lunes, 23 de enero de 2012

8 becas de formación para la especialización en materia de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica. Consejo de Seguridad Nuclear.

Resolución de 14 de diciembre de 2011, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria, para el año 2012, de (8) becas de formación para la especialización en materia de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.
1. Objeto de la resolución. La presente Resolución establece las bases reguladoras así como la convocatoria para la concesión de becas de formación en las diversas áreas de especialización relacionadas con el ámbito competencial del organismo, que figuran desarrolladas en el anexo I.
La concesión se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 y siguientes de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. Beneficiarios y número de becas. Se considera beneficiario de la beca la persona física que haya de realizar la actividad que fundamenta su concesión. Podrán acogerse a las becas previstas en la presente Resolución los titulados superiores universitarios en las especialidades científicas o técnicas, teniendo en cuenta las titulaciones exigidas en cada caso en las áreas de formación que se recogen en el anexo I.
El número de becas concedidas será ocho, con la distribución siguiente:
Cuatro becas en materias específicas de seguridad nuclear.
Cuatro becas en materias específicas de protección radiológica
3. Requisitos Generales de los beneficiarios. Los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, ser residente legal en España en el momento de solicitar /o incorporarse a la beca y poseer plena capacidad de obrar.
b) Poseer la titulación académica requerida para cada beca en las condiciones previstas en las bases reguladoras y en las normas específicas recogidas en esta convocatoria o, en su caso, acreditar el abono de los correspondientes derechos para su expedición, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
La fecha de obtención del título de licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto o Grado, que da acceso a la beca deberá ser posterior al año 2006.
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales, deberán estar convalidados u homologados por el Ministerio de Educación.
c) No estar acogido al seguro de desempleo, ni tener concedida otra beca de idénticas características a la concedida por el CSN, durante el periodo de disfrute de la beca convocada por la presente Resolución.
d) No ser, ni haber sido becario del Consejo de Seguridad Nuclear.
e) No padecer enfermedad ni defecto físico, que impida el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
5. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 24 de enero al 22 de febrero de 2012,a.i.}
6. Documentación. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo que figura en el anexo II, directamente en el Registro General del Consejo de Seguridad Nuclear, Pedro Justo Dorado Dellmans, número 11, 28040 Madrid, o en cualquiera de las formas establecidas en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes reseñarán en la solicitud el área en la que aspiran a formarse, de entre las que figuran expresadas en el anexo I de esta Resolución.
Los solicitantes cumplimentarán sus solicitudes utilizando los modelos establecidos en los anexos a esta Resolución, y que son facilitados en los servidores de información del Consejo de Seguridad Nuclear (http://www.csn.es).
ANEXO I
Normas específicas
1. Área de formación en Seguridad de Sistemas Eléctricos en situaciones de Transitorios Operacionales y de Emergencia.
Titulación: Titulación universitaria superior técnica o científica. Preferiblemente, Ingeniería Industrial, Ingeniería Minas, Ingeniería Química, Biología, Física. Se valorarán otras especialidades relacionadas con los campos científicos y técnicos.
2. Área de formación en Diseño, Construcción y Comportamiento de Estructuras en Instalaciones Nucleares con vida de diseño de hasta 100 años.
Titulación: Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
3. Área de formación en Herramientas para Análisis Operativo en Emergencias.
Titulación: Titulación universitaria superior técnica o científica. Preferiblemente, Ingeniería Industrial, Ingeniería Minas, Ingeniería química, Biología, Física. Se valorarán otras especialidades relacionadas con los campos científicos y técnicos.
4. Área de formación en aspectos de seguridad y avances en la Gestión Temporal de Combustible Gastado y los Residuos de Alta Actividad.
Titulación: Titulación universitaria superior técnica o científica. Preferiblemente, Ingeniería Industrial, Ingeniería Minas, Ingeniería química, Físicas. Se valorarán otras especialidades relacionadas con los campos científicos y técnicos.
5. Área de formación en aplicación de matrices de riesgo en Instalaciones de Radioterapia.
Titulación: Titulación universitaria superior técnica o científica. Preferiblemente, Ingeniería Industrial, Ingeniería química, Físicas. Se valorarán otras especialidades relacionadas con los campos científicos y técnicos.
6. Área de formación en mejora de las herramientas de apoyo a la toma de decisiones en caso de emergencias nucleares o radiológicas y estrategias y tecnologías para la restauración y recuperación ambientales.
Titulación: Titulación universitaria superior técnica o científica. Preferiblemente, Ingeniería Industrial, Ingeniería química, Físicas. Se valorarán otras especialidades relacionadas con los campos científicos y técnicos.
7. Área de formación en implantación del plan de actuación del grupo radiológico en todos los planes de emergencia nuclear exteriores: revisión y elaboración de todos los procedimientos. implantación en los planes de emergencia nucleares (PEN) de las lecciones aprendidas de recientes accidentes nucleares.
Titulación: Titulación universitaria superior técnica o científica. Preferiblemente, Ingeniería Industrial, Ingeniería química, Físicas. Se valorarán otras especialidades relacionadas con los campos científicos y técnicos.
8. Área de formación en colaboración en el estudio y establecimiento de vías de divulgación de resultados de los programas de vigilancia radiológica ambiental.
Titulación: Titulación universitaria superior técnica o científica. Preferiblemente, Ingeniería Industrial, Ingeniería química, Ingeniero informático, Físicas. Se valorarán otras especialidades relacionadas con los campos científicos y técnicos.

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