sábado, 27 de abril de 2019

700 Becas para la participación en las actividades programadas en el programa "Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados" de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara) durante el verano de 2019..

Resultado de imagen de Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos AbandonadosExtracto de la Resolución de 14 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas para participar en el programa nacional "Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados" durante los turnos de verano de 2019.
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    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios. Alumnos de centros docentes españoles que cursen 3.º o 4.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional, Ciclos formativos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas o Bachillerato, y de Secciones españolas en centros de otros países miembros de la Unión Europea.
    En cualquier caso, la edad máxima de participación de la convocatoria será de 20 años cumplidos en 2019.
    Segundo. Objeto. Becas para la participación en las actividades programadas en el programa "Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados" de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara) durante el verano de 2019.
    Tercero. Bases reguladoras. Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
    Cuarto. Cuantía. El presupuesto máximo destinado a las becas asciende a 75.017,46 euros. Se convocan becas para un total de 700 alumnos.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado hasta el 13 de mayo de 2019.
    Sexto. Otros datos. La documentación requerida para participar en esta convocatoria es la siguiente:
    - Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la cumplimentación de la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://sede.educacion.gob.es) debidamente firmado por el solicitante y en el caso de los alumnos menores de edad, por el padre, madre o tutor/a.
    - Certificación académica con las calificaciones obtenidas en el curso 2017-2018.
    - Certificación de los estudios en los que el alumnado está matriculado en el curso 2018-2019 expedido por el secretario del centro de estudios o jefe de secretaría.
    - En casos excepcionales, y sólo cuando ello proceda en razón de alguna característica personal, social o familiar relevante, informe del tutor o profesor del alumno con el visto bueno del Departamento de Orientación del centro, sobre las circunstancias personales que aconsejen su participación en el Programa, de acuerdo con el Anexo II de la Resolución de convocatoria.
    - Fotocopia del carnet de MUFACE, en su caso.

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