martes, 31 de enero de 2012

ajudes del Programa de Renovació dels Sistemes d’Enllumenat Públic en municipis de la C.V. de menys de 200 habitants per a adaptar-los al RD 1890/200

Conselleria d’Economia, Indústria i Comerç. RESOLUCIÓ de 30 de desembre de 2011, del president de l’Agència Valenciana d’Energia (AVEN), per la qual es convoquen les ajudes del Programa de Renovació dels Sistemes d’Enllumenat Públic en municipis de la Comunitat Valenciana de menys de 200 habitants per a adaptar-los al RD 1890/2008 amb fins d’estalvi energètic per a l’exercici 2011. [2012/771]
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2011, del presidente de la Agencia Valenciana de Energía (AVEN), por la que se convocan las ayudas del Programa de Renovación de los Sistemas de Alumbrado Público en municipios de la Comunitat Valenciana de menos de 200 habitantes para adaptación de los mismos al RD 1890/2008 con fines de ahorro energético para el ejercicio 2011. [2012/771]
1. Objecte i àmbit. L’objecte de la present resolució és convocar les ajudes del Programa de Renovació dels Sistemes d’Enllumenat Públic en municipis de la Comunitat Valenciana de menys de 200 habitants per a l’exercici 2011 aplicant criteris d’estalvi i eficiència energètica.
Estes ajudes estan incloses dins del marc del Pla d’Acció 2008-2012 de l’Estratègia d’Estalvi i Eficiència Energètica a Espanya (PAE4+) que va aprovar el Govern en el Consell de Ministres de data 20 de juliol de 2007, i d’acord amb el conveni de col·laboració subscrit entre l’Agència Valenciana de l’Energia i l’Institut per a la Diversificació i Estalvi de l’Energia de data 28 de març de 2008, que establix les bases reguladores per a la consecució dels objectius d’estalvi i eficiència energètica arreplegats en la present resolució.
Les ajudes seran concedides per l’Agència Valenciana de l’Energia a aquells beneficiaris d’esta convocatòria que complisquen els requeriments que s’especifiquen en la present orde.
2. Beneficiaris. Podran acollir-se a estes ajudes totes les entitats locals pertanyents a la Comunitat Valenciana, amb menys de 200 habitants, que tinguen entre les seues competències la gestió de l’enllumenat públic exterior.
Als efectes del nombre d’habitants es tindrà en compte el valor que apareix en el cens oficial de població de data 1 de gener de 2010 publicat per l’Institut Nacional d’Estadística.
Este programa marca com a requisit que han de complir els beneficiaris, l’existència prèvia d’una resolució del Ple Municipal, Junta de Govern o l’òrgan competent de l’entitat local, on s’indique l’acord de participar-hi assumint les obligacions especificades en esta resolució, en especial la d’escometre la renovació de l’enllumenat públic que resulte de la realització del projecte de reforma.
5. Actuacions susceptibles de suport i ajudes previstes.- L’actuació objecte d’ajuda consistix a posar a disposició dels ajuntaments el projecte de reforma i els equips i mitjans necessaris per a la renovació de l’enllumenat públic exterior que es deriven del projecte mencionat, amb criteris d’estalvi i eficiència energètica. No es considerarà als efectes d’esta resolució com enllumenat exterior l’enllumenat de seguretat nocturna i vigilància, l’ornamental, el festiu i nadalenc, els senyals i anuncis lluminosos.
L’entrega del projecte de reforma de l’enllumenat estarà supeditada a l’adjudicació i contractació del concurs que convoque l’AVEN, per a la realització dels projectes de reforma de l’enllumenat en els municipis inclosos en el programa.
Segons els resultats dels projectes de reforma realitzats per l’empresa adjudicatària del concurs, l’AVEN procedirà a realitzar un concurs per a la compra, la distribució i el muntatge dels equips als ajuntaments seguint les instruccions en cada un d’ells del seu corresponent projecte de reforma. Els equips a distribuir podran ser:
– Lluminàries, llums i equips auxiliars.
– Rellotges astronòmics.
– Equips de control centralitzat.
– Sistemes de regulació del nivell lluminós.
No seran objecte d’ajuda l’obra civil, la reforma de les esteses i instal·lacions elèctriques.
L’ajuda màxima per a cada municipi s’establix segons la fórmula següent :
Ajuda Total (€) = 2.500 + 450 €/punt de llum substituït.
Als efectes de l’ajuda s’entén per punt de llum substituït, punt de llum sobre el qual es realitza alguna actuació, no sols de canvi, sinó de regulació i control.
7. Presentació de sol·licituds.- Els sol·licitants hauran de presentar la documentació següent:
a) Sol·licitud normalitzada, emplenada en imprés-paper facilitat per l’Agència Valenciana de l’Energia, o bé emprant el programa informàtic disponible en la pàgina web de l’Agència www.aven.es.
8. Lloc de presentació de sol·licituds i termini.- Les sol·licituds i la documentació annexa podran presentar-se en la seu de l’Agència Valenciana de l’Energia a València, carrer Colom núm. 1, 4a planta.
També podran presentar-se en les formes previstes en l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú. En el cas que s’opte per presentar la sol·licitud en una oficina de Correus, haurà de fer-se en sobre obert perquè la instància siga datada i segellada per l’oficina de Correus abans de ser certificada.
El termini de presentació de sol·licituds serà de 30 dies naturals, comptat a partir de l’endemà de la data de publicació en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{de l' 1 de febrer a l' 1 de ,març} En tot cas, quan el dia concret de finalització del termini siga dissabte o inhàbil en el municipi on residix l’interessat o en la seu de l’AVEN, es prorrogarà al primer dia hàbil següent.

subvencions destinades a les entitats locals (ajuntaments i mancomunitats) de la C.V. per a la difusió i el foment de la Bústia Ciutadana i altres mec

Conselleria de Presidència. ORDE 2/2012, de 23 de gener, de la Conselleria de Presidència, per la qual convoca subvencions destinades a les entitats locals (ajuntaments i mancomunitats) de la Comunitat Valenciana per a la difusió i el foment de la Bústia Ciutadana i altres mecanismes de participació ciutadana per a l’exercici 2012, i aprova les bases que les regulen. [2012/886]
ORDEN 2/2012, de 23 de enero, de la Conselleria de Presidencia, por la que se convocan subvenciones destinadas a las entidades locales (ayuntamientos y mancomunidades) de la Comunitat Valenciana para la difusión y fomento del Buzón Ciudadano y otros mecanismos de participación ciudadana para el ejercicio 2012 y se aprueban sus bases reguladoras. [2012/886]
Bases.- L’aprovació de les bases que regulen la convocatòria de subvencions destinades a les entitats locals (ajuntaments i mancomunitats) de la Comunitat Valenciana per a la difusió i foment de la Bústia Ciutadana i altres mecanismes de participació ciutadana per a l’exercici 2012, i dels models de sol·licitud i documents complementaris que s’inclouen en annexos d’esta orde.
ANNEX I
Bases de la convocatòria
Objecte.- Estes bases tenen com a objecte regular la concessió de subvencions per a promoure i difondre en l’àmbit local la posada en marxa de la ferramenta tecnològica “Bústia Ciutadana”, així com d’altres mecanismes i òrgans de participació ciutadana com a fórmula eficaç per a garantir els drets i millorar les condicions de vida dels ciutadans i veïns de la Comunitat Valenciana.
Beneficiaris i beneficiàries.- Poden beneficiar-se d’este programa de subvencions les entitats locals (ajuntaments i mancomunitats) de la Comunitat Valenciana que tinguen els requisits establits en esta convocatòria.
Actuacions i gastos subvencionables.- Se subvencionen les activitats destinades a difondre i promocionar entre la població l’ús de la Bústia Ciutadana, iniciativa de la Generalitat per al foment de la participació ciutadana en l’àmbit local a través de les noves tecnologies (www.buzonciudadano.es) (modalitat 1), així com altres instruments i mecanismes de participació ciutadana (modalitat 2).
Se subvencionen activitats com ara l’organització de jornades o xarrades de formació i sensibilització, la difusió en mitjans de comunicació, l’elaboració de fullets i cartells, marxandatge i altres activitats relacionades amb els fins esmentats més amunt. Cada entitat local sol·licitant pot presentar una sola sol·licitud a una de les modalitats esmentades.
A estos efectes, són subvencionables els gastos corrents i de personal que faça l’entitat necessaris per a la realització del projecte presentat.
Entre estos gastos es poden incloure les nòmines del personal de la pròpia entitat imputables a la realització del projecte, fins a un 25% de la quantitat subvencionada, així com servicis exteriors, lloguer d’immobles, subministraments necessaris per a l’execució i difusió, i material fungible d’oficina. En tots els casos han de complir els requisits de l’article 31 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions.
Les activitats que se subvencionen necessàriament s’han de dur a terme l’any 2012.
Formalització de sol·licituds i termini de presentació.- 1. La sol·licitud s’ha de presentar en el termini de 15 dies hàbils comptador des de l’endemà de la publicació de la convocatòria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana,{de l'1 al 17 de febrer de 2012, a.i} dirigida a la Direcció General de Participació Ciutadana (c/ Juristes, 10, 46001 Valencia). També es pot presentar en els llocs previstos en l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú.
La sol·licitud també es pot presentar per via telemàtica en el portal de la Generalitat (www.gva.es), accedint als apartats «Administració en línia» «Guia PROP». Per a això, l’entitat ha de disposar d’un certificat digital expedit per l’Agència de Tecnologia i Certificació Electrònica
(www.accv.es).

censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo. (Mediterráneo)

Resolución de 26 de enero de 2012, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica el censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de la Orden ARM/1753/2011 de 22 de junio, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.
Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado y a las Comunidades Autónomas, resuelve:
Publicar como anexo de la presente Resolución, el censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo, en el que se relacionan los barcos y almadrabas ordenados alfabéticamente indicando para cada uno de ellos, la lista donde se incluyen como se contempla en el citado artículo 3 así como el porcentaje de cuota sobre el total admisibles de capturas (TAC’s) asignado a España mediante la reglamentación comunitaria.

