miércoles, 29 de abril de 2009

Bases Reguladoras de las ayudas al cooperativismo agrario valenciano.

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . ORDE de 14 d’abril de 2009, de la Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s’aproven les bases reguladores de les ajudes al cooperativisme agrari valencià. [2009/4627]
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. ORDEN de 14 de abril de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases Reguladoras de las ayudas al cooperativismo agrario valenciano. [2009/4627]

Objeto.- 1. El objeto de la presente orden es aprobar las bases que regulan la concesión de ayudas al cooperativismo agrario y la convocatoria para el ejercicio 2.009 de las mismas.
2. Las convocatorias en cada ejercicio se publicarán en el DOCV.

Beneficiarios.- 1. Las cooperativas agrarias y las empresas de otro tipo que estén participadas mayoritariamente por cooperativas, siempre que su actividad se mantenga en el ámbito del desarrollo rural relacionado con el sector agrario y alimentario.
2. Las organizaciones representativas del cooperativismo agrario. El beneficiario deberá tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.

Medidas.- 1. Las actuaciones auxiliables son las que se enmarquen dentro de las siguientes medidas:
a. Modernización de la gestión empresarial.
b. Constitución de nuevas cooperativas y diversificación de actividades en las cooperativas ya existentes.
c. Integración cooperativa.
d. Crecimiento empresarial y capitalización.
2. Una misma entidad podrá solicitar ayudas al amparo de cualquiera de las medidas establecidas en la presente orden, pudiendo igualmente simultanear la solicitud de ayudas a título individual, con otra solicitud como integrante de una asociación, cooperativa de segundo grado o participante de otro tipo de entidades que también soliciten el mismo tipo de ayudas, de conformidad con las limitaciones de la normativa comunitaria que le sea de aplicación en cada caso.

Solicitudes.- Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la dirección general competente en materia de cooperativismo de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Las solicitudes se presentarán ante las oficinas comarcales de la Conselleria, sus servicios territoriales de Alicante, Castellón y Valencia, sus servicios centrales en Valencia (C/Amadeo de Saboya, 2) y por cualquier otro de los medios admitidos en la legislación vigente (artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
La presentación de la solicitud por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados de estar al corriente en las obligaciones fiscales (Agencia Tributaria y Generalitat) y frente a la Seguridad Social.
Los formularios de solicitud estarán disponibles en la dirección electrónica:
http://www.gva.es/Prop/Serviciosalciudadano/Trámitesyservicios.
El plazo de presentación de solicitudes y los importes máximos se determinarán en cada convocatoria.

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