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lunes, 27 de noviembre de 2017

Ayuda Económica Familiar, ejercicio 2017. Ajuntament de Denia.

BDNS(Identif.):372391 
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index):
1. Destinatarios: personas en paro de larga duración (12 meses o más), familias numerosas, familias monoparentales y jubilados y pensionistas con bajo nivel de renta.
2. Objeto: ayuda económica familiar tomando como referencia la cuota que haya de satisfacerse por el Impuesto de bienes Inmuebles de naturaleza urbana y la tasa de Residuos Sólidos Urbanos correspondiente a la vivienda habitual.
3. Bases reguladoras: las Bases Reguladoras han sido aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 22 de noviembre de 2017.
4. Importe: el importe máximo a conceder es el crédito disponible para este tipo de ayudas en la aplicación presupuestaria 23110.48200, del Presupuesto General del el Ayuntamiento de Dénia para el ejercicio 2017, siendo este importe de 25.000,00€ (veinticinco mil euros).
5. Plazo de presentación de solicitudes: el plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 226 de 27/11/2017], por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.{del 28 de noviembre al 13 de diciembre de 2017, a.i.}

martes, 18 de octubre de 2016

Ayuda Económica Familiar 2016. Bases y Convocatoria. Ajuntament de Denia.

BDNS(Identif.):319547
Extracto de las Bases y Convocatoria de la Ayuda Económica Familiar, tomando como referencia el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, la Tasa de Basura, y en su caso, de la tasa de las escuelas deportivas municipales (para el primer hijo), para personas en paro de larga duración, familias n umerosas, monoparentales/marentales, jubilados y pensionistas con bajo nivel de renta. 
Aprobación inicial por el Pleno del Ayuntamiento de Dénia en sesión ordinaria celebrada el 25 de agosto de 2016, de las Bases y Convocatoria de Ayuda Económica Familiar tomando como referencia el IBI de Naturaleza Urbana, la Tasa de Basura, y en su caso, la tasa de las escuelas deportivas muni cipales (para el primer hijo), para personas en paro de larga duración, familias numero sas, monoparentales/marentales, jubilados y pensionistas con bajo nivel de renta, y sometimiento a información pública de las mismas por un plazo de 30 días (BOP de Alica nte nº 167 de 31/08/2016). Una vez finalizado el trámite de información pública no se han presentado sugerencias o reclamaciones, por lo que se ha producido la aproba ción definitiva de las mismas el 06/10/2016.
Bdns (Identif.): código de la convocatoria De conformidad con lo previsto en los artículos 17. 3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se public a el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans): 
Primero. Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas, titulares de los recibos o las personas que hayan acreditado el pago de los mismos dentro del periodo voluntario, o bien, aquel que tenga concedido el aplazamiento o fraccionamiento de pago en plazo voluntario al momento de la solicitud de la subvención. 
 En todo caso, la Renta de la Unidad Familiar en el año 2015 no podrá superar en ningún caso, 17.146,822 euros (2,3 veces el valor del IPREM anual para el año 2016: 7.455,14 euros). El valor máximo catastral de la vivienda habitual será de 30.000 euros. 
 Deberán reunir además los siguientes requisitos: 
* Estar empadronado en el municipio de Denia. 
 * Desempleados de larga duración (12 meses), famili as numerosas, familias monop/marentales, jubilados y pensionistas. 
 * Ser sujeto pasivo en el IBI de naturaleza urbana y en la tasa de basura, en calidad de propietario del bien inmueble. 
* No ser propietario de otro bien inmueble distinto de aquel para el que se solicita la ayuda, excluyéndose el garaje o trastero de la vivi enda habitual de conformidad con el IRPF. 
 * Mantener la residencia efectiva en el domicilio s eñalado en la solicitud de ayuda y que ha de corresponder con el de los recibos girado s objeto de la misma. 
Segundo. Objeto: El Ayuntamiento de Dénia, en el ejercicio de las po testades que le son propias, otorgadas por la legislación vigente, así como supletoriamente lo dispuesto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones y demás normativa de desarrollo, establece las siguientes Bases que regirán la concesión de ayudas para la economía familiar de personas en paro de larga duración, familias numerosas, familias monoparentales/marentales, jubilados y pensionistas con bajo nivel de renta
Cuarto. Cuantía: Para determinar la cuantía de la misma se tomará como referencia el importe abonado en la cuota satisfecha por el Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana, en la tasa de Residuos Sólidos Urbanos correspondiente a la vivienda habitual y en su caso la tasa satisfecha en las Escuelas Deportivas, para el primer hijo. La cuantía de la ayuda será el 50% de dichas cantidades. 
El crédito presupuestario disponible para la concesión de la totalidad de las presentes ayudas será el previsto en el presupuesto municipal del ejercicio 2016, en concreto en la Partida presupuestaria Ayudas Sociales 23000-48200. 
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Desde el día 2 de noviembre hasta el 30 de noviembr e de 2016, ambos inclusive. 
Sexto. Otros datos: El modelo de solicitud se puede obtener en las ofic inas de Atención Ciudadana, en la Concejalía de Bienestar Social o a través de la página Web del Ayuntamiento. Las solicitudes se presentarán por duplicado en el Registro General de Entrada previsto en el edificio de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Dénia, donde se registrará la entrada de ambos ejemplares, devolvie ndo uno de ellos debidamente sellado, al solicitante.