jueves, 11 de abril de 2019

ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera para el año 2019.

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera para el año 2019.
  • PDF (BOE-B-2019-15978 - 2 págs. - 171 KB)
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  • BDNS(Identif.):448877

  • De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias):

  • Primero. Beneficiarios:

  • Asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera definidas en el artículo 1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, con implantación, al menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos términos, a asociaciones profesionales de trabajadores. Otras entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte terrestre.

  • Segundo. Objeto.
  • Ayuda para la formación en relación con el transporte por carretera.

  • Tercero. Bases reguladoras.
  • La Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre («BOE» de 11 de diciembre), modificada por la Orden FOM/2423/2013, de 18 de diciembre («BOE» de 26 de diciembre) y la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero) aprobó las bases reguladoras de estas ayudas.

  • Cuarto. Cuantía.
  • Cuantía máxima: 3.842.000 euros, repartida entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios.

  • Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
  • Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 12 de abril al 10 de mayo de 2019, a.i.}

  • Sexto. Otros datos

  • La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento [https://sede.fomento.gob.es/], a la que debe acompañarse el archivo Excel descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.
  • El pago podrá realizarse de forma inmediata a su otorgamiento cuando se presente resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte Terrestre por el importe total de la subvención.

  • Los interesados podrán remitir cualquier consulta o aclaración al buzón:

  • notifcur@fomento.es

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