Mostrando entradas con la etiqueta Director-Gerente. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Director-Gerente. Mostrar todas las entradas

viernes, 1 de marzo de 2019

1 Director-Gerente de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

Convocatoria de puesto de Director-Gerente
Organización: Fundación Estatal para la Formación en el Empleo
La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo pertenece al sector público estatal y su Patronato está constituido por la Administración General del Estado, por las comunidades autónomas y por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo actúa como entidad colaboradora y de apoyo técnico del Servicio Público de Empleo Estatal en materia de formación profesional para el empleo y tiene funciones de apoyo al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el desarrollo estratégico del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Descripción del puesto de Director-Gerente:
Responsable de la gestión y dirección de la Fundación. Actuará con autonomía dependiendo directamente del Patronato de la Fundación, actuando como órgano de contratación de la Fundación por delegación del mismo. Tendrá la condición de Directivo del Sector Público.
Requisitos para el puesto:
Estar en posesión de título universitario de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado u otro título equivalente.
Experiencia de al menos diez años en el ámbito público de la formación profesional para el empleo.
Diseño de sistemas de información públicos en formación y empleo.
Experiencia en la gestión de subvenciones estatales de formación.
Experiencia en el seguimiento y control de fondos públicos de formación.
Experiencia en relaciones interadministrativas.
A su vez, será objeto de valoración:
Formación en gestión pública y sistemas de formación para el empleo.
Formación en investigación de mercados.
Tipo de contrato:
Contrato de alta dirección.
Duración: Indefinido.
Presentación de solicitudes:
El curriculum y la documentación que se estime procedente para su valoración podrá remitirse a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, mediante correo electrónico a la siguiente dirección: secretaria.patronato@fundae.es, hasta el 15 de marzo de 2019.
Todas las solicitudes presentadas serán tratadas con absoluto respeto a la confidencialidad.

lunes, 8 de enero de 2018

1 puesto de Director-Gerente (A1) del Patronato Municipal de Turismo y Playas, del Ayuntamiento de Alicante.

... han sido aprobadas la convocatoria y bases para cubrir el puesto de Director-Gerente del Patronato Municipal de Turismo y
Playas
, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con arreglo a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EL PUESTO DE DIRECTOR-GERENTE DEL PATRONATO DE TURISMO Y PLAYAS
BASES
Primera.- Objeto. Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para designar el puesto de Director-Gerente del Patronato Municipal de Turismo y Playas, organismo autónomo del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130.1 apartado B) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local así como el artículo 13 de la Ley 7/ 2017, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y los artículos 16 y 17 de los Estatutos del Patronato Municipal de Turismo y Playas (en adelante “Patronato”).
Segunda.- Publicidad. Las bases de esta convocatoria se harán públicas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el Tablón de Edictos la Sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante y en la Web del Patronato www.alicanteturismo.com . Para el resto de trámites del proceso de selección , la publicidad se llevará a cabo en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante [https://sedeelectronica.alicante.es] y en la pagina web del Patronato.
Octava.- Retribuciones.
La retribución bruta anual será de cincuenta y seis mil euros (56.000,00 €) brutos al año, incluidas dos pagas extraordinarias al año, en los meses de junio y diciembre.
Su salario se incrementará anualmente en la misma proporción que, en su caso, lo hagan las retribuciones que el resto del personal del Patronato, de acuerdo con lo que prevean las correspondientes leyes de los Presupuestos Generales del Estado de cada año.
Así mismo podrá percibir las dietas e indemnizaciones que procedan, con el mismo régimen que el resto de empleados del Patronato.
Décima.- Duración del contrato. La duración del contrato será de dos años, prorrogable por otros dos. El contrato tendrá un periodo de prueba de seis meses.
Duodécima.- Requisitos de los aspirantes. 1.- Para ser admitido en el proceso de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas:
- Los nacionales de estados miembros de la Unión Europea.
- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mimas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas. El Patronato Municipal de Turismo y Playas se reserva el derecho a someter a los aspirantes y antes de ser designada la persona que ocupará el puesto, a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
d) No hallarse separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública o empleo público.
e) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
f) Ser titulado superior de conformidad con el artículo 85 bis de la Ley de Bases de Régimen Local y, en concreto, licenciado universitario o la equivalencia que, en su caso, corresponda conforme al sistema de titulaciones universitarias, en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, en especial los relacionados con Económicas, Administración y Dirección de Empresas, Derecho y Turismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. Tanto la homologación como la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
En el caso de que opten al puesto funcionarios de carrera, estos deberán estar integrados en el Grupo A, subgrupo A1 y, en el caso de que opte personal laboral fijo de las Administraciones Públicas, deberá estar contratado en un puesto cuya clasificación profesional requiera titulación superior.
Si los aspirantes proceden del sector privado, se exigirá además de la titulación requerida más de cinco años de ejercicio profesional probado.
g) En relación a los conocimientos en idiomas, todos los aspirantes como mínimo deberán tener nivel superior de inglés, escrito y conversación.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por los interesados, con referencia a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de instancias.
3.- Todos los aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite todas aquellas condiciones y títulos que se alegan.
Decimotercera.- Solicitudes. Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se presentarán, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,[Nº 5 de 08/01/2018] {del 9 al 29* de enero de 2018, a.i.} cumplimentando el modelo que se acompaña como anexo a las presentes Bases de la convocatoria, dirigido a la Presidenta del Patronato.
Documentación que deberá presentarse junto a la solicitud:
- Copia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente original y copia para su compulsa.
- Curriculum Vitae, en el que consten todos los títulos y experiencia laboral tanto en el sector privado como en la Administración Pública, en su caso, y demás meritos que puedan ser valorados por el órgano de selección e informe de Vida laboral.
- Documentación que acredite las titulaciones y méritos, original y copia para su compulsa.
- Una memoria sobre un Plan Estratégico de actuación en materia de Turismo para la ciudad de Alicante, para los dos años próximos. Dicho documento no podrá ocupar más de veinte folios.
Las solicitudes se presentarán en el registro del Patronato Municipal de Turismo y Playas de Alicante sito en la calle Cervantes nº 3, 1º. 03002 Alicante.