Seguros agrarios combinados: seguro de explotación en ganado aviar de carne.

Orden AAA/148/2012, de 19 de enero, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, las fechas de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación en ganado aviar de carne, comprendido en el Plan 2012 de Seguros Agrarios Combinados.

Instructor de tiro del personal de seguridad privada. (pruebas para la obtención de la habilitación)

Resolución de 28 de diciembre de 2011, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada.
1 Objeto.– Comprobar que los aspirantes poseen los conocimientos y la capacidad necesaria para la instrucción y dirección de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada. La superación de estas pruebas habilitará para ejercer las funciones de dirección e instrucción en las prácticas y el perfeccionamiento en el manejo de las armas del personal de Seguridad Privada durante los ejercicios de tiro tanto de entrenamiento como de calificación.
2. Requisitos para tomar parte en las pruebas.– Los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes y hasta la finalización de las pruebas, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
b) Ser mayor de edad.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores.
e) Estar en posesión de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase «A», «B», «C» o «F», ó aportar certificado emitido por Organismo Oficial de poseer experiencia suficiente en el manejo de las armas, circunstancia que valorará el tribunal en cada caso.
Si en algún momento del proceso selectivo se tuviere conocimiento de que cualquier aspirante carece de alguno de los requisitos señalados, el Tribunal, previa audiencia del interesado, propondrá, al Director General de la Policía y de la Guardia Civil la exclusión y anulación de sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda haber incurrido por falsedad.
3. Solicitudes de admisión a la realización de las pruebas. 3.1 Plazo y formalidades de las solicitudes.– En el plazo de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»,{del 1 al 20 de febrero de 2012, a.i.} quienes deseen tomar parte en las pruebas que se convocan, cursarán su solicitud utilizando el modelo oficial que se reproduce como apéndice I de este anexo, por alguno de los siguientes métodos:
1) Por reproducción o fotocopia del modelo oficial anexo a la presente convocatoria, o por cumplimentación e impresión del formulario existente en la página Web www.guardiacivil.es y su posterior remisión al Servicio de Protección y Seguridad de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, sito en la Calle de Guzmán el Bueno, número 110 (28003 Madrid), o cursada a dicho Servicio a través de las Intervenciones de Armas, cuarteles de la Guardia Civil, dependencias policiales, oficinas de correos o cualquier otra dependencia referida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2) Estando en posesión de «Certificado Digital», a través de la página web: www.guardiacivil.es, pulsando en el enlace «Sede Electrónica».

19 plazas de personal laboral. Gurpos I, II, III y IV. Universidad de Córdoba.

