martes, 30 de abril de 2019

5 de Mayo: «Día de Homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España»,

Víctimas del nazismo
Resolución de 29 de abril de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de abril de 2019, sobre la instauración del día de homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España.
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  • El Consejo de Ministros, en su reunión del día 26 de abril de 2019, acordó aprobar, a propuesta de la Ministra de Justicia, el Acuerdo sobre la instauración del día de homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España.

  • Para general conocimiento, se procede a la publicación del citado Acuerdo, que se inserta a continuación.

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  • Acuerdo sobre la instauración del día de homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España

  • Resultado de imagen de instauración del día de homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España
  • El 5 de mayo se conmemora la liberación en el año 1945 por parte de las tropas aliadas del campo de concentración de Mauthausen, donde fueron internados alrededor de siete mil quinientos españoles, del total de diez mil españoles que estuvieron en todos los campos de concentración nazis. Desprovistos de su nacionalidad española por decisión del gobierno franquista, declarados apátridas, los españoles en campos de concentración nazis padecieron innumerables atrocidades, perdiendo la vida cinco mil ciento diecisiete.

  • Estos españoles, en su mayoría exiliados republicanos que abandonaron nuestro país al final de la Guerra de España, representan una parte fundamental de la memoria democrática de España y enlazan la historia de nuestro país con la historia de Europa. Su padecimiento y muerte constituyen un ejemplo insuperable del sacrificio mostrado como luchadores por la democracia y la libertad y se merecen un reconocimiento público al más alto nivel.
  • Esa finalidad de agradecimiento y reparación es la que lleva al Gobierno de España a tomar la decisión de instaurar en España, al igual que existe ya en otros países europeos, un día de homenaje, con carácter anual, que sirva para honrar su memoria.

  • En su virtud, a propuesta de la Ministra de Justicia, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 26 de abril de 2019,

  • ACUERDA

  • Primero.
  • Instaurar el «Día de Homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España», con objeto de honrar y servir de acto de reconocimiento de la injusticia que supuso el exilio de muchos españoles y su internamiento en campos de concentración nazis.

  • Segundo.
  • Este Día se celebrará el 5 de mayo, coincidiendo con la conmemoración de la liberación del campo de concentración de Mauthausen.

  • Tercero.
  • En el acto que a tal efecto se desarrolle, se honrará y recordará a los españoles internados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España.

  • borsa de treball (de carácter social). Ajuntament de Riola (Ribera Baixa-València)

    Anunci de l'Ajuntament de Riola sobre l'aprovació de bases constitució de borsa de treball (de carácter social).
    anunci
    Mitjançant Resolució d'Alcaldia num. 182/2019, s'han aprovat les bases reguladores per a la i constitució de borsa de treball, per mitjà del sistema de concurs de mèrits.
    El text íntegre de les bases reguladores del procés de selecció es troba regulat en la seu electrònica de l'Ajuntament de Riola, en el tauler d'anuncis i en la pàgina web (https://ajuntamentderiola.es/).
    El termini de presentació d'instàncies per a participar en el procés selectiu serà de 20 dies, a comptar des de la publicació del present acord en el BOP de València. {del 1 al ... de maig de 2019, a.i.}

    bolsa de trabajo de Socorrista. Ayuntamiento de Estivella (Camp de Morvedre-València)

    Resultado de imagen de estivella comarcaEdicto del Ayuntamiento de Estivella sobre convocatoria procedimiento selectivo para la formación de bolsa de trabajo de socorrista.
    edicto
    Con fecha 17 de abril de 2019 se ha aprobado por resolución de Alcaldía las bases reguladoras y convocatoria de procedimiento selectivo para la creación de bolsa de trabajo temporal de socorrista, personal laboral.
    Las bases de la convocatoria, así como los sucesivos anuncios correspondientes a este procedimiento se publicarán en tablón de edictos municipal - sede electrónica- y página web del Ayuntamiento de Estivella: https://estivella.sede.dival.es/opencms/opencms/sede
    El plazo para presentar instancias será de 10 días hábiles a partir del siguiente desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia {del 1 al 15 de mayo de 2019, a.i.}

