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lunes, 21 de mayo de 2018

25 plazas de ingreso directo y promoción, sin exigencia previa de titulación universitaria, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.

Primero. Convocar los siguientes procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia previa de titulación universitaria, y aprobar las bases que los regulan, que se adjuntan en el anexo a esta resolución.
1. Proceso de selección para el ingreso mediante la forma de ingreso directo (código de proceso 2018091).
2. Proceso de selección para el ingreso mediante la forma de promoción para cambio de Escala (código de proceso 2018092).
3. Proceso de selección para el ingreso mediante la forma de promoción para cambio de Cuerpo (código de proceso 2018093).
Segundo. Ofertar treinta (30) plazas, distribuidas de la forma siguiente:
Código de plaza
Ingreso directo (2018091)
Promoción
Total plazas
Cambio de Cuerpo1
(2018093)
Cambio de Escala
(2018092)
Oficiales y Suboficiales2
a)
Tropa y Marinería
b)
Militar de Carrera3
c)
060
25
2
2
1
30
1 Distribución de plazas según norma tercera de la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo.
2 Para oficiales y suboficiales militares de carrera, excepto militares de complemento de la Ley 17/1999.
3 Para la Escala de Oficiales Enfermeros.
Nota: Para las plazas ofertadas para ingreso por promoción, a los efectos de la distribución de plazas se considera procedencia a la diferente categoría o condición militar a la que se oferta. Estas procedencias están identificadas en la tabla anterior como a), b) y c).
ANEXO
Bases
Primera. Sistema de selección. El sistema de selección a emplear en los distintos procesos que se convocan será el de concurso-oposición.
Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares de formación de los aspirantes propuestos como alumnos por el órgano de selección.
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en las fechas indicadas y mantenerlos hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación:
1.1 El día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1.1.1 Requisitos generales.
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos o cumplir en el año en curso los dieciocho (18) años de edad y, no cumplir ni haber cumplido en el año 2018 las siguientes edades máximas:
– Ingreso directo: Sin limite de edad máxima.
– Promoción para cambio de Escala y cambio de Cuerpo: 27 años.
c) No estar privado de los derechos civiles.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
g) No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
h) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
i) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
j) En el caso de haber dado positivo en la detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.
k) Los solicitantes militares profesionales no deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
l) Los solicitantes militares profesionales no deben tener anotadas con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
1.1.2 Requisitos específicos.
1.1.2.1 Procesos de selección para ingreso directo: Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.
Tercera. Plazo de presentación de solicitud de la admisión al proceso de selección. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 22 al 31 de mayo de 2018, a.i.}
Cuarta. Aportación de documentación. 1. Los aspirantes que deseen participar en los procesos selectivos de esta Resolución deberán aportar la siguiente documentación en los plazos indicados.
1.1 Presentación dentro del plazo establecido en la base tercera.
1.1.1 Solicitud de admisión a los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, sin exigencia previa de titulación universitaria, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
Para ser admitido a los procesos de selección, el aspirante deberá cumplimentar la solicitud de admisión al proceso en el que desee participar, directamente sobre la página web https://sede.defensa.gob.es/acceda, siguiendo las instrucciones reflejadas en el apéndice 1.
Excepcionalmente y sólo cuando por una incidencia técnica debidamente acreditada sea imposible el acceso a la página web, se podrá cumplimentar la solicitud a máquina o a mano en mayúsculas, que podrá ser retirada en las oficinas delegadas o áreas de reclutamiento dependientes de las Subdelegaciones de Defensa. De esta circunstancia se informará oportunamente a través de la dirección electrónica: http://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/.


martes, 26 de mayo de 2015

30 plazas Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.: para ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo, promoción para cambio de escala y promoción para cambio de cuerpo, sin exigencia de titulación universitaria previa, para incorporarse como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina

Primero. Convocar los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo, promoción para cambio de escala y promoción para cambio de cuerpo, sin exigencia de titulación universitaria previa, para incorporarse como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, y aprobar las bases que los regulan, que se adjuntan en el anexo a esta resolución.
Tercero. Ofertar treinta (30) plazas, distribuidas de la forma siguiente: ...
Tercera. Plazo de presentación de solicitud de admisión al proceso de selección. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 27 de mayo al 5 de junio de 2015, a.i.}


lunes, 20 de mayo de 2013

10 plazas Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina. Por la forma de ingreso directo.

MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. Resolución 452/38038/2013, de 13 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, por la forma de ingreso directo y promoción para cambio de escala o cuerpo, sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina. PDF (BOE-A-2013-5280 - 31 págs. - 641 KB) Otros formatos
Primero. Convocar los procesos de selección y aprobar las bases que los regulan para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción para cambio de escala o cuerpo, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
Segundo. Ofertar veinte (20) plazas para incorporarse, mediante las formas de ingreso que se detallan en el siguiente cuadro: 
Escala/Cuerpo/Especialidad: Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad (Medicina) .
Código: 060
Ingreso Directo: 10
Promoción
Cambio de Cuerpo: Militar de Carrera . Militar Tropa y Marinería - Cambio de Escala . . Militar de Carrera . . Total . . . . . . . . . .   4 . . . . . . . . . . . . . . 4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  2 . . . . . 20
TOTAL . . 10 . . 4 . . 4 . . 2 . . 20
Plazas ofertadas según lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. Las plazas de promoción no cubiertas se acumularán a las ofertadas por la forma de ingreso directo, hasta un máximo de 4 plazas, según la nota (n) del apartado Notas, del Real Decreto 332/2013.
ANEXO 
Bases  
Primera. Sistema de selección 1. Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en el centro docente militar de formación de los propuestos como alumnos por el órgano de selección. 
2. La selección para el ingreso en el centro docente militar de formación se efectuará por la forma de ingreso directo y promoción para cambio de escala o cuerpo, por el sistema de concurso-oposición, garantizándose los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. 
3. Las fases de concurso y oposición consistirán, respectivamente, en la comprobación y valoración de los méritos de los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación y en la celebración de las pruebas establecidas en la Norma reguladora del proceso de selección. 
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 1. Generales: Para ser admitidos a la realización del proceso de selección los aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que a continuación se relacionan. Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación. 
1.1. Nacionalidad española. 
1.2. Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2013 las siguientes edades: 
a) Ingreso directo, veinte (20) años. 
b) Promoción para cambio de escala o cuerpo: militares de carrera y militares de tropa y marinería, veintisiete (27) años. 
1.3. No estar privado de los derechos civiles. 
1.4. Carecer de antecedentes penales. En la solicitud de admisión en el proceso de selección (apéndice 1), el aspirante deberá cumplimentar el apartado correspondiente, indicando si autoriza al Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorización, deberá aportar con la documentación de solicitud el certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el referido Registro. 
1.5. No hallarse procesado o imputado en procedimiento judicial por delito doloso. 
1.6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, de los órganos constitucionales o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas. 
1.7. No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007. 
1.8. No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas. 
1.9. No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007. 
1.10. En la forma de ingreso directo, carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Así mismo, no son permitidos los tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas, no especiales, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero. 
2. Específicos de titulación. Estar en posesión de alguno de los siguientes documentos, en los plazos que se indican en la base cuarta: 
2.1. Ingreso directo.
 a) El documento oficial acreditativo de haber superado la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU). 
b) En el caso de alumnos procedentes de sistemas educativos de otros países, presentar la credencial de convalidación de la prueba de acceso del país origen con la prueba de acceso a la Universidad española.
 5. El contenido del punto 1.10 de esta base, se deberá verificar durante el desarrollo de las pruebas físicas y del reconocimiento médico. Si se detectara su existencia se pondrá en conocimiento del Presidente del Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.  
Tercera. Solicitud de admisión al proceso de selección. El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. {del 20 de mayo al 4 de junio de 2013, a.i.}
1. Para poder participar en el proceso de selección, los aspirantes tramitarán la solicitud (apéndice 1), dirigida al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, preferentemente de forma presencial en las Áreas de Reclutamiento y Oficinas Delegadas dependientes de las Subdelegaciones de Defensa de su provincia de residencia, en las direcciones que figuran en el apéndice 12, o por correo ordinario a la Secretaria de Convocatorias de la Subdirección General de Reclutamiento, Paseo de la Castellana 109, 28071 de Madrid. En este caso, la fecha de entrada será la que conste en el matasellos correspondiente. Por las Áreas de Reclutamiento y Oficinas Delegadas se dispondrá lo necesario para que la introducción en el sistema de los datos de las solicitudes y la remisión de la documentación a la Subdirección General de Reclutamiento se realice de forma inmediata, para permitir su validación. 
2. Los aspirantes que dispongan de un certificado electrónico válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil, también podrán tramitar la documentación a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa http://sede.defensa.gob.es/acceda/prehome.html (Procedimientos, DIGEREM-Procesos Selectivos). En la citada Sede Electrónica, de acuerdo con lo que determina la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE número 150, de 23 de junio), una vez relleno el formulario de solicitud y tras haber anexado la documentación requerida, el aspirante procederá a firmar electrónicamente la solicitud enviándola al Registro Electrónico del Ministerio de Defensa, que le proporcionará el correspondiente acuse de recibo y la correspondiente notificación electrónica. Así mismo, sin necesidad de firma electrónica, los aspirantes podrán adelantar los datos de su solicitud, a través de la citada Sede Electrónica, sin que este trámite vincule al Órgano convocante hasta que obre en su poder la documentación requerida que, junto con el apéndice 1, obtenido y firmado por el aspirante, será remitida de acuerdo con lo que determina el apartado 1 de esta base. El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil, deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF). 
3. No obstante lo anterior, la presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

