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sábado, 15 de junio de 2019

subvenciones para el desarrollo de la VIII edición del Programa "Campus Inclusivos, Campus sin Límites". Convocatoria de 2019.

Resultado de imagen de VIII edición del Programa "Campus Inclusivos, Campus sin Límites". Convocatoria de 2019.MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 6 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de la VIII edición del Programa "Campus Inclusivos, Campus sin Límites". Convocatoria de 2019.
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  • BDNS(Identif.):460334

  • De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional, http://www.educacionyfp.gob.es/

  • Primero. Beneficiarios:
  • Estudiantes matriculados en el curso 2018-2019, en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o un Ciclo Formativo de Formación Profesional.

  • Segundo. Objeto:
  • Subvenciones a universidades para llevar a cabo un proyecto con diversas actividades, con estudiantes con y sin discapacidad, a realizar durante los meses de julio y septiembre de 2019.

  • Tercero. Bases Reguladoras:
  • Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).

  • Cuarto. Financiación:
  • Se concederán ayudas a universidades, Campus de Excelencia o unión de universidades, que irán destinadas a sufragar los gastos derivados del desarrollo de los proyectos de Campus Inclusivos de verano presentados al efecto. Cada proyecto deberá incluir un presupuesto detallado por un importe máximo de 25.000€, pudiendo incrementarse hasta 30.000 euros cuando los proyectos sean presentados y desarrollados por más de una universidad.

  • El gasto máximo estimado de la convocatoria es de 270.000,00€, de los cuales el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades aportará 70.000,00€ con cargo a la aplicación presupuestaria 28.06.463A.456 y 20.000,00€ con cargo a la aplicación 28.04.463A.488.05.

  • La Fundación ONCE y Fundación REPSOL, aportarán 90.000,00€ cada una, con cargo a sus respectivos presupuestos.

  • Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
  • El plazo para la presentación de solicitudes será de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Extracto de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado. {del 15 al 21 de junio de 2019, a.i.}

  • Las solicitudes se cumplimentarán, mediante el formulario de inscripción que será accesible a través de la Sede Electrónica.

  • Sexto. Proyecto Pedagógico:
  • Las universidades deberán presentar sus proyectos de acuerdo con el anexo II de la convocatoria y cumplir las características y aspectos que se describen a continuación:

  • - Estancia: un mínimo de 7 y un máximo de 10 días, en régimen de alojamiento y pensión completa, durante los cuales se llevarán a cabo diferentes actividades académicas, culturales, deportivas, de ocio y de convivencia. Dicha estancia se podrá desarrollar durante el mes de julio o la primera quincena de septiembre de 2019.

  • - Las universidades serán las encargadas de proponer y seleccionar a los estudiantes participantes. Se detallará el proceso de selección, indicando el área de influencia de la universidad solicitante, procedencia de los candidatos, los criterios de selección y el baremo a utilizar para dicha selección de acuerdo a los criterios expuestos con anterioridad. Será de obligado cumplimiento la presencia de estudiantes sin discapacidad que asegurará la verdadera inclusión del proyecto.

  • - Actividades a desarrollar. Las actividades serán de divulgación académica, orientación vocacional y desarrollo personal y culturales, deportivas y de ocio. Cada una de las actividades propuestas debe detallarse en formato de Unidad Didáctica y contener los siguientes aspectos: Breve descripción de la actividad, Objetivos específicos, Metodología utilizada, Personal implicada en el desarrollo del programa, Materiales necesarios, Evaluación, Accesibilidad y diseño universal.

  • Los proyectos serán evaluados por una Comisión de Selección, nombrada por el Secretario General de Universidades, compuesta por dos miembros de cada una de las entidades organizadoras.

  • lunes, 30 de abril de 2018

    VII edición del Programa "Campus Inclusivos, Campus sin Límites". Convocatoria de 2018. Subvenciones para el desarrollo del programa.

