Facultad de Economía
Centro (adscripción plaza) Facultad de Economía
CÓDIGO PLAZA: 108 y 109 / 2009 Número plaza: 5856 y 5857 Número de plazas: 2
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Derecho Civil
Departamento: Derecho Civil
Centro (adscripción departamento): Facultad de Derecho
Centro (adscripción plaza) Facultad de Derecho
CÓDIGO PLAZA: 110 / 2009 Número plaza: 5858 Número de plazas: 1 Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Derecho Constitucional
Departamento: Derecho Constitucional, Ciencia Política y de la Administración Centro (adscripción departamento): Facultad de Derecho
Centro (adscripción plaza) Facultad de Derecho
CÓDIGO PLAZA: 111 / 2009 Número plaza: 5859 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Derecho Financiero y Tributario
Departamento: Derecho Financiero e Historia del Derecho
Centro (adscripción departamento): Facultad de Derecho
Centro (adscripción plaza) Facultad de Derecho
CÓDIGO PLAZA: 112 / 2009 Número plaza: 5860 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales
Departamento: Derecho Internacional "Adolfo Miaja de la Muela"
Centro (adscripción departamento): Facultad de Derecho
Centro (adscripción plaza) Facultad de Derecho
CÓDIGO PLAZA: 113 / 2009 Número plaza: 5861 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Métodos Cuantitativos para la Economía y la Empresa
Departamento: Economía Aplicada
Centro (adscripción departamento): Facultad de Economía
Centro (adscripción plaza) Facultad de Economía
CÓDIGO PLAZA: 114 / 2009 Número plaza: 5862 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Estadística e Investigación Operativa
Departamento: Estadística e Investigación Operativa
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Matemáticas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Matemáticas
CÓDIGO PLAZA: 115 / 2009 Número plaza: 5863 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Economía Aplicada (Área propia: 281 Estructura Económica)
Departamento: Estructura Económica (Economía Aplicada II)
Centro (adscripción departamento): Facultad de Economía
Centro (adscripción plaza) Facultad de Economía
CÓDIGO PLAZA: 116, 117 y 118 / 2009 Número plaza: 5864, 5865 y 5866 Número de plazas: 3
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Farmacología
Departamento: Farmacología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Farmacia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Farmacia
CÓDIGO PLAZA: 119 / 2009 Número plaza: 5867 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Farmacología
Departamento: Farmacología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Farmacia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Farmacia
CÓDIGO PLAZA: 120 / 2009 Número plaza: 5868 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Lengua Española
Departamento: Filología Española
Centro (adscripción departamento): Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
Centro (adscripción plaza) Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
CÓDIGO PLAZA: 121 / 2009 Número plaza: 5869 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Literatura Española
Departamento: Filología Española
Centro (adscripción departamento): Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
Centro (adscripción plaza) Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
CÓDIGO PLAZA: 122 / 2009 Número plaza: 5871 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física Aplicada
Departamento: Física Aplicada y Electromagnetismo
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 123 / 2009 Número plaza: 5872 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física Aplicada
Departamento: Física Aplicada y Electromagnetismo
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 124 / 2009 Número plaza: 5873 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física Atómica, Molecular y Nuclear
Departamento: Física Atómica, Molecular y Nuclear
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 125 / 2009 Número plaza: 5874 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física Teórica
Departamento: Física Teórica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 126 / 2009 Número plaza: 5875 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física Teórica
Departamento: Física Teórica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 127 / 2009 Número plaza: 5876 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física Teórica
Departamento: Física Teórica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 128 / 2009 Número plaza: 5877 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física Teórica
Departamento: Física Teórica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 129 / 2009 Número plaza: 5878 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Fisiología
Departamento: Fisiología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Medicina y Odontología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Medicina y Odontología
CÓDIGO PLAZA: 130 / 2009 Número plaza: 5879 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Geografía Física
Departamento: Geografía
Centro (adscripción departamento): Facultad de Geografía e Historia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Geografía e Historia
CÓDIGO PLAZA: 131 / 2009 Número plaza: 5880 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Geometría y Topología
Departamento: Geometría y Topología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Matemáticas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Matemáticas
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 132 / 2009 Número plaza: 5881 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Geometría y Topología
Departamento: Geometría y Topología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Matemáticas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Matemáticas
CÓDIGO PLAZA: 133 / 2009 Número plaza: 5882 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Historia Medieval
Departamento: Historia Medieval
Centro (adscripción departamento): Facultad de Geografía e Historia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Geografía e Historia
CÓDIGO PLAZA: 134 / 2009 Número plaza: 5883 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Historia Contemporánea
Departamento: Historia Contemporánea
Centro (adscripción departamento): Facultad de Geografía e Historia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Geografía e Historia
CÓDIGO PLAZA: 135 / 2009 Número plaza: 5884 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Historia Moderna
Departamento: Historia Moderna
Centro (adscripción departamento): Facultad de Geografía e Historia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Geografía e Historia
CÓDIGO PLAZA: 136 / 2009 Número plaza: 5885 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Ingeniería Química
Departamento: Ingeniería Química
Centro (adscripción departamento): Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Centro (adscripción plaza) Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 137 / 2009 Número plaza: 5886 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Ingeniería Química
Departamento: Ingeniería Química
Centro (adscripción departamento): Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Centro (adscripción plaza) Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 138 / 2009 Número plaza: 5887 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Matemática Aplicada
Departamento: Matemática Aplicada
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Matemáticas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Matemáticas
CÓDIGO PLAZA: 139 / 2009 Número plaza: 5888 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Economía Financiera y Contabilidad (Área propia: 597 Matemática Económico-
Empresarial)
Departamento: Matemáticas para la Economía y la Empresa
Centro (adscripción departamento): Facultad de Economía
Centro (adscripción plaza) Facultad de Economía
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 140 / 2009 Número plaza: 5889 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Nutrición y Bromatología
Departamento: Medicina Preventiva y Salud Pública, Ciencias de la Alimentación, Toxicología y Medicina Legal
Centro (adscripción departamento): Facultad de Farmacia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Farmacia
CÓDIGO PLAZA: 141 / 2009 Número plaza: 5890 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Metodología de las Ciencias del Comportamiento
Departamento: Metodología de las Ciencias del Comportamiento
Centro (adscripción departamento): Facultad de Psicología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Psicología
CÓDIGO PLAZA: 142 / 2009 Número plaza: 5891 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Metodología de las Ciencias del Comportamiento
Departamento: Metodología de las Ciencias del Comportamiento
Centro (adscripción departamento): Facultad de Psicología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Psicología
CÓDIGO PLAZA: 143 / 2009 Número plaza: 5892 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Psicobiología
Departamento: Psicobiología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Psicología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Psicología
CÓDIGO PLAZA: 144 / 2009 Número plaza: 5893 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Filosofía (Área propia: 619 Metafísica y Teoría del Conocimiento)
Departamento: Metafísica y Teoría del Conocimiento
Centro (adscripción departamento): Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación
Centro (adscripción plaza) Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación
CÓDIGO PLAZA: 145 / 2009 Número plaza: 5894 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Microbiología
Departamento: Microbiología y Ecología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias Biológicas
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias Biológicas
CÓDIGO PLAZA: 146 / 2009 Número plaza: 5895 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Óptica
Departamento: Óptica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 147 / 2009 Número plaza: 5896 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Biología Celular (Area propia: 661 Patología)
Departamento: Patología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Medicina y Odontología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Medicina y Odontología
CÓDIGO PLAZA: 148 / 2009 Número plaza: 5897 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos
Departamento: Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos
Centro (adscripción departamento): Facultad de Psicología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Psicología
CÓDIGO PLAZA: 149 / 2009 Número plaza: 5898 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Psicología Social
Departamento: Psicología Social
Centro (adscripción departamento): Facultad de Psicología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Psicología
CÓDIGO PLAZA: 150 / 2009 Número plaza: 5899 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Analítica
Departamento: Química Analítica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 151 / 2009 Número plaza: 5900 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Analítica
Departamento: Química Analítica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 152 / 2009 Número plaza: 5901 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Analítica
Departamento: Química Analítica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 153 / 2009 Número plaza: 5902 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Física
Departamento: Química Física
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 154 / 2009 Número plaza: 5903 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Física
Departamento: Química Física
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 155 / 2009 Número plaza: 5904 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Física
Departamento: Química Física
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 156 / 2009 Número plaza: 5905 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Inorgánica
Departamento: Química Inorgánica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 157 / 2009 Número plaza: 5906 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Inorgánica
Departamento: Química Inorgánica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 158 / 2009 Número plaza: 5907 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Orgánica
Departamento: Química Orgánica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 159 / 2009 Número plaza: 5908 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Lingüística General
Departamento: Teoría de los Lenguajes y Ciencias de la Comunicación
Centro (adscripción departamento): Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
Centro (adscripción plaza) Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
CÓDIGO PLAZA: 160 / 2009 Número plaza: 5909 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física de la Tierra
Departamento: Física de la Tierra y Termodinámica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 161 / 2009 Número plaza: 5910 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Física de la Tierra
Departamento: Física de la Tierra y Termodinámica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Física
Centro (adscripción plaza) Facultad de Física
CÓDIGO PLAZA: 162 / 2009 Número plaza: 5916 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Geografía Física
Departamento: Geografía
Centro (adscripción departamento): Facultad de Geografía e Historia
Centro (adscripción plaza) Facultad de Geografía e Historia
CÓDIGO PLAZA: 163 / 2009 Número plaza: 5917 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Derecho Financiero y Tributario
Departamento: Derecho Financiero e Historia del Derecho
Centro (adscripción departamento): Facultad de Derecho
Centro (adscripción plaza) Facultad de Derecho
CÓDIGO PLAZA: 164 / 2009 Número plaza: 5918 Número de plazas: 1
Categoría: Catedrático de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Departamento: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Centro (adscripción departamento): Facultad de Derecho
Centro (adscripción plaza) Facultad de Derecho
Profesor de Universidad

CÓDIGO PLAZA: 165 / 2009 Número plaza: 545 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Didáctica y Organización Escolar
Departamento: Didáctica y Organización Escolar
Centro (adscripción departamento): Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación
Centro (adscripción plaza) Escuela Universitaria de Magisterio "Ausiàs March"
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 166 / 2009 Número plaza: 1209 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Historia de la Ciencia
Departamento: Historia de la Ciencia y la Documentación
Centro (adscripción departamento): Facultad de Medicina y Odontología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Medicina y Odontología
CÓDIGO PLAZA: 167 / 2009 Número plaza: 1315 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Lógica y Filosofía de la Ciencia
Departamento: Lógica y Filosofía de la Ciencia
Centro (adscripción departamento): Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación
Centro (adscripción plaza) Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 168 / 2009 Número plaza: 1585 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Histología (Área propia: 661 Patología)
Departamento: Patología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Medicina y Odontología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Medicina y Odontología
CÓDIGO PLAZA: 169 / 2009 Número plaza: 1591 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Pediatría
Departamento: Pediatría, Obstetricía y Ginecología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Medicina y Odontología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Medicina y Odontología
CÓDIGO PLAZA: 170 / 2009 Número plaza: 1646 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Psicología Básica
Departamento: Psicología Básica
Centro (adscripción departamento): Facultad de Psicología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Psicología
CÓDIGO PLAZA: 171 / 2009 Número plaza: 1736 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Física
Departamento: Química Física
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 172 / 2009 Número plaza: 1758 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Química Física
Departamento: Química Física
Centro (adscripción departamento): Facultad de Química
Centro (adscripción plaza) Facultad de Química
CÓDIGO PLAZA: 173 / 2009 Número plaza: 2113 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Psicología Social
Departamento: Psicología Social
Centro (adscripción departamento): Facultad de Psicología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Psicología
CÓDIGO PLAZA: 174 / 2009 Número plaza: 4877 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Fisiología
Departamento: Fisiología
Centro (adscripción departamento): Facultad de Medicina y Odontología
Centro (adscripción plaza) Facultad de Medicina y Odontología
CÓDIGO PLAZA: 175 / 2009 Número plaza: 4964 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial
Departamento: Informática
Centro (adscripción departamento): Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Centro (adscripción plaza) Escuela Técnica Superior de Ingeniería
CÓDIGO PLAZA: 176 / 2009 Número plaza: 4967 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Ingeniería Química
Departamento: Ingeniería Química
Centro (adscripción departamento): Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Centro (adscripción plaza) Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 177 / 2009 Número plaza: 4976 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Arquitectura y Tecnología de Computadores
Departamento: Informática
Centro (adscripción departamento): Escuela Técnica Superior de Ingeniería
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CÓDIGO PLAZA: 178 / 2009 Número plaza: 5148 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Nutrición y Bromatología
Departamento: Medicina Preventiva y Salud Pública, Ciencias de la Alimentación, Toxicología y Medicina Legal
Centro (adscripción departamento): Facultad de Farmacia
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CÓDIGO PLAZA: 179 / 2009 Número plaza: 5366 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Educación Física y Deportiva
Departamento: Educación Física y Deportiva
Centro (adscripción departamento): Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte
Centro (adscripción plaza) Facultad de Ciencias de la Actividad Física y Deportiva
Perfil: Para impartir docencia en valenciano.
CÓDIGO PLAZA: 180 / 2009 Número plaza: 5612 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Filología Catalana
Departamento: Filología Catalana
Centro (adscripción departamento): Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
Centro (adscripción plaza) Facultad de Filología, Traducción y Comunicación
CÓDIGO PLAZA: 181 / 2009 Número plaza: 5809 Número de plazas: 1
Categoría: Profesor Titular de Universidad Dedicación: T.C.
Área: Historia e Instituciones Económicas
Departamento: Análisis Económico
Centro (adscripción departamento): Facultad de Economía
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Facultad de Economía

índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda. Diciembre 2009.

