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martes, 30 de septiembre de 2014

municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015.


Artículo único. Aprobación de la relación de municipios a efectos de la aplicación de coeficientes de actualización de valores catastrales previstos en el artículo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Aprobar la relación de municipios que se establece en el ANEXO a la presente orden, a los efectos de la aplicación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos para el año 2015, que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio, de conformidad con el artículo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, y el artículo 30.1.d) del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2015.
ANEXO
Provincia : ALACANT
Municipio . . . . . Año de entrada en vigor de la ponencia de valores total
ADSUBIA . . 1990
AGRES . . . 1989
AIGÜES . . . 1988
ALCALALI . . . 2001
ALFAFARA . . . 1989
ALGORFA . . . 1995
ALGUEÑA . . . 2001
ALICANTE/ALACANT . . . 1996
ALMUDAINA . . . 1990
BALONES . . . 1990
BENASAU . . . 1990
BENIDORM . . . 1990
BENIFALLIM . . 1990
BENIFATO . . . 1990
BENILLOBA . . . . 1990
BENILLUP . . . . 1990
BENIMANTELL . . . 1990
BENIMASSOT . . . 1990
CALLOSA DE SEGURA . . . 1987
CALP . . . 1996
CAMPO DE MIRRA / EL CAMP DE MIRRA . . . 1985
CAÑADA . . . 2002
CASTELL DE CASTELLS . . . . 1990
CONFRIDES . . . 1990
CREVILLENT . . . 2001
EL PINOS / PINOSO . . 1987
EL VERGER . . . 1986
FACHECA . . . 1990
FINESTRAT . . . 2001
GAIANES . . . .  1989
GATA DE GORGOS . . . 1985
HONDON DE LOS FRAILES . . . 2001
LA VALL DE LAGUAR . . . 2008
L’ALQUERIA D’ASNAR . . . 1989
LLIBER . . . 1989
LOS MONTESINOS . . . 1995.
MILLENA . . . 1990
MONOVAR/MONOVER . . . 1987
ORBA . . . . . . 1990
ORIHUELA . . . 1994
ORXETA . . . 2002
PARCENT . . . 1989
PENAGUILA . . . 1990
POLOP . . . 2000
QUATRETONDETA . . . . 1990
RAFAL . . . 1996
RELLEU . . . . 2002
ROJALES . . . 1990
SAN FULGENCIO . . . 1995
SAN VICENTE DEL RASPEIG / SANT VICENTE DEL RASPEIG . . . 1998
SANT JOAN D’ALACANT . . . 2003
SAX . . . . 2003
SELLA . . . 2007
SENIJA . . . 1985
TEULADA . . . 1996
TOLLOS . . . 1990
TORMOS . . . . 2008
VILLENA . . . 1996

Apertura del trámite de Audiencia en los procedimientos de valoración colectiva de carácter parcial de los bienes inmuebles urbanos, de los términos municipales de Els Poblets, Gaianes, Xàbia/Jávea, Rojales, Tárbena y Teulada. Gerencia Territorial del Catastro de Alicante

De conformidad con lo establecido en el artículo 26.2 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el presente anuncio se pone en conocimiento de los titulares catastrales la apertura del trámite de audiencia correspondiente a los procedimientos de
valoración colectiva de carácter parcial de los bienes inmuebles urbanos, de los términos municipales de Els Poblets, Gaianes, Xàbia/Jávea, Rojales, Tárbena y Teulada, durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio{del 1 al 13 de octubre de 2014, a.i.}, de lunes a viernes, dentro del horario ordinario de atención al público, en la Gerencia Territorial del Catastro de Alicante, sita en calle Reyes Católicos nº 39, de Alicante, a fin de que puedan formular las alegaciones y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.
Alicante, a 30 de septiembre de 2014
GERENTE TERRITORIAL DE ALICANTE,

lunes, 29 de septiembre de 2014

Resolución Aprobación Ponencias de Valores Parciales de los municipios de Els Poblets, Gaianes, Xàbia/Jávea, Rojales, Tárbena y Teulada.”. Gerencia Territorial del Catastro de Alicante.

