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miércoles, 24 de enero de 2018

39 plazas del Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Ejecutiva de Agentes para la Protección de la Naturaleza.

- RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2018, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Ejecutiva de Agentes para la Protección de la Naturaleza, y se acumulan al proceso selectivo convocado por Resolución de 21 de junio de 2017, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.
1. Normas Generales. 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 29 plazas del Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Ejecutiva de Agentes para la Protección de la Naturaleza. De estas plazas se reserva 1 para ser cubierta por quienes se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo. En el supuesto de que dicha plaza quede vacante se acumulará a las restantes del turno libre.
El presente proceso selectivo se acumula al convocado por Resolución de 21 de junio de 2017, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, para cubrir 10 plazas de la mencionada Escala Ejecutiva de Agentes para la Protección de la Naturaleza, con lo que las plazas objeto del proceso selectivo serán 39, reservando una de ellas para quienes se encuentren en el ámbito de aplicación de la citada Ley 4/2008, de 17 de junio.
2. Solicitudes. 2.1. No será necesaria la presentación de nueva solicitud para los aspirantes que ya presentaron solicitud en el plazo previsto en la Resolución de 21 de junio de 2017, citada en la base 1.2.
2.2. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre de 2003), que será facilitada a través de internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.
2.3. Los aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.
2.4. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática o en soporte papel, de acuerdo con lo especificado a continuación:
a) Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 2, siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción la utilización de DNI electrónico o un certificado digital de persona física emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/).
por esta vía conllevará obligatoriamente el pago telemático de la tasa de derechos de examen a que se refiere el apartado 6. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.
Las solicitudes cumplimentadas por vía telemática tengan que ir acompañadas por otra documentación adicional, ésta deberá presentarse en soporte papel conforme a lo señalado en el apartado siguiente.
b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel. Para ello una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 2, se procederá al pago de la tasa por derechos de examen en la forma prevista en el apartado 6, y posteriormente se hará la presentación en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.
2.5. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. {del 24 de enero al 20 de febrero de 2018, a.i.}
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
2.6. La Tasa por derechos de examen será de 16,71 euros, ...

miércoles, 25 de mayo de 2016

125 plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, de la Policía Nacional

Bases de la convocatoria
1. Número de plazas, sistema de provisión y fases del proceso selectivo 1.1 Número de plazas y sistema de provisión. Se convocan 125 plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, de la Policía Nacional, que serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Requisitos. Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
c) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el anexo III de esta convocatoria.
e) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
f) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
h) Estar en posesión del título universitario oficial de Grado.
Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mantendrán todos sus efectos académicos a los efectos del ingreso y la promoción en la Policía Nacional.
2.2 Comprobación de requisitos durante el proceso. Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la conclusión de la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión, comunicando a este centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubieran podido cometer.
3. Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen
3.1 Plazo. Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 26 de mayo al 14 de junio de 2016, a.i.}
3.2 Procedimiento. La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en la Policía Nacional (modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:
a) A través de la sede electrónica de la Policía Nacional http://www.policia.es, eligiendo en «procesos selectivos» la opción «instancias» «Escala Ejecutiva» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.
b) A través de la página web http://www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado ejemplar («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).  ...

martes, 16 de junio de 2015

75 plazas (Inspector/a) de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, que serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre

Bases de la convocatoria
1. Número de plazas, sistema de provisión y fases del proceso selectivo. 1.1 Número de plazas y sistema de provisión.  Se convocan75 plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, que serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.
1.2 Fases del proceso selectivo. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: A) Oposición; B) Cursos de Formación y C) Módulo de formación práctica.
2. Requisitos de los aspirantes. 2.1 Requisitos. Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres, y 1,60 las mujeres.
c) Estar en posesión del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario o Grado.
d) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
2.1.1 Asimismo los aspirantes deberán estar en posesión de la autorización (B.T.P.) a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, antes del 31 de diciembre de 2015.
3. Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen. 3.1 Plazo. Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 17 de junio al 6 de julio de 2015, a.i.}
3.2 Procedimiento. La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía (Modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:
a) A través de la sede electrónica del Cuerpo Nacional de Policía http://www.policia.es , eligiendo en «procesos selectivos» la opción «instancias» «Escala Ejecutiva» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.
b) A través de la página web http://www.policia.es , rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado ejemplar («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).   ...
c) Únicamente cuando sea imposible la conexión con la aplicación http://www.policia.es , se formalizará la solicitud cumplimentando a máquina o a mano en mayúsculas, el original del impreso de solicitud 790, código de tasa 088, previamente obtenido en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, Avda. Pío XII, núm. 50, 28071 Madrid, y en las Secretarías de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales del Cuerpo Nacional de Policía.   ....

