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viernes, 27 de marzo de 2015

Subvenciones para la realización de acciones de promoción turística de la Costa Blanca, a entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante. Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca

Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca CONVOCATORIA ASOCIACIONES ACCIONES TURÍSTICAS 2015
Convocatoria para la concesión, durante el año 2015, de subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE LA COSTA BLANCA, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE con arreglo a las siguientes BASES:
“Primera. Actividad objeto de la subvención. El Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca, con el ánimo de cooperar con el desarrollo del turismo de la provincia de Alicante, garantizando los principios de solidaridad y participación ciudadana, considera que las Asociaciones sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante, desarrollan acciones y actividades que se dirigen a sectores de la población más específicos, complementando la actuación municipal o supramunicipal en material turística.
La Diputación Provincial de Alicante creó el Organismo Autónomo, denominado Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca, para la promoción turística, tal como se indica en el artículo 1 de los Estatutos que rigen el mismo.
Dentro de los fines estatutariamente regulados del Patronato Provincial de Turismo, figura en el artículo 2 apartado l) de los mismos: “Otorgar subvenciones u  otras transferencias corrientes o de capital a Entidades Locales y a Corporaciones, Entidades o Instituciones públicas o privadas sin fin de lucro”.
Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, para la concesión durante el año 2015, de subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos derivados en “La promoción turística de la Costa Blanca”, que ejecuten las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante.
Serán subvencionables las actuaciones de gasto corriente correspondiente a la anualidad 2015 consistentes en:
· Planificación, gestión e implementación de acciones de promoción turística.
· Organización y difusión de productos / actividades específicas, tales como la gastronomía, el turismo cultural o industrial, el golf, etc., especialmente aquellos que ayuden a vertebrar iniciativas en el territorio o reducir la estacionalidad del turismo de la Costa Blanca.
· Campañas turísticas específicas de sector (alojamiento, restauración, ocio) o producto: Material promocional turístico, campañas en redes sociales, etc.
Segunda. Plazo de la convocatoria. La presente convocatoria tiene carácter ordinario. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia y se extenderá hasta el 10 de abril de 2015.
Tercera. Entidades beneficiarias.  Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entes de derecho público de la provincia de Alicante sin ánimo de lucro. otras transferencias corrientes o de capital a Entidades Locales y a Corporaciones, Entidades o Instituciones públicas o privadas sin fin de lucro”.
Quinta. Solicitudes. Los interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado que se incluye como Anejo I a las presentes Bases y cuya plantilla se encuentran disponible asimismo en la web del organismo “ www.costablanca.org ”, en el Registro General del Patronato, sito en la Avda. de la Estación, 6 de Alicante.

miércoles, 2 de julio de 2014

Subvenciones a Asociaciones sin ánimo de lucro: Acciones de Promoción Turística de la Costa Blanca. Patronato Provincial de Turismo de Alicante.

subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN MATERIA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE LA COSTA BLANCA, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE con arreglo a las siguientes
BASES:
“Primera. Actividad objeto de la subvención. El Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca, con el ánimo de cooperar con el desarrollo del turismo de la provincia de Alicante, garantizando los principios de solidaridad y participación ciudadana, considera que las Asociaciones sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante, desarrollan acciones y actividades que se dirigen a sectores de la población más específicos, complementando la actuación municipal o supramunicipal en material turística.
La Diputación Provincial de Alicante creó el Organismo Autónomo, denominado Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca, para la promoción turística, tal como se indica en el artículo 1 de los Estatutos que rigen el mismo.
Dentro de los fines estatutariamente regulados del Patronato Provincial de Turismo, figura en el artículo 2 apartado l) de los mismos: “Otorgar subvenciones u otras transferencias corrientes o de capital a Entidades Locales y a Corporaciones, Entidades o Instituciones públicas o privadas sin fin de lucro”.
Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, para la concesión durante el año 2014, de subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos derivados en “La promoción turística de la Costa Blanca”, que ejecuten las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante.
Serán subvencionables las actuaciones de gasto corriente correspondiente a la anualidad 2014 consistentes en:
· Planificación, gestión e implementación de acciones de promoción turística.
· Organización y difusión de productos / actividades específicas, tales como la gastronomía, el turismo cultural o industrial, el golf, etc., especialmente aquellos que ayuden a vertebrar iniciativas en el territorio o reducir la estacionalidad del turismo de la Costa Blanca.
· Campañas específicas de sector (alojamiento, restauración, ocio) o producto: Material promocional turístico, campañas en redes sociales, etc.
Segunda. Plazo de la convocatoria.  La presente convocatoria tiene carácter ordinario. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia y se extenderá hasta el 21 de julio de 2014.
Tercera. Entidades beneficiarias. Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entes de derecho público de la provincia de Alicante sin ánimo de lucro.

miércoles, 28 de diciembre de 2011

1 beca de prácticas para la investigación y seguimiento de proyectos y programas a desarrollar en el Museo Taurino de la corporación.

Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre bases para la concesión de una beca de prácticas para la investigación y seguimiento de proyectos y programas a desarrollar en el Museo Taurino de la corporación.
"BASES PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE PRÁCTICAS PARA LA INVESTIGACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y PROGRAMAS A DESARROLLAR EN EL MUSEO TAURINO DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA "; en consecuencia se abre un periodo de información y apertura del plazo de presentación de solicitudes, que será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como prevé la cláusula TERCERA de las bases de la convocatoria, que se transcriben a continuación:
"La Diputación de Valencia pretende impulsar las prácticas de investigación que a continuación se detallan, mediante la concesión de becas a desarrollar en el Museo Taurino:
BASE PRIMERA
I. Beca 1. Una beca para participar en las acciones de difusión cultural y promoción turística del Museo Taurino.
Se precisan las siguientes titulaciones: Grado en Turismo, Grado en Gestión Turística, o Grado de Publicidad y Relaciones Públicas.
BASE SEGUNDA Esta beca se adjudicará mediante concurso, entre los diversos aspirantes a la misma, que deberán reunir los siguientes requisitos generales, además de la titulación específica requerida:
1. Poseer la nacionalidad de uno de los estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En caso de títulos expedidos en el extranjero el solicitante debe aportar la resolución de convalidación, no bastando el justificante de haberla solicitado o que la misma esté en trámite.
2. No haber disfrutado de beca alguna concedida por esta Corporación en los últimos tres años (declaración jurada del interesado).
3. No estar disfrutando de otra beca o ayuda, así como no desarrollar una actividad regular durante el período de disfrute de la beca (declaración jurada del interesado).
4. Las titulaciones requeridas deberán estar expedidas con posterioridad a 30 de septiembre 2006.
La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa, a través de certificados telemáticos, las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativos de estar al corriente en el pago de sus obligaciones.
En los supuestos en que por cualquier circunstancia el certificado no sea positivo, se requerirá al solicitante que lo aporte, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, procediéndose en consecuencia a su archivo con los efectos previstos en el art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación:
Fotocopia compulsada del D.N.I
Fotocopia compulsada del expediente académico.
Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos.
El modelo de instancia, que incluirá las declaraciones juradas, así como toda la información sobre el desarrollo del proceso estará disponible en la dirección www.dival.es/cultura
BASE TERCERA.- Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro General de la Diputación de Valencia, calle Serranos, nº. 2, de Valencia, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la base segunda y los méritos que se aleguen.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[Miércoles, 28 de Diciembre de 2011 - BOP 308]{del 29 de diciembre de 2011, al 27 de enero de 2012, a.i.}