    lunes, 29 de abril de 2019

    Administratiu/iva (C1). Institut Municipal de Serveis Socials de Tarragona

    La Presidenta de l'Institut Municipal de Serveis Socials de Tarragona, per resolució de data 27 de març de 2019 ha acordat la convocatòria i ha aprovat les bases que regiran el procés per la selecció de personal administratiu per l'Institut Municipal de Serveis Socials, amb caràcter de personal interí, personal laboral interí o de durada determinada.
    CONDICIONS QUE HAURAN DE REUNIR ELS ASPIRANTS Per prendre part en l'oposició són requisits necessaris, entre d'altres:
    - Tenir coneixements de nivell de suficiència C1 de llengua catalana (nivell C). Aquests coneixements s'acreditaran documentalment.
    - Estar en possessió de la titulació de batxiller o tècnic.
    TERMINI PRESENTACIÓ INSTÀNCIES El termini de presentació d'instàncies s'obrirà al dia següent de la publicació de l'anunci d'aquesta convocatòria a la seu electrònica de l'Ajuntament de Tarragona, i finalitzarà transcorreguts 10 dies naturals comptats a partir de l'endemà de la publicació de l'anunci d'aquesta convocatòria al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. {del 30 d' abril al 9 de maig de 2019, a.i.}
    Les bases complertes de la referida convocatòria es troben exposades íntegrament a la seu electrònica de la Corporació.
    La qual cosa es fa pública per a general coneixement.

    Bases 1 plaza de Técnico de Medio Ambiente -A1- (código de plaza en plantilla URB08), del M.I. Ayuntamiento de Cullera, mediante oposición libre

    Anuncio del Ayuntamiento de Cullera sobre convocatoria y bases reguladoras de proceso selectivo mediante concurso-oposición libre de una plaza de técnico de Medio Ambiente. Expte: 1718/2018.
    ANUNCIO
    La Sra. Teniente de Alcalde de Recursos Humanos por designación de la Alcaldía, y en virtud de las facultades que me han sido conferidas por Resolución de 15 de junio de 2015 y ratificadas por Resolución de 29 de marzo de 2017, ha dictado Resolución de fecha 22 de marzo aprobando la convocatoria y las bases que regulan el proceso selectivo para cubrir en propiedad una plaza de Técnico de Medio Ambiente (código de plaza en plantilla URB08), del M.I. Ayuntamiento de Cullera, mediante oposición libre, que a continuación se transcriben.
    ANUNCIO
    "BASES ESPECIFICAS REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO DE 2018.
    PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Técnico de Medio Ambiente, Grupo: A, Subgrupo A1, Escala: Admón Especial, Subescala: T.A.E, con carácter de funcionario de carrera, mediante el sistema de Concurso Oposición libre, vacante en la Plantilla Administrativa de este Ayuntamiento y con destino en el Servicio de Urbanismo y Medio Ambiente.
    En lo no previsto en las presentes bases específicas se estará a lo dispuesto en las bases generales publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 1 de marzo de 2019
    SEGUNDA.- TITULACIÓN  Estar en posesión del Título Universitario de Licenciatura o Grado en Ciencias Ambientales, Licenciatura o Grado en Biología o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    En caso de haber presentado un título equivalente al exigido, deberá acreditarse mediante certificado expedido por el órgano competente. En los casos de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, además se adjuntará al título su traducción jurada.

    subvenciones a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante para la elaboración y evaluación de planes de igualdad de género, anualidad 2019.

