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sábado, 30 de marzo de 2019

se declara competente para intervenir como órgano sustantivo en el expediente de autorización del proyecto MEDSALT-2. Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

Con fecha de 19 de febrero de 2016, la Embajada de Italia en Madrid transmitió al entonces Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, mediante Nota Verbal, la solicitud del Instituto Italiano de Oceanografía y Geofísica Experimental de autorización para llevar a cabo la campaña oceanográfica «MEDSALT-2». Las Autoridades italianas reiteraron su solicitud de autorización de la campaña mediante Nota Verbal de 26 de marzo de 2018.
Este proyecto se encuentra enmarcado dentro de la red científica Europea COST Action CA15103 MEDSALT, cuya finalidad es comprender las causas, cronología, mecanismos de desarrollo y consecuencias, a escala tanto local como planetaria, del «depósito salino gigante» más grande y joven de la Tierra: la capa de sal del Mioceno superior en la cuenca Mediterránea, siendo sus objetivos principales estudiar el depósito salino del Messiniense en el Mediterráneo, y predecir, determinar y evaluar áreas con potenciales riesgos geológicos y las consecuencias de estos.
Resultado de imagen de proyecto MEDSALT-2Dentro de este marco de investigación el proyecto MEDSALT-2, investigación científico-marina en zonas sometidas a la jurisdicción española, tiene como objetivo obtener una imagen sísmica en alta y media resolución, a través de la adquisición de 14 perfiles sísmicos a reflexión multicanal en el área marina comprendida entre las islas de Ibiza y Mallorca y al sureste de Ibiza y Formentera, en aguas entre 100 m y 2.800 m de profundidad.
Con fecha de 23 de febrero de 2016, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 799/1981, de 27 de febrero, sobre normas aplicables a la realización de actividades de investigación científico-marina en zonas sometidas a la jurisdicción española, solicitó informes a distintos órganos de la Administración.
La Secretaría de Estado de Medio Ambiente, mediante Resolución de 29 de julio de 2016, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto MEDSALT-2, investigación científico-marina en zonas sometidas a la jurisdicción española («BOE» de 17 de agosto), solicitó conforme a la Ley 21/2013, de 9 diciembre, de Evaluación Ambiental (LEA), el sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto.
Esta resolución identificó al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación como el órgano sustantivo a efectos del procedimiento ambiental.
En aplicación de dicha Resolución, y a tenor de lo preceptuado por la LEA, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha desarrollado la fase de consultas públicas mediante anuncio en el «BOE» de 21 de abril de 2018, con corrección de errores el 22 de mayo, a la que se suman las consultas preceptivas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
Con fecha de 25 de octubre de 2018 mediante resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, relativa al expediente de autorización de la campaña oceanográfica «MEDSALT-2», dicho Departamento se declara incompetente para intervenir como órgano sustantivo en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, y remite todas las actuaciones del expediente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, al considerarlo como el Departamento competente a tal efecto.
Analizada la cuestión por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, este considera que, por razón de la materia objeto del proyecto MEDSALT-2, que se inscribe en el ámbito de la investigación científico-marina, el mismo es competente para actuar como órgano sustantivo en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.1 del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y en el artículo 1.1 del Real Decreto 865/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Dentro del ámbito del Departamento, el órgano competente para intervenir como órgano sustantivo en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto es la Secretaría General de Coordinación de Política Científica, al estar adscritos a la misma los organismos que cuentan con la capacitación científico-técnica para prestar el oportuno asesoramiento técnico a dicho órgano sustantivo, conforme al artículo 5.6 del Real Decreto 865/2018, de 13 de julio.
A la vista de lo anterior, dispongo:
Declarar la competencia del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para actuar como órgano sustantivo a todos los efectos, en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto MEDSALT-2, la cual será ejercida por la Secretaría General de Coordinación de Política Científica, a través de los organismos competentes adscritos a la misma.

martes, 22 de mayo de 2018

procedimiento de impacto ambiental ordinario, para el proyecto de investigación "Uncovering the Mediterranean Salt Giant (MEDSALT-2)"