lunes, 20 de febrero de 2017

1 Director-Gerente del Organismo Autónomo Local del Ayuntamiento de Villajoyosa, Centro Municipal de Asistencia, Hospital Asilo Santa Marta (Marina Baixa-Alacant)

OAL -CENTRO MUNICIPAL DE ASISTENCIA HOSPITAL ASILO SANTA MARTA. Ajuntament de La Vilajoiosa. .- BASES CONVOCATORIA PUESTO DIRECTOR-GERENTE O.A.L. DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA "CENTRO MUNICIPAL DE ASISTENCIA SANTA MARTA".
OBJETO: Es objeto de las presentes bases regular la convoca toria para la provisión mediante el sistema de Libre designación, del puesto de Director-Gerente del Organismo Autónomo Local del Ayuntamiento de Villajoyosa, Centro Municipal de Asistencia, Hospital Asilo Santa Marta mediante contrato laboral de alta dirección, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del Personal de Alta Dirección.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: 2.1-Para ser admitido en el procedimiento selectivo que se convoca, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
 a).- Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Texto Refundido de la del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por E spaña, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
 b).- Tener cumplidos 16 años y no exceder de la eda d máxima de jubilación forzosa.
 c).- Estar en posesión del Título de Licenciado, Grado, o equivalente, o cumplir las condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, así como haber realizado formación complementaria en dependencia, discapacidad, geriatría, gerontología, dirección de centros residenciales u otras áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito de atención a la dependencia, entendiéndose por formación complementaria, el haber realizado al menos una de las acciones formativas recogidas en el artículo 2 de l a Orden 17/2016, de 21 de septiembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se regula la formación complementaria de los Directores y Directoras, los requisitos de cualificación profesional y el procedimiento de habilitación excepcional de los profesionales de mayor edad y experiencia, del personal de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de la Comunitat Valenciana. ( D.O.G.V núm. 7889 de 06.10.2016).
d).- Poseer la capacidad funcional para el desempeñ o de las tareas. Los aspirantes con minusvalía acreditarán los requisitos de estar afectados por discapacidad de grado igual o superior al 33% y ser compatibles con las f unciones propias del puesto, mediante certificación expedida por el Centro de Evaluación y Orientación de discapacitados de la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, o de otro Organismo con igual competencia en la materia.
e).- No hallarse inhabilitado penalmente para el ej ercicio de funciones públicas.
f).- No haber sido separado, mediante expediente di sciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: En el Registro General del Ayuntamiento de Villajoyosa durante el plazo de 20 días naturales, contado a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el B.O.E. La convocatoria también se publicará en la página web del Ayuntamiento de Villajoyosa, y en los Tablones de Edictos, del O.A.L. Hospital Asilo Santa Marta y del propio Ayuntamiento. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2013, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. [BOP-A Nº 35 de 20/02/2017 ]
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS: La fecha de realización de la entrevista se anunciará en los Tablones de Edictos del Hospital Asilo Santa Marta y del Ayuntamiento de Villajoyosa así como en la página web del Ayuntamiento, expresando el día, hora y lugar en que se realizará, debiendo mediar un mínimo de 3 días naturales entre el anuncio de celebración y el día de celebración de las pruebas.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Contratación laboral mediante el sistema de Libre Designación. 
Las bases íntegras de la presente convocatoria se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de Villajoyosa www.villajoyosa.com y en los Tablones de Edictos del O.A.L Hospital Asilo Santa Marta y del propio Ayuntamiento.