    Diputació d'Alacant. EXTRACTO DECRETO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO (E.A.T.I.M.) DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD DE GÉNERO
    BDNS(Identif.):451712
    Extracto del Decreto de la Sra. Diputada de Familia y Ciudadanía núm. 1435 de fecha 23 de abril de 2019, por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante para la elaboración y evaluación de planes de igualdad de género, anualidad 2019.
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
    Primero. Beneficiarios:
    Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) que pertenezcan a la provincia de Alicante.
    No podrán acogerse a esta convocatoria las Entidades que soliciten o que ya disfruten de cualquier subvención de la Diputación u Organismo dependiente de la misma para idéntico objeto, actividad o programa.
    Segundo. Objeto:
    Las entidades podrán solicitar una de las siguientes modalidades y, dentro de ellas, deberán seleccionar si la subvención solicitada tiene como destino la elaboración o la evaluación.
    Modalidad 1. Plan de igualdad municipal dirigido a la ciudadanía.
    Esta modalidad hace referencia a los planes de igualdad de género, cuya población destinataria es la del ámbito territorial del municipio, y cuya finalidad es la de desarrollar y poner en marcha una política local de igualdad de género destinada a cambiar la realidad desigual entre mujeres y hombres existente dentro del municipio.
    Modalidad 2. Plan de igualdad interno dirigido a la plantilla.
    Esta modalidad hace referencia a los planes de igualdad de género destinados a la plantilla de la entidad y que, según Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deben desarrollar todas las administraciones públicas; y ello por estar obligadas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y tener que adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
    En este sentido y siguiendo la estructura de los planes de igualdad previstos para las empresas en la LOI, las materias o aspectos que tendrá que contemplar el plan de igualdad deberán ser, como mínimo las siguientes: acceso al empleo, clasificación profesional, promoción, formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo, conciliación de la vida personal familiar y laboral y prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.
    Para cualquier de las dos modalidades, podrán ser objeto de subvención los proyectos que tengan como finalidad:
    La elaboración del plan de igualdad, ya sea por vez primera o se trate de un segundo o posterior plan.
    A efectos de esta convocatoria, se entiende por elaboración todos aquellos trabajos destinados a:
    la confección de un diagnóstico previo;
    la propia redacción del plan;
    el diseño, impresión y edición del plan.
    La evaluación externa del plan de igualdad, ya se trate de una evaluación intermedia como de una evaluación a la finalización de la vigencia del mismo, en el que se detalle el grado de cumplimiento y los resultados según las líneas estratégicas o acciones contempladas.
    Tercero. Bases reguladoras:
    Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (publicada en el BOP número 118, de 27 de mayo de 2005) y Bases Específicas incluidas en la convocatoria.
    Cuarto. Cuantía: 
    Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 23.2318.4620100, del Presupuesto Provincial para el ejercicio 2019 por una cuantía máxima de SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y SIETE EUROS CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (75.137,74 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 2.000 euros por entidad.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.)-[Alacant Nº 81 de 29/04/2019] ,{del 30 de abril al 21 de mayo de 2019, a.i.} por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil. 

    subvenciones para personas beneficiarias de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Imserso, durante el año 2019

    MINISTERIO DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2019, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones para personas beneficiarias de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Imserso, durante el año 2019
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  • BDNS(Identif.):451247
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en las direcciones www.subvenciones.gob.es y www.infosubvenciones.es.
    Primero. Beneficiarios:
    Personas beneficiarias de los centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
    Segundo. Objeto:
    Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, para facilitar la rehabilitación, la movilidad y la comunicación y la adquisición de productos de apoyo a las personas beneficiarias de los centros estatales del Imserso.
    Tercero: Bases reguladoras:
    Orden SSI/2696/2015, de 4 de diciembre en el BOE número 299, de 15 de diciembre de 2015.
    Cuarto: Importe: El crédito total consignado para estas subvenciones asciende a 48.710 euros.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    Un mes contado a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 30 de abril al 29 de mayo de 2019, a.i.}
    Para más información pueden consultar la web del Imserso, en www.imserso.es apartado «PNC, PRESTACIONES Y SUBVENCIONES», o al correo electrónico areaprestaciones@imserso.es.

    Premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer para el año 2019.

    MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD. Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Igualdad, por la que se convocan los Premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer para el año 2019.
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  • BDNS(Identif.):451294

  • De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index):

  • Primero. Beneficiarios
  • Personas físicas, de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, que hayan defendido su tesis doctoral en cualquier universidad española, obteniendo la calificación de sobresaliente cum laude, dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018.

  • Las tesis deberán estar escritas en castellano y ser inéditas, esto es no haber sido íntegramente reproducidas de forma múltiple en cualquier formato de impresión o medio audiovisual -salvo que la publicación la haya llevado a cabo la universidad en que se haya procedido a su defensa -, ni haber resultado premiadas con anterioridad a la presentación de la solicitud de participación en la convocatoria.

  • Segundo. Objeto
  • Concesión de los premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer para el año 2019.

  • Tercero. Bases reguladoras:
  • Orden SSI/121/2017, de 8 de febrero, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 14 de febrero de 2017.

  • Cuarto. Importe
  • La cuantía de los Premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre Violencia contra la Mujer para el año 2019 será de cinco mil euros (5.000,00€), a repartir en dos premios, correspondiendo al primer premio una cuantía de tres mil euros (3.000,00€) y al segundo premio una cuantía de dos mil euros (2.000,00€).

  • Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
  • Veinte días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 1 al 30 de mayo de 2019, a.i.}

  • domingo, 28 de abril de 2019

    1 tècnic mitjà (A2, 21) per al servei de l'Escola de Formació Aeronàutica de Vilanova i la Geltrú de l'Institut Municipal d'Educació i Treball (IMET).