    BDNS(Identif.):395789
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index y en la página web del MECD: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/centros-docentes/becas-ayudas-subvenciones/universitarios/campus-inclusivos.html
    Primero. Beneficiarios. Estudiantes matriculados en el curso 2017-2018, en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o un Ciclo Formativo de Grado Medio.
    Segundo. Objeto. Subvenciones a universidades y Campus de Excelencia para llevar a cabo un proyecto con diversas actividades, con estudiantes con y sin discapacidad, a realizar durante el verano de 2018.
    Tercero. Bases Reguladoras. Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).
    Cuarto. Financiación. Se concederán diez ayudas a universidades, Campus de Excelencia o unión de universidades, que irán destinadas a sufragar los gastos derivados del desarrollo de los proyectos de Campus Inclusivos de verano presentados al efecto. Cada proyecto deberá incluir un presupuesto detallado por un importe máximo de 27.000 €.
    El gasto máximo estimado de la convocatoria es de 270.000,00€, de los cuales el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte aportará 70.000,00€ con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.463A.456 y 20.000,00€ con cargo a la aplicación 18.06.463A.488.05.
    La Fundación ONCE y Fundación REPSOL, aportarán 90.000,00 € cada una, con cargo a sus respectivos presupuestos.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 1 al 30 de mayo de 2018, a.i.}
    Las solicitudes se cumplimentarán, mediante el formulario de inscripción que será accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
    https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/sede-electronica.html
    Sexto. Proyecto Pedagógico. Las universidades deberán presentar sus proyectos de acuerdo con el anexo II de la convocatoria y cumplir las características y aspectos que se describen a continuación:
    - Estancia: un mínimo de 7 y un máximo de 10 días, en régimen de alojamiento y pensión completa, durante los cuales se llevarán a cabo diferentes actividades académicas, culturales, deportivas, de ocio y de convivencia. Dicha estancia se podrá desarrollar durante el mes de julio o la primera quincena de septiembre de 2018.
    - Las universidades serán las encargadas de proponer y seleccionar a los estudiantes participantes. Se detallará el proceso de selección, indicando el área de influencia de la universidad solicitante, procedencia de los candidatos, los criterios de selección y el baremo a utilizar para dicha selección de acuerdo a los criterios expuestos con anterioridad. Será de obligado cumplimiento la presencia de estudiantes sin discapacidad que asegurará la verdadera inclusión del proyecto.
    Resultado de imagen de VII edición del Programa "Campus Inclusivos, Campus sin Límites". Convocatoria de 2018.- Actividades a desarrollar. Las actividades serán de divulgación académica, orientación vocacional y desarrollo personal y culturales, deportivas y de ocio. Cada una de las actividades propuestas debe detallarse en formato de Unidad Didáctica y contener los siguientes aspectos: Breve descripción de la actividad, Objetivos específicos, Metodología utilizada, Personal implicada en el desarrollo del programa, Materiales necesarios, Evaluación, Accesibilidad y diseño universal.
    Los proyectos serán evaluados por una Comisión de Selección, nombrada por el Secretario General de Universidades, compuesta por dos miembros de cada una de las entidades organizadoras.

    sábado, 3 de junio de 2017

    subvenciones para el desarrollo de proyectos en el ámbito del programa Campus Inclusivos, Campus Sin Límites.

    BDNS(Identif.):348214
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index y en la página web del MECD: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/centros-docentes/becas-ayudas-subvenciones/universitarios/campus-inclusivos.html
    Primero. Beneficiarios. Estudiantes con discapacidad matriculados en el curso 2016-2017, en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o un Ciclo Formativo de Grado Medio.
    Segundo. Objeto. Subvenciones a universidades y Campus de Excelencia Internacional para llevar a cabo un proyecto con diversas actividades a realizar durante el verano de 2017, con estudiantes con discapacidad.
    Tercero. Bases Reguladoras. Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).
    Cuarto. Financiación. Se concederán ayudas a universidades destinadas a sufragar los gastos derivados del desarrollo de los proyectos de Campus Inclusivos presentados al efecto.
    Cada universidad deberá presentar un presupuesto ajustado a un ratio máximo por alumno de 1.500 euros, no pudiendo superar en ningún caso el importe máximo a subvencionar que será de 28.000 €.
    El gasto máximo estimado correspondiente al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte será de 70.000€. Fundación ONCE y Fundación REPSOL aportarán 70.000,00 € cada una, con cargo a sus respectivos presupuestos.
    Quinto. Plazo de presentacion de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado". {del 5 al 9 de junio de 2017, a.i.}

    martes, 26 de mayo de 2015

    subvenciones para el desarrollo de proyectos en el ámbito del programa Campus Inclusivos, Campus Sin Límites. (actividades a realizar durante el verano de 2015).

    1. Objeto y finalidad de la convocatoria. 1. El objeto de la presente convocatoria es conceder subvenciones a universidades para llevar a cabo un proyecto con diversas actividades a realizar durante el verano de 2015, al amparo del programa «Campus Inclusivos, Campus sin Límites 2015».
    2. El proyecto deberá argumentar y planificar las actividades a realizar con un grupo de, como mínimo, 15 estudiantes de los cuales, al menos el 60% serán estudiantes con discapacidad y un 40%, sin discapacidad, que estén matriculados en el curso 2014-2015, en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o un Ciclo Formativo de Grado Medio.
    3. La finalidad última es que los estudiantes con discapacidad no abandonen los estudios al término de la Educación Secundaria Obligatoria, continúen con su formación hacia el Bachillerato y/o de los Ciclos Formativos de Grado Medio finalizando su formación en el ámbito de la Educación Superior y con ello, reducir las altas tasas de abandono escolar temprano, mejorando así la empleabilidad de este colectivo. Para ello se plantean los siguientes objetivos:
    – Sensibilizar el entorno universitario y de Educación Superior acerca de las necesidades y capacidades de los estudiantes con discapacidad, de manera que la experiencia del desarrollo del programa «Campus Inclusivos, Campus sin Límites» redunde en la promoción de universidades inclusivas.
    – Concienciar y motivar a los jóvenes con discapacidad para promover su acceso a la Universidad, abriéndoles sus puertas y mostrando las oportunidades que las universidades les brindan para su futuro.
    – Promover en el entorno universitario y de Educación Superior la adecuación de sus sistemas, métodos y materiales educativos a dichos estudiantes, facilitando así el desarrollo de su talento, creatividad y la plena adquisición de competencias.
    – Identificar oportunidades de mejora encaminadas al desarrollo de protocolos de acogida para estudiantes con discapacidad en el entorno universitario y de la Educación Superior.
    – Implementar la accesibilidad universal como herramienta de inclusión social de las personas con discapacidad y la sensibilización de todo su entorno.
    – Propiciar el conocimiento mutuo de las realidades de jóvenes con y sin discapacidad, en un entorno realmente inclusivo.
    3. Ayudas que se convocan. 1. Se concederán 10 ayudas a diferentes universidades, destinadas a sufragar los gastos derivados del desarrollo de los proyectos de Campus Inclusivos presentados al efecto.
    2. Las universidades interesadas deberán presentar un proyecto, de carácter individual o promovido por la unión sinérgica de varias universidades de la misma ciudad o entorno, de acuerdo con los criterios recogidos en el artículo 6, para organizar diversas actividades con estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad y que estén matriculados en el curso 2014-2015 en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional o Bachillerato, durante el verano de 2015.
    3. Cada universidad deberá presentar un presupuesto ajustado a un ratio máximo por alumno de 1.500 euros, no pudiendo superar en ningún caso el importe máximo a subvencionar que será de 30.000 €.
    4. Requisitos de participación. 1. Podrán participar en esta convocatoria las universidades españolas, tanto públicas como privadas, que impartan enseñanzas presenciales de Grado.
    2. Será condición necesaria para la participación que los espacios, entornos, actividades y materiales que se ofrezcan, sean universalmente accesibles según las normas que establece el «Diseño para Todos».
    3. Quedan excluidas de esta convocatoria las universidades que solo impartan estudios de postgrado y las de educación a distancia.
    5. Documentación a presentar, procedimiento y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se cumplimentarán, mediante el formulario de inscripción que será accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección: https://sede.educacion.gob.es/ . La solicitud deberá estar firmada por el Rector de la universidad.   ...
    7. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 12 de junio de 2015.