viernes, 4 de noviembre de 2016

1 Director-Gerente de la Sociedad Pública "Geonet Territorial SAU ".

(Aprobadas por el Consejo de Administración de la sociedad pública GEONET TERRITORIAL SAU, en sesión del 27 de octubre de 2016).
BASE 1ª.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de la presente convocatoria atendiendo a los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad y concurrencia la provisión del puesto de Director-Gerente de la empresa pública GEONET TERRITORIAL SAU, mediante la suscripción de un contrato laboral de alta dirección. Con el fin de garantizar la debida publicidad del procedimiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante así como en la página web de la sociedad (www.geonet.es).
De conformidad con el artículo 23 de los Estatutos de la sociedad (BOP de Alicante de 25/01/2016) corresponde al Consejo de Administración de la sociedad la designación y cese del Director-Gerente.
Funciones del Director-Gerente:
En virtud de lo establecido en el artículo 23 de los Estatutos de la sociedad, el Director Gerente es el órgano estatutario, encargado de auxiliar al Consejo de Administración en el cumplimiento diario y habitual de sus competencias relativas al giro o tráfico propio del objeto social. Ejecutará los acuerdos de dicho órgano de Administración y vigilará su cumplimiento.
Para ello:
a)
Corresponderá a la Gerencia la responsabilidad directa e inmediata sobre toda la organización y actividades de la Sociedad.
b) Ordenará todos los recursos de la Sociedad: humanos, materiales y financieros, mediante su programación, dirección, control y evaluación.
c) En especial, será responsable de la dirección y vigilancia de las actividades cuya gestión tiene encomendada la Sociedad, adoptando las decisiones técnicas que procesan para la mejor utilización de las instalaciones y equipos afectos a tal actividad a fin de que puedan satisfacer con continuidad, regularidad y sin discriminación entre los potenciales usuarios, el interés público al que están destinados.
d) Formulará y propondrá al Consejo de Administración los objetivos y planes generales de tal actividad, instrumentando programas de dirección por objetivos.
e) Anualmente y, no más tarde del mes de Noviembre de cada año, formulará y propondrá al Consejo de Administración el presupuesto de ingresos y gastos correspondiente al ejercicio económico siguiente, junto con los programas de inversiones extraordinarias a realizar en dicho ejercicio, si los hubiere.
f) Con periodicidad trimestral presentará al Consejo de Administración informe relativo a la actividad de la Sociedad, al control de gestión y a la cuenta de explotación.
g) Anualmente y con la antelación suficiente para que el Consejo de Administración pueda formular las cuentas anuales antes del 31 de marzo de cada año, preparará la documentación necesaria y, en especial, los datos que habrá de contener el informe de gestión con especial referencia a los medios técnicos de los que dispone la actividad objeto de la Sociedad, las medidas que se hayan adoptado o haya que adoptar para evitar su obsolescencia y todo lo relativo a la atención general a los usuarios analizando cuanto se haya realizado para hacer más satisfactoria la recepción por los mismos de los Servicios cuya gestión tiene confiada la Sociedad.
h) Una vez aprobado por el Consejo de Administración los planes anuales sobre política de personal y las partidas que en el presupuesto anual se hayan establecido como costes salariales, la Gerencia se responsabilizará de todo lo relativo a la dirección de personal, ejerciendo las facultades que la legislación laboral reconoce a la Sociedad y cumplimiento las obligaciones que la misma le impone, especialmente en materia de Seguridad e higiene en el trabajo y en materia de Seguridad Social.
BASE 2ª.- SELECCIÓN
La designación para el puesto se realizará conforme a los principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad garantizando la publicidad y concurrencia.
BASE 3ª.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder ser admitido en esta convocatoria, será necesario reunir los siguientes requisitos:
a)
Poseer la capacidad para contratar la prestación de su trabajo conforme a lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
b) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 53 1 letra c de la Ley 10/2010 de la Función Pública Valenciana.
c) Titulación universitaria correspondiente al grupo A1.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial.
BASE 4ª.- CRITERIOS A VALORAR
Para la valoración de los distintos candidatos se atenderá a los principios de mérito y capacidad, y a los criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata, en relación con las funciones a desempeñar. A estos efectos se formará una Comisión de Selección. 
Durante el proceso selectivo se podrán valorar como méritos, los siguientes aspectos:
1.- Experiencia y formación
Formación académica en materia jurídica, económica, de dirección de empresas, gestión de personal, publicidad y marketing, sector público, ya sea de nivel de grado, postgrado y/o master. 

