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domingo, 28 de junio de 2015

199 plazas de Auxiliares de Enfermería; del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería

RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2015, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería, Auxiliares de Enfermería.


1. Normas Generales.1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 199 plazas del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería, Auxiliares de Enfermería.
De estas plazas se reserva 1 para ser cubierta por quien se encuentre incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo. La plaza corresponde a la Oferta complementaria de la Oferta de Empleo Público de 2011.
En el caso de que la plaza de este cupo quede vacante, se acumulará a las restantes de turno libre.
1.2. El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número de aprobados superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El hecho de aprobar todos los ejercicios en que se estructura la oposición no otorgará derecho alguno al aspirante respecto a las plazas convocadas.
1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, seguido de un período de prácticas y un curso de formación selectivo con evaluación final.
La oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, de los cuales los dos primeros tendrán carácter eliminatorio, siendo el tercero voluntario y de mérito.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.
1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón: en Huesca (Plaza de Cervantes, 1), en Teruel (Calle San Francisco,1), en Zaragoza (Edificio Pignatelli - Paseo María Agustín, 36), así como en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz (Avda. Bartolomé Esteban, 58), Calatayud (Calle Amparados, 2), Ejea de los Caballeros (Calle Mediavilla, 27), Jaca (Avda. Levante, 10), Tarazona (Avda. La Paz, 29), Calamocha (Calle Melchor de Luzón, 6), Fraga (Calle San Quintín, 1) y Barbastro (Calle Conde, s/n). Además, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", las resoluciones para las que así lo establecen expresamente las bases de esta convocatoria.
Asimismo toda la información del proceso estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
f) En el supuesto de acceso por el cupo de reserva establecido en la base 1.1, apartado segundo, tener reconocida legalmente la condición de víctima de terrorismo o, en su defecto, de afectado por actos de terrorismo, como consecuencia de actos terroristas cometidos en la Comunidad Autónoma de Aragón o cuando el afectado tenga la vecindad civil aragonesa.
Tendrán la consideración de afectados por actos de terrorismo el cónyuge de la víctima no separado legalmente o de hecho o la persona unida por relación de afectividad análoga a la conyugal, los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y aquellas otras personas que convivan de forma estable con la víctima y dependan de la misma.
La circunstancia relativa a la concurrencia del requisito establecido en este apartado deberá acreditarse mediante certificado expedido por los órganos competentes, que deberá presentarse junto con la solicitud para tomar parte en las pruebas selectivas.
g) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta Base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes. 3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre), que será facilitada a través de Internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.
3.2. Los aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.
3.3. La presentación de solicitudes se hará en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible su presentación por medios telemáticos, y se dirigirán al Instituto Aragonés de Administración Pública, una vez debidamente cumplimentadas y diligenciadas con la recaudación de la Tasa.
En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.
3.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si el plazo finaliza en sábado, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.{del 27 de junio al 20 de julio de 2015, a.i.}

martes, 23 de junio de 2015

14 plazas Auxiliares de Enfermería, reservadas para discapacitados físicos o sensoriales, del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería,

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2015, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por turno independiente para discapacitados físicos o sensoriales, en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería, Auxiliares de Enfermería.

1. Normas generales. 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante turno independiente para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad en un grado igual o superior al treinta y tres por ciento, 14 plazas del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Auxiliar de Enfermería, Auxiliares de Enfermería, reservando las mismas para discapacitados físicos o sensoriales.


1.2. El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número de aprobados superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El hecho de aprobar todos los ejercicios en que se estructura la oposición no otorgará derecho alguno al aspirante respecto a las plazas convocadas.
Las plazas que no resulten cubiertas se acumularán a las de turno libre de la Oferta de Empleo Público complementaria de 2011.
1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, seguido de un período de prácticas y un curso de formación selectivo con evaluación final.
La oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, de los cuales los dos primeros tendrán carácter eliminatorio, siendo el tercero voluntario y de mérito.
Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán realizar con carácter previo a la determinación de los aspirantes que han superado la oposición, una prueba de conocimiento y comprensión del idioma castellano, que se calificará de "apto" o "no apto". Queda exento de esta prueba el personal laboral fijo o funcionario de carrera al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, o quien ya la hubiese superado en convocatorias anteriores de acceso a esta Administración.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.
1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón: en Huesca (Plaza de Cervantes, 1), en Teruel (Calle San Francisco,1), en Zaragoza (Edificio Pignatelli - Paseo María Agustín, 36 -), así como en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz (Avda. Bartolomé Esteban, 58), Calatayud (Calle Amparados, 2), Ejea de los Caballeros (Calle Mediavilla, 27), Jaca (Avda. Levante, 10), Tarazona (Avda. La Paz, 29), Calamocha (Calle Melchor de Luzón, 6), Fraga (Calle San Quintín, 1) y Barbastro (Calle Conde, s/n). Además, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", las resoluciones para las que así lo establecen expresamente las bases de esta convocatoria.
Asimismo toda la información del proceso estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
e) Tener un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento de tipo físico o sensorial, con carácter exclusivo o prevalente, y poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas propias de la Escala a la que se aspira. Ambas circunstancias deberán acreditarse mediante certificado expedido por los órganos competentes, salvo que tales datos obren ya en esta Administración (Instituto Aragonés de Servicios Sociales).
f) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre de 2003), que será facilitada a través de Internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.
3.2. Los aspirantes, en atención a su discapacidad, podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.
3.3. La presentación de solicitudes se hará en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible su presentación por medios telemáticos, y se dirigirán al Instituto Aragonés de Administración Pública, sito en P.º M.ª Agustín, 26B, 50004, de Zaragoza, una vez debidamente cumplimentadas y diligenciadas con la recaudación de la Tasa.
En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.
3.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si el plazo finaliza en sábado, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.{del 23 de junio al 15 de julio de 2015, a.i.}

miércoles, 3 de junio de 2015

5 plazas de Auxiliar de Enfermería, subgrupo C2, del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón

El Presidente del Consejo del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón, ha resuelto convocar las pruebas selectivas para cubrir en propiedad las plazas vacantes que a continuación se relacionan:
5 plazas de Auxiliar de Enfermería, subgrupo C2, nivel de titulación: Ciclo formativo grado medio, rama Sanitaria, Técnico en cuidados auxiliares de Enfermería o equivalente, de personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, por turno libre.
Regirán las bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón número 154, de 23 de diciembre de 2014, y número 16, de 5 de febrero de 2015.
Las instancias para optar a estas plazas, deberán ser presentadas dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. {del 4 al 23 de junio de 2015, a.i.}

Los sucesivos anuncios únicamente se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, y en el tablón de anuncios del Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón.
 www.hospitalprovincial.es  Carrer de les Useres, 1, 12006 Castelló de la Plana, Castelló -964 25 44 65

sábado, 20 de diciembre de 2014

(20) Oficial de Actividades Específicas (Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Técnico en Atención Sociosanitaria), (6) Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales; en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos autónomos.

Primero. Convocar el proceso selectivo para el ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración General del Estado con las categorías profesionales de Oficial de Actividades Específicas y Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales.
Segundo. Las plazas convocadas figuran relacionadas en el anexo a la presente Resolución.
Tercero. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.administracion.gob.es (Empleo Público>Inscripción en pruebas selectivas) o en la página web www.seap.minhap.gob.es (Servicios>Empleo Público>Procesos selectivos >Inscripción en los procesos selectivos).
La presentación de solicitudes se realizara en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.{del 20 de diciembre de 2014 al 8 de enero de 2014, a.i.}
Cuarto. Las bases de la convocatoria se harán públicas, al menos, en la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, www.msssi.gob.es, en la página web www.seap.minhap.gob.es y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
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ANEXO - Relación de plazas convocadas
Relación número 1
Categoría: (20) Oficial de Actividades Específicas. 
Titulación: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Técnico en Atención Sociosanitaria o equivalente.
Relación número 2
Categoría: (6) Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales.
Titulación: Educación Primaria, Certificado de Escolaridad o acreditación de calificaciones obtenidas en la Educación Secundaria Obligatoria.