Resolución de 27 de diciembre de 2011, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal laboral.
Bases de convocatoria
1. Normas generales. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por turno libre, diversas plazas de Personal de Administración y Servicios, en régimen de Personal Laboral Fijo, por el sistema de concurso-oposición y con las características que se indican en Anexo I.
1.3 En consideración a la naturaleza profesional y a las tareas a realizar por el personal a seleccionar, el sistema de selección será el de concurso-oposición, con arreglo a los ejercicios y pruebas que se especifican en el Anexo II y a la aplicación del baremo recogido en el Anexo III.
1.4 El Programa que ha de regir las pruebas selectivas se publicará en la página web de la Universidad de Córdoba, en la dirección (http://www.uco.es/gestion/laboral/convocatorias-de-empleo/pas-laboral).
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizadas, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
1.6 Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a los/as participantes e interesados/as se publicará en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Córdoba: http://www.uco.es/gestion/laboral/convocatorias-de-empleo/pas-laboral.
2. Requisitos de los aspirantes. 2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, conforme a los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y los descendientes de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de discapacitado reconocida oficialmente deberán tener catalogada la discapacidad acreditando su compatibilidad con las funciones de las plazas a las que se opta.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Titulación:
Para las plazas de grupo I: Estar en posesión del Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o título equivalente.
Para las plazas del Grupo II: Estar en posesión del Título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Para las plazas del Grupo III: Estar en posesión del Título de BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, experiencia laboral equivalente o categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
Para las plazas del Grupo IV: Estar en posesión del Título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar o equivalente, Formación Profesional de Primer Grado, o experiencia laboral equiparable con la categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
A efectos de equiparación con las titulaciones exigidas para acceder a los Grupos III y IV, la experiencia laboral, que en cualquier caso, habrá de acreditarse documentalmente, mediante contrato laboral, se considerará equivalente al título exigible, siempre que corresponda a la categoría profesional o área profesional del la plaza convocada y cuente con la siguiente temporalidad: 1 año para plazas integradas en el Grupo III y 6 meses para las plazas integradas en el Grupo IV.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la firma de contrato como PAS laboral fijo de la Universidad de Córdoba.
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que estará disponible en el Servicio de Gestión de Personal (Sección de Gestión Selección) de esta Universidad y en la página web de la Universidad de Córdoba (http://www.uco.es/gestion/laboral/convocatorias-de-empleo/pas-laboral).
3.2 Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de Córdoba (avenida Medina Azahara, número 5), en el Registro Auxiliar de la misma sito en el Campus de Rabanales (edificio de Gobierno, ctra. Madrid-Cádiz, km. 396) o en cualquiera de las formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»[BOE Núm. 26 Martes 31 de enero de 2012] o en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», si la publicación en este Boletín fuera posterior a la primera y se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba.{del 1 al 20 de febrero de 2012, a.i.} www.uco.es
ANEXO I
Plazas convocadas
Grupo I
Número de plaza: PL110101-PL110102.
Código plazas: AL 5 y AL 6.
Categoría profesional: Titulado Superior.
Plazas convocadas: Dos.
Grupo profesional: I.
Área: Científica.
Departamento y/o Servicio: OTRI.
Observaciones: Conocimientos en transferencia de la Investigación.
Número de plaza: PL110103.
Código plaza: CL 79.
Categoría profesional: Titulado Superior.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: I.
Área: Gestión Académica y Extensión Universitaria.
Departamento y/o Servicio: Extensión Universitaria y Cultura.
Observaciones: Conocimiento de Inglés y Comunicación.
Grupo II
Número de plaza: PL110104.
Código plaza: CL 80.
Categoría profesional: Titulado de Grado Medio.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: II.
Área: Gestión Académica y Extensión Universitaria.
Departamento y/o Servicio: Extensión Universitaria y Cultura.
Observaciones: Conocimiento en Inglés y Extensión Universitaria.
Número de plaza: PL110105.
Código plaza: AL 31.
Categoría profesional: Titulado Grado Medio Apoyo a la Docencia y a la Investigación.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: II.
Área: Científica (SCAI).
Departamento y/o Servicio: Servicio de Análisis (Unidad de Espectrometría de Masas y Cromatografía).
Número de plaza: PL110106.
Código plaza: AL 38.
Categoría profesional: Titulado Grado Medio Apoyo a la Docencia y a la Investigación.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: II.
Área: Científica (SCAI).
Departamento y/o Servicio: Servicio de Imagen Científica (Unidad de Técnicas Geoespaciales).
Número de plaza: PL110107.
Código plaza: AL 39.
Categoría profesional: Titulado Grado Medio Apoyo a la Docencia y a la Investigación.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: II.
Área: Científica (SCAI).
Departamento y/o Servicio: Servicio de Biología Molecular (Unidad de Proteómica).
Número de plaza: PL110108.
Código plaza: LL 569.
Categoría Profesional: Titulado de Grado Medio Prevención.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: II.
Área: Prevención y Protección.
Departamento y/o Servicio: Protección Radiológica.
Observaciones: Protección Radiológica [se deberá acreditar estar en posesión del Título de Experto en Protección Radiológica (CSN)].
Número de plaza: PL110109.
Código plaza: FL 159.
Categoría profesional: Titulado Grado Medio STOEM.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: II.
Área: Unidad Técnica.
Departamento y/o Servicio: Instalaciones Industriales (Automatización, Climatización y Eficiencia Energética).
Grupo III
Número de plaza: PL110110.
Código plaza: AL 32.
Categoría profesional: Técnico Especialista Laboratorio.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: III.
Área: Científica (SCAI).
Departamento y/o Servicio: Servicio de Análisis (Unidad de Espectrometría de Masas y Cromatografía).
Número de plaza: PL110111.
Código plaza: AL 40.
Categoría profesional: Técnico Especialista Laboratorio.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: III.
Área: Científica (SCAI).
Departamento y/o Servicio: Servicio de Biología Molecular (Unidad de Proteómica).
Número de plaza: PL110112.
Código plaza: AL 42.
Categoría profesional: Técnico Especialista Laboratorio.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: III.
Área: Científica (SCAI).
Departamento y/o Servicio: Servicio de Biología Molecular (Unidad de Genómica).
Número de plaza: PL110113.
Código plaza: LL 563.
Categoría profesional: Técnico Especialista Prevención.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: III.
Área: Prevención y Protección.
Departamento y/o Servicio: Prevención de Riesgos.
Observaciones: Formación Prevención de Riesgos (se deberá acreditar estar en posesión, al menos, del Título de Prevención de Riesgos Laborales Nivel Intermedio).
Número de plaza: PL110114 - PL110115.
Código plaza: LL 565 y LL 566.
Categoría profesional: Técnico Especialista Prevención.
Plazas convocadas: Dos.
Grupo profesional: III.
Área: Prevención y Protección.
Departamento y/o Servicio: Protección Ambiental.
Observaciones: Protección Ambiental.
Número de plaza: PL110116.
Código plaza: FL 156.
Categoría profesional: Delineante.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: III.
Área: Unidad Técnica.
Departamento y/o Servicio: Delineación.
Número de plaza: PL110117.
Código plaza: FL 165.
Categoría profesional: Técnico Especialista STOEM.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: III.
Área: Unidad Técnica.
Departamento y/o Servicio: Instalaciones Industriales.
Grupo IV
Número de plaza: PL110118.
Código plaza: AL 49.
Categoría profesional: Técnico Auxiliar de Laboratorio.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: IV.
Área: Científica.
Departamento y/o Servicio: Animales de Experimentación.
Observaciones: Acreditación Animales de Experimentación (será requisito estar acreditado en la categoría profesional B relativa al personal de los centros destinados a experimentación animal (Real Decreto 1201/2005, de 21 de octubre).
Número de plaza: PL110119.
Código plaza: LL 567.
Categoría profesional: Técnico Auxiliar.
Plazas convocadas: Una.
Grupo profesional: IV.
Área: Prevención y Protección.
Departamento y/o Servicio: Protección Ambiental.
Observaciones: Protección Ambiental.