Experiencia profesional en puestos de dirección, tanto en el sector público como en el privado, y en especial como como director/gerente o asimilado en empresas -públicas o privadas- o instituciones públicas.  Experiencia en el desempeño de otros puestos/cargos en el sector público (Administraciones, Organismos Autónomos, y demás entidades del sector público). 
Sólo se valoraran los méritos alegados en el curriculum vitae cuando vengan lo suficientemente acreditados documentalmente. Sólo se valorará la formación obtenida mediante titulación en centros oficiales. Para acreditar la experiencia profesiona se deberá presentar el certificado de vida laboral actualizado emitido por la Seguridad Social que permitan comprobar la categoría profesional ocupada en cada momento por el candidato, acompañándose en su caso los correspondientes contratos laborales y/o alta dirección firmados por el director de la empresa o cualquier otra documentación que permitan acreditar la misma.
2.- Entrevista

Que versará sobre conocimiento de las materias relacionadas con el objeto social de la empresa, la estructura, objetivos y proyectos específicos de la empresa así como habilidades directivas, conocimientos de herramientas de planificación, programación y seguimiento y evaluación de proyectos.

BASE 7ª.- SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Dado que se exige a los aspirantes la formación académica y técnica adecuada para el ejercicio de las funciones de Gerente, las personas interesadas que deseen formar parte en este proceso deberán presentar su solicitud en GEONET TERRITORIAL SAU, Calle Ausó y Monzó 16, 4ª planta (Edificio Hispania) CP 03014 ALICANTE, dirigidas al Sr. Presidente del Consejo de Administración.
El modelo de solicitud se adjunta como anexo a las presentes bases.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Alicante. {del 5 al 24 de noviembre de 2016, a.i.}
Documentación: Además de solicitud con los datos personales, deberá acompañarse:
Curriculum Vitae 

Títulos académicos y estudios realizados 
Puestos de trabajo desempeñados 
Informe de vida laboral acreditativo de la experiencia profesional, copia de los contratos laborales/alta dirección, y cualquier otra documentación acreditativa 
Otros méritos que considere oportunos