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BANCO DE ESPAÑA. 247. Resolución de 4 de enero de 2010, del Banco de España, por la que se hacen públicos determinados índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda.
Índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda (1).

Diciembre de 2009 _________________ Porcentaje
1. Referencia interbancaria a 1 año (Euríbor) . . . 1,242
2. Tipo interbancario a 1 año (MIBOR) (2) . . . . . . 1,241
3. Rendimiento interno en el mercado secundario de la Deuda Pública entre 2 y 6 años . 2,372

______________________________________
(1) La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en las Circulares del Banco de España 5/1994, de 22 de julio (BOE de 3 de agosto), 7/1999, de 29 de junio (BOE de 9 de julio) y 1/2000, de 28 de enero (BOE de 10 de febrero).
(2) Este tipo ha dejado de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la O.M. de 1 de diciembre de 1999 (BOE de 4 de diciembre).

25 Ayudas a asociaciones, ONG y entidades sociales que participen en la 54 sesión de la Comisión sobre Condición Jurídica y Social de la Mujer.

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MINISTERIO DE IGUALDAD . 242 . Orden IGD/3601/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan ayudas públicas destinadas a que las asociaciones, organizaciones no gubernamentales y entidades sociales participen en la 54 Sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, que se celebrará en Nueva York en el mes de marzo de 2010.
Objeto, finalidad y régimen jurídico.– Por la presente Orden se convoca para el año 2010 la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a promover la representación y participación de Asociaciones, Organizaciones no Gubernamentales y otras Entidades Sociales, en la 54 Sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer de Naciones Unidas para la «Revisión de la Declaración y Plataforma para la Acción de Beijing y el Documento de Resultados de la 23 Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas», que se celebrará en Nueva York en el mes de Marzo de 2010.
Financiación. 1. Cuantía total de la subvención.-1.2. La cuantía total de las ayudas convocadas es de 50.000 Euros, destinados a la concesión de un total de veinticinco ayudas, una por cada entidad beneficiaria, por un importe de 2.000 Euros cada una, destinados a cubrir los gastos de desplazamiento a y desde Nueva York, así como de estancia y manutención de la persona designada por la entidad solicitante.
Entidades beneficiarias.- 1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas Asociaciones, Organizaciones no gubernamentales y Entidades Sociales sin ánimo de lucro, dedicadas, con carácter prioritario y de forma habitual, a la realización de actividades dirigidas a la promoción de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres y cuando así haya quedado establecido en sus estatutos.
Presentación de solicitudes.- 1. Presentación de solicitudes. La solicitud de subvención deberá ser presentada por el/la representante legal de la entidad a la que esté adscrita la persona física para la cual se solicita la subvención y deberá estar firmada tanto por su representante legal, como por la persona física que se beneficiará de la subvención.
Las solicitud, dirigida a la Oficina de Relaciones Internacionales del Ministerio de Igualdad, se formalizará en el modelo de instancia que figura en el Anexo I de la presente Orden y deberá ser presentada en el Registro del Ministerio de Igualdad (Calle Alcalá, 37) o en cualquiera de los registros y oficinas a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tal y como establece el artículo 5.1 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre.
Teniendo en cuenta las características de las entidades a las que se dirige esta convocatoria y la necesidad de realizar el pago de las subvenciones con anterioridad a la realización del viaje, se aplica la excepción establecida en el párrafo 2º del artículo 5.2 de la Orden IGD/3723/2008 y se fija el plazo de presentación de las solicitudes en diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 6 al 15 de Enero de 2010, a.i.]

Seguros privados. tipos de interés máximo y mínimo para 2010.

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Seguros privados
Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica el
tipo de interés máximo a utilizar en el cálculo de la provisión de seguros de vida, de aplicación al ejercicio 2010.
PDF (BOE-A-2010-233 - 1 pág. - 151 KB)
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El Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y modificado por el Real Decreto 239/2007, de 16 de febrero, regula en su artículo 33.1.a)1.º el tipo de interés aplicable para el cálculo de la provisión de seguros de vida expresados en euros, estableciendo como tal el 60% de los tipos de interés medios del último trimestre del ejercicio anterior al ejercicio en el que resulte de aplicación de los empréstitos materializados en bonos y obligaciones del Estado.
Asimismo, se establece que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones publicará anualmente el tipo de interés resultante de la aplicación del criterio anterior. En su virtud, esta Dirección General hace público que el tipo de interés máximo aplicable para el cálculo de la provisión de seguros de vida durante el ejercicio 2010 será del 2,60 por 100.

Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica el tipo de interés máximo a utilizar en los planes y fondos de pensiones respecto a las contingencias en que esté definida la prestación y para las que se garantice exclusivamente un tipo de interés mínimo o determinado en la capitalización de las aportaciones, de aplicación al ejercicio 2010.
PDF (BOE-A-2010-234 - 1 pág. - 153 KB)
Otros formatos
A estos efectos, la Orden EHA/407/2008, de 7 de febrero, por la que se desarrolla la normativa de planes y fondos de pensiones en materia financiero-actuarial, del régimen de inversiones y de procedimientos registrales, regula en su artículo 3.1.a) el tipo de interés utilizable para los planes de pensiones respecto a las contingencias en que esté definida la prestación y para las que se garantice exclusivamente un tipo de interés mínimo o determinado en la capitalización de las aportaciones y siempre que los compromisos del plan estén expresados en euros, estableciendo como tal el 100 por 100 de los tipos de interés medios de los empréstitos materializados en bonos y obligaciones del Estado correspondientes al último trimestre del ejercicio anterior al que resulte de aplicación.
Asimismo, se establece que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones publicará anualmente el tipo de interés resultante de la aplicación del criterio anterior. En su virtud, esta Dirección General hace público que el tipo de interés máximo utilizable para los planes de pensiones con relación a tales contingencias durante el ejercicio 2010 será el 4,33 por 100.

lunes 4 de enero de 2010

«variante de Llíber en la Ctra. CV-745» aprobación técnica del proyecto.Exposición pública y reclamaciones.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. ANUNCIO (butlletí oficial de la província - alacant, 4 gener 2010 - n.º 1. pàgina 25).
En sesión de fecha 3 de diciembre de 2009, el Pleno Provincial ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos: aprobación técnica del proyecto «variante de Llíber en la Ctra. CV-745» por un presupuesto total de licitación de 2.859.652,93 euros y su
sometimiento a información pública a efectos de reclamaciones, y la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las referidas obras por el procedimiento excepcional de urgencia.
Por el presente anuncio se expone al público en el Área de Infraestructuras, Departamento de Obras Públicas de la Diputación Provincial de Alicante, sito en la calle Tucumán, número 8, 3ª Planta, el proyecto de referencia, para reclamaciones, y por un plazo de diez (10) días hábiles a partir de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, [del 5 al 16 de Enero de 2010, a.i.] de conformidad y a los efectos establecidos en los artículos 50 y 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1 plaza de Técnico Gestión Tributaria ( A2 ), en interinidad. Ajuntament de L’Alfàs del Pi (Marina Baixa)

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Aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada con carácter ordinario el día 10 de diciembre de 2009, las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el Tablón de anuncios de la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi .
(www.lalfas.com/rrhh ).
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIO INTERINO DE UNA PLAZA DE TÉCNICO GESTIÓN TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI.
1.-Objeto.-
La presente convocatoria de selección de personal tiene por objeto la provisión, como funcionario interino y mediante el correspondiente proceso selectivo, de una plaza de Técnico Gestión Tributaria, vacante en la plantilla de Personal del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi.
El proceso de selección de los aspirantes será el de oposición libre.
Dicha plaza encuadrada en la Escala de Administración Especial, y está dotada con los emolumentos correspondientes al grupo A2.
Las presentes Bases específicas, se completarán con establecido en las
Bases Generales aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 17 de febrero de 2009, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 49, de fecha 12 de marzo de 2009.
2.- Condiciones que deben de reunir los aspirantes.- Los aspirantes a estas pruebas deberán reunir las siguientes condiciones:
c) Estar en posesión del título de Diplomatura en Ciencias Empresariales o haber superado el primer ciclo de la Licenciatura en Ciencias Empresariales, Económicas o Dirección de Empresas.
3.- Presentación de las solicitudes.- Los interesados en tomar parte en estas pruebas de selección deberán solicitarlo mediante instancia (Véase modelo Anexo II) dirigida al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,[del 5 al 16 de Enero de 2010, a.i.] y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, (calle Federico García Lorca número 11, C.P 03580, L’Alfàs del Pi, Alicante) o bien en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1 plaza ADMINISTRATIVO/A (interinidad). Ajuntament de L'Alfàs del Pi.(Marina Baixa)

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Aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada con carácter ordinario el día 10 de diciembre de 2009, las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi (www.lalfas.com/rrhh ).
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIO INTERINO DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, CON ARREGLO A LAS SIGUIENTES NORMAS:
1. - Objeto.- La presente convocatoria de selección de personal tiene por objeto la provisión, como funcionario interino y mediante el correspondiente proceso selectivo, de una plaza de Administrativo, ante el pase a la situación de servicios especiales, del titular de la plaza.
El proceso de selección de los aspirantes será el de oposición libre.
Dicha plaza, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, está dotada con los emolumentos correspondientes al grupo C1 de titulación.
2.- Condiciones que deben de reunir los aspirantes.- Los aspirantes a estas pruebas deberán reunir las siguientes condiciones:
c) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
3.- Instancias y derechos de examen.- Los interesados en tomar parte en estas pruebas de selección deberán solicitarlo mediante instancia (véase modelo Anexo II), dirigida al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, [del 5 al 16 de Enero de 2010, a.i.] y se presentarán en el
Registro General del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, (calle Federico García Lorca número 11, C.P. 03580, L’Alfàs del Pi, Alicante) o bien en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

domingo 3 de enero de 2010

Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2010.

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Presidència de la Generalitat. LLEI 13/2009, de 29 de diciembre, de pressupostos de la Generalitat per a l'exercici 2010 [2009/15052] (pdf 5.542KB) pàgina 47.544
LEY 13/2009, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2010. [2009/15052]

La Ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2010 consta de cuarenta y tres artículos, agrupados en siete títulos, diecinueve disposiciones adicionales, una transitoria y tres finales, de cuyo contenido concreto pueden resaltarse los siguientes aspectos:
El título I, «De la aprobación de los Presupuestos», conforma la parte principal del contenido calificado como esencial, en la medida que el mismo incluye los importes relativos a la totalidad de los gastos e ingresos de la Generalitat, distinguiendo al efecto los relativos al sector Administración General de los vinculados a la administración Institucional, de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 5, apartados 1 y 2, del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana. Igualmente, se recogen en este título los importes relativos a los beneficios fiscales que afectan a los tributos propios y aquellos cuyo rendimiento se cede por el Estado.
El título II, «De la gestión presupuestaria de los gastos», consta de cinco capítulos. El primero de ellos recoge las normas generales de gestión, el segundo hace referencia a las normas para la gestión de los presupuestos docentes no universitarios, y el mismo incluye, por un lado, las normas para los centros públicos y, por otro, las que regulan el módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de los Centros Concertados. El tercero de los capítulos recoge las normas fundamentales para la financiación del sistema universitario valenciano, en tal sentido incluye toda una serie de preceptos dirigidos a establecer el marco jurídico básico aplicable a las actuaciones financieras de la Generalitat en el sector de la Educación Universitaria. El cuarto de los capítulos de este título II, consta de un único artículo donde se detallan los créditos del presupuesto cuyo reconocimiento tiene el carácter de preceptivo, así como el régimen jurídico presupuestario aplicable a los mismos. El último de los capítulos, el V, concreta para el ejercicio 2010 la normativa que en materia de modificaciones presupuestarias se recoge en el texto refundido de la Ley de Hacienda Pública Valenciana.
El título III, «De los gastos de personal», se ordena en un capítulo único, y en él se recogen las normas relativas al régimen de las retribuciones del personal al servicio de la Generalitat, distinguiendo según sea laboral, funcionario o personal estatutario. El incremento retributivo para 2010 se cifra en el 0,3 por ciento respecto del ejercicio 2009, y adicionalmente se contempla la dotación de un fondo de pensiones por importe del 0,3 por ciento de la masa salarial.
Por otra parte, en el marco del carácter básico de la normativa estatal en esta materia, se detallan los importes de las retribuciones básicas y los complementos de destino, según los grupos de titulación y los niveles de los puestos, así como la regulación de la Oferta de Empleo Público.
El título IV, «Gestión de las transferencias corrientes y de capital», incluye toda una serie de excepciones al régimen general de libramiento de las ayudas previsto en el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana.
El título V, «De las operaciones financieras», se estructura en un único capítulo, y en él se recoge fundamentalmente la autorización para el endeudamiento anual de la Generalitat, y el límite de las operaciones de crédito a concertar por dos entes públicos, el Instituto Valenciano de Finanzas y Radiotelevisión Valenciana. Además, el texto recoge el importe máximo de los avales a prestar por la Generalitat durante el año 2010.
El título VI, «De las normas tributarias», se compone de dos capítulos.
El primero incluye la tarifa aplicable al Canon de Saneamiento, que para el presente ejercicio se ha optado por mantenerla respecto del pasado ejercicio, y el segundo actualiza en un 1 por ciento los tipos aplicables a las tasas propias y otros ingresos de la Generalitat.
El título VII, «De la información a Les Corts», incluye un solo artículo que detalla un conjunto de supuestos, vinculados al ámbito económico-presupuestario, sobre los que la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo tiene que dar cuenta periódicamente a Les Corts.
El contenido de la Ley de Presupuestos se completa con diversas Disposiciones Adicionales, Transitorias y Finales, en las que se recogen preceptos de índole variada.