    Resultado de imagen de Escola de Formació Aeronàutica de Vilanova i la Geltrú de l'Institut Municipal d'Educació i Treball (IMET
    Institut Municipal d'Educació i Treball   ANUNCI sobre convocatòria i bases reguladores que han de regir el concurs oposició lliure per a la provisió d'una plaça laboral indefinida de tècnic mitjà (A2, 21) per al servei de l'Escola de Formació Aeronàutica de Vilanova i la Geltrú de l'Institut Municipal d'Educació i Treball (IMET). 
    En data 11 d'abril de 2019, la vicepresidenta de l'Institut Municipal d'Educació i Treball va dictar Decret amb núm. 64-2019 en el qual s'aprova la convocatòria i les bases per a la provisió d'una plaça de Tècnic/a Mig (A2,21) per al Servei de l'Escola de Formació Aeronàutica de Vilanova i la Geltrú (EFAV) de l'IMET :
    CONVOCATÒRIA I BASES REGULADORES QUE HAN DE REGIR EL CONCURS - OPOSICIÓ LLIURE DE LA CONVOCATÒRIA DE PROVES SELECTIVES PER A LA PROVISIÓ D'UNA PLAÇA LABORAL INDEFINIDA DE TÈCNIC/A MIG (A2,21) PER AL SERVEI DE L'ESCOLA DE FORMACIÓ AERONÀUTICA DE VILANOVA I LA GELTRÚ (EFAV) DE L'INSTITUT MUNICIPAL D'EDUCACIÓ I TREBALL (IMET) DE L'AJUNTAMENT DE VILANOVA I LA GELTRÚ
    1. NORMES GENERALS. OBJECTE DE LA CONVOCATÒRIA. 1.1. L'objecte d'aquesta convocatòria és la selecció, pel procediment de concurs oposició lliure, d'una plaça laboral indefinida de Tècnic/a Mig (A2,21) per a l'Escola de Formació Aeronàutica (EFAV) de l'Institut Municipal d'Educació i Treball (IMET), amb una retribució corresponent segons conveni col·lectiu.
    1.2. Els/Les aspirants donen el seu consentiment al tractament de les dades de caràcter personal que són necessàries per prendre part en la convocatòria i per a la resta de la tramitació del procés selectiu, d'acord amb la normativa vigent, i especialment, la Llei Orgànica 3/2018, de 5 de desembre, de Protecció de Dades Personals i garantia dels drets digitals.
    1.3. La forma de comunicació de l'IMET amb els aspirants, durant tot el procés del concurs-oposició, podrà ser mitjançant el Diari oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), per correu electrònic, a través de la pàgina web www.imet.cat i la cartellera de l'Organisme.
    2. FUNCIONS DEL LLOC DE TREBALL. 2.1.   Objectiu fonamental del lloc o missió:
    Responsable de taller, instructor, examinador i avaluador del Servei d'Aeronàutica    ...
    3. REQUISITS GENERALS DE PARTICIPACIÓ A LA CONVOCATÒRIA Els requisits generals dels aspirants hauran de complir amb els especificats que consten a la base 4a de Requisits generals de participació a la convocatòria, de les Bases Generals dels processos selectius per a l'accés a les places vacants de l'Ajuntament de Vilanova i la Geltrú, aprovat per Junta de Govern Local del dia 19 de febrer de 2008, publicat íntegrament al Butlletí oficial de la província de Barcelona de data 29 de febrer de 2008, i publicada al web municipal www.vilanova.cat.
    4. REQUISITS ESPECÍFICS DE PARTICIPACIÓ A LA CONVOCATÒRIA Els aspirants hauran de reunir els requisits següents:
    a) Tenir la nacionalitat espanyola. Respecte als ciutadans dels estats membres de la Unió Europea, s'aplicarà el que estableix l'article 57.1 de l'Estatut Bàsic de l'Empleat Públic (EBEP).
    b) Haver complert els 16 anys d'edat, i no excedir l'edat màxima de jubilació forçosa, segons l'article 67.3 de l'EBEP.
    c) Títol de Tècnic de manteniment d'aeronaus amb llicència de la DGAC o d'EASA, en vigor o caducada, amb la subcategoria B1.1.
    d) Experiència laboral acreditable, de mínim 5 anys, realitzant tasques de certificador B1.1. (L'acreditació de l'experiència haurà de ser mitjançant còpia del contracte on s'expliciti que s'han prestat serveis com a certificador B1.1, junt amb el certificat de l'empresa o entitat on ha treballat on s'explicitin funcions desenvolupades).
    e) Experiència docent contrastada d'un mínim de 600 hores en els últims deu anys com a instructor d'una Organització de Formació en Manteniment d'aeronaus aprovada conforme al Reglament (UE) nº 1321/2014.
    f) Llengua catalana: els aspirants hauran d'acreditar el coneixement corresponent al nivell intermedi de català (nivell B2), amb independència de la seva nacionalitat.
