Mostrando entradas con la etiqueta Abogado/a. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Abogado/a. Mostrar todas las entradas

miércoles, 29 de noviembre de 2017

se convocan pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Primero. Convocatoria. Se convocan las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de Abogado por parte de ciudadanos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Segundo. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea u otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, requisito que se deberá mantener hasta la finalización de la prueba.
2. Estar en posesión del documento oficial que acredite el ejercicio de la profesión de Abogado obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en los términos establecidos en el artículo 3 de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo.
Tercero. Solicitud de admisión a la prueba de aptitud. Quienes deseen participar en la prueba deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión (modelo 790 - Código 007, en cuya parte superior figura «Ministerio de Justicia-Solicitud de admisión a pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la UE y EEE y liquidación de la tasa de derechos de examen») que se podrá descargar gratuitamente de la página web del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es).
En el caso de solicitudes cursadas en el extranjero, se deberá rellenar el modelo de solicitud recogido en el anexo I de la presente Resolución, en lugar del modelo 790 anteriormente referenciado.
En ambos casos, deberá acompañarse declaración responsable relativa a la posesión de documento oficial que acredite el ejercicio de la profesión de Abogado expedido en alguno de los Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, según el modelo contenido en el anexo II de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo, indicando de forma expresa la denominación oficial de su profesión en su Estado de origen, de acuerdo con las que se indican en el anexo I de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo.
Cuarto. Derechos de examen. Los derechos de examen, conforme con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, serán de 45,20 euros.
El pago se efectuará mediante ingreso en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en España para la recaudación tributaria, para lo cual será imprescindible acompañar el modelo 790, con sus tres copias, debidamente cumplimentado, en la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, que deberá hacer constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada en el espacio reservado a estos efectos.
Los ingresos realizados en el extranjero se recogerán en la cuenta corriente número ES 62 0182 2370 42 0208000060, abierta en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público, Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero».
El ingreso podrá hacerse directamente en cualquier oficina de la entidad citada o mediante transferencia desde cualquier otra entidad bancaria. En ningún caso, la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud que se expresa en el apartado tercero de esta Resolución.
Quinto. Presentación de la solicitud y documentación adicional. Para participar en la prueba de aptitud, una vez efectuado el pago de la tasa, será necesario presentar la solicitud y la declaración responsable mencionadas en el apartado tercero de esta Resolución, junto con una fotocopia compulsada por autoridad española del documento que acredite la identidad y, en el caso de solicitudes efectuadas desde el extranjero, el resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen. La falta de cualquier documento de los solicitados determinará la exclusión del solicitante.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación adicional será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 30 de noviembre al 19 de diciembre de 2017, a.i.} y podrá realizarse en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28012 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el supuesto de remitirse las solicitudes a través de las Oficinas de Correos, estas deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas. En ningún caso, se admitirán las solicitudes registradas por oficinas de correos extranjeras.

miércoles, 26 de julio de 2017

2ª prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2017.

1. Convocatoria. Se convoca la segunda prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de Abogado dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por Universidades o Escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.
Esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, no contiene limitación alguna en el número de plazas.
La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) apartado «Trámites y gestiones personales-Acceso a la profesión de Abogado», así como en la página web del Consejo General de la Abogacía Española.[www.abogacia.es]
2. Descripción de la evaluación. La prueba de evaluación de la aptitud profesional se efectuará de conformidad con lo establecido en la presente Orden de convocatoria y será única e idéntica para todo el territorio español.
3. Programa de materias. El programa que ha de regir la evaluación se encuentra en el anexo II de la presente convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias necesarias para el acceso a la profesión de Abogado que serán objeto de la evaluación.
4. Requisitos de los candidatos. Podrán concurrir a la prueba de evaluación quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Los aspirantes deberán cumplir este requisito con anterioridad a la admisión al curso de formación especializada para el acceso a la profesión de Abogado de conformidad con el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
b) Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de Abogado, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación Cultura y Deporte e inscritos en el Registro administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 a 8 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.
Los aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en la que se realice la prueba.
c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de Abogado.
Los aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en la que se realice la prueba.
Si en algún momento se tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, la Administración acordará motivadamente su exclusión del proceso, previo trámite de audiencia.
5. Plazo y forma de presentación de las solicitudes y documentación. Quienes deseen participar en la prueba de evaluación para el acceso al ejercicio de la abogacía deberán cumplimentar el modelo de solicitud de inscripción dirigido a la Secretaría de Estado de Justicia, que podrá descargarse en el portal web del Ministerio de Justicia y que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria.
La solicitud podrá presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es), utilizando como sistema de autentificación el sistema Cl@ve. Dentro de esta plataforma, se admitirá DNI electrónico, certificado electrónico reconocido y los sistemas Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente para la identificación de los aspirantes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, también se podrá presentar la solicitud de participación en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, número 8, 28012 Madrid, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el meritado artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos, se presentarán en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión.
En la solicitud de admisión se incluirá una declaración responsable referente al cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere el apartado 4 de la presente convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes de participación en la evaluación será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 27 de julio al 16* de agosto de 2017, a.i.}
Al objeto de simplificar los trámites administrativos que deban realizar los participantes, éstos podrán autorizar expresamente al Ministerio de Justicia el acceso a los sistemas de verificación de sus datos de titulación y de identidad en los términos establecidos en el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado. Los datos de carácter personal serán tratados conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En el caso de que no se autorice expresamente el acceso a estos datos el solicitante deberá marcar el correspondiente recuadro en el modelo de solicitud y presentar la documentación que se le requiera una vez finalizado el proceso.
6. Derechos de examen. La participación en la prueba de evaluación será gratuita.