Bolsa de Treball: Assistent/a, Educador/a i Auxiliar INFANTIL. Ajuntament de Calp.

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AYUNTAMIENTO CALP. -APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA 09/16 REGULADORA DE LAS BOLSAS DE TRABAJO PARA PROVISIÓN INTERINA DE PLAZAS. pàgina 59 EDICTO
Por Decreto de Alcaldía número 2009/02869, de 09.11.09, se han aprobado las Bases de la Convocatoria 09/ 16 Reguladoras de las Bolsas de Trabajo para la provisión interina de plazas hasta su provisión reglamentaria, con el alcance siguiente:
1.- Objeto de la convocatoria.- Se convoca concurso para la constitución de las Bolsas de Trabajo a partir de las cuales se efectuará la provisión en régimen laboral temporal de duración determinada por interinidad o funcionario interino, según la naturaleza jurídica del puesto a proveer, de los puestos siguientes:
PUESTO
GRUPO TITULACIÓN
ASISTENTE INFANTIL
C2 TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 1ER. GRADO, AUXILIAR TÉCNICO RAMA EDUCACIÓN INFANTIL O EQUIVALENTE.
EDUCADOR INFANTIL C1 TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 2º GRADO, TÉCNICO ESPECIALISTA RAMA EDUCACIÓN INFANTIL O EQUIVALENTE.
AUXILIAR SOCIAL C2 TÍTULO DE FORMACIÓN PROFESIONAL 1ER. GRADO, AUXILIAR TÉCNICO RAMA SANITARIA O TÉCNICO MEDIO CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA O EQUIVALENTE.
2.- Solicitudes: Quien desee participar en las presentes pruebas y formar parte de las correspondientes Bolsas de Trabajo, podrá solicitarlo por escrito o telemáticamente a través de http://www.ajcalp.es/ , en el modelo que figura en el anexo II de las presentes Bases en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación del extracto de esta convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia.[del 31 de diciembre de 2009 al 13 de Enero de 2010, a.i.]
Para ser admitidos a las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias, que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en estas bases.

En todo lo demás, se estará a lo previsto en las Bases aprobadas por Decreto de Alcaldía número 2009/00233, de 3 de febrero de 2009, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 34 de 19.02.09, Reguladoras Bolas de Trabajo para la provisión interina de plazas hasta su provisión reglamentaria.

BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL de plazas de ARQUITECTO. Ayuntamiento de Orihuela.

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AYUNTAMIENTO ORIHUELA. -BASES PARA LA CONSTITUCION DE BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE PLAZAS DE ARQUITECTO. pàgina 84
Bases.
Primera: objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Empleo para provisión, mediante nombramiento interino o laboral temporal, de plazas de Arquitecto. Encuadradas en el Grupo A, Subgrupo A1 de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica; Clase, Técnico Supe
rior, que se encuentren vacantes y vinculadas a oferta pública de empleo o sujetas a reserva legal a favor de sus titulares, por cualquier causa.
Segunda: requisitos de los aspirantes.- Para poder participar en el Concurso-Oposición los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
c) Estar en posesión del Título de Arquitecto.
Tercera: solicitudes. 3.1 Presentación de Instancias: Quienes deseen tomar parte en las pruebas lo solicitarán mediante instancia dirigida al señor Alcalde-Presidente, en la que deberán manifestar que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda.
Las instancias se presentarán dentro del plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia, en el Registro General de la Corporación, o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.[del 1 al 10 de Enero de 2010, a.i.]

Ayudas Pesca: paralización temporal de la actividad a los tripulantes (Plan NEAFC), y afectados Plan de recuperación de la merluza del sur y la cigala

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MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Ayudas
Orden PRE/3512/2009, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden PRE/1467/2009, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas por paralización temporal de la actividad a los tripulantes de buques españoles afectados por el plan de recuperación de la merluza del norte NEAFC.
PDF (BOE-A-2009-21147 - 2 págs. - 163 KB)
Otros formatos
Orden PRE/3513/2009, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden PRE/1646/2009, de 18 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas a los tripulantes de buques españoles afectados por el plan de recuperación de la merluza del sur y la cigala.
PDF (BOE-A-2009-21148 - 2 págs. - 162 KB)
Otros formatos

Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2010

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MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. 21146. Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de diciembre de 2009, que aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2010.
ANEXO - Acuerdo del Consejo de Ministros que se aprueba el plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2010
Marco normativo.–
El Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2010 se establece al amparo de lo previsto en el artículo quinto del título II de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, y tomando en consideración las directrices contenidas en el Acuerdo de Bases para la elaboración de los planes de seguros agrarios combinados para el trienio 2010 a 2012, aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos el 30 de julio de 2009.
Objetivos del Plan.– La aplicación de las mencionadas directrices, que en lo que respecta a la definición de la política de seguros agrarios en el ejercicio 2010 se concretarán posteriormente en las líneas de actuación que integran el presente Plan de seguros agrarios, estarán orientadas al logro de los siguientes objetivos:
a) Alcanzar en el trienio 2010-2012 un grado tal de desarrollo en el sistema que resulte posible a los productores agrarios garantizar las producciones agrícolas, ganaderas, forestales y acuícolas, ante las consecuencias que se derivan del acaecimiento del conjunto de los fenómenos naturales no controlables, consiguiendo universalizar las garantías que se ponen a disposición del sector agrario.
b) Perfeccionar los procedimientos de gestión, contratación e información empleados en la aplicación del sistema, para facilitar la incorporación de los productores a la contratación del seguro e incrementar el grado de cobertura del sistema de seguros.
c) Aprovechar las posibilidades que ofrece el seguro agrario, para avanzar en el diseño de modelos de gestión de crisis agrarias.
Ámbito de aplicación del Plan.– El ámbito para la aplicación de las diferentes líneas de seguro que integran el Plan será, con carácter general, la totalidad de las explotaciones ubicadas en el territorio nacional. No obstante, y para lograr un adecuado desarrollo de cada una de las líneas, en casos debidamente justificados podrá limitarse dicho ámbito atendiendo a criterios climáticos, de disponibilidad de datos estadísticos, de condiciones estructurales y de manejo de la producción asegurable, así como a otros criterios relacionados con el grado de incidencia de los riesgos naturales.

Becas para ciudadanos españoles e iberoamericanos para ampliación de estudios artísticos en la Academia de España en Roma

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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. 21139. Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de becas para ciudadanos españoles e iberoamericanos para ampliación de estudios artísticos en la Academia de España en Roma, en colaboración con la Fundación Rafael del Pino, curso académico 2010-2011.
Objeto.– La convocatoria presente tiene por objeto financiar, en concepto de subvención, el coste que implica la estancia en la Academia de España en Roma de creadores, investigadores, restauradores españoles e iberoamericanos para la realización de estudios, o desarrollo de proyectos en la misma.
Duración y distribución de las becas. Instituciones patrocinadoras y especialidades.– La duración de las becas será del 1 de octubre de 2010 al 30 de junio de 2011, por trimestres naturales acumulables.
Por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) se concederán becas para las siguientes especialidades
Artes visuales:
Escultura.
Pintura.
Videocreación.
Grabado.
Otros.
Arquitectura.
Fotografía.
Música y musicología.
Artes escénicas.
Cine.
Creación y crítica literaria.
Estética y museología.
Teoría, análisis, y crítica de las Bellas Artes.

En colaboración con la Fundación Rafael del Pino, se concederán becas en la especialidad de Arquitectura en Restauración del Patrimonio Artístico y Cultural.
Requisitos.- 1. Ser ciudadano español e iberoamericano titulado universitario superior o artista y creador de demostrable trayectoria, sin límite de edad, en áreas afines a cada una de las especialidades mencionadas anteriormente.
2. Los solicitantes con doble nacionalidad deberán elegir la nacionalidad con la que desean cumplimentar el formulario de solicitud de beca y, en consecuencia, aportar los datos de identificación correspondientes a la misma.
En caso de los solicitantes procedentes de un país miembro de la Unión Europea deben poseer perfecto dominio del español y residencia oficial y cotidiana demostrable en España, en el momento de solicitar la beca.
3. Solicitud de una sola beca por persona y convocatoria.
4. No haber sido beneficiario de ningún programa de la Convocatoria de Becas MAEC-AECID, de 6 o más meses, ni de la Fundación Carolina, en los últimos tres años.
5. Estar en posesión de pasaporte nacional con validez mínima de 6 meses en el momento de incorporarse a la Academia de España en Roma, para los solicitantes iberoamericanos, o del DNI, para los españoles.
6. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18-11-2003 España), lo que se acreditará mediante presentación de Declaración Responsable según el modelo recogido en el anexo II de la presente convocatoria. Se excluye, sin embargo, la prohibición recogida en el apartado f) de la Ley 38/2003, tal y como se establece en la base tercera de la Orden de bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.
7. Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.
8. Rellenar en buena y debida forma, el correspondiente formulario de solicitud de beca.

Presentación de solicitudes y plazos.– La solicitud de beca tendrá que ser cumplimentada debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, conformado en www.aecid.es/becas , de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas vía telemática.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 15 de enero al 12 de febrero de 2010.
Los solicitantes de beca deberán presentar la documentación exigida en el Registro General de la AECID (avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid). La presentación de documentación también se podrá realizar alternativamente en los registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dotación.–Las condiciones económicas de la presente convocatoria son las siguientes:
Dotación mensual: 1.200 euros mensuales.
Alojamiento en la Academia de España en Roma, sin manutención.
Ayuda de viaje: Reembolso único para ayuda de viaje por importe de 700 euros.
Seguros: Asistencia médica primaria, no farmacéutica, y seguro de accidentes.

ayudas para la realización de proyectos de investigación y acciones complementarias dentro del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundame

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. 21233. Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2010 del procedimiento de concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación y acciones complementarias dentro del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental, en el marco del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
Objeto.- 1. La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para el año 2010 de determinadas ayudas públicas para la realización de proyectos de investigación y acciones complementarias dentro del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental, en el marco del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
2. Esta convocatoria comprende las ayudas definidas en los siguientes subprogramas:
a) Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no orientada.
b) Subprograma de Acciones Complementarias a Proyectos de Investigación Fundamental no orientada.
c) Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental orientada a los Recursos y Tecnologías Agrarias (INIA) en coordinación con las Comunidades Autónomas (CC.AA.) y de Acciones Complementarias.
3. De acuerdo con el artículo cuarto de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo, los proyectos de investigación fundamental se definen como aquellos trabajos experimentales o teóricos cuyo objetivo es la obtención de nuevos conocimientos fundamentales científicos o técnicos. Estos nuevos conocimientos deben suponer un avance en el ámbito en el que se encuadren.
4. Las acciones complementarias son actuaciones de difusión, dirigidas a la sociedad en general, y en particular a los sectores académicos y empresariales, de los resultados de las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, así como de los instrumentos de las políticas públicas de fomento de dichas actividades; constituyen también un medio de financiar diferentes actuaciones complementarias de especial interés y relevancia orientadas al sistema Ciencia-Tecnología-Empresa. Se orientan a apoyar el mejor desarrollo de la actividad investigadora, complementando la realización de los proyectos de investigación en que dicha actividad consiste.
Finalidad de las ayudas.- Las ayudas objeto de la presente convocatoria están dirigidas a promover la investigación de calidad, evidenciada tanto por la internacionalización de las actividades y la valorización de sus resultados atendiendo a su alto impacto científico y tecnológico, como por su contribución a la solución de los problemas sociales, económicos y tecnológicos. Pretenden, además, romper la tendencia a la fragmentación de los grupos de investigación y el fomento de la investigación de carácter multidisciplinar y de frontera que sea capaz de movilizar el conocimiento complementario de diversos campos científicos a favor de la solución de los problemas que la sociedad española y europea tienen en el siglo XXI.
web http://www.inia.es/ .
Forma de presentación de las solicitudes.-
1.
La presentación de las solicitudes se realizará en el plazo que establecen los artículos 21, 29 y 38 para cada subprograma.
2. Las solicitudes se presentarán en la forma siguiente:
a) Los investigadores principales cumplimentarán de forma telemática, utilizando la aplicación informática disponible en la página web
www.micinn.es , o en su caso, en la página web www.inia.es , los formularios de solicitud correspondientes y adjuntarán, a través de la aplicación, el resto de documentos que se requieren en los artículos 22, 30 y 39 para cada subprograma.
Artículo 21. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes depende del área temática de la ANEP que se elija en la solicitud para la evaluación del proyecto, como se indica en el siguiente artículo.
En el caso de proyectos coordinados, el plazo de presentación de la solicitud estará fijado por el área temática de la ANEP seleccionada en el subproyecto del Coordinador. Por consiguiente, los otros subproyectos tendrán que presentarse dentro de ese mismo plazo, aunque eso no impide que dichos subproyectos puedan seleccionar áreas temáticas de la ANEP diferentes para su evaluación específica.
a) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 4 de enero hasta el 1 de febrero de 2010 las solicitudes que seleccionen las siguientes áreas temáticas de la ANEP:
Ciencia y Tecnología de Materiales (TM).
Ciencias de la Computación y Tecnología Informática (INF).
Ingeniería Civil y Arquitectura (ICI).
Ingeniería Eléctrica, Electrónica y Automática (IEL).
Ingeniería Mecánica, Naval y Aeronáutica (IME).
Matemáticas (MTM).
Química (QMC).
Tecnología Electrónica y de Comunicaciones (COM).
Tecnología Química (TQ).
b) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 6 de enero hasta el 3 de febrero de 2010 las solicitudes que seleccionen las siguientes áreas temáticas de la ANEP:
Ciencias de la Educación (EDU).
Ciencias de la Tierra (CT).
Ciencias Sociales (CS).
Derecho (DER).
Economía (ECO).
Filología y Filosofía (FFI).
Física y Ciencias del Espacio (FI).
Historia y Arte (HA).
Psicología (PS).
c) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 8 de enero hasta el 5 de febrero de 2010 las solicitudes que seleccionen las siguientes áreas temáticas de la ANEP:
Agricultura (AGR).
Biología Fundamental y de Sistemas (BFS).
Biología Vegetal, Animal y Ecología (BVA).
Biomedicina (BMED).
Ciencia y Tecnología de los Alimentos (TA).
Ganadería y Pesca (GAN).
Medicina Clínica y Epidemiología (MCLI).
Artículo 29. Plazo de presentación de las solicitudes.
La convocatoria de este subprograma es de tipo abierto, estableciéndose los siguientes plazos de presentación de solicitudes:
a) Para las acciones correspondientes a los tipos A, B, C, D y E, tres plazos de presentación:
1.º Desde el 25 de enero hasta el 15 de abril de 2010.
2.º Desde el 16 de abril hasta el 30 de junio de 2010.
3.º Desde el 1 de julio hasta el 26 de octubre de 2010.
b) Para las acciones de tipo F, subprograma EXPLORA, dos plazos de presentación:
1.º Desde el 25 de enero hasta el 15 de abril de 2010.
2.º Desde el 16 de abril hasta el 30 de junio de 2010.
c) Para las acciones de tipo G, un único plazo de presentación:
1.º Desde el 25 de enero hasta el 15 de abril de 2010.

Artículo 38. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes de ayudas para los Proyectos de Investigación será
desde el 11 de enero de 2010 hasta el 11 de febrero de 2010, ambos inclusive.
2.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas para cada uno de los tipos de Acciones Complementarias establecidos en el artículo 34.1 será:
a) Para las Acciones Complementarias de los apartados a), b), c) y d),
desde el 15 de enero de 2010 hasta el 31 de octubre de 2010, ambos inclusive.
b) Para las Acciones Complementarias del apartado e), desde el 16 de febrero de 2010 al 16 de marzo de 2010, ambos inclusive.

7 becas de formación para posgraduados en Ciencias Políticas y Sociología, para el año 2010.Centro de Investigaciones Sociológicas.

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MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA.. 21226. Resolución de 23 de diciembre de 2009, del Centro de Investigaciones Sociológicas, por la que se publica la convocatoria de becas de formación para posgraduados en materias de interés para el organismo para el año 2010.
Objeto.– La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, siete becas destinadas a titulados superiores universitarios, para la formación de posgraduados en los métodos y técnicas utilizados en la investigación social aplicada.
Dotación de las becas.- 1.
La cuantía individual de la beca será de 12.190 euros anuales y su importe se abonará, a mes vencido, en diez mensualidades.
Requisitos de los beneficiarios.- 1. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Resolución todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún país miembro de la Unión Europea, que se encuentren en el plazo de presentación de las solicitudes, en posesión del título graduado o licenciado o título extranjero homologado, obtenido dentro de los cuatro años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria. El órgano convocante determinará a posteriori la idoneidad de los candidatos en términos de adquisición de competencias a la vista de los títulos presentados en función del objeto de esta convocatoria.
2. Los aspirantes a la obtención de esta beca deberán acreditar una calificación media final igual o superior a un 1,8 (según el baremo de 1 a 4).
Duración de las becas.– El disfrute de las becas concluirá el día 31 de diciembre de 2010.
Formalización de solicitudes.- 1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I, se dirigirán a la Presidenta del Centro de Investigaciones Sociológicas y podrán presentarse en el Registro General del Centro de Investigaciones Sociológicas (calle Montalbán, 8, tercera planta, 28014-Madrid), en horario de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 14:00 horas) o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Centro de Investigaciones Sociológicas facilitará información sobre la convocatoria en el Departamento de Publicaciones y Fomento de la Investigación, en el teléfono 91 5807615, por correo electrónico:
fomento_investigacion@cis.es y a través de la página web: www.cis.es , donde también se expondrán las bases de la convocatoria, el modelo de solicitud, y el fallo de la Comisión de Valoración.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 1 al 15 de Enero de 2010, a.i.]

ANEXO I - CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PARA POSGRADUADOS EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA PARA EL AÑO 2010

sábado 2 de enero de 2010

Seguros agrarios combinados. (diversos)

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Seguros agrarios combinados
Orden ARM/3537/2009, de 23 de diciembre, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en kiwi, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2009-21218 - 5 págs. - 198 KB)
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Orden ARM/3538/2009, de 23 de diciembre, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en hortalizas de primavera verano, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2009-21219 - 43 págs. - 637 KB)
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Orden ARM/3540/2009, de 23 de diciembre, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en tomate, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2009-21221 - 15 págs. - 375 KB)
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Orden ARM/3542/2009, de 23 de diciembre, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotación en cereza, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2009-21223 - 11 págs. - 296 KB)
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Orden ARM/3543/2009, de 23 de diciembre, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en cereza, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2009-21224 - 7 págs. - 226 KB)
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1 Técnico Auxiliar de Protocolo. Ayuntamiento de Alfafar (L'Horta Sud-València)

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Resolución de 14 de diciembre de 2009, del Ayuntamiento de Alfafar (L'Horta Sud-València), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
En el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 292, de 9 de diciembre de 2009, y Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 6162, de 10 de diciembre de 2009, aparecen publicadas las bases específicas íntegras y en extracto, respectivamente, que han de regir la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de naturaleza laboral de Técnico Auxiliar de Protocolo.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto.[del 1 al 20 de Enero de 2010, a.i.]
Los anuncios sucesivos sobre esta convocatoria de pruebas selectivas se publicarán en tablón de anuncios, así como en el Boletín Oficial de la provincia, contando los plazos correspondientes desde el día siguiente de dichas publicaciones en el citado boletín.

cuantía del Módulo Básico Estatal para 2010 (Plan Estatal de Vivenda y Rehabilitación 2009-2012)

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MINISTERIO DE VIVIENDA . 21182 . Resolución de 29 de diciembre de 2009, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de diciembre de 2009, por el que se establece la cuantía del Módulo Básico Estatal para 2010 (Plan Estatal de Vivenda y Rehabilitación 2009-2012) y se interpreta el punto sexto.3 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de mayo de 2009.

Establecimiento del Módulo Básico Estatal. - 1. Se fija en 758 euros por metro cuadrado de superficie útil la cuantía del Módulo Básico Estatal (en adelante, MBE) para 2010, a los efectos previstos en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
3. El MBE fijado en este Acuerdo será de aplicación a las actuaciones en materia de vivienda y suelo calificadas o declaradas como protegidas en el marco del mencionado Plan Estatal a partir del día 1 de enero de 2010.

procedimiento de control de acceso a puertos españoles de buques pesqueros de 3os. países, y la importación y exportación de productos de la pesca par

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MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. 21179. Orden ARM/3522/2009, de 23 de diciembre, por la que se regula el procedimiento de control de acceso a puertos españoles de buques pesqueros de terceros países, y la importación y exportación de productos de la pesca para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Objeto.- La presente orden tiene por objeto establecer, de acuerdo con la normativa comunitaria, los procedimientos para:
a) El control de acceso a puertos españoles de buques pesqueros de terceros países, así como las operaciones de desembarque y trasbordo que éstos realicen.
b) La entrada por cualquier vía de productos pesqueros capturados por buques pesqueros de terceros países, y su re-exportación desde territorio español.
c) La exportación de las capturas realizadas por buques pesqueros españoles cuando así lo exijan los acuerdos previamente adoptados con terceros países.
Ámbito de aplicación.- 1. A efectos de la presente orden, se entiende por buque pesquero cualquier buque independientemente de su tamaño, utilizado o destinado a ser utilizado para la explotación comercial de recursos pesqueros, incluidas las embarcaciones de apoyo, los buques factoría de transformación del pescado y los buques que intervienen en transbordos, así como los buques de transporte equipados para el transporte de los productos de la pesca, con excepción de los buques porta-contenedores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento (CE) n.º 1005/2008, del Consejo de 29 de septiembre de 2008, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).
2. Quedan incluidos dentro del ámbito de aplicación de la presente orden los productos de la pesca que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Los incluidos en el Capítulo 03 y partidas 1604 y 1605, de la NC, con exclusión de los establecidos en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1005/2008, del Consejo de 29 de septiembre de 2008 y
b) Los capturados a partir del 1 de enero de 2010
CAPÍTULO II - Condiciones de acceso a puerto aplicables a los buques pesqueros de terceros países.
Puertos y lugares de descarga autorizados.
1. Los buques pesqueros de terceros países únicamente podrán acceder a servicios portuarios y efectuar operaciones de desembarque o trasbordo en los puertos designados por el Gobierno.
2. Los productos de la pesca regulados en la presente orden solo podrán descargarse o ser introducidos en territorio español a través de los puntos y lugares autorizados por el Gobierno.

se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2010

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MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. 21170. Real Decreto 2030/2009, de 30 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2010.
En cumplimiento del mandato al Gobierno para fijar anualmente el salario mínimo interprofesional, contenido en el artículo 27.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, se procede mediante este real decreto a establecer las nuevas cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2010, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para el personal al servicio del hogar familiar.
Las nuevas cuantías, que representan un incremento del 1,5 por ciento respecto de las vigentes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, son el resultado de tomar en consideración de forma conjunta todos los factores contemplados en el citado artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Cuantía del salario mínimo interprofesional.- El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,11 euros/día o 633,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
En el salario mínimo se computan tanto la retribución en dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios

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Protección de los consumidores
Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
PDF (BOE-A-2009-21162 - 22 págs. - 351 KB)
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medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas. Ley 27/2009,

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JEFATURA DEL ESTADO. 21160. Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas.
Las medidas adoptadas en esta ley se estructuran en cuatro capítulos. El capítulo I regula dos medidas dirigidas al mantenimiento del empleo. Así, el artículo 1 recoge una medida dirigida a favorecer la regulación temporal de empleo en lugar de la extinción de los contratos, bonificando las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social en un 50 por ciento en aquellos supuestos en que se proceda por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción a un ajuste temporal del empleo con la perspectiva de garantizar la continuidad de la empresa y de los puestos de trabajo, siempre que el empresario asuma el compromiso de mantener el empleo durante al menos un año después de finalizada la situación de suspensión de contratos o reducción de jornada.
La segunda medida recogida en este primer capítulo modifica la regulación del convenio especial de la Seguridad Social que se suscribe en el marco de determinados expedientes de regulación de empleo de empresas no incursas en procedimiento concursal, a fin de conseguir un doble objetivo: por un lado, evitar el abandono prematuro del mercado de trabajo de aquellos trabajadores que, a una edad laboral avanzada, vean extinguidos sus contratos de trabajo a través de despidos colectivos, pues es conocido que en las situaciones económicas desfavorables los trabajadores de mayor edad se ven afectados, de hecho, en mayor grado. Por otro lado, mejorar la protección de estos trabajadores, al posibilitar que las cotizaciones efectuadas por el empresario durante los períodos de actividad laboral que se desarrollen durante la vigencia del convenio especial se apliquen a la parte del convenio que debe sufragar el trabajador a partir de los sesenta y un años, fomentando la prolongación de la vida activa y desincentivando una salida prematura del mercado de trabajo, con la merma en la pensión de jubilación que ello supone.
El capítulo II recoge dos medidas dirigidas a mejorar la protección social de los trabajadores. La primera de ellas consiste en reponer la prestación por desempleo y la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores a los que se les haya suspendido su contrato de trabajo o reducido su jornada por un expediente de regulación de empleo y, posteriormente, se les extinga o suspenda el contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se trata, con ello, de favorecer también el mantenimiento de los contratos de trabajo a través de expedientes de regulación temporales, evitando con ello la destrucción de puestos de trabajo.
La segunda medida suprime el plazo de espera de un mes para el percibo del subsidio de desempleo que hasta ahora se aplicaba en determinados supuestos; se eliminan con ello períodos de desprotección de los trabajadores desempleados afectados.
En el capítulo III se establecen medidas para incentivar el empleo de las personas desempleadas. Así, en el artículo 5 se regula una novedosa medida que tiene por objeto incentivar al empresario la contratación indefinida de trabajadores beneficiarios de las prestaciones por desempleo, como medida de política activa de empleo, de aplicación preferente sobre las políticas meramente pasivas. En este sentido, la empresa que contrate a un trabajador desempleado que perciba prestaciones por desempleo podrá bonificarse el 100 por 100 de la cuota empresarial por contingencias comunes de la Seguridad Social, hasta alcanzar como máximo el equivalente del importe de la prestación que tuviera pendiente de percibir a la fecha de entrada en vigor del contrato, con un máximo de duración de la bonificación de tres años. Esta medida se aplicará, no sólo a quienes perciben prestaciones contributivas, sino también a desempleados que perciben el subsidio asistencial y la renta activa de inserción.
Además, en este capítulo III se recogen dos medidas dirigidas al impulso de los contratos indefinidos a tiempo parcial, así como de los contratos temporales a tiempo parcial de determinados colectivos de difícil empleabilidad, favoreciendo la creación de un tipo de empleo estable que en otros países europeos tiene unas tasas muy elevadas, tasas que suelen asociarse a índices de empleo también muy elevados. Con esta finalidad, el artículo 6 introduce dos modificaciones en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo: la primera de ellas incluye entre los trabajadores cuya contratación puede dar lugar a bonificación, si está incluido entre los colectivos regulados en el programa de fomento de empleo, al demandante de mejor empleo que, siendo trabajador a tiempo parcial con una jornada muy reducida —inferior a un tercio de la jornada a tiempo completo— es contratado en otra empresa; la segunda medida supone incentivar proporcionalmente más el contrato a tiempo parcial frente al contrato de jornada completa.
El Capítulo IV pretende impulsar la empleabilidad de los trabajadores con discapacidad, habida cuenta de la importante incidencia que la actual crisis económica está teniendo sobre los centros especiales de empleo y, por ende, sobre las perspectivas de creación y particularmente de mantenimiento del empleo de los trabajadores con discapacidad.
Estas medidas se complementan con otras incluidas en la parte final de la ley. En primer lugar, debe destacarse la disposición adicional segunda, en la que se establece la demora de la materialización de los excedentes de ingresos que financian las prestaciones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión, resultantes de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio 2008. En segundo lugar, se incorporan en la Ley determinadas modificaciones de la normativa de Seguridad Social, que tienen como finalidad dar solución a variada problemática que se viene planteando en el sistema. En tal sentido, se regula el encuadramiento en la Seguridad Social del personal estatutario de los servicios de salud que realice actividades complementarias privadas, de modo que, en razón de las mismas, quede encuadrado en el régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, evitando, dada la heterogeneidad que puede concurrir en estas situaciones, que se establezcan soluciones de encuadramiento de Seguridad Social dispares que, a su vez, puedan provocar distorsiones importantes en la prestación de servicio y, derivado de ello, en la propia concurrencia de profesionales.
De otra parte, se modifica la forma de acreditación de los requisitos establecidos en orden al encuadramiento de los trabajadores agrarios por cuenta propia en el denominado «Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios», de modo que se amplía el plazo para dicha acreditación, eliminando la eventualidad de que una variación ocasional de rendimientos obtenidos por el interesado pueda dar lugar a la exclusión de dicho sistema especial.
Por otro lado, se modifica el sistema de cotización a la Seguridad Social prevista para los trabajadores autónomos que se dediquen a la venta ambulante en mercadillos tradicionales, de modo que las especialidades que se contienen al efecto en la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009 se extiendan no sólo a los supuestos de incorporación de los interesados en cooperativas, sino también en los casos de vendedores individuales.
Por último, la disposición final primera habilita al Gobierno para prorrogar el Plan Extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e inserción laboral aprobado en abril de 2008, con el fin de proporcionar un mejor servicio al creciente número de personas desempleadas, en particular en lo que se refiere a la orientación profesional para lograr una más rápida inserción laboral.
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ayudas a la inversión en capital para promover la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales para el 2010.

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MINISTERIO DE CULTURA. 35. Orden CUL/3561/2009, de 15 de diciembre, por la que se convocan las ayudas a la inversión en capital para promover la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales correspondientes al año 2010.
Primero.—Convocatoria de las ayudas a la inversión en capital para promover la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales correspondientes al año 2010.
1. Finalidades.- Las ayudas tendrán las siguientes finalidades:
a) Favorecer la materialización de proyectos que promuevan la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa y que se dirijan a la producción y/o distribución de bienes de uso y difusión cultural.
b) Promover las inversiones materiales o inmateriales en el desarrollo de un producto cultural con un alto impacto tecnológico.
2. Desarrollo de la actividad.- 2.1 Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010.
2.2 El importe de estas ayudas sólo será aplicable a los gastos realizados durante el ejercicio económico y generados directamente en la realización de los proyectos para las que se conceda la ayuda, con las especificaciones que determine la orden de concesión. En el Anexo III de la presente convocatoria se establecen los gastos subvencionables por esta convocatoria de acuerdo con el Plan General de Contabilidad.
4. Beneficiarios.- 4.1 Podrán ser beneficiarios de las ayudas de referencia los profesionales, microempresas y PYMES de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: el cine, las artes audiovisuales, la edición de libros, las artes escénicas, la pintura, la escultura, la fotografía, la música, la arquitectura, el diseño, la moda, los nuevos géneros creativos multimedia, las industrias de contenidos digitales de ocio y audiovisual y cualquier otra manifestación artística o cultural con vocación de permanencia. Los beneficiarios no podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas.
Se entiende por Pequeña y Mediana Empresa (PYME) o Microempresa, la que en cada momento, ostente tal condición para la Unión Europea y, en particular, las que reúnan los requisitos, condiciones y criterios, establecidos por la Comisión Europea en su Recomendación de 6 de mayo de 2003, número 2003/361/CE sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

4.6 Podrá presentarse un máximo de tres solicitudes por titular. Cada solicitud sólo contemplará un proyecto. En el supuesto de que el mismo titular supere el límite señalado, se evaluarán las tres primeras solicitudes que haya presentado, según fecha y número de registro, considerándose excluidas las restantes.
5. Requisitos de las solicitudes.- 5.1 Las solicitudes, que se ajustarán al modelo que se publica como Anexo I (si el solicitante es persona física) o al modelo que se publica como anexo II (si el solicitante es persona jurídica) a la presente orden, se cumplimentarán en castellano, y deberán dirigirse a la Dirección General de Política e Industrias Culturales, Ministerio de Cultura, plaza del Rey 1, 1.ª planta, 28071- Madrid.
6. Forma de presentación de solicitudes.- 6.1 Los modelos de solicitudes podrán obtenerse en la página web del Ministerio de Cultura: http://www.mcu.es/ .
6.2 Las solicitudes deberán presentarse: a) A través del Registro Electrónico del Ministerio de Cultura: (http://www.mcu.es/registro ), de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura. El registro electrónico estará disponible en la web del Ministerio de Cultura a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En este caso, la solicitud se cumplimentará con la aplicación informática preparada al efecto, siempre que se posea un certificado digital de alguna de las autoridades reconocidas como emisoras de tales certificados.
b) Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo LRJPAC). El sello del registro, acreditativo de la fecha de presentación, deberá figurar en la solicitud.
7. Plazo de presentación de solicitudes.- 7.1 El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.[del 2 de Enero al 1 de Febrero de 2010, a.i.]
ANEXOS.- Se podrán obtener los anexos de solicitud que figuran a continuación en la página web del Ministerio de Cultura: http://www.mcu.es/
ANEXO I SOLICITUD DE AYUDA A LA INVERSIÓN EN CAPITAL PARA PROMOVER LA MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y ADAPTACIÓN TECNOLÓGICA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES (PERSONAS FÍSICAS).
ANEXO II SOLICITUD DE AYUDA A LA INVERSIÓN EN CAPITAL PARA PROMOVER LA MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y ADAPTACIÓN TECNOLÓGICA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES (PERSONAS JURÍDICAS / EMPRESAS).
ANEXO III GASTOS SUBVENCIONABLES
Tendrán la consideración de inversiones subvencionables todas aquellas generadas directamente en la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las empresas culturales y que se hayan relacionado y cuantificado en los epígrafes V.3 de los Anexos I y II.
Con carácter enunciativo y no limitativo están incluidas las siguientes inversiones, de acuerdo con el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad:
a) Inmovilizaciones intangibles:
a. Investigación.
b. Desarrollo.
c. Propiedad industrial.
d. Aplicaciones informáticas.
b) Inmovilizaciones materiales:
a. Instalaciones técnicas.

b. Maquinaria.
c. Utillaje.
d. Otras instalaciones.
e. Material y equipos de oficina.
f. Equipos para procesos de información.
c) Inmovilizaciones materiales en curso:
a. Instalaciones técnicas en montaje.
b. Maquinaria en montaje.

c. Equipos para procesos de información en montaje.

tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2010

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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. 29. Resolución de 29 de diciembre de 2009, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2010.
A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora, esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el segundo semestre de 2009, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 29 de diciembre, el tipo de interés aplicado ha sido el 1,00 por 100.
2. En consecuencia a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2010 es el 8,00 por 100.

criterios para subvencionar los gastos en el marco de los Programas de Desarrollo Rural cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rur

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MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. 3. Real Decreto 1852/2009, de 4 de diciembre, por el que se establecen los criterios para subvencionar los gastos en el marco de los Programas de Desarrollo Rural cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Objeto..- Este real decreto tiene por objeto establecer las normas básicas relativas a la subvencionabilidad de los gastos aplicables a los Programas de Desarrollo Rural 2007-2013, en virtud de lo dispuesto en el artículo 71.3 del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Gastos subvencionables.- Los gastos subvencionables deberán corresponder de manera indubitada a la naturaleza de la operación subvencionada, sin más limitaciones que las derivadas de las normativas comunitaria, nacional y autonómica aplicables.
En todo caso, la ayuda pública no superará el importe de los desembolsos efectivamente realizados por el beneficiario.

calendario de concursos de vinos que se celebrarán durante el año 2010, en el territorio nacional.

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MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. 126. Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica el calendario de concursos de vinos que se celebrarán durante el año 2010, en el territorio nacional.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del calendario de concursos oficiales y oficialmente reconocidos a celebrar en España durante el año 2010, que figura en el anexo a la presente resolución.

Premio «Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2009-2010».

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MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO . 125 . Resolución de 15 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica la convocatoria del Premio «Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2009-2010».
Objeto.– La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el premio Alimentos de España al mejor aceite de oliva virgen extra de la campaña 2009-2010 en la categorías de producción convencional, grupos frutado verde dulce, frutado verde amargo y frutado maduro y producción ecológica, previsto en el Capítulo III de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios Alimentos de España.
Aceites admitidos a concurso.– Sólo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campaña 2009-2010 que cumplan la legislación vigente, según se indica en el artículo 8 de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España.
El Aceite presentado al concurso en la categoría de aceites de oliva virgen extra de producción convencional deberá proceder de un lote homogéneo de, al menos 20.000 litros (18.320 kilogramos), y en la categoría aceite de oliva virgen extra de producción ecológica 5.000 litros (4.580 kilogramos).
Solicitud, forma y plazo de presentación. - 1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud y declaración de no estar incurso en un procedimiento sancionador en materia de medio ambiente, medio rural y marino, con la totalidad de los datos que en ellas se requieren, según los modelos que se adjuntan como anexos I y II.
2. La solicitud, acompañada de la declaración, se dirigirá al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, y se presentará en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se hará constar en el exterior del envío: Premio Alimentos de España al mejor aceite de oliva virgen extra de la campaña 2009-2010.
3. Las almazaras que concursen a la categoría de aceite de oliva virgen extra de producción ecológica deberán presentar, además, un certificado emitido por el órgano de control competente justificativo de que el aceite que se desea presentar al concurso ha sido certificado como aceite de oliva virgen extra de producción ecológica.
4. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución hasta el 8 de febrero de 2010, incluido éste.

jueves 31 de diciembre de 2009

horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, para el año 2010, en la C.V.

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Conselleria de Governació. ORDRE de 18 de desembre de 2009, de la Conselleria de Governació, per la qual es regulen els horaris d'espectacles públics, activitats recreatives i establiments públics, per a l'any 2010. [2009/14829] (pdf 358KB) pàgina 47.037
ORDEN de 18 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Gobernación, por la que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, para el año 2010. [2009/14829]

Objeto y ámbito de aplicación.- La presente orden tiene por objeto establecer el horario general de apertura y de cierre de los espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
Horario general
Uno. Sin perjuicio de las disposiciones legales existentes en materia de contaminación ambiental y acústica, los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, podrán ejercer su actividad únicamente dentro de los horarios establecidos como de apertura y cierre para cada uno de ellos en los apartados siguientes, de acuerdo con los epígrafes del Catálogo Anexo a la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos:
– Grupo A. Apertura: 10,00 horas; cierre: después de la terminación de la última sesión, que como máximo empezará a las 01,05 horas.
Espectáculos cinematográficos
Teatros.
Auditorios.
Espectáculos circenses.

– Grupo B. Apertura: 12,00 horas; cierre: 03,30 horas.
Cafés-teatro.
Cafés-concierto.
Cafés-cantante.
Pubs y karaokes.
Salas de exhibiciones especiales.
– Grupo C. Apertura: 08,00 horas; cierre: 01,00 horas.
Salones recreativos de máquinas de azar, tipo B.
Salones recreativos de máquinas de azar, tipo A.

– Grupo D. Apertura: 09,00 horas; cierre: 01,00
Espectáculos taurinos.
Salas de conferencia.
Salas de exposiciones.
Salas polivalentes.
Tentaderos.
Instalaciones deportivas.
Pistas de patinaje.
Parques de atracciones.
Parques temáticos.
– Grupo E. Apertura: 09,00 horas; cierre: 24,00 horas.
Parques acuáticos
Ludotecas.

– Grupo F. Apertura: 10,00 horas; cierre: 24,00 horas.
Escuelas taurinas.
Salones ciber y similares.
– Grupo G. Apertura: 10 horas; cierre: 01,00 horas.
Campos de deporte y estadios.
Actividades recreativas y de azar (boleras y billares).
– Grupo H. Apertura: 07,00 horas; cierre: 01,00 horas.
Pabellones deportivos.
Gimnasios.
Piscinas de competición.
Piscinas de recreo.

– Grupo I. Apertura: 17,00 horas; cierre: 07,30 horas.
Salas de fiesta.
Discotecas.
Salas de baile.

– Grupo J. Apertura: 06,00 horas; cierre: 01,30 horas.
Ciber café.
Restaurantes.
Café, bar.
Cafeterías.

– Grupo K. Apertura: 08,00 horas; cierre: 03,00 horas.
Restaurantes y Cafés, Bar y Cafeterías ubicadas en establecimientos considerados como tiendas de conveniencia de acuerdo con la regulación prevista en la Ley 8/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Horarios Comerciales de la Comunidad Valenciana.
– Grupo L. Apertura: 10,00 horas; cierre: 03,30 horas.
Salones de banquetes.
– Grupo M. Apertura: 09,00 horas; cierre: 22,00 horas.
Zoológicos.
Acuarios.
Safari-park.
Dos. El horario de los establecimientos que se ubiquen en la zona marítimo-terrestre de acuerdo con la normativa reguladora de costas, en función de sus condiciones de autorización así como a lo previsto en la regulación de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, será desde las 11,00 de la mañana hasta las 3,00 de la madrugada.
Tres.
Los espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas, incluidos en el ámbito de aplicación de esta orden, podrán prolongar el horario de cierre durante el día de Nochevieja en noventa minutos, sobre el establecido en el apartado Uno de este artículo.
Apertura e inicio
Cierre
Sesiones adscritas a menores de edad .- Los locales que hayan obtenido autorización para la celebración de sesiones especiales dirigidas a menores de edad, iniciarán la actividad o espectáculo a partir de las 18,00 horas, sin perjuicio de los cambios normativos que pudieren afectar a dicho horario de inicio. No obstante, deberán finalizar, en todo caso, antes de las 22,00 horas del mismo día. Estos locales permanecerán cerrados al menos durante una hora, desde la finalización de la sesión y el comienzo de las sesiones ordinarias, si las tuvieren.
Actividades realizadas al aire libre. .- 1. Las actividades y espectáculos comprendidos en el artículo 2. Uno de esta orden, salvo los autocines y cines de verano, que se realicen al aire libre o en instalaciones portátiles o eventuales en la vía pública, ya sean autorizadas con carácter temporal o cuenten con licencia o autorización definitiva municipal, tendrán el horario que se establezca en la correspondiente autorización administrativa, que deberá ser expresa, debiendo terminar en todo caso su actividad, como máximo en la hora de cierre señalada con carácter general en esta orden para cada Grupo, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones sobre contaminación acústica.
2. Las verbenas y fiestas populares, incluidas en el apartado 4.2 del Catálogo Anexo de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, tendrán el horario que fije el Ayuntamiento del municipio en cuyo término se celebren, en atención a las circunstancias concurrentes, procurando, en todo caso, compatibilizar su ejercicio con la aplicación de las normas vigentes en materia de contaminación acústica.

Locales con ambientación musical .- El horario de la ambientación musical de los espectáculos públicos, actividades recreativas o establecimientos públicos que, de acuerdo con su licencia municipal de funcionamiento dispongan de la misma, comenzará en todo caso a partir de las 10 horas.
Salas de Bingo
Establecimientos anexos a otras instalaciones principales
Bous al carrer

Concesión de horario excepcional por los Ayuntamientos
1.
Con carácter excepcional y para supuestos, zonas o fechas concretas, los Ayuntamientos podrán autorizar la ampliación al horario general establecido en esta orden, en hasta una hora, con motivo de fiestas locales y patronales, acontecimientos de carácter ferial, certámenes, exposiciones o consideraciones puntuales equivalentes, sin perjuicio de lo que establezcan las disposiciones legales existentes en materia de contaminación ambiental y acústica.
2. Las ampliaciones al horario general, a que se refiere el párrafo anterior, deberán ser comunicadas al órgano competente de la Generalitat, en el plazo no superior a quince días desde su autorización y, en todo caso, antes de que dicho horario excepcional sea de aplicación.
En dicha comunicación, los Ayuntamientos delimitarán exactamente y de manera motivada los días en los que se aplicará el horario excepcional del apartado anterior.
3. De acuerdo con las prescripciones y los principios generales establecidos en esta orden, corresponderá a las autoridades municipales la determinación de los horarios de comienzo y finalización de las verbenas, conciertos y el resto de espectáculos que tengan lugar con ocasión de
fiestas patronales o locales.
Ampliación del horario general por los Ayuntamientos durante la época estival
1.
Durante el período comprendido entre el 18 de junio y el 19 de septiembre de 2010, los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana podrán prolongar el horario general de finalización establecido en el artículo 2.Uno de esta orden los viernes, sábados y vísperas de festivos para los Grupos siguientes:
a) Grupo B: media hora hasta las 4.00 horas.
b) Grupo J:
una hora hasta las 2.30 horas.
c) Grupo L:
media hora hasta las 4.00 horas.
El ejercicio de esta facultad deberá ser motivado por el Ayuntamiento y comunicada al órgano competente de la Generalitat, en un plazo de antelación no inferior a quince días desde su adopción.
2. Para los establecimientos referidos en el apartado Dos del artículo 2, la ampliación prevista será la que le corresponda en función de la actividad amparada por la licencia municipal obtenida, siempre y cuando se incluyan en uno de los Grupos citados en el apartado anterior.
3. Lo previsto en el presente artículo quedará sin efecto cuando se concedan por los Ayuntamientos los horarios excepcionales regulados en el artículo 11.1 de esta orden. En este caso, sólo regirá lo previsto en el horario excepcional citado sin que se aplique la ampliación del horario previsto para la época estival.
Reducción de horarios
Horario de actividades incompatibles.
Horario de actividades extraordinarias y actividades singulares o excepcionales.
Cartel horario
DISPOSICIÓN FINAL
La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2010, siendo de aplicación para el día de Nochevieja de 2009.

miércoles 30 de diciembre de 2009

ayudas de la Agència Valenciana del Turisme dirigidas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana para el año 2010

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Agència Valenciana del Turisme . RESOLUCIÓ de 23 de desembre de 2009, de la consellera de Turisme com a presidenta de l'Agència Valenciana del Turisme, per la qual es convoquen les ajudes de l'Agència Valenciana del Turisme dirigides a les entitats locals de la Comunitat Valenciana per a l'any 2010. [2009/14903] (pdf 744KB) pàgina 47.014.
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2009, de la consellera de Turisme, en su calidad de presidenta de la Agència Valenciana del Turisme, por la que se convocan las ayudas de la Agència Valenciana del Turisme dirigidas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana para el año 2010. [2009/14903]
Los Anexos I y II a la presente resolución recogen los programas de actuación 2010 de la Agència Valenciana del Turisme dirigidos a las entidades locales de la Comunitat Valenciana. Cada programa incluye actuaciones a incentivar, destacando el impulso a aquellas que incrementen la calidad en la prestación de servicios turísticos, la sostenibilidad medioambiental, la accesibilidad global a los recursos, su adecuación y puesta en valor en pequeños municipios de interior y la realización de estudios de planificación estratégica en turismo.
Objeto y ámbito.- La presente resolución tiene por objeto convocar las ayudas y publicar los programas de actuación de la Agència Valenciana del Turisme para el ejercicio 2010 destinados a apoyar los proyectos presentados por las entidades locales de la Comunitat Valenciana, organismos autónomos y demás entes públicos dependientes de ellas.
Beneficiarios.- 1. Con carácter general, podrán acogerse a estas ayudas las entidades locales de la Comunitat Valenciana, organismos autónomos y demás entes públicos dependientes de ellas, según las especificidades establecidas para cada uno de los programas de ayuda recogidos en el Anexo I de la presente resolución.
Solicitudes de ayuda.- Los interesados deberán presentar, antes de la ejecución del proyecto o actuación, una instancia de solicitud debidamente cumplimentada en el impreso normalizado correspondiente al programa de actuación que se solicite. Dichas instancias de solicitud, recogidas en el Anexo III de esta resolución, están disponibles igualmente en la dirección de Internet
www.turisme.gva.es/ayudas
Plazo de presentación de solicitudes .- 1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, y
finalizará en las fechas siguientes:
– Para los programas 1, 2, 3 y 4 del Anexo I de esta resolución,
el 26 de febrero de 2010.
– Para el programa 5 del Anexo I de esta resolución, adecuación de recursos turísticos en pequeños municipios de interior,
el 1 de febrero de 2010.
2.
Las solicitudes deberán presentarse con anterioridad al inicio de la realización del proyecto o actividad o con anterioridad al inicio de la ejecución de la fase del proyecto correspondiente al ejercicio 2010.
Lugar de presentación de solicitudes.- 1. Las solicitudes y la preceptiva documentación adicional podrán presentarse durante el horario de registro en cualquiera de las siguientes sedes de la Conselleria de Turisme: Sede Central de la Conselleria de Turismo / Agència Valenciana del Turisme, (Avenida Aragón, 30, planta 8ª, de Valencia);
Servicio Territorial de Turismo de Alicante (calle Churruca, 29); Servicio Territorial de Turismo de Castellón (plaza María Agustina, 5); Servicio Territorial de Turismo de Valencia (plaza Alfonso el Magnánimo, 15), así como en la Oficina de Administración Turística de Benidorm (calle Joan Fuster Zaragoza, 3, 1º, edificio Acuarium).
2. Las solicitudes de ayuda relativas a los programas del Anexo I a la presente resolución se presentarán preferentemente por vía telemática a través de la dirección de internet de la Conselleria de Turismo / Agència Valenciana del Turisme en:
www.turisme.gva.es/ayudas .
ANEXO I -
PROGRAMAS DE AYUDAS DE LA AGÈNCIA VALENCIANA DEL TURISME DIRIGIDOS A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL AÑO 2010
PROGRAMA 1: CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE CALIDAD