jueves, 10 de abril de 2014

Cuerpo Nacional de Policía. Oferta de Empleo Público para el año 2014: 60 plazas en la Escala Ejecutiva y 254 plazas en la Escala Básica.

1. Aprobación de la oferta de empleo público. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2014, se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo Nacional de Policía para el año 2014, en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y solo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas.
2. Cuantificación de la oferta de empleo público.Se autoriza la convocatoria para oposición libre en el Cuerpo Nacional de Policía de 60 plazas en la Escala Ejecutiva y 254 plazas en la Escala Básica.

martes, 18 de junio de 2013

50 plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía. (oposición libre)

Bases de la convocatoria
1. Número de plazas, sistema de provisión y fases del proceso selectivo. 1.1 Número de plazas y sistema de provisión.
Se convocan 50 plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, que serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.
Para determinar el número definitivo de plazas a cubrir en este procedimiento, se estará a las previsiones del artículo 2.º del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas, a un número de opositores superior al de plazas finalmente vacantes.
En el supuesto de que el número de opositores que superen todas las pruebas de la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, el criterio de prelación para declarar aptos a unos y no aptos a otros será el siguiente:
Mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios que integran la segunda prueba y por el orden que en la misma se relacionan.
1.2 Fases del proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: A) Oposición; B) Cursos de Formación, y C) Módulo de formación práctica.
2. Requisitos de los aspirantes. 2.1 Requisitos. Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a)
Ser español.
b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
Este requisito se comprobará en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización de la primera prueba (aptitud física).
c) Estar en posesión del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario u otros equivalentes o superiores.
A tenor de lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y de la Resolución de la Dirección General de Universidades de 11 de marzo de 2004, dictada para su aplicación, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de
1.º El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de licenciado, arquitecto o ingeniero.
2.º El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
Respecto al segundo inciso, en el caso de titulaciones cuyo plan de estudios este estructurado en cuatro cursos académicos y los dos primeros cursos tengan una carga lectiva inferior a 180 créditos, se considerará que el alumno ha cursado estudios equivalentes al título de Diplomado universitario cuando haya superado los dos primeros cursos académicos y, además, materias del tercer curso de la titulación correspondiente, hasta completar 180 créditos.
Los que aleguen estar en posesión del Diploma Superior en Criminología, deberán acreditar que lo han obtenido tras cursar las enseñanzas que reúnan los requisitos señalados en el apartado segundo de la Orden del Ministerio de Educación y Cultura, de 19 de noviembre de 1996 («BOE» número 286, del 27), por la que se declara equivalente el Diploma Superior en Criminología al título de Diplomado Universitario, para el acceso a Cuerpos, Escalas y Categorías de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dependientes de las distintas Administraciones Públicas, cuando se exija el título de Diplomado Universitario o equivalente.
d) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
Diplomado universitario cualquiera de los dos siguientes:
e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
2.1.1 Asimismo, los aspirantes deberán estar en posesión de la autorización (B.T.P.) a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, antes del 31 de diciembre de 2013.
3. Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen. 3.1 Plazo. Veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 19 de Junio al 8 de Julio de 2013, a.i.}
3.2 Procedimiento. La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía (Modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:
a) A través de la sede electrónica del Cuerpo Nacional de Policía http://www.policia.es, eligiendo en «procesos selectivos» la opción «instancias» «Escala Ejecutiva» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.
b) A través de la página web http://www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado ejemplar («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
El original de los tres ejemplares del impreso de solicitud (no son válidas las fotocopias) cumplimentados en la forma descrita, se presentarán en cualquier entidad de depósito de las mencionadas en la base 3.3 para hacer efectivo el pago de la tasa, dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la base 3.1.
Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes de la base 3.1, el «ejemplar para la Administración» del modelo 790 de solicitud, debidamente firmado por el interesado y con validación del pago de la tasa, deberá presentarse directamente en la División de Formación y Perfeccionamiento o a través de las Comisarías de Policía, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o cualesquiera otras de las referidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las dependencias policiales se prestará el apoyo necesario para facilitar la inscripción a los interesados.
c) Únicamente cuando sea imposible la conexión con la aplicación http://www.policia.es, se formalizará la solicitud cumplimentando a máquina o a mano en mayúsculas, el original del impreso de solicitud 790, código de tasa 088, previamente obtenido en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, avenida Pío XII, número 50, 28071 Madrid, y en las Secretarías de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales del Cuerpo Nacional de Policía.
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sábado, 13 de abril de 2013

