miércoles, 17 de abril de 2019

ayudas para 2019 del Programa de Comunicación para entidades y personas físicas radicadas en el exterior, de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

Resultado de imagen de Programa de Comunicación para entidades y personas físicas radicadas en el exteriorMINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL. Extracto de la Resolución de 14 de marzo de 2019 de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2019 del Programa de Comunicación para entidades y personas físicas radicadas en el exterior, de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
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  • BDNS(Identif.):449832
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
    Primero. Convocatoria. La Dirección General de Migraciones convoca para 2019 ayudas del Programa de Comunicación para entidades y personas físicas radicadas en el exterior, de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
    Segundo. Objeto. El objeto de estas ayudas es:
    a) La realización de acciones en el ámbito de la comunicación dirigida a la ciudadanía española en el exterior a través de medios escritos o audiovisuales, tales como prensa, radio, cine, televisión e Internet.
    b) La realización de acciones referidas a la distribución de publicaciones periódicas especializadas de prensa escrita entre los centros y asociaciones de españoles en el exterior.
    Tercero. Normas generales de la convocatoria. Podrán optar a estas subvenciones las entidades y personas físicas radicadas en el exterior, siempre que entre sus fines se encuentren las actividades objeto de este programa, y que reúnan los requisitos establecidos en la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio y en la presente resolución de Convocatoria.
    Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que están disponibles en la página web del Portal de la ciudadanía española en el exterior (http://www.ciudadaniaexterior.mitramiss.gob.es/) y en la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
    El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el "BOE". {del 18 de abril al 7 de mayo de 2019, a.i.}

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