OBJETIVO: Obtención o renovación de certificados de gestión de la calidad en las playas o las oficinas de información turística integradas en la Red Tourist Info de la Comunitat Valenciana, quedando excluidos aquellos proyectos consistentes en el mero mantenimiento de certificados ya en vigor.
BENEFICIARIOS: Entidades locales de la Comunitat Valenciana, organismos autónomos y demás entes públicos dependientes de ellas.
PROGRAMA 2: CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
OBJETIVO: Obtención o renovación de certificados de gestión ambiental en las playas o las oficinas de información turística integradas en la Red Tourist Info de la Comunitat Valenciana, quedando excluidos aquellos proyectos consistentes en el mero mantenimiento de certificados ya en vigor.
BENEFICIARIOS: Entidades locales de la Comunitat Valenciana, organismos autónomos y demás entes públicos dependientes de ellas.
PROGRAMA 3: CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE ACCESIBILIDAD GLOBAL.
OBJETIVO: Obtención de certificados de accesibilidad global en las playas o las oficinas de información turística integradas en la Red Tourist Info de la Comunitat Valenciana y que conduzcan a la obtención por vez primera de la certificación que acredite el cumplimiento de los requisitos de la norma española UNE 170.001
BENEFICIARIOS: Entidades locales de la Comunitat Valenciana, organismos autónomos y demás entes públicos dependientes de ellas.
PROGRAMA 4: ASISTENCIA TÉCNICA EN PLANIFICACIÓN TURÍSTICA.
OBJETIVO:
Apoyar la realización de proyectos de planificación turística a través de la concesión de ayudas para la contratación de servicios de asistencia técnica dirigidos a la realización de estudios que en base a la metodología de la planificación estratégica y empleando métodos de participación social tengan como resultado documentosguía que incluyan un programa de actuaciones consensuadas, que sirvan de base para el desarrollo turístico y quecontribuyan al desarrollo sostenible del territorio.
Las actuaciones que pueden ser objeto de subvención son:
a) Estudios de viabilidad para la creación de rutas y productos turísticos (ecoturismo, turismo cultural…..) y cuyo ámbito territorial incluya más de un recurso (alojamiento, restauración, oferta complementaria….).
b) Estudios de adaptación y comercialización de productos turísticos (ecoturismo, turismo cultural…..) y cuyo ámbito territorial incluya más de un recurso (alojamiento, restauración, oferta complementaria….).
c) Planes estratégicos de destino
BENEFICIARIOS: Entidades locales de la Comunitat Valenciana, organismos autónomos
y demás entes públicos dependientes de ellas.
PROGRAMA 5: ADECUACIÓN DE RECURSOS TURÍSTICOS EN PEQUEÑOS MUNICIPIOS DE INTERIOR
OBJETIVO:
Concesión de ayudas para la adecuación de recursos turísticos en pequeños municipios de interior de la Comunitat Valenciana.
A los efectos de las ayudas previstas en la presente resolución se considera recurso turístico a todo elemento natural, monumental, cultural o etnográfico, que tenga capacidad por si mismo de atraer visitantes, motivados por razones de ocio, a un determinado espacio.
Las ayudas irán destinadas a financiar los proyectos de inversión que se detallan a continuación:
a) Proyectos de señalización turística, direccional o de situación. La señalización podrá comprender un solo recurso o integrar varios recursos del municipio en un único proyecto.
b) Adecuación de las condiciones de uso de los recursos turísticos para personas discapacitadas, tales como instalación de rampas, plataformas elevadoras, eliminación de obstáculos, equipamiento multimedia específico, maquetas y modelos a escala, sistemas interpretativos adaptados para disminuidos sensoriales, etc.
c) Interpretación de los recursos turísticos mediante la instalación “in situ” de paneles o carteles explicativos, material audiovisual y multimedia, pantallas táctiles y adquisición de audioguías, siempre que no constituyan gastos de naturaleza corriente.
Los municipios solicitantes de ayudas para proyectos referidos al apartado a) anterior, deberán ajustar sus proyectos a las especificaciones técnicas contenidas en el documento pdf “aplicación de la marca turística comunitat valenciana” que podrán descargarse de la página www.turisme.gva.es/ayudas.
Sólo se podrá presentar una solicitud por municipio o entidad local menor y para una única actuación. Se entenderá por actuación alguno de los tres tipos de proyectos relacionados con anterioridad. Asimismo se considerará una única actuación si se pretende realizar más de un tipo proyecto pero la actuación se realiza sobre un único recurso.
En caso de incumplirse lo establecido en el párrafo anterior la Comisión de Valoración determinará la actuación a subvencionar entre las varias presentadas por el solicitante.
BENEFICIARIOS: 1. Podrán solicitar ayudas los municipios y entidades locales menores del interior de la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos relacionados a continuación.
2. Se entenderán por municipios de interior de la Comunitat Valenciana, las entidades locales a las que se refiere el apartado a, del número 1 del artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cuyo término municipal no sea limítrofe con el mar.
Se entenderán por entidades locales menores de interior de la Comunitat Valenciana, las entidades locales a las que se refiere el apartado a, del número 2 del artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cuyo término municipal no sea limítrofe con el mar y que consten inscritas en el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana, como entidades locales inframunicipales.
3. Quedan excluidos de las ayudas reguladas en la presente resolución aquellos municipios y entidades locales menores de interior, cuya población sea superior a los 10.000 habitantes, según datos referidos al año 2009, o último año disponible.
ANEXO II - PROGRAMAS DE AYUDAS DE LA AGÈNCIA VALENCIANA DEL TURISME REGULADOS A TRAVÉS DEL DECRETO 71/2000, DE 22 DE MAYO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO REGULADOR DE LOS CONVENIOS QUE PODRÁN SUSCRIBIRSE ENTRE LA GENERALITAT Y LOS MUNICIPIOS TURÍSTICOS.
PROGRAMA 1: CONVENIO PARA LA COMPENSACIÓN FINANCIERA

OBJETIVO: Compensar el esfuerzo financiero adicional realizado por los Ayuntamientos de los Municipios Turísticos en aquellas partidas que sufran incrementos que no puedan ser costeados a través de tributos, y siempre que el incremento de dichas partidas haya sido generado por el carácter turístico del municipio.
BENEFICIARIOS: Todos los Ayuntamientos de Municipios Turísticos de la Comunitat Valenciana que cuenten con dicha declaración con carácter definitivo, otorgada por el Consell.
PROGRAMA 2: CONVENIO PARA LA ADAPTACIÓN DE LOS MUNICIPIOS TURISTICOS. (PLA MILLOR)
OBJETIVO: Financiar, conjuntamente con los municipios turísticos, proyectos que tengan como objetivo la mejora deespacios de uso turístico o de los servicios tendentes a configurar un producto turístico más competitivo y a comunicar la imagen de una oferta de calidad capaz de satisfacer las exigencias de la demanda respecto a los aspectos y equipamientos urbanos y medioambientales que persigan, además la viabilidad y sostenibilidad del desarrollo turístico.
BENEFICIARIOS: Todos los Ayuntamientos de Municipios Turísticos que cuenten con dicha declaración con carácter definitivo, otorgada por el Consell, que vayan a realizar inversiones en proyectos de las características anteriormente citadas.
PROGRAMA 3: CONVENIO PARA LA COMPETITIVIDAD Y LA COMUNICACIÓN
OBJETIVO: Promoción y comercialización del municipio a través de campañas o acciones realizadas fuera del ámbito de la Comunitat Valenciana,que requieran del adecuadoposicionamiento de éste en sus correspondientes mercados con el fin de mejorar su competitividad.
BENEFICIARIOS: Todos los Ayuntamientos de Municipios Turísticos que cuenten con dicha declaración con carácter definitivo otorgada por el Consell, que vayan a realizar campañas y/o acciones de las características anteriormente citadas.
ANEXO III
INSTANCIA DE SOLICITUD DE AYUDAS DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA
A. TIPO DE SOLICITUD DE LA AYUDA (1)
B. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:
C. PROYECTO:
D. EXPOSICIÓN:
E. SOLICITUD:

Ayudas en prevención de incendios forestales, para el ejercicio 2010. Gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

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Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge . ORDEN de 22 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda por la que se convocan y se aprueban las bases reguladoras de las ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en prevención de incendios forestales, para el ejercicio 2010. [2009/14870]
ORDRE de 22 de desembre de 2009, de la Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge per la qual es convoquen i s'aproven les bases reguladores de les ajudes gestionades per la Direcció General de Gestió del Medi Natural en prevenció d'incendis forestals per a l'exercici 2010. [2009/14870] (pdf 920KB) pàgina 46.992.
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. Constituye el objeto de la presente orden convocar las ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, en materia de prevención de incendios forestales, para el ejercicio 2010, y aprobar las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria.
2. La presente orden será de aplicación a las siguientes ayudas, que se regirán por las bases reguladoras que figuran en los anexos que se indican:
a)
Ayudas destinadas a la realización de actividades de voluntariado ambiental en prevención de incendios forestales (anexo I)
ANEXO I - Bases de las ayudas destinadas a la realización de actividades de voluntariado ambiental en prevención de incendios forestales.
Objeto y ámbito de actuación.-
1. Será objeto de subvención la ejecución de proyectos de voluntariado que puedan contribuir a la prevención y vigilancia frente a los incendios forestales mediante acciones dirigidas al control e información de visitantes, al control del cumplimiento de las distintas normativas aplicables, a la vigilancia disuasoria, y a la aplicación de programas de educación ambiental con especial incidencia en el conocimiento del medio forestal.
2. Las actividades podrán desarrollarse a lo largo de todo el año natural, debiendo cubrir obligatoriamente al menos un mes, entre el 1 de junio y el 15 de octubre.
Requisitos de los beneficiarios.- 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas recogidas en estas bases las organizaciones y entidades de voluntariado, según la definición que de ellas hace la Ley 4/2001, de 19 junio, de la Generalitat, del Voluntariado, entre cuyos fines figuren la defensa y conservación de la naturaleza y la educación ambiental, o bien demuestren una trayectoria consolidada en este campo, así como ayuntamientos.
2. Las entidades u organizaciones deberán reunir los siguientes requisitos:
a) En el caso de entidades y organizaciones estar legalmente constituidos e inscritas en el Registro de Entidades de Voluntariado de la Comunitat Valenciana.
b) Tener su ámbito de actuación, total o parcialmente, en la Comunitat Valenciana.
c) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos.
Actividades objeto de las ayudas.- 1. Será objeto de las ayudas la ejecución de proyectos de voluntariado que puedan contribuir a la prevención y vigilancia frente a los incendios forestales mediante acciones dirigidas al control e información de visitantes, al control del cumplimiento de las distintas normativas aplicables, a la vigilancia disuasoria, y a la aplicación de programas de educación ambiental.
2. Para la consecución del objeto de las ayudas, el beneficiario no podrá realizar subcontratación parcial o total del proyecto subvencionado.
Gastos subvencionables.- A los efectos de la presente orden, se consideran gastos subvencionables los siguientes:
a) Gastos de alimentación.

b) Transporte, alquiler de vehículos, gasolina, dietas de desplazamiento, etc.
c) Material fungible necesario para la correcta realización del proyecto.
d) Servicios, siempre que no represente una subcontratación parcial o total del proyecto. e) Gastos de personal. Importe máximo el 10% del total concedido.
f) Gastos de alojamiento del personal voluntario.
Cuantía de las ayudas.- 1. Las subvenciones podrán financiar hasta el 100% de la ejecución del proyecto de actividades, siendo la
ayuda máxima a recibir por cada proyecto de 30.000 euros.
Solicitudes.- 1.
Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en las presentes bases se presentarán en impreso normalizado, que se adjunta como anexo.
Lugar y plazo de presentación.- 1. Los interesados podrán presentar las solicitudes en el Registro General de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda en la calle de Francisco Cubells, nº 7 de Valencia, así como en los servicios territorialesde la misma sitos en Alicante (calle de Churruca, 29), Castellón (avenida dels Germans Bou, 47), y Valencia (calle de Gregorio Gea, 27), o en cualquier otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 30 de diciembre de 2009 al 29 de Enero de 2010, a.i.]

martes 29 de diciembre de 2009

ayudas a entes locales para la ejecución de obras en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra avenidas, así como otras actuacio

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Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge. ORDRE de 15 de desembre de 2009, de la Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge, per la qual es convoquen per a l'exercici 2010 les ajudes a ens locals per a l'execució d'obres en matèria d'abastiment d'aigua, sanejament i defensa contra avingudes, com també altres actuacions relacionades amb aquestes obres. [2009/14892] (pdf 530KB) pàgina 46.984
ORDEN de 15 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se convocan para el ejercicio 2010, las
ayudas a entes locales para la ejecución de obras en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra avenidas, así como otras actuaciones relacionadas con estas obras. [2009/14892]
Aprobación de la convocatoria y objeto de la subvención.- Aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2010, cuyo objeto es la realización de obras de bajo presupuesto, no superior a 100.000 euros, en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra avenidas, así como otras actuaciones relacionadas con este tipo de obras, cuya iniciativa y ejecución corre a cargo de los entes locales del ámbito territorial de la Comunitat Valencia.
La presente convocatoria se regulará mediante las bases publicadas en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana nº 5775, anexo de la Orden de 22 de mayo de 2008 de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.
Las obras subvencionadas deberán ser iniciadas dentro del año 2010, con posterioridad a la fecha de notificación de resolución definitiva de concesión.
Las obras que durante el año 2009 fueron declaradas de emergencia, dadas sus características, podrán haber sido iniciadas durante ese año, con posterioridad a dicha declaración. Se hará constar tal circunstancia en el impreso de solicitud, aportando también los documentos relacionados en el correspondiente apartado de la misma.
Presentación de solicitudes y documentación.- Las solicitudes se confeccionarán de acuerdo con el modelo de solicitud, aportando los documentos que en el mismo se relacionan, y serán dirigidas a la Dirección General del Agua; calle Francisco Cubells, nº 7, 46011– Valencia.
Las solicitudes se presentarán en los correspondientes registros generales de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda sitos en su sede central de la calle Francisco Cubells, nº 7, de Valencia y servicios territoriales de Castellón y Alicante, sitos respectivamente en la calle Hermanos Bou nº 47, y la avenida de Aguilera nº 1, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tanto los impresos como la información sobre la Orden pueden obtenerse a través de la página web de la Generalitat, cuya dirección de internet es http://www.cma.gva.es/ en el enlace de Recursos hidráulicos, apartado Ayudas y subvenciones.
Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 30 de diciembre de 2009 al 18 de Enero de 2010, a.i.]
Las obras que con posterioridad a esta fecha sean declaradas de emergencia, podrán ser solicitadas en la orden del año 2011, siempre que ésta así lo establezca y exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del ejercicio correspondiente.

