domingo, 14 de abril de 2019

5 plazas de Agente de la Policía Local (C1). Bases. Ajuntament de Calp.

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de siete plazas, 5 por turno libre y 2 por tuno de movilidad, de Agentes de la Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, encuadradas en la Escala Básica, correspondiéndoles el Nivel C1 de titulación, Código Puestos 031-90, 032-90, 033-90, 036-90, 040-90, 051-90 y 059-90, incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2019 (DOGV n.º 8510 de 21/03/2019).
 1.2.- De conformidad con la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana el número de mujeres en la escala básica del cuerpo de la policía local no alcanza el 40% de la plantilla, por lo que se procede a realizar una reserva del 30% delas plazas ofertadas, por lo que corresponden una reserva de 2 plazas, de las cuales 1 se asigna al turno libre y 1 al turno de movilidad. 
1.3.- La provisión de 5 plazas por el turno libre se realizará por el sistema selectivo de oposición, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, al que remite el art. 4 del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano. 
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 2.1.- TURNO LIBRE: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes que accedan al turno libre, deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
 a) Tener nacionalidad española
b) Estar en posesión del título de bachiller o técnico o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. La homologación y/o equivalencia deberá ser reconocida como tal por la administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes. 
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establecen reglamentariamente contenidas en el Anexo II, cuadro de exclusiones médicas de la Orden de 23 de noviembre de 2005, de  la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas. 
d) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres
e) Haber cumplido dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa. 
f) Carecer de antecedentes penales. 
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme. 
h) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg, para permisos de conducción de motocicletas obtenidos antes del 8 de diciembre de 2009 (Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo) o el permiso de conducción de la clase A2 que autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 Kw y una relación potencia/peso máxima de 0,2 Kw/Kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia (Reglamento General de Conductores aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo). 
i) Comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego y si es preciso, a utilizarlas.
Todas las condiciones enumeradas, deberán cumplirse por los aspirantes el último día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de las detalladas en la letra g), que habrá de referirse al momento de terminación de las pruebas selectivas con la publicación de la lista de aprobados.
3. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN ANEJA. 3.1.- Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".   https://www.calp.es

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