 En fecha 21 de abril de 2018, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 97, el anuncio de procedimiento de impacto ambiental ordinario, para el proyecto de investigación "Uncovering the Mediterranean Salt Giant (MEDSALT-2)".
Advertido error material por la omisión de la dirección de la página web de acceso a la documentación del proyecto objeto de este anuncio, se procede a añadir el siguiente párrafo a continuación del párrafo 5:
"La documentación del "Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario, relativo al proyecto de investigación "Uncovering the Mediterranean Salt Giant (MEDSALT-2)" para Información Pública a efecto de alegaciones, comentarios u observaciones podrá ser consultada en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/empleo-publico-ayudas-subvenciones/Anuncios/Paginas/Evaluacion-Ambiental.aspx.
Igualmente, se procede a rectificar el párrafo 6 que quedaría como sigue:
"El plazo para la presentación de alegaciones, comentarios u observaciones al proyecto, finalizará en treinta días contados desde la publicación de esta corrección de errores del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.{del 23 de mayo al 22 de junio de 2018, a.i.} Los comentarios u observaciones, así como peticiones de información más detallada del proyecto objeto de este anuncio, podrán dirigirse a la Subdirección General de Relaciones Económicas Multilaterales y Cooperación Aérea, Marítima y Terrestre del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, c/ Serrano Galvache, 26- Torre Sur, planta 10.ª. Teléfono de contacto (34) 91 379 98 09/ 95 20, correo electrónico: remultilaterales@maec.es. Se tendrán, no obstante, por presentados todos los escritos, con alegaciones o no, que ya hayan tenido entrada en esta Dirección General desde el 21 abril pasado, a efectos de su integración en el expediente y efectos legales les correspondan."

Resultado de imagen de procedimiento de impacto ambiental ordinario, para el proyecto de investigación "Uncovering the Mediterranean Salt Giant (MEDSALT-2)"
Resultado de imagen de procedimiento de impacto ambiental ordinario, para el proyecto de investigación "Uncovering the Mediterranean Salt Giant (MEDSALT-2)"

sábado, 21 de abril de 2018

evaluación de impacto ambiental ordinario, para el proyecto de investigación "Uncovering the Mediterranean Salt Giant (MEDSALT-2)".

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, rige el procedimiento de evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando en todo el territorio del Estado un elevado nivel de protección ambiental.
En su Capítulo II, Sección 1ª, se establece el Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria para la formulación de la declaración de impacto ambiental final. Con carácter obligatorio, el órgano sustantivo, dentro del procedimiento sustantivo de autorización del proyecto, realizará los trámites de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, como órgano sustantivo del procedimiento de autorización del proyecto, inicia con esta publicación, los trámites de información pública y de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
El organismo solicitante de autorización es el Instituto Nazionale di Oceanografia e di Geofisica Sperimentale dependiente del Ministerio de Educación, Universidad y Investigación (Ministero dell'Istruzione, dell'Università e della Ricerca - MIUR) del Gobierno de Italia.
Resultado de imagen de Uncovering the Mediterranean Salt Giant MEDSALT-2La finalidad del proyecto científico internacional "Uncovering the Mediterranean Salt Giant (MEDSALT-2)" es adquirir datos geofísicos en el margen sur de las Islas Baleares, con el objetivo de comprender la formación, causas, cronología, mecanismos de desarrollo, y consecuencias del depósito salino gigante más joven de la Tierra: la capa de sal del Mioceno superior en la cuenca Mediterránea. El proyecto se enmarca dentro de las actividades del International Ocean Discovery Program, (http://www.iodp.org).
El plazo para la presentación de alegaciones, comentarios u observaciones al proyecto, finalizará en un mes contado desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. {del 22 de abril al 21 de mayo de 2018, a.i.} Los comentarios u observaciones, así como peticiones de información más detallada del proyecto objeto de este anuncio, podrán dirigirse a la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, C/, Serrano Galvache, 26-Torre Sur, planta 10ª. Teléfono de contacto (34) 91 379 95 20/ 98 21, correo electrónico, remultilaterales@maec.es.