miércoles, 30 de mayo de 2012

proceso de selección de ingreso en el centro docente militar de formación, por las formas de ingreso directo (10 Plazas) y promoción para cambio de escala (3 Plazas) y cuerpo (4+8 Plazas), sin titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.

Primero. Convocar el proceso de selección, de acuerdo con las bases que se aprueban por esta Resolución, que se publican en el Anexo, y con la legislación y la normativa que le es de aplicación.
Segundo. Conforme a lo indicado en el artículo 18.2. de la Ley 39/2007, ofertar veinticinco (25) plazas, que se asignarán por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el centro docente militar de formación para incorporarse, como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad especialidad fundamental Medicina, mediante las formas de ingreso que se detallan en el siguiente cuadro:
Código - Directo - Promoción para cambio de cuerpo - Promoción para cambio de escala - Total
060 - 10 - Militar de carrera (4)/Militar de tropa y marinería (8) - Militar de carrera (3) - 25
Las plazas de promoción no cubiertas se acumularán a las ofertadas por la forma de ingreso directo según la nota (m) del apartado Notas, del Real Decreto 739/2012.
APÉNDICES
1. Solicitud admisión al proceso de selección.
2. Modelo 790. Liquidación de la tasa de derecho de examen.
3. Autorización Paterno/Tutorial para realizar la prueba de aptitud psicofísica a los aspirantes menores de edad.
4. Declaración de procesamiento e imputación.
5. Declaración de no estar separado del servicio.
6. Composición del Órgano de Selección y del Tribunal Médico Militar de Apelación.
7. Prueba de lengua inglesa.
8. Pruebas físicas.
9. Pruebas médicas.
10. Modelo de Certificado Médico Oficial.
11. Declaración de preferencia de ingreso.
12. Relación de Subdelegaciones de Defensa.
ANEXO
Bases
Primera. Sistema de selección. 1. El ingreso en el centro docente militar de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción para cambio de escala y cuerpo, se efectuará por el sistema de concurso-oposición, garantizando, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
2. La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación.
3. La fase de oposición consistirá en la celebración de las pruebas que determina la norma sexta.1, según corresponda, de la Orden DEF/689/2012.
Requisitos de los aspirantes.
1. Generales: Para ser admitidos a la realización del proceso de selección los aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que a continuación se relacionan. Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1 Nacionalidad: española.
1.2 Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2012, las siguientes edades:
a) Ingreso directo: Veintiún (21) años.
b) Promoción para cambio de escala y cuerpo. Militares de carrera y militares de tropa y marinería: Treinta y un (31) años.
1.3 No estar privado de los derechos civiles.
1.4 Carecer de antecedentes penales. En la solicitud de participación en el proceso de selección, el aspirante deberá cumplimentar el apartado correspondiente, indicando si autoriza al Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorización, deberá aportar antes del inicio de la primera prueba el certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados. La no recepción de este documento en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso de selección.
1.5 No hallarse procesado o imputado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
1.6 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
1.7 No haber causado baja en un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007.