2 plazas de Auxiliar de Biblioteca, y 1 plaza de Auxiliar Delineante. Ayuntamiento de Utrera (Sevilla)

Resolución de 19 de enero de 2012, del Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), referente a la convocatoria para proveer una/s plaza/s.
En el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 290, de 17 de diciembre de 2011 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 245, de 16 de diciembre de 2011 se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Auxiliar Delineante, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Auxiliar, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
----------------------------
En el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 288, de 15 de diciembre de 2011, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 238, de 5 de diciembre de 2011, con corrección de errores en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 252, de 28 de diciembre de 2011, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Dos plazas de Auxiliar de Biblioteca, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
----------------------------
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 1 al 23 de febrero de 2012, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla». www.utrera.org

lunes, 30 de enero de 2012

14 plazas de Oficial Conductor (C2) y 39 plazas de Oficial de Mantenimiento (C2). Osakidetza-Servicio vasco de salud

ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL (PUESTOS FUNCIONALES DE CONDUCTOR) DEL GRUPO PROFESIONAL DE TÉCNICOS AUXILIARES PROFESIONALES CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria. 1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor) del Grupo Profesional de Técnicos Auxiliares Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el anexo II. Estos destinos podrán ver modificado su número y características en función de la resolución de concurso de traslados que se convoque para el año 2011.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 5% que se fijaran en el momento de la determinación definitiva de los destinos ofertables previsto en las bases generales.
2.– Requisitos de los aspirantes. Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener cualquier titulación de Técnico o equivalente, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.
b) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente. Para los puestos funcionales de Conductor Vehículos Emergencias y Conductor Transporte Sanitario además, estar en posesión de la autorización BTP.
c) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
d) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al Grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo C2 (antiguo grupo D) 15 euros.
-----------------------------------
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL (PUESTOS FUNCIONALES DE OFICIAL MANTENIMIENTO) DEL GRUPO PROFESIONAL DE TÉCNICOS AUXILIARES PROFESIONALES CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria. 1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Oficial (puestos funcionales de Oficial Mantenimiento) del Grupo Profesional de Técnicos Auxiliares Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el anexo II. Estos destinos podrán ver modificado su número y características en función de la resolución de concurso de traslados que se convoque para el año 2011.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 5% que se fijaran en el momento de la determinación definitiva de los destinos ofertables previsto en las bases generales.
2.– Requisitos de los aspirantes. Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener alguna de las siguientes titulaciones o su equivalente, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza:
Técnico (cualquiera de las titulaciones requeridas para el acceso a puestos funcionales de Oficial Mantenimiento).
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al Grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo C2 (antiguo grupo D): 15 euros.
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Plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación en el BOPV de las bases específicas de cada convocatoria, que finalizará a las 14 horas del último día del plazo.{del 27 de enero al 15 de febrero de 2012, a.i.}
Bases generales de procesos selectivos del Servicio Vasco de Salud.
Página web del Servicio de Salud del Gobierno Vasco.

