viernes, 6 de marzo de 2009

bases generals: Concerts per a places assistencials en centres d’atenció especialitzada per a persones amb discapacitat i s'efectua convocatòria.

Conselleria de Benestar Social
ORDE de 3 de març de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regulen les bases generals a què han de sotmetre’s els concerts per a places assistencials en centres d’atenció especialitzada per a persones amb discapacitat i s’efectua convocatòria pública per al període 2009-2012. [2009/2667]

Conselleria de Bienestar Social
ORDEN de 3 de marzo de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases generales a las que deben someterse los conciertos para plazas asistenciales en centros de atención especializada para personas con discapacidad y se efectúa convocatoria pública para el período 2009-2012. [2009/2667]
Constituye el objeto de la presente orden el establecimiento de las bases que van a regir las convocatorias de conciertos de plazas en Centros de Atención Especializada para Personas con Discapacidad, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, las necesidades percibidas de la población y las solicitudes presentadas, así como la aprobación de la convocatoria pública para la suscripción de estos conciertos.
– Centros Residenciales específicos para personas con discapacidad física, intelectual, sensorial o visceral.
– Centros Específicos para Enfermos Mentales Crónicos –CEEM-.
– Centros de Día para enfermos mentales crónicos, vinculados a Centros Específicos para Enfermos Mentales Crónicos.
– Centros de Día para personas con discapacidad física, intelectual, sensorial o visceral.

De forma excepcional, podrán concurrir centros de tipología distinta a los señalados, cuando existan razones de interés público debidamente justificadas.
Los anteriores centros se integran en la Red Valenciana de Servicios Sociales para Personas con Discapacidad.
El plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 7 al 18 de març 2009]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia