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lunes, 22 de abril de 2019

3 plazas del Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales, especialidad en Medios de Comunicación Social.

Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales
Resolución de 10 de abril de 2019, de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se publica la convocatoria de oposición para el Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales, especialidad en Medios de Comunicación Social, turnos libre, restringido y de discapacidad.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.8 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, la Mesa del Congreso de los Diputados y la Mesa del Senado, en sus respectivas reuniones del día 12 de febrero de 2019, acordaron, sin perjuicio de su posterior ratificación por las Mesas de ambas Cámaras en sesión conjunta, la convocatoria de oposición para proveer tres plazas del Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales, especialidad en Medios de Comunicación Social, dotadas con las retribuciones establecidas en el Presupuesto de las Cortes Generales. Igualmente acordaron delegar en los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado la aprobación de las bases de la convocatoria.
  • De dichas plazas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva una para su provisión en turno restringido por funcionarios de otros cuerpos de las Cortes Generales que estén en posesión de la titulación a que se refiere la base Segunda, punto 1. b) de esta convocatoria. En caso de que la vacante correspondiente a este turno no se cubra, incrementará el turno libre.
  • Asimismo, del total de las plazas convocadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva una para ser cubierta por personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que reúnan los requisitos de la presente convocatoria, superen las pruebas selectivas y, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En caso de que la vacante correspondiente a este turno no se cubra, incrementará el turno libre.
  • Segunda. Requisitos para concurrir.
  • 1. Para tomar parte en la oposición será necesario, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.2 y 10.3 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los requisitos siguientes, que deberán cumplirse en el momento en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión:
  • a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.
  • b) Estar en posesión del título de Licenciado en Ciencias de la Información, Graduado en Periodismo, Graduado en Comunicación Audiovisual o Graduado en Publicidad, o estar en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
  • Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
  • c) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
  • d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
  • 2. Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o de la documentación aportada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales, podrá acordar, previa audiencia del interesado, la exclusión del mismo.
  • Tercera. Solicitudes y plazo de presentación.
  • Quienes deseen tomar parte en la oposición deberán presentar, en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»,{del 23 de abril al 15 de mayo de 2019, a.i.} una instancia, según modelo oficial anejo a la presente convocatoria (anexo I), dirigida al Letrado Mayor de las Cortes Generales, a la que se acompañará copia del documento nacional de identidad en vigor, del justificante de realización de la transferencia que se haya utilizado para hacer efectivos los derechos de examen, así como del título exigido en la presente convocatoria.
  • En dicha solicitud se consignarán el nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, correo electrónico y título exigido en la presente convocatoria con su denominación oficial completa y centro que lo expidió, y opción de idiomas de acuerdo con lo señalado en la base Séptima, apartado 6, punto cuarto, así como el turno libre, restringido o de discapacidad por el que se opte.
  • Asimismo, se hará declaración expresa de reunir todos y cada uno de los requisitos que se señalan en la base Segunda de la convocatoria y de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del nombramiento.
  • Cada aspirante únicamente podrá presentarse por uno de los turnos: libre, restringido o de discapacidad. La contravención de esta norma determinará la exclusión del aspirante que no la haya observado.
  • El modelo oficial de solicitud podrá descargarse de las páginas web del Congreso de los Diputados (www.congreso.es) o del Senado (www.senado.es). Igualmente, podrá recogerse gratuitamente en cualquiera de las dos Cámaras.
  • Dicha instancia podrá presentarse alternativamente:
  • – Por vía electrónica, a través de las páginas web del Congreso de los Diputados y del Senado. La presentación por esta vía permitirá cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud, anexar documentos y realizar el registro electrónico de la solicitud. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación electrónica de la instancia, se estará a lo que se establece en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • – En papel, de forma presencial, en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados (c/ Floridablanca, s/n, planta 6.ª Edificio Ampliación I, 28071 Madrid), o en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado (c/ Bailén, n.º 3, 28071 Madrid), en ambos casos en días laborables, de lunes a viernes, en horario de diez a catorce horas o por cualquiera de los medios admitidos en la legislación de procedimiento administrativo vigente. 
  • martes, 26 de noviembre de 2013

    3 Especialistas (A1): 1 en Informática. 1 en Ingeniería Industrial. 1 en Estadística. Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales.

    Resolución de 23 de septiembre de 2013, conjunta de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición al Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales.
    Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en su reunión conjunta del día 23 de septiembre de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.8 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, han acordado convocar oposición para proveer tres plazas del Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales, de las siguientes especialidades, dotadas con las retribuciones establecidas en el presupuesto de las Cortes Generales:
    – Un especialista en Informática.
    – Un especialista en Ingeniería Industrial.
    – Un especialista en Estadística.

    La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases:
    Segunda. Para tomar parte en la oposición será necesario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los requisitos siguientes:
    a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.
    b) Estar en posesión del título que a continuación se relaciona, según la especialidad o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
    – Para la especialidad de informática: Licenciado en Informática, Ingeniero Informático o Ingeniero de Telecomunicación.
    – Para la especialidad de Ingeniería Industrial: Ingeniero Industrial o equivalente.
    – Para la especialidad de Estadística: Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
    c) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
    d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
    e) Cumplir los requisitos que se establecen en la presente convocatoria en el momento en que expire el plazo de presentación de instancias.
    Los anteriores requisitos deberán reunirse en el día en que expire el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión, en su caso.
    Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o de la documentación aportada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales, podrá acordar, previa audiencia del interesado, la exclusión del mismo.
    Tercera. La oposición versará sobre dos grupos de materias: las específicas jurídico-parlamentarias e históricas y las propias de la especialidad.
    Séptima. Quienes deseen tomar parte en la oposición deberán, dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 27 de noviembre al 16 de diciembre de 2013, a.i.}, dirigir una instancia, según modelo oficial anejo a la presente convocatoria, al Letrado Mayor de las Cortes Generales, a la que se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad, así como del resguardo del impreso de ingreso o de transferencia que se haya utilizado para hacer efectivos los derechos de examen. En dicha solicitud se consignarán el nombre y dos apellidos, número del Documento Nacional de Identidad, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificaciones, teléfono, título que se posea, e idiomas de acuerdo con lo señalado en la base cuarta, apartado 4.º Asimismo se hará declaración expresa de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento, y de reunir todos los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria. El modelo oficial de solicitud podrá descargarse de las páginas Web del Congreso de los Diputados o del Senado. Igualmente podrá recogerse gratuitamente en cualquiera de las dos Cámaras.
    Dicha instancia podrá presentarse, alternativamente:
    – En el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, en días laborables, excepto sábados, en horario de diez a trece horas (C/ Floridablanca, s/n, planta 6.ª Edificio Ampliación I, 28071 Madrid).
    – En el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado, en días laborables, excepto sábados, en horario de diez a trece horas (C/ Bailén, n.º 3, 28071 Madrid).
    – En las Oficinas de Correos, en la forma reglamentariamente establecida (correo certificado, debiendo constar la fecha de presentación en la propia solicitud).
    – Por cualesquiera otros medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    páginas web de cada Cámara (www.congreso.es y www.senado.es)