viernes, 25 de mayo de 2012

Bolsa de Empleo: Auxiliar de Enfermería en la provincia de Soria (Castilla y León)

Constitución de la bolsa de empleo de personal laboral temporal de la categoría profesional de Auxiliares de Enfermería, en el ámbito de la provincia de Soria, conforme a las siguientes:
BASES
Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto constituir la bolsa de empleo en la provincia de Soria de la categoría profesional de Auxiliares de Enfermería con la finalidad de seleccionar personal laboral de esta categoría, para la prestación de servicios de carácter temporal en centros dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en ese ámbito provincial.
Constitución de la bolsa de empleo.
1.– La bolsa de empleo se constituirá con aquellos aspirantes que declaren reunir los requisitos establecidos en la base tercera y presenten la solicitud de admisión de conformidad con lo establecido en la base sexta de la presente convocatoria.
2.– El orden de prelación vendrá determinado por la calificación obtenida en la prueba de carácter no eliminatorio que se convoque al efecto. En caso de empate, éste se resolverá conforme al orden de actuación de los aspirantes, el cual se iniciará por aquéllos cuyo apellido comience por la letra «Y», continuándose sucesivamente por orden alfabético, de conformidad con lo establecido en la Orden ADM/582/2011, de 29 de abril, por la que se publica el resultado del sorteo celebrado al efecto.
3.– La no presentación a la prueba que se convoque supone la exclusión definitiva de la bolsa de empleo que se constituya.
Requisitos de los aspirantes. 1.– Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.
2) Tener cumplidos los dieciséis años de edad, con las limitaciones que establece la legislación laboral, y la normativa reguladora de la prevención de riesgos laborales en lo relativo al trabajo de los menores de edad en actividades que entrañen riesgos específicos.
3) Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones propias de la categoría que se solicita.
4) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, ni pertenecer a la misma categoría profesional o especialidad de la presente convocatoria.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
5) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o en condiciones de obtenerla.
6) No haber presentado solicitud de participación en otros procesos de constitución de bolsas de empleo de personal laboral temporal convocados para la misma categoría profesional en otra provincia de Castilla y León al amparo del apartado 2
del punto primero del Acuerdo en materia de Selección de Personal Laboral Temporal adoptado con fecha 10 de marzo de 2008 por la Mesa de Negociación del Personal Laboral de la Administración de Castilla y León, que señala que los aspirantes sólo podrán solicitar la inclusión en la Bolsa de una sola provincia.
7) No pertenecer a la bolsa de empleo de personal laboral derivada del proceso selectivo en ejecución de las ofertas de empleo público constituida para la categoría profesional convocada.
2.– Los requisitos citados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la suscripción del correspondiente contrato de trabajo.
Formalización de la solicitud. 1.– La solicitud de participación se dirigirá a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de Soria, órgano gestor del procedimiento, y se presentará en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que se relacionan en el Anexo I conforme al modelo que figura en el Anexo II, siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anexo III de la presente convocatoria.
2.– Las solicitudes se presentarán en los lugares arriba indicados en el plazo de siete días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León» [BOCYL Núm. 98 Jueves, 24 de mayo de 2012] {DEL 25 AL 31 DE MAYO DE 2012,A.I.}y se podrá efectuar por cualquiera de las dos formas siguientes:
a) Presencialmente, en soporte de papel, en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo I, así como en los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para facilitar la cumplimentación de la solicitud se podrá utilizar el formulario que aparece en la página web (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
De presentarse en las oficinas de correos deberá hacerse en sobre abierto para ser selladas antes de ser certificadas. Las solicitudes suscritas en el extranjero se cursarán a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
b) Telemáticamente. Las solicitudes podrán presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, utilizando la aplicación informática (código 712).
Los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

bolsa de empleo de personal laboral temporal de la categoría profesional de Auxiliares de Enfermería en la provincia de Segovia.

Convocatoria pública para la constitución de la bolsa de empleo de personal laboral temporal de la categoría profesional de Auxiliares de Enfermería, en el ámbito de la provincia de Segovia, conforme a las siguientes:
BASES
Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto constituir la bolsa de empleo en la provincia de Segovia de la categoría profesional de Auxiliares de Enfermería con la finalidad de seleccionar personal laboral de esta categoría, para la prestación de servicios de carácter temporal en centros dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en ese ámbito provincial.
Constitución de la bolsa de empleo.
1. – La bolsa de empleo se constituirá con aquellos aspirantes que declaren reunir los requisitos establecidos en la base tercera y presenten la solicitud de admisión de conformidad con lo establecido en la base sexta de la presente convocatoria.
2.– El orden de prelación vendrá determinado por la calificación obtenida en la prueba de carácter no eliminatorio que se convoque al efecto. En caso de empate, éste se resolverá conforme al orden de actuación de los aspirantes, el cual se iniciará por aquéllos cuyo apellido comience por la letra «Y», continuándose sucesivamente por orden alfabético, de conformidad con lo establecido en la Orden ADM/582/2011, de 29 de abril, por la que se publica el resultado del sorteo celebrado al efecto.
3.– La no presentación a la prueba que se convoque supone la exclusión definitiva de la bolsa de empleo que se constituya.
Requisitos de los aspirantes. 1.– Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.
2) Tener cumplidos los dieciséis años de edad, con las limitaciones que establece la legislación laboral, y la normativa reguladora de la prevención de riesgos laborales en lo relativo al trabajo de los menores de edad en actividades que entrañen riesgos específicos.
3) Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones propias de la categoría que se solicita.
4) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, ni pertenecer a la misma categoría profesional o especialidad de la presente convocatoria.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
5) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o en condiciones de obtenerla.
6) No haber presentado solicitud de participación en otros procesos de constitución de bolsas de empleo de personal laboral temporal convocados para la misma categoría profesional en otra provincia de Castilla y León al amparo del apartado 2
del punto primero del Acuerdo en materia de Selección de Personal Laboral Temporal adoptado con fecha 10 de marzo de 2008 por la Mesa de Negociación del Personal Laboral de la Administración de Castilla y León, que señala que los aspirantes sólo podrán solicitar la inclusión en la Bolsa de una sola provincia.
7) No pertenecer a la bolsa de empleo de personal laboral derivada del proceso selectivo en ejecución de las ofertas de empleo público constituida para la categoría profesional convocada.
2.– Los requisitos citados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la suscripción del correspondiente contrato de trabajo.
Formalización de la solicitud. 1.– La solicitud de participación se dirigirá a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de Segovia, órgano gestor del procedimiento, y se presentará en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que se relacionan en el Anexo I conforme al modelo que figura en el Anexo II, siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anexo III de la presente convocatoria.
2.– Las solicitudes se presentarán en los lugares arriba indicados en el plazo de siete días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León» [BOCYL Núm. 98 Jueves, 24 de mayo de 2012] {del 25 al 31 de mayo de 2012,a.i.}y se podrá efectuar por cualquiera de las dos formas siguientes:
a) Presencialmente, en soporte de papel, en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo I, así como en los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para facilitar la cumplimentación de la solicitud se podrá utilizar el formulario que aparece en la página web (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
De presentarse en las oficinas de correos deberá hacerse en sobre abierto para ser selladas antes de ser certificadas. Las solicitudes suscritas en el extranjero se cursarán a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
b) Telemáticamente. Las solicitudes podrán presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, utilizando la aplicación informática (código 712).
Los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.