I. ADMINISTRACIÓN CENTRAL
GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO DE ALICANTE
RESOLUCIÓN APROBACIÓN PONENCIAS DE VALORES PARCIALES DE LOS MUNICIPIOS DE ELS POBLETS, GAIANES, XÀBIA/JÁVEA, ROJALES, TÁRBENA Y TEULADA
Por Resolución de 29 de septiembre de 2014, el Gerente Territorial del Catastro de Alicante ha adoptado el siguiente acuerdo:
“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo (BOE núm. 58, de 8 de marzo) y 4.1 del R.D. 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (BOE núm. 24, de 28 de enero) y el apartado d) del artículo 12.1 de la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se desarrolla el Real Decreto 290/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda (BOE núm. 63, de 14 de marzo), esta Gerencia Territorial acuerda aprobar las Ponencias de Valores Parciales de los municipios de Els Poblets, Gaianes, Xàbia/Jávea, Rojales, Tárbena y Teulada.”
Dicho acuerdo supone la iniciación del procedimiento de valoración colectiva de carácter parcial en los citados municipios.
Las ponencias de valores parciales a que se hace referencia, estarán expuestas al público, de lunes a viernes, dentro del horario ordinario de atención al público, en la Gerencia Territorial del Catastro de Alicante calle Reyes Católicos nº 39, de Alicante durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[del 30 de septiembre al 17 de octubre de 2014, a.i.]
Contra el mencionado acuerdo podrá interponerse reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que finalice el período de exposición pública.{del 18 de octubre al 17 de noviembre de 2014, a.i.} No obstante, se podrá interponer directamente ante el Tribunal Económico Administrativo Central.
Con carácter potestativo y previo a dicha reclamación, podrá interponerse recurso de reposición en el mismo plazo ante el Gerente Territorial del Catastro, no siendo posible la interposición simultánea de ambos recursos.
La reclamación económico-administrativa o el recurso de reposición indicados deberán dirigirse en todo caso a la Gerencia Territorial del Catastro.
Alicante, a 29 de septiembre de 2014

GERENTE TERRITORIAL DE ALICANTE,

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Catastro: municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

 ... las leyes de presupuestos generales del Estado podrán actualizar los valores catastrales de los inmuebles urbanos de un mismo municipio por aplicación de coeficientes en función del año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia de valores del municipio.
Para atender la solicitud de los Ayuntamientos para la aplicación de dichos coeficientes para el año 2014 es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
a)
Que hayan transcurrido al menos cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general. Es decir, la aplicación de coeficientes de actualización para el año 2014 requiere que el año de entrada en vigor de la ponencia de valores de carácter general sea anterior a 2009.
b) Que se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, siempre que afecten de modo homogéneo al conjunto de usos, polígonos, áreas o zonas existentes en el municipio.
c) Que la solicitud se comunique a la Dirección General del Catastro antes del 15 de noviembre de 2013, dado que el plazo general previsto en el artículo 32.2.c) de la Ley del Catastro Inmobiliario se ha visto ampliado en 2013, por la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.
Hasta dicha fecha los Ayuntamientos han podido comunicar a la Dirección General del Catastro la solicitud de aplicación de tales coeficientes o el desistimiento de la solicitud que hubiesen formulado.
...
Artículo único. Aprobación de la relación de municipios que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Aprobar la relación de municipios que se establece en el anexo a la presente orden, a los efectos de la aplicación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de los bienes inmuebles urbanos para el año 2014, que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para dicho ejercicio, de conformidad con el artículo 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2014.
ANEXO
Provincia . . . .ALICANTE .
Municipio . . .  Año de entrada en vigor de la ponencia de valores total
ADSUBIA . . 1990
AGRES . . 1989
AIGUES . . 1988
ALCALALI . . 2001
ALCOCER DE PLANES . . 1989
ALFAFARA . . 1989
ALGORFA . . 1995
ALGUEÑA . . 2001
ALICANTE/ALACANT . . 1996
ALMORADI . . 2008
ALMUDAINA . . 1990
BALONES . . 1990
BENASAU . . . 1990
BENIDORM . . . 1990
BENIFALLIM . . 1990
BENIFATO . . 1990
BENILLOBA . . . 1990
BENIMANTELL . . 1990
BENIMASSOT . . 1990
BENIMELI . . 1990
BUSOT . . 2003
CALLOSA DE SEGURA . . 1987
CALLOSA D’EN SARRIA . . 2008
CALP . . 1996
CAMPO DE MIRRA / EL CAMP DE MIRRA . . 1985
CAÑADA . . 2002
CASTELL DE CASTELLS . . 1990
CONFRIDES . . 1990
CREVILLENT . . 2001
DOLORES . . 2007
EL CAMPELLO . . 2008
EL FONDO DE LES NEUS / HONDON . . 2006
EL PINOS / PINOSO . . 1987
EL RAFOL D’ALMUNIA . . . 1990
EL VERGER . . 1986
FACHECA . . 1990
FINESTRAT . . 2001
GAIANES . . 1989
GATA DE GORGOS . . 1985
HONDON DE LOS FRAILES . . 2001
L’ALQUERIA D’ASNAR . . 1989
LLIBER . . 1989
LOS MONTESINOS . . 1995
MONOVAR/MONOVER . . 1987
ONIL . . 2008
ORBA . . 1990
ORIHUELA . . 1994
ORXETA . . 2002
PARCENT . . 1989
PEDREGUER . . 2008