    En cas de no acreditar-lo hauran de realitzar la prova corresponent.
    g) Llengua castellana: els aspirants que no tinguin la nacionalitat espanyola hauran d'acreditar els coneixements de llengua castellana de nivell superior, mitjançant els certificats següents:
    I. Certificat conforme s'ha cursat la primària, secundària o batxillerat a l'Estat espanyol.
    II. Diploma de nivell superior d'espanyol que estableix el RD 1137/2002, de 31 d'octubre, o certificació acadèmica que acrediti haver superat totes les proves adreçades a la seva obtenció.
    III. Certificat d'aptitud d'espanyol per a estrangers expedit per les escoles oficials d'idiomes.
    En cas de no acreditar-lo hauran de realitzar la prova corresponent.
    h) Llengua anglesa : els aspirants hauran d'acreditar el coneixement corresponent al Certificate in Advanced English (C1).
    En cas de no acreditar-lo hauran de realitzar la prova corresponent.
    i) No haver estat separat mitjançant expedient disciplinari, del servei de l'Estat o de l'Administració Local, ni trobar-se inhabilitat per l'exercici de les funcions públiques.
    j) Acreditar la carència d'antecedents per delictes de caràcter sexual, en compliment a les obligacions establertes per la Llei 26/2015, de 28 de juliol, de modificació del sistema de protecció a la infància i l'adolescència, pel que fa a professions, oficis i activitats que impliquin contacte amb menors.
    L'acreditació corresponent a l'apartat j) només l'haurà de presentar el/la candidat/a seleccionat/da, com a condició per a la seva contractació.
    5. PRESENTACIÓ I ADMISSIÓ DE SOL·LICITUDS Les persones interessades hauran de presentar instància al registre d'entrada de l'IMET, ubicat al C/Unió, 81-87 de Vilanova i la Geltrú, indicant la referència “Concurs-oposició lliure per a la provisió d'una plaça laboral indefinida de TÈCNIC/A MIG de l'EFAV (A2,21)”, en horari de 9 a 13.30h de dilluns a divendres i els dimarts i dijous de 16 a 18h.
    Les instàncies es troben a la pàgina web de l'IMET www.imet.cat o al taulell on s'entrega la documentació.
    La presentació i admissió de sol·licituds es farà en la forma que determinen els criteris reguladors del registre d'entrada i sortida de documents de l'Institut Municipal d'Educació i Treball, aprovats per Decret de Presidència de data 21 d'abril de 2016, publicada a la pàgina web de l'IMET www.imet.cat.
    En el cas que s'opti per presentar la sol·licitud en una oficina de correus, es farà en sobre obert par tal que la sol·licitud sigui datada i segellada pel funcionari de correus abans de ser certificada, havent-se de notificar l'enviament per aquest mitjà a l'IMET mitjançant un correu electrònic a l'adreça personal@imet.cat, el mateix dia de la presentació de la documentació, adjuntant còpia de la instància i indicant el procés en el qual es presenta l'aspirant. En cas que no es notifiqui aquest enviament, l'aspirant quedarà exclòs del procés de selecció.
    En el cas que aquesta presentació es realitzi mitjançant altres Administracions Públiques (per valisa), s'haurà de notificar aquest fet a l'IMET mitjançant un correu electrònic a l'adreça personal@imet.cat, el mateix dia de la presentació de la documentació, adjuntant còpia de la instància i indicant l'Administració Pública remitent i el procés en el qual es presenta l'aspirant. En cas que no es notifiqui aquest enviament, l'aspirant quedarà exclòs del procés de selecció.
    Queden expressament exclosos altres mitjans de presentació de les sol·licituds.
    És requisit imprescindible adjuntar a la instància un currículum vitae, còpia de la documentació objecte d'acreditació dels requisits imprescindibles, còpia de la documentació objecte de valoració i fotocòpia del DNI o document identificatiu.
    Les persones que resultin seleccionades per haver superat el procés selectiu, hauran de presentar els originals dels documents en 3 dies, a comptar de l'endemà de la publicació del resultat final del procés de selecció.
    El termini de presentació de sol·licituds serà de vint dies naturals comptadors a partir de l'endemà de la publicació de la convocatòria al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. {del 26 d'abril al 15 de maig de 2019, a.i.}

