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miércoles, 22 de abril de 2009

Ayudas para el apoyo al transporte público por carretera en desarrollo de la Estrategia Logística de la Generalitat; bases para la regulación de ...


Conselleria d’Infraestructures i Transport . ORDE de 3 d’abril de 2009, de la Conselleria d’Infraestructures i Transport, per la qual es convoquen ajudes per al suport al transport públic per carretera en desplegament de l’Estratègia Logística de la Generalitat i s’aproven les bases per a la regulació de les esmentades ajudes, acollides al règim de minimis. [2009/4235]
Conselleria de Infraestructuras y Transporte. ORDEN de 3 de abril de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se convocan ayudas para el apoyo al transporte público por carretera en desarrollo de la Estrategia Logística de la Generalitat, y se aprueban las bases para la regulación de las citadas ayudas, acogidas al régimen de minimis. [2009/4235]
Objeto.- Estas ayudas tienen por objeto apoyar la modernización del sector del transporte público por carretera en la Comunitat Valenciana a través de las siguientes líneas de actuación:
a)
Incorporación de sistemas de calidad o medioambientales, certificados de conformidad con las normas ISO, UNE 9001, 14001 ó 13816 o EMAS, así como en el caso de transportistas autónomos, la disposición del Manual del conductor de la Guía para la implantación de la ISO 9001/2000 en PYMES de transporte de mercancías por carretera, o formación del personal en el campo de las nuevas tecnologías.
b) Introducción de nuevas tecnologías en el sistema de gestión de la empresa.
c) Implantación de sistemas de control y gestión de flotas.
d) Aplicación de sistemas de prevención de riesgos laborales.
e) Formación general de transportistas.
f) Reorientación hacia la logística a través de la integración, en la estructura empresarial, de actividades vinculadas a la logística portuaria.
Las ayudas destinadas a fomentar las actividades señaladas se acogen al régimen de minimis contemplado en el Reglamento CE 1998/2006 de 15 de diciembre de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis.
La concesión de estas ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
Beneficiarios.- Se distinguen dos tipos de beneficiarios:
a) Podrán optar a las ayudas las personas físicas o jurídicas cuyo domicilio fiscal esté radicado en la Comunitat Valenciana, que dispongan de autorizaciones de transporte público en vigor de las clases MDL, MDP, VD o VT otorgadas por la Conselleria de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat. Las tarjetas y autorizaciones a que se refiere este artículo no podrán en ningún caso encontrarse en situación de suspensión.
b) Igualmente podrán optar a las ayudas las asociaciones o federaciones de transporte de la Comunitat Valenciana, con una representatividad superior al 25% de las autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera de su ámbito territorial, por las actividades de formación (apartado e) de la base primera.
Dichas condiciones se deberán, como mínimo, cumplir desde el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha de la resolución concediendo en su caso la subvención.
En ningún caso podrá ser beneficiario de la subvención la persona física o jurídica, o la entidad que incurra en alguno de los supuestos señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 23 d'abril al 22 de maig, a.i.].

lunes, 6 de abril de 2009

Bases generales y convocatoria de la prueba evaluadora para la acreditación del personal del Servicio Específico de Admisión; a efectuar el 28-06-2009

Conselleria de Governació . ORDRE d’1 d’abril de 2009, de la Conselleria de Governació, per la qual s’aproven les bases generals i la convocatòria de la prova avaluadora per a l’acreditació del personal del Servei Específic d’Admissió a efectuar el 28 de juny de 2009. [2009/3749]
Conselleria de Gobernación . ORDEN de 1 de abril de 2009, de la Conselleria de Gobernación, por la que se aprueban las bases generales y la convocatoria de la prueba evaluadora para la acreditación del personal del Servicio Específico de Admisión a efectuar el 28 de junio de 2009. [2009/3749]
El artículo 23 de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, regula el derecho de admisión como facultad que ostentan todos los titulares y organizadores de establecimientos públicos donde se desarrollen espectáculos públicos y actividades recreativas.
Por su parte, el Decreto 197/2008, de 5 de diciembre, del Consell, por el que se regula el derecho, la reserva y el servicio de admisión en los establecimientos públicos destinados a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas (Corrección de errores publicada en el DOCV, núm. 5942 de 28.01.2009), desarrolla el referido precepto estableciendo una normativa cuyo objeto se basa en establecer un régimen jurídico adecuado a la realidad ahora mismo vigente en este ámbito.
Una de las cuestiones previstas en el citado Decreto es la previsión de la ordenación del servicio de admisión como aquél destinado a proceder al control del acceso de los clientes o usuarios a un local o recinto. Un servicio del que gozan sin exclusión todos y cada uno de los establecimientos, espectáculos y actividades abiertos a la pública concurrencia.
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. Es objeto de la presente orden la regulación de las bases y la convocatoria de la prueba evaluadora a efectuar dentro del primer semestre del año 2009 para la obtención del certificado individual de acreditación para el ejercicio de las funciones propias del servicio específico de admisión.
2. La prueba evaluadora se efectuará el 28 de junio de 2009 en convocatoria única a realizar en las ciudades de Alicante, Castellón y Valencia, en el lugar y hora que se indiquen en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos para dicha prueba.
3. En virtud de la presente orden, queda convocada la prueba evaluadora para la obtención de la certificación acreditativa de personal de «servicio específico de admisión», a la que se refiere el presente artículo.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación será de 25 días hábiles a computar desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el DOCV.[del 7 d'abril al 9 de maig, a.i.]