concurs literari i el concurs d’il·lustració sobre el reciclatge i les deixalles. Consell Valencià de Cultura

Consell Valencià de Cultura.
RESOLUCIÓ de 16 de gener de 2012, del president del
Consell Valencià de Cultura, per la qual es convoquen el concurs literari i el concurs d’il·lustració sobre el reciclatge i les deixalles. [2012/696]
RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2012, del presidente del Consell Valencià de Cultura, por la que se convocan el concurso literario y el concurso de ilustración sobre el reciclaje y la basura. [2012/696]
ANNEX I
Bases per a la concessió del Concurs Literari i del Concurs d’Illustració sobre el reciclatge i les deixalles.
Bases generals
1) Poden prendre part en el concurs tots els alumnes de centres valencians d’ensenyament públics, concertats i privats, que estiguen cursant estudis d’ESO o de Batxillerat.
2) Els centres docents reuniran els treballs presentats pels seus alumnes i els enviaran, abans del 30 d’abril de 2012, a esta direcció:
Consell Valencià de Cultura
Concurs sobre reciclatge i deixalles
Palau de Forcalló
C/ Museu 3
46003 València
No s’admetran enviaments per correu electrònic.
3) Un jurat nomenat pel Consell Valencià de Cultura seleccionarà un treball per cada curs d’ESO i de Batxillerat, tant en la modalitat literària com en la de dibuix.
4) Els treballs premiats, i també els altres que el jurat considere distingir, passaran a ser propietat del Consell Valencià de Cultura, el qual podrà publicar-los i exposar-los amb menció expressa del nom dels autors i dels centres als quals pertanyen.
5) A l’autor de cada treball seleccionat se li concedirà un premi consistent en material escolar, per valor de cinc-cents euros (500 €), una medalla commemorativa i un diploma del Consell Valencià de Cultura.
6) Als centres docents que hagen aconseguit el nombre més gran de seleccionats en cada nivell (ESO i Batxillerat) i modalitat se’ls obsequiarà amb material docent per valor de mil euros (1.000 €), una medalla commemorativa i un diploma del Consell Valencià de Cultura.
7) Els centres docents poden començar el procés de realització i enviament dels treballs des del moment de la publicació de la convocatòria.
Com s’indica en la base 2, la data límit de recepció dels treballs en la seu del Consell Valencià de Cultura és el 30 d’abril de 2012.
8) La decisió del jurat es farà pública en un acte que tindrà lloc en la seu del Consell Valencià de Cultura al voltant del 15 de maig de 2012, en el qual es procedirà al lliurament dels premis. El Consell Valencià de Cultura es reserva la possibilitat de modificar la data de l’acte de lliurament.

35 beques per a la realització de pràctiques professionals en matèria de comunicació en les dependències de Presidència de la Generalitat, durant l’ex