miércoles, 10 de agosto de 2016

1 Director-Gerente de la Sociedad Pública Geonet Terriotorial, S.A.U.

BASE 1ª.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA . Es objeto de la presente convocatoria atendiendo a los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad y concurrencia la provisión del puesto de Director-Gerente de la empresa pública GEONET TERRITORIAL SAU, mediante la suscripción de un contrato laboral de alta dirección. Con el fin de garantizar la debida publicidad del procedimiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante así como en la página web de la sociedad (www.geonet.es). 
De conformidad con el artículo 23 de los Estatutos de la sociedad (BOP de Alicante de 25/01/2016) corresponde al Consejo de Administración de la sociedad la designación y cese del Director-Gerente. 
Funciones del Director-Gerente
En virtud de lo establecido en el artículo 23 de los Estatutos de la sociedad, el Director Gerente es el órgano estatutario, encargado de auxiliar al Consejo de Administración en el cumplimiento diario y habitual de sus competencias relativas al giro o tráfico propio del objeto social. Ejecutará los acuerdos de dicho órgano de Administración y vigilará su cumplimiento. 
Para ello: 
a)
Corresponderá a la Gerencia la responsabilidad directa e inmediata sobre toda la organización y actividades de la Sociedad.
b) Ordenará todos los recursos de la Sociedad: humanos, materiales y financieros, mediante su programación, dirección, control y evaluación.
c) En especial, será responsable de la dirección y vigilancia de las actividades cuya gestión tiene encomendada la Sociedad, adoptando las decisiones técnicas que procesan para la mejor utilización de las instalaciones y equipos afectos a tal actividad a fin de que puedan satisfacer con continuidad, regularidad y sin discriminación entre los potenciales usuarios, el interés público al que están destinados.
d) Formulará y propondrá al Consejo de Administración los objetivos y planes generales de tal actividad, instrumentando programas de dirección por objetivos.
e) Anualmente y, no más tarde del mes de Noviembre de cada año, formulará y propondrá al Consejo de Administración el presupuesto de ingresos y gastos correspondiente al ejercicio económico siguiente, junto con los programas de inversiones extraordinarias a realizar en dicho ejercicio, si los hubiere.
f) Con periodicidad trimestral presentará al Consejo de Administración informe relativo a la actividad de la Sociedad, al control de gestión y a la cuenta de explotación.
g) Anualmente y con la antelación suficiente para que el Consejo de Administración pueda formular las cuentas anuales antes del 31 de marzo de cada año, preparará la documentación necesaria y, en especial, los datos que habrá de contener el informe de gestión con especial referencia a los medios técnicos de los que dispone la actividad objeto de la Sociedad, las medidas que se hayan adoptado o haya que adoptar para evitar su obsolescencia y todo lo relativo a la atención general a los usuarios analizando cuanto se haya realizado para hacer más satisfactoria la recepción por los mismos de los Servicios cuya gestión tiene confiada la Sociedad.
h) Una vez aprobado por el Consejo de Administración los planes anuales sobre  política de personal y las partidas que en el presupuesto anual se hayan establecido como costes salariales, la Gerencia se responsabilizará de todo lo relativo a la dirección de personal, ejerciendo las facultades que la legislación laboral reconoce a la Sociedad y cumplimiento las obligaciones que la misma le impone, especialmente en materia de Seguridad e higiene en el trabajo y en materia de Seguridad Social. 
BASE 2ª.- SELECCIÓN.  La designación para el puesto se realizará conforme a los principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad garantizando la publicidad y concurrencia. 
BASE 3ª.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder ser admitido en esta convocatoria, será necesario reunir los siguientes requisitos:  
a) Poseer la capacidad para contratar la prestación de su trabajo conforme a lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
b) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 53 1 letra c de la Ley 10/2010 de la  Función Pública Valenciana.
c) Titulación universitaria correspondiente al grupo A1.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial. 
BASE 4ª.- CRITERIOS A VALORAR. Para la valoración de los distintos candidatos se atenderá a los principios de mérito y capacidad, y a los criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata, en relación con las funciones a desempeñar. A estos efectos se formará una Comisión de Selección.
...
BASE 6ª.- SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR  . Dado que se exige a los aspirantes la formación académica y técnica adecuada para el ejercicio de las funciones de Gerente, las personas interesadas que deseen formar parte en este proceso deberán presentar su solicitud en GEONET TERRITORIAL SAU, Calle Ausó y Monzó 16, 4ª planta (Edificio Hispania) CP 03014 ALICANTE, dirigidas al Sr. Presidente del Consejo de Administración. El modelo de solicitud se adjunta como anexo a las presentes bases. 
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Alicante.  {del 11 al 30 de agosto de 2016, a.i.}
Documentación: Además de solicitud con los datos personales, deberá acompañarse: 
Curriculum Vitae 
Títulos académicos y estudios realizados 
Puestos de trabajo desempeñados 
Informe de vida laboral acreditativo de la experiencia profesional junto con copia de los contratos laborales/alta dirección 
Otros méritos que considere oportunos