PENAGUILA . , 1990
POLOP . . 2000
QUATRETONDETA . . 1990
RAFAL . . 1996
RELLEU . . 2002
ROJALES . . 1990
SALINAS . . 1995
SAN FULGENCIO . . 1995
SAN VICENTE DEL RASPEIG / SANT . . 1998
SANT JOAN D’ALACANT . . 2003
SAX . . 2003
SENIJA . . 1985
TEULADA . . 1996
TOLLOS . . 1990
VILLAJOYOSA / LA VILA JOIOSA . . 2006
VILLENA . . 1996

jueves, 26 de abril de 2012

L'Ajuntament de Xàbia reivindicarà davant el Cadastre que torne a calcular l'IBI amb els valors cadastrals de 1995


L'executiu demana una reunió urgent amb la direcció general per a analitzar una nova sentència en el procés judicial contra el “cadastraç”

L'Ajuntament de Xàbia reivindicarà front la Direcció general del Cadastre que accepte la nul·litat de la ponència de valors cadastrals aprovada en 2005 i torne a emprar l'anterior, datada en 1995, per a taxar les propietats del municipi. Així ho han manifestat l'alcalde, José Chulvi, i el regidor d'Hisenda, Oscar Antón, després de reunir-se amb l'advocat que s'encarrega de la defensa legal del Consistori en un procés judicial que es va iniciar fa set anys per a deixar sense valor una revisió cadastral que (consideraven) sobre avaluava moltes propietats, entre elles les 354 de titularitat municipal.
Els responsables del govern municipal, acompanyats per edils del PP, han estat aquest matí en el despatx del lletrat Juan Martín Queralt per a analitzar l'última sentència d'aquest llarg plet i que ha sigut notificada en l'última setmana a l'Ajuntament. Aquesta fallada del Tribunal Suprem cerca resoldre la via judicial recordant que ja existeix una sentència en ferma del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana pel qual es declara nul·la la ponència de valors del cadastre per a Xàbia.
En aquest sentit, des de l'executiu s'utilitzarà aquest recolzament del Suprem per a reclamar davant la Direcció del cadastre que accepte i aplicació la sentència que revoca la ponència del 2005 i, el més prompte possible, els facilite un nou padró per a cobrar l'Impost de Béns Immobles (IBI) sobre la base de la valoració cadastral prèvia, datada en 1995. L'Ajuntament ja ha demanat una reunió urgent amb la nova responsable general del cadastre, Rosana Navarro, per a discutir com afrontar la situació de cara a aquest mateix exercici.
De moment, la regidoria d'Hisenda ha paralitzat el cobrament de l'IBI (el període de voluntària començava al maig) fins a esclarir les conseqüències de la sentència i la interpretació que faça d'aquesta fallada judicial l'Advocacia de l'Estat.
I és que, com ressenyen des de l'executiu, no es pot obviar que el cadastre mai ha aplicat la sentència del Tribunal Superior de Justícia i que en un aclariment de sentència, la sala va especificar que només anul·lava els valors corresponents a les propietats municipals que havien basat el plet.
Davant aquesta conjuntura, des de l'equip de govern es demana cautela a la ciutadania i que no es creen falses expectatives. Tant l'alcalde com el regidor d'Hisenda garanteixen que es mantindrà informada a la ciutadania de qualsevol novetat en aquest assumpte, de gran importància per a les economies domèstiques i la municipal.