1.8 No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales.
3. Específicos de titulación. Estar en posesión de alguno de los siguientes documentos, en los plazos que se indican en la base quinta:
3.1 El documento oficial acreditativo de haber superado la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU).
3.2 En el caso de alumnos procedentes de sistemas educativos de otros países, presentar la credencial de convalidación de la prueba de acceso del país origen con la prueba de acceso a la Universidad española.
3.3 Para ser admitido a los procesos de selección, mediante la forma de ingreso por promoción, se exigirá estar en posesión de un perfil en el idioma inglés con un grado de conocimiento de al menos dos en todos los rasgos que lo conforman, obtenido en las condiciones establecidas en la Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas.
Los aspirantes que no aporten el certificado del perfil lingüístico citado, en su lugar, realizarán una prueba de lengua inglesa de las mínimas características que se definen en el apéndice 7 de esta Resolución.
Solicitud de admisión al proceso de selección. 1. Para poder participar en el proceso de selección, los aspirantes tramitarán la solicitud (apéndice 1) dirigida al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, preferentemente de forma presencial en las Áreas de Reclutamiento y Oficinas Delegadas dependientes de las Subdelegaciones de Defensa de su provincia de residencia, en las direcciones que figuran en el apéndice 12, o por correo ordinario a la Secretaría de Convocatorias de la Subdirección General de Reclutamiento, Paseo de la Castellana 109, 28071 de Madrid; en este caso, la fecha de entrada será la que conste en el matasellos correspondiente.
Por las citadas Áreas de Reclutamiento y Oficinas Delegadas se dispondrá lo necesario para que la introducción en el sistema de los datos de las solicitudes y la remisión de la documentación a la Subdirección General de Reclutamiento se realice de forma inmediata, para que por la citada Subdirección se proceda a su validación.
2. Los aspirantes que dispongan de un certificado electrónico válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil, también podrán tramitar la documentación a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa https://sede.defensa.gob.es/acceda (Procedimientos, DIGEREM-Procesos Selectivos). En la citada Sede Electrónica, de acuerdo con lo que determina la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos («BOE» número 150, de 23 de junio), una vez relleno el formulario de solicitud y haber anexado la documentación requerida, el aspirante procederá a firmar electrónicamente la solicitud enviándola al Registro Electrónico del Ministerio de Defensa, que le proporcionará el correspondiente acuse de recibo. En el caso de haber cursado la documentación con certificado electrónico, se le realizará notificación electrónica del registro de su solicitud.
Así mismo, sin necesidad de firma electrónica, los aspirantes podrán adelantar los datos de su solicitud, a través de la citada Sede Electrónica, sin que este trámite vincule al Órgano convocante hasta que obre en su poder la documentación requerida lo que, junto con el apéndice 1 obtenido y firmado por el aspirante, será remitida de acuerdo con lo que determina el apartado 1 de esta base.
El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF).
3. No obstante lo anterior, la presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
4. El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de mayo al 14 de junio de 2012, a.i.}