ORDE 1/2012, de 19 de gener, del conseller de Presidència i Vicepresident del Consell, per la qual es convoca la concessió de 35 beques per a la realització de pràctiques professionals en matèria de comunicació en les dependències de Presidència de la Generalitat, durant l’exercici 2012/2013. [2012/819]
ORDEN 1/2012, de 19 de enero, del conseller de Presidencia y vicepresidente del Consell, por la que se convoca la concesión de 35 becas para la realización de prácticas profesionales en materia de comunicación en las dependencias de Presidencia de la Generalitat, durante el ejercicio 2012/2013. [2012/819]
Objecte.- Les beques que es regulen en estes bases tenen com a objectiu completar i desenrotllar la formació acadèmica de jóvens titulats en Ciències de la Informació, branques Periodisme, Imatge i So i Comunicació Audiovisual: a través de la realització de pràctiques professionals en organismes i unitats dependents de la Presidència de la Generalitat, en aquelles tasques relacionades amb l’esmentada titulació que siguen adequades per a adquirir formació complementària i especialització.
Nombre i organisme en què efectuaran les pràctiques.- 1. Es convoquen 35 beques, d’acord amb les classes següents:
classe PE (periodistes),
classe PEA (periodistes en delegació d’Alacant),
classe PEC (periodistes en delegació Castelló),
classe PEFD (periodistes cap de setmana) i
classe AU (audiovisuals).
2. Les persones beneficiàries de les beques realitzaran les pràctiques en organismes i unitats dependents de la Presidència de la Generalitat.
Requisits que han de tindre els sol·licitants.- 1. Les persones que sol·liciten participar en la convocatòria han de tindre els requisits següents en la data de finalització del termini de presentació de sol·licituds:
a) No ser major de 35 anys.
b) Estar en possessió del títol de llicenciat indicat a continuació, expedit o homologat per les autoritats espanyoles corresponents i que no hagen passat més de cinc anys des de la seua obtenció.
Classe PE, PEA, PEC i PEFD: llicenciatura en Ciències de la Informació, branca llicenciatura Periodisme, o llicenciatura en Comunicació Audiovisual.
Classe AU: llicenciatura en Ciències de la Informació, branca d’Imatge Audiovisual i Auditiva o llicenciatura en Comunicació Audiovisual.
c) No haver sigut beneficiari de beques de pràctiques professionals en la Generalitat per un període igual o superior a 36 mesos.
De conformitat amb allò que establix la disposició transitòria segona del Decret 132/2009, de 4 de setembre, del Consell, pel qual es regula la concessió de beques, l’esmentat termini començarà a computar-se a partir de l’entrada en vigor de l’esmentada norma (09.09.2009).
d) No trobar-se sotmés a les prohibicions per a obtindre la condició de beneficiari, establides en l’article 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions.
2. No podran optar a estes beques els qui, en el moment de publicarse la convocatòria, ja estiguen gaudint d’una beca de pràctiques professionals en la Generalitat, llevat que es concórrega a esta beca que s’està disfrutant o que falten menys de dos mesos perquè finalitze.
Duració de la beca i prorroga. 1. El període de duració de les beques serà de dotze mesos des de la data que s’indique en la resolució de concessió, que serà objecte de publicació en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, data d’inici que no podrà ser anterior al 31 de març de 2012.
2. El conseller de Presidència i vicepresident del Consell podrà prorrogar el període de duració, sense necessitat de nova convocatòria, per un període màxim de dotze mesos addicionals sempre que hi haja disponibilitat pressupostària corresponent i el desenrotllament de l’activitat que s’estiga efectuant així ho requerisca o aconselle.
Dotació econòmica individual i pagament de la beca.- 1. La dotació econòmica de cada una de les beques serà de mil (1.000) euros mensuals bruts.
Sobre l’esmentat import s’ha de realitzar la retenció corresponent a compte de l’impost sobre la renda de les persones físiques, així com la corresponent cotització a la Seguretat Social en els termes establits en el Reial Decret 1493/2011, de 24 d’octubre, i les altres que, si és el cas, pogueren correspondre.
Termini, lloc i forma de presentació de les sol·licituds.- 1. El termini de presentació de sol·licituds serà de 15 dies hàbils, comptats a partir de l’endemà de la publicació d’esta convocatòria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 31 de enro al 16 de febrero de 2012, a.i.}
2. Les persones que aspiren a obtindre una beca han de presentar exclusivament per via electrònica la sol·licitud dirigida a la Direcció General de Relacions Informatives de Presidència i han d’especificar l’especialitat o classe de beca a què s’opta, així com currículum de forma completa segons els models normalitzats que estaran accessibles en la seu electrònica de la Generalitat www.gva.es

plans de recuperació i conservació d’espècies catalogades de fauna i flora silvestres, i el procediment d’emissió d’autoritzacions d’afectació a espèc

Conselleria d’Infraestructures, Territori i Medi Ambient.
DECRET 21/2012, de 27 de gener, del Consell, pel qual es regula el procediment d’elaboració i aprovació dels plans de recuperació i conservació d’espècies catalogades de fauna i flora silvestres, i el procediment d’emissió d’autoritzacions d’afectació a espècies silvestres. [2012/832]
DECRETO 21/2012, de 27 de enero, del Consell, por el que se regula el procedimiento de elaboración y aprobación de los planes de recuperación y conservación de especies catalogadas de fauna y flora silvestres, y el procedimiento de emisión de autorizaciones de afectación a especies silvestres. [2012/832]
ÍNDEX
Preàmbul
Article 1. Objecte.- És objecte del present decret regular el procediment d’elaboració i aprovació dels plans de recuperació i conservació de les espècies catalogades de fauna i flora silvestres de la Comunitat Valenciana, i cal incloure-hi vies que faciliten la participació pública en el dit procés i simplificar els tràmits d’autorització d’afectacions a espècies silvestres de fauna i flora.
Article 2. Tipus de plans
Article 3. Elaboració, contingut i vigència dels plans
Article 4. Tipus d’àrees
Article 5. Aprovació dels plans
Article 6. Avaluació i informació pública
Article 7. Mecanismes de participació pública
Article 8. Autoritzacions
Article 9. Col·laboradors en conservació de la biodiversitat
Disposició addicional primera. Aus de falconeria
Disposició addicional segona. Dotació econòmica
Disposició derogatòria única. Derogació normativa
Disposició final primera. Modificació de l’article 3 del Decret 32/2004, de 27 de febrer, del Consell
Disposició final segona. Desplegament normatiu
Disposició final tercera. Entrada en vigor

ayudas a la danza, la lírica y la música; y a la difusión del teatro y del circo y a la comunicación teatral y circense,correspondientes al año 2012.