    sábado, 27 de abril de 2019

    bolsa de trabajo de Secretario (concurso de méritos), del Ayuntamiento de Abarán. (Murcia)

    Es objeto de las presentes bases la regulación del proceso de selección mediante concurso para la constitución de una bolsa de trabajo para su nombramiento interino por la Dirección General de Administración Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.1 del Real Decreto 128/2018. La elección del método de concurso de méritos para la provisión de la plaza de Secretario de forma interina obedece a los motivos de urgencia y necesidad de experiencia profesional en los aspirantes. La urgencia se debe al escaso tiempo de que dispone el Ayuntamiento de secretario para tramitar el proceso de selección de interino debido a su nombramiento en base al Art. 52.2 RD 128/2018. En cuanto a la necesidad de experiencia profesional, se considera necesario primar especialmente el hecho de que los aspirantes hayan desempeñado funciones dentro de la Administración, bien en el puesto de trabajo de secretaria, o en otros de la escala A de Administración General, a fin de garantizar que el candidato seleccionado esté capacitado y familiarizado con el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo, en la medida de lo posible, con la mayor inmediatez desde su toma de posesión, sin crear situaciones de paralización administrativa. 
    Requisitos de los aspirantes: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas convocadas, los aspirantes deberán reunir los requisitos de capacidad siguientes:
    a) Estar en todo caso en posesión de la nacionalidad española.
    b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
    c) Tener cumplidos 16 años y no exceder en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.
    d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
    e) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo al término del plazo de presentación de instancias del título oficial de Grado/Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Actuariales y Financieras y Sociología.
    3.2.- Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo.
    3.3.- La titulación académica a que se refiere la letra e), deberá estar expedida por centros oficiales debidamente reconocidos.
    3.4.- Instancias: Las instancias solicitando tomar parte en el proceso de concurso de méritos ajustadas al modelo previsto en el Anexo II de estas bases, y dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación Municipal, deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Abarán o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. {del 26 de abril al 6* de mayo de 2019, a.i.} Las bases de la convocatoria se encuentran publicadas al completo en la sede electrónica del Ayto. de Abarán www.abaran.es, en su Tablón de anuncios.

    XXIV edición Premio Luis Azcárraga. Premio José Ramón López Villares. Premio Periodismo. Fundación Enaire, F.S.P.

    Resultado de imagen de premios FUNDACIÓN ENAIRE 2019FUNDACIÓN ENAIRE, F.S.P.
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  • Convoca para el año 2019, en su XXIV Edición, los siguientes premios:
    Premio Luis Azcárraga. Pueden optar a este premio los trabajos, estudios o proyectos que constituyan una contribución singular y práctica para el transporte aéreo en sus manifestaciones de: 
    1.- Planificación y organización. 
    2.- Gestión económica y administrativa. 
    3.- Impacto y preservación medioambiental. 
    4.- Investigación e innovación tecnológica.
    Los trabajos serán de autor o autores de nacionalidad española, o extranjeros residentes en España, estarán redactados en cualquiera de nuestras lenguas oficiales o en inglés y habrán sido realizados o publicados durante el año 2018. Dotado con 12.000 euros. Periodicidad anual.
    Premio José Ramón López Villares. Pueden optar a este premio los autores de proyectos Fin de Grado o Fin de Máster de Ingeniería Aeronáutica y Aeroespacial, así como de las disciplinas de Ingeniería Civil, Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Industrial e Ingeniería de Telecomunicaciones, realizados sobre navegación aérea o aeropuertos en cualquier universidad española, redactados en cualquiera de nuestras lenguas oficiales o en inglés.
    Los proyectos deberán haber sido presentados y aprobados en su correspondiente centro durante el año 2018. Se concederán anualmente hasta un máximo de cuatro premios, dotados con 3.000 euros cada uno: Dos a proyectos de tema aeroportuario y otros dos que versen sobre navegación aérea.
    Premio Periodismo. Pueden optar a este premio los profesionales que hayan realizado trabajos de carácter periodístico en prensa, radio, televisión, y medios digitales o publicaciones on line, relacionados con el transporte y la navegación aérea, así como con las instalaciones y los servicios aeroportuarios en general.
    Los trabajos presentados deberán haber sido publicados o emitidos entre los días, 1 de enero y 31 de diciembre de 2018, ambos inclusive, en cualquiera de nuestras lenguas oficiales o en inglés, en periódicos o revistas editados en España, en publicaciones on line españolas o difundidos en emisoras de radio o televisión de nuestro país, y su contenido será de carácter divulgativo. Dotado con 12.000 euros. Periodicidad anual.
    Las bases pueden descargarse en www.fundacionenaire.es. Las propuestas deberán dirigirse antes del, 17 de mayo de 2019 al domicilio social de Fundación Enaire.

    ayudas para incentivar la incorporación estable de doctores dentro del Subprograma Estatal de Incorporación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

    MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES Extracto de la Resolución de 22 de abril de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2019, del procedimiento de concesión de ayudas para incentivar la incorporación estable de doctores dentro del Subprograma Estatal de Incorporación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.
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    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
    . Primero. Entidades solicitantes. Podrán ser entidades solicitantes y beneficiarias de las ayudas, de entre los sujetos previstos en el artículo 5 de la orden de bases, los siguientes:
    a) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos, a excepción de las universidades de titularidad estatal.
    b) Centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por tales administraciones, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
    c) Entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.
    d) Centros Tecnológicos de ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
    Las entidades solicitantes deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en el artículo 3 de la resolución de convocatoria.
    . Segundo. Objeto. Mediante esta convocatoria se conceden ayudas cuyo objeto es estimular la ocupación de puestos de trabajo de carácter permanente por personal investigador que posea una trayectoria destacada en Universidades y Centros de I+D sin ánimo de lucro, mediante vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, a través de la cofinanciación de los costes salariales del personal incorporado.
    Las personas participantes deberán reunir los siguientes requisitos:
    a) Haber sido contratado al amparo de las ayudas Ramón y Cajal, en la convocatoria 2011 o en convocatorias anteriores.
    b) Ocupar, en el momento de presentación de la solicitud, un puesto de trabajo de carácter permanente, mediante una relación funcionarial, estatutaria o laboral, con jornada a tiempo completo, que haya sido cubierto dentro del periodo 2017-2018. A efectos de estas ayudas, se entiende por puesto de trabajo cubierto en dicho periodo, aquellos puestos en los que haya producido la efectiva incorporación al mismo, mediante nombramiento o contrato, entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018.
    c) Estar en posesión del certificado I3, que acredita el cumplimiento de los requisitos de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica que implican una trayectoria investigadora destacada, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 20 de julio de 2005 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establecen los criterios de evaluación en el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), obtenido a través de los procedimientos de evaluación científico-técnica de la ejecución de las ayudas Ramón y Cajal conforme a lo dispuesto en el artículo quinto.3 de la Orden ECI/1520/2005, de 26 de mayo, por la que se establece el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (Programa I3).
    d) No haber ocupado previamente otro puesto de trabajo de carácter permanente por el cual se concedió financiación al amparo del Programa I3.
    e) Realizar, en la institución a la que pertenezca, únicamente actividades no económicas, de acuerdo con la definición de las mismas contenida en el apartado 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco de Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), entre las que se incluyen, de modo general, la educación pública para lograr recursos humanos más cualificados, la amplia difusión de resultados de las investigaciones, las actividades de transferencia de conocimientos y la realización de I+D independiente para la mejora de los conocimientos, teniendo en cuenta que la prestación de servicios de I+D y la I+D realizada por cuenta de empresas no se consideran I+D independiente.
    . Tercero. Bases reguladoras. Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
    . Cuarto. Cuantía. La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 11.940.000,00 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 28.303.463B.750 y 28.303.463B.780 del presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2018, prorrogado para el ejercicio 2019, y equivalentes de ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
    La ayuda máxima para cada uno de los puestos de trabajo ocupado de carácter permanente será de 100.000 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la resolución de convocatoria. Se consideran conceptos financiables los costes salariales (retribución salarial y cotizaciones), generados durante los años 2019, 2020 y 2021, correspondientes al personal incorporado.
    . Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación serán presentadas por los Centros de I+D. Previamente a la presentación de la solicitud, la persona participante realizará la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud. Ambos procedimientos se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la resolución de convocatoria.
    La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
    El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 7 de mayo al 28 de mayo de 2019 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
    Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la cumplimentación y firma por la persona participante del formulario electrónico de solicitud será del 7 de mayo al 21 de mayo de 2019 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
    . Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda. Las solicitudes de ayuda serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
    a) Méritos curriculares del candidato.
    b) Capacidad del candidato para liderar su línea de investigación, en función de la experiencia científica y profesional, y relevancia de la misma.
    La descripción de los criterios y subcriterios de evaluación, así como su valoración y umbrales se determinan en el Anexo de la resolución de convocatoria.