Ayudas proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas en la Comunitat Valenciana

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Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació. ORDE de 23 de desembre 2009, de la Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual es modifica l'Orde de 12 de gener de 2009 anterior de la Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s'establix el procediment de concessió i pagament de les subvencions destinades a determinats projectes de millora de la gestió mediambiental de les explotacions porcines a la Comunitat Valenciana i es convoquen les ajudes per a l'exercici 2010. [2009/14876] (pdf 265KB) pàgina 46.979
ORDEN de 23 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifica la anterior Orden de 12 de enero de 2009 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de las subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas en la Comunitat Valenciana, y se convocan dichas ayudas para el ejercicio 2010. [2009/14876]
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.-
Se convocan para el ejercicio 2010, las ayudas destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas en la Comunitat Valenciana, cuyas bases reguladoras están contenidas en la Orden de 12 de enero de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación (DOCV nº 5941 de 27 de enero de 2009) modificada por la presente orden.

Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2010 será hasta el día 29 de enero del 2010.
Cuarta.-
Las inversiones serán realizadas y justificadas ante la administración hasta el día 15 de octubre de 2010, tal y como establece el apartado noveno del Anexo de la Orden de 12 de enero de 2009.

ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos, para la mejora de la c

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Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació. ORDE de 22 de desembre 2009, de la Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual es modifica l'Orde de 17 de desembre de 2008 anterior, de la Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s'establix el procediment de concessió i pagament de les ajudes destinades a les explotacions ramaderes, les indústries agroalimentàries i establiments de gestió de subproductes per a la millora de la capacitat de gestió de subproductes d'origen animal no destinats al consum humà a la Comunitat Valenciana, i es convoquen les ajudes per a l'exercici 2010. [2009/14874] (pdf 221KB) pàgina 46.976
ORDEN de 22 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se modifica la anterior Orden de 17 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos, para la mejora de la capacidad de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano en la Comunitat Valenciana, y se convocan dichas ayudas para el ejercicio 2010. [2009/14874]
«b) Las solicitudes de ayudas se ordenarán de acuerdo a los siguientes criterios objetivos:
Ayudas a las pequeñas y medianas empresas agrarias
Ayudas a industrias agroalimentarias
Ayudas al almacenamiento y procesado intermedio de subproductos
Ayudas a plantas de transformación, destrucción o valorización de subproductos

DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- Se convocan, para el ejercicio 2010, las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos, para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano en la Comunitat Valenciana, cuyas bases reguladoras están contenidas en la Orden de 17 de diciembre de 2008, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación (DOCV nº 5924 de 31 de diciembre de 2008)

Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2010 será hasta el día 29 de enero del 2010.
Cuarta.-
Las inversiones serán realizadas y justificadas ante la administración hasta el día 15 de octubre de 2010 tal y como establece el apartado octavo del Anexo de la Orden de 17 de diciembre de 2008.

ayudas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana

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Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . ORDE de 14 de desembre de 2009, de la Conselleria d’Agricultura i Pesca i Alimentació, per la qual s’establixen les bases reguladores de les ajudes a la millora de la competitivitat de les explotacions ramaderes de la Comunitat Valenciana. [2009/14873]
ORDEN de 14 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Agricultura y Pesca y Alimentación, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana. [2009/14873]
Artículo 1 .- Se establecen, como Anexo I a la presente disposición, las bases reguladoras de las ayudas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana.
Se establece como Anexo II, el listado de inversiones subvencionables de la presente orden.
Se establece como Anexo III, una tabla de equivalencia de Unidades de Ganado Mayor por especie zootécnica.
Se establece como Anexo IV, el listado de municipios pertenecientes a zonas desfavorecidas de acuerdo al artículo 17 del Reglamento (CE) 1257/1999 y a las zonas indicadas en el artículo 36, letra a) incisos i) y ii), del Reglamento (CE) 1698/2005.
Artículo 2 .- Se convocan para el ejercicio 2010, las ayudas a las que hace referencia el artículo 1.
* El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2010 será hasta el día 29 de enero del 2010.
ANEXO I - Bases reguladoras de las ayudas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana.
Objeto de la ayuda.- Se establece una línea de ayudas para los titulares de explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana que realicen inversiones cuyo objeto sea la reducción de los costes de producción que soporta el ganadero, la mejora de la calidad del producto final obtenido, la reducción del impacto ambiental de las actividades ganaderas, la mejora de las condiciones higiénicas de las explotaciones y del bienestar de sus animales y el desarrollo de la extensificación.
ANEXO IV - Lista de municipios de la Comunidad Valenciana pertenecientes a zonas desfavorecidas de acuerdo al artículo 17 del Reglamento (CE) 1257/1999 y a las zonas indicadas en el artículo 36, letra a), incisos i) y ii), del Reglamento (CE) 1698/2005.
Provincia: 03 – Alicante

03002 Agost
03003 Agres
03005 Albatera
03006 Alcalalí
03007 Alcocer de Planes
03008 Alcoleja
03010 Alfafara
03013 Algueña
03016 Almudaina
03017 Alqueria d’Asnar, l’
03019 Aspe
03020 Balones
03021 Banyeres de Mariola
03022 Benasau
03025 Beneixama
03027 Beniardá
03028 Beniarrés
03029 Benigembla
03032 Benifallim
03033 Benifato
03035 Benilloba
03036 Benillup
03037 Benimantell
03038 Benimarfull
03039 Benimassot
03043 Biar
03045 Bolulla
03048 Callosa d’En Sarrià
03049 Callosa de Segura
03051 Campo de Mirra / Camp de Mirra, el
03052 Cañada
03053 Castalla
03054 Castell de Castells
03075 Castell de Guadalest, el
03055 Catral
03056 Cocentaina
03057 Confrides
03059 Crevillent
03060 Quatretondeta
03065 Elche / Elx
03066 Elda
03067 Facheca
03068 Famorca
03072 Gaianes
03073 Gorga
03077 Fondó de les Neus, el
03078 Hondón de los Frailes
03084 l’Orxa
03086 Millena
03088 Monforte del Cid
03089 Monóvar / Monòver
03092 Muro de Alcoy
03093 Novelda
03096 Onil
03102 Pego
03103 Penàguila
03104 Petrer
03105 Pinós, el / Pinoso
03106 Planes
03107 Polop
03112 Relleu
03114 Romana, la
03116 Salinas
03122 San Vicente del Raspeig / Sant Vicent del R.
03123 Sax
03124 Sella
03127 Tàrbena
03129 Tibi
03130 Tollos
03132 Torremanzanas / Torre de les Maçanes
03134 Vall d’Alcalà, la
03135 Vall de Ebo
03136 Vall de Gallinera
03137 Vall de Laguart, La
03140 Villena

6 plazas de (PDI) personal docente e investigador en Ciencias de la Salud en régimen de contratación laboral para el curso 2009-2010. U. Miguel Her...

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Universitat Miguel Hernández d’Elx. RESOLUCIÓ de 7 de desembre de 2009, de la Universitat Miguel Hernández d’Elx per la qual es convoquen diverses places de personal docent i investigador en Ciències de la Salut en règim de contractació laboral per al curs 2009-2010. [2009/14267]
RESOLUCIÓ de 7 de diciembre de 2009, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan diversas plazas de personal docente e investigador en Ciencias de la Salud en régimen de contratación laboral para el curso 2009-2010. [2009/14267]

Características de la convocatoria . Primera. Número y características de las plazas convocadas .-Se convocan las plazas de profesorado universitario que se especifican en el Anexo I.
Solicitudes . 3.1 Plazo. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14.00 horas del 20º día natural a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV). [del 30 de diciembre de 2009 al 18 de Enero de 2010, a.i.]
3.2. Solicitudes y Documentación a presentar. Necesariamente, habrá de presentarse tantas solicitudes y documentación como plazas a las que se opte.
Instancia según modelo de la UMH, que se encuentra en el anexo IV, que le será facilitada en el registro general o en los centrosde gestión de campus de esta Universidad y que esta disponible en la pagina web de la UMH (
www.umh.es/rrhh )
ANEXO I
Número de plaza:
DC1902
Categoría: ASO
Dedicación: P03 (3+3)
Departamento: Agroquímica y Medio Ambiente
Área de conocimiento: Química Física
Perfil: docencia en Química Física
Duración del contrato: DFC hasta el 30.09.2010
Número de plaza: DC1328
Categoría: ASO
Dedicación: P06 (6+6)
Departamento: Ciencia de Materiales, Óptica y Tecnología Electrónica
Área de conocimiento: Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras
Perfil: docencia en Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras
Duración del contrato: DFC hasta el 30.09.2010
Número de plaza: DC2102
Categoría: ASO
Dedicación: P03 (3+3)
Departamento: Estudios Económicos y Financieros
Área de conocimiento: Economía Aplicada
Perfil: docencia en Economía Aplicada
Duración del contrato: DFC hasta el 30.09.2010
Número de plaza: DC2096
Categoría: ASO
Dedicación: P03 (3+3)
Departamento: Estudios Económicos y Financieros
Área de conocimiento: Economía Financiera y Contabilidad
Perfil: docencia en Gestión de Empresas Financieras
Duración del contrato: DFC hasta el 30.09.2010
Número de plaza: DC2167
Categoría: COL
Dedicación: C08 (TC)
Departamento: Estudios Económicos y Financieros
Área de conocimiento: Organización de Empresas
Perfil: docencia en Organización de Empresas en la Diplomatura de Relaciones Laborales
Duración del contrato: indefinido
Numero de plaza: DC2068
Categoría: COL
Dedicación: C08
Departamento: Patología y Cirugía
Área de conocimiento: Fisioterapia
Perfil: Docencia en Fisioterapia en la Diplomatura de Fisioterapia
Duración del contrato: indefinido

1 ayudante de servicios grupo D, Universitat Miguel Hernández d’Elx.

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Universitat Miguel Hernández d’Elx . RESOLUCIÓ de 3 de desembre de 2009, de la Universitat Miguel Hernández d’Elx, per la qual es convoquen proves selectives d’accés al grup D, sector administració especial, escala auxiliar de serveis, amb denominació ajudant de serveis, per mitjà del sistema de concurs oposició per torn d’accés lliure. [2009/14298]
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2009, de la
Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo D, sector administración especial, escala auxiliar de servicios, con denominación ayudante de servicios, mediante el sistema de concurso-oposición por turno de acceso libre. [2009/14298]
Normas generales . 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante, de la escala auxiliar de servicios, con denominación ayudante de servicios grupo D, por el sistema general de acceso libre.
Requisitos de los aspirantes.- 2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
2.1.3. Estar en posesión del título Graduado Escolar, Graduado en ESO, Formación Profesional de primer grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Solicitudes. 3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en el Servicio de Recursos Humanos (edificio Rectorado y Consejo Social) y en los centros de gestión de campus de esta Universidad, que se dirigirá al rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche, y que se presentará en el Registro General de la Universidad y en los registros auxiliares de los centros de gestión de campus, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Convocatoria para la selección de los municipios candidatos a albergar el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gasta

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MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. 21107 . Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se efectúa la convocatoria pública para la selección de los municipios candidatos a albergar el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos de alta actividad (ATC) y su centro tecnológico asociado.
La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó, el 27 de abril de 2006, una Proposición no de Ley, por la que el Congreso instaba al Gobierno a constituir una Comisión Interministerial que debería establecer los criterios que deberá cumplir el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado (ATC) para combustible gastado y residuos radiactivos de alta actividad y su centro tecnológico asociado.
Atendiendo a lo anterior, el Gobierno aprobó el Real Decreto 775/2006, de 23 de junio, por el que se crea dicha Comisión Interministerial.
Entre las funciones que se atribuyen a la Comisión Interministerial figura la de desarrollar el procedimiento por el que los municipios interesados puedan optar a ser candidatos para el emplazamiento.
A este fin, y una vez establecidos por la Comisión Interministerial los «Criterios básicos de emplazamientos para la instalación ATC y centro tecnológico asociado», publicados en la web del MITYC www.emplazamientoatc.es , en virtud de lo acordado por dicha Comisión, en su reunión de 10 de julio de 2008, se procede a la convocatoria pública para determinar los municipios interesados en ser candidatos a que en su término municipal se albergue el ATC y su centro tecnológico asociado, incluidas las infraestructuras necesarias para el asentamiento de empresas, cuyo proyecto se describe en el anexo I.
La convocatoria va dirigida a todos los municipios situados en territorio español y a ella podrán concurrir los municipios individual o conjuntamente.
En el anexo II se indica el procedimiento para la selección del emplazamiento entre los municipios interesados, que se inicia de oficio por medio de la presente convocatoria, y en el anexo III figuran las bases de la misma.

Solicitud: Dicho procedimiento se desarrollará de acuerdo con los trámites que se indican a continuación:
a) Presentación de candidaturas: Los municipios interesados, previa adopción del correspondiente acuerdo del Pleno Municipal, en el que se designará al órgano competente para proponer los terrenos en la fase correspondiente del procedimiento, dispondrán de un plazo de presentación de candidaturas de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la presente Convocatoria Pública. [del 30 de Diciembre de 2009 al 29 de Enero de 2010, a.i.]. A la solicitud deberá acompañarse la documentación a que se hace referencia en el apartado 2 del anexo III «Bases de la convocatoria».