Ayudas
Resolución de 24 de enero de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas a la danza, la lírica y la música correspondientes al año 2012.
PDF (BOE-A-2012-1432 - 61 págs. - 1088 KB)
Otros formatos
Finalidad, objeto y ámbito de aplicación. Esta resolución tiene por objeto la regulación de las ayudas a la danza, la lírica y la música, en el marco de las competencias del INAEM y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados, en orden a la preservación del patrimonio coreográfico, lírico y musical y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, en las modalidades que se relacionan en el apartado cuarto de la presente resolución y conforme a la normativa vigente en materia de subvenciones públicas.
La concesión de las ayudas reguladas en la presente convocatoria es incompatible con la percepción, por los mismos beneficiarios para un mismo proyecto, de subvenciones nominativas del INAEM consignadas en el mismo capítulo del programa presupuestario 18.201.335A (Música y Danza), correspondiente al ejercicio 2012, excepto en la modalidad B7.1.
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Resolución de 24 de enero de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas a la difusión del teatro y del circo y a la comunicación teatral y circense correspondientes al año 2012.
PDF (BOE-A-2012-1433 - 53 págs. - 1163 KB)
Otros formatos

Finalidad, objeto y ámbito de aplicación.
La presente resolución tiene por objeto la regulación de las ayudas al teatro y al circo en régimen de concurrencia competitiva del INAEM, en el marco de las competencias de este organismo y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
La concesión de las ayudas reguladas en la presente convocatoria es incompatible con la percepción por los mismos beneficiarios, o para los mismos proyectos, de subvenciones nominativas del INAEM consignadas en el mismo capítulo del programa presupuestario 18.201.335B («Teatro»), correspondiente al ejercicio 2012.
Las subvenciones plurianuales concedidas en la modalidad de concertaciones bienales mediante Resolución del INAEM, de 20 de septiembre de 2011, se regirán por lo dispuesto en la Resolución de convocatoria de 8 de abril de 2011, la resolución de concesión y demás normativa aplicable.
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Solicitudes.
Las solicitudes, dirigidas al Sr. Director General del INAEM, deberán ajustarse al modelo publicado como anexo I en la presente resolución y acompañarse de los restantes anexos, todos ellos fechados y firmados.
Los modelos también se encuentran disponibles en la página web del INAEM, www.mcu.es (Artes Escénicas y Música /Becas, ayudas y subvenciones/ convocatorias).
Lugar y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse en los servicios correspondientes de las Comunidades Autónomas o en las dependencias centrales del INAEM, Plaza del Rey, 1, 28004 Madrid, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la LRJ-PAC.
Asimismo, la solicitud podrá presentarse por Internet a través de la oficina virtual–Registro Electrónico– de la Secretaría de Estado de Cultura (https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/procedimientos.jsp). En este caso, la solicitud se cumplimentará con la aplicación informática establecida al efecto, siempre que se posea un certificado de firma electrónica válido, expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre u otra autoridad certificadora reconocida.
Los peticionarios que deseen presentar por vía telemática proyectos en distintas modalidades, deberán realizar una solicitud por cada proyecto.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de enero al 29 de febrero de 2012,a.i.}

1 plaza de Ingeniero Técnico Industrial (Escala de Gestión). A2. Universidad de Granada.

Resolución de 23 de diciembre de 2011, de la Universidad de Granada, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión, Especialidad Ingeniero Técnico Industrial, por el sistema de oposición libre.
Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión (Especialidad Ingeniero/a Técnico/a Industrial) de la Universidad de Granada (subgrupo A2), con arreglo a las siguientes bases de convocatoria:
1. Normas generales. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza de personal funcionario de la Escala de Gestión (Especialidad Ingeniero/a Técnico/a Industrial) de la Universidad de Granada (subgrupo A2), por el sistema de oposición libre.
2. Requisitos de las personas aspirantes. 2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente se extenderá este derecho a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber cumplido los sesenta y cinco años.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) Estar en posesión del título de Ingeniero/a Técnico/a Industrial o Titulo universitario oficial equivalente con validez en todo el territorio nacional.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de la Escala de Gestión (Especialidad Ingeniero/a Técnico/a Industrial) de la Universidad de Granada.
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo que se acompaña como Anexo III a esta convocatoria y que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, Edificio Santa Lucía, calle Santa Lucía, número 2 (Granada) y en su web http://serviciopas.ugr.es/. A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente; en caso de no ostentar la nacionalidad española, se presentará fotocopia simple del documento identificativo del país al que pertenece la persona solicitante. El original del documento cuya fotocopia se haya aportado será el que deberá utilizar la persona aspirante para acreditar su personalidad durante todo el proceso selectivo.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplares 1 y 2 del modelo de solicitud «para la Universidad»), se hará en el Registro General de la Universidad o cualquiera de sus registros auxiliares, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 31 de enero al 20* de febrero de 2012,a.i.}. www.ugr.es