oferta de empleo público del Cuerpo Nacional de Policía para el año 2013. 50 plazas en la Escala Ejecutiva y 140 plazas en la Escala Básica.

1. Aprobación de la oferta de empleo público. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2013, se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo Nacional de Policía para el año 2013, en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas.
2. Cuantificación de la oferta de empleo público. Se autoriza la convocatoria para oposición libre en el Cuerpo Nacional de Policía de 50 plazas en la Escala Ejecutiva y 140 plazas en la Escala Básica. 
3. Promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía. La autorización de la convocatoria de 50 plazas para oposición libre en la Escala Ejecutiva comporta la convocatoria de 100 para su provisión por promoción interna, desde la categoría de Subinspector, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía.

martes, 27 de noviembre de 2012

50 plazas de alumnos del Centro de Formación, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía.

Bases de la convocatoria
1. Número de plazas, sistema de provisión y fases del proceso selectivo
1.1
Número de plazas y sistema de provisión: Se convocan 50 plazas de alumnos del Centro de Formación, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, que serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.
1.2 Fases del proceso selectivo: El proceso selectivo constará de las siguientes fases: A) Oposición; B) Cursos de Formación y C) Módulo de formación práctica.

2. Requisitos de los aspirantes. 2.1 Requisitos: Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres, y 1,60 las mujeres.
Este requisito se comprobará en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización de la primera prueba (aptitud física).
c) Estar en posesión del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario u otros equivalentes o superiores.
A tenor de lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y de la Resolución de la Dirección General de Universidades de 11 de marzo de 2004, dictada para su aplicación, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado universitario:
1. El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de licenciado, arquitecto o ingeniero o
2. El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
Respecto al segundo inciso, en el caso de titulaciones cuyo plan de estudios este estructurado en cuatro cursos académicos y los dos primeros cursos tengan una carga lectiva inferior a 180 créditos, se considerará que el alumno ha cursado estudios equivalentes al título de Diplomado universitario cuando haya superado los dos primeros cursos académicos y, además, materias del tercer curso de la titulación correspondiente, hasta completar 180 créditos.
Los que aleguen estar en posesión del Diploma Superior en Criminología, deberán acreditar que lo han obtenido tras cursar las enseñanzas que reúnan los requisitos señalados en el apartado segundo de la Orden del Ministerio de Educación y Cultura, de 19 de noviembre de 1996 («BOE» número 286, del 27), por la que se declara equivalente el Diploma Superior en Criminología al título de Diplomado Universitario, para el acceso a Cuerpos, Escalas y Categorías de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dependientes de las distintas Administraciones Públicas, cuando se exija el título de Diplomado Universitario o equivalente.
d) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
2.1.1 Asimismo los aspirantes deberán estar en posesión de la autorización (BTP) a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, antes del 1 de abril de 2013.
3. Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen
3.1 Plazo:
Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de noviembre al 17 de diciembre de 2012,a.i.}
3.2 Procedimiento: La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía (modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:
a) A través de la sede electrónica del Cuerpo Nacional de Policía http://www.policia.es, eligiendo en «Procesos selectivos» la opción «Instancias» «Escala Ejecutiva» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.
b) A través de la página web http://www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790.