miércoles, 17 de abril de 2019

pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.

Resultado de imagen de pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Gestores administrativos
Resolución de 4 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
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  • I. Normas generales. Primera. Las pruebas de aptitud se celebrarán en la Villa de Madrid, sin perjuicio de que el Tribunal pueda acordar la celebración de las pruebas en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y Canarias, en función del número de candidatos residentes en dichos territorios que lo soliciten expresamente.
    II. Requisitos. Segunda. Podrán concurrir a las pruebas de aptitud quienes, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
    a) Tener la ciudadanía española o de alguno de los Estados siguientes:
    – Estados miembros de la Unión Europea.
    – Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
    – Estados que concedan reciprocidad de títulos académicos y derechos profesionales a los ciudadanos españoles.
    – En el caso de ciudadanía de otros Estados, las personas aspirantes deberán acreditar el permiso de residencia en España.
    b) Tener la mayoría de edad.
    c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, en el ámbito de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea, de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de los países con los que existan convenios de reciprocidad.
    d) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos:
    Licenciatura en Derecho, en Ciencias Económicas, en Ciencias Empresariales o en Ciencias Políticas establecidas por el artículo 6.e. del Decreto 424/1963, de 1 de marzo, de aprobación del Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo.
    Licenciatura del ámbito de las Ciencias Económicas y Empresariales, del Derecho y de las Ciencias Políticas que las sucedieron en el extinto Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales de España.
    Máster Universitario implantado al amparo del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, adscrito a la rama del conocimiento de las Ciencias Sociales y Jurídicas y vinculados al ámbito disciplinar de alguna de las licenciaturas requeridas por el Estatuto Orgánico.
    – Titulación universitaria oficial obtenida en otros estados que acredite su equivalencia al nivel Meces 3 y su homologación respecto a alguna de las titulaciones anteriores.
    III. Solicitudes. Tercera. La presentación de las solicitudes se podrá realizar por cualquiera de los procedimientos siguientes:
    a) Presentación en soporte papel:
    Los que deseen tomar parte en las expresadas pruebas de aptitud suscribirán la correspondiente solicitud, dirigida al Excelentísimo señor Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, conforme al modelo recogido en el anexo I.
    El impreso de solicitud será facilitado gratuitamente por el Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España (calle Mayor, n.º 58, 28013 Madrid) y por los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos. Este impreso de solicitud figura en la Página Web del Consejo General de Gestores Administrativos (https://www.consejogestores.org).
    Las solicitudes se presentarán en la sede del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España (calle Mayor, n.º 58, 28013 Madrid) o en los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos o a través de las Oficinas de Correos, mediante envío certificado.
    b) Presentación telemática:
    Las solicitudes se podrán presentar por vía electrónica a través de la Página web del Consejo General de Gestores Administrativos (https://www.consejogestores.org).
    Cuarta. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 18 de abril al 17 de junio de 2019, a.i.

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