Mostrando entradas con la etiqueta amortización de largometrajes. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta amortización de largometrajes. Mostrar todas las entradas

martes, 16 de octubre de 2018

ayudas a la amortización de largometrajes. Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales

BDNS(Identif.):418925
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans):
Primero. Objeto Convocar para el año 2018, ayudas para la amortización de largometrajes, en sus modalidades general y complementaria, mediante régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.
La presente convocatoria se refiere a las películas estrenadas entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, ambas fechas incluidas.
Segundo. Beneficiarios. Empresas productoras.
Tercero. Bases reguladoras Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de octubre 2009), por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Cuarto. Cuantía El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 64.000.000 de euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado", {del 17 de octubre al 7*de noviembre de 2018, a.i.} finalizando a las 14:00 horas del último día del plazo.

lunes, 6 de julio de 2015

ayudas a la amortización de largometrajes. Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales

1. Objeto. Se convocan ayudas para la amortización de largometrajes, en sus modalidades general y complementaria, mediante régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.
La presente convocatoria se refiere a las películas estrenadas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 diciembre de 2013, ambas fechas incluidas.
3. Beneficiarios. Podrán percibir las ayudas objeto de la presente convocatoria las empresas productoras que cumplan los requisitos establecidos en la misma, así como en el artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, y demás normativa que resulte de aplicación.
4. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo máximo de presentación de solicitudes, conforme a los modelos previstos en los anexos I y II de la presente resolución, será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 7 al 21 de julio de 2015, a.i.}
8.2. Solicitudes y documentación.
1) La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura, conforme a los requisitos que la rigen (https://sede.mcu.gob.es/ ).

jueves, 6 de febrero de 2014

Ayudas para la amortización de Largometrajes, en sus modalidades general y complementaria. Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. icaa.

1. Objeto. Se convocan ayudas para la amortización de largometrajes, en sus modalidades general y complementaria, mediante régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.
La presente convocatoria se refiere a las películas estrenadas entre el 1 de octubre de 2011 y el 31 diciembre de 2011, ambas fechas incluidas.
Beneficiarios. Podrán percibir las ayudas objeto de la presente convocatoria las empresas productoras que, cumpliendo los requisitos establecidos en la misma, así como en el artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, se encuentren inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Plazo de presentación de solicitudes. El plazo máximo de presentación de solicitudes, conforme a los modelos previstos en los anexos A.I y A.II de la presente resolución, será desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado hasta el 3 de marzo de 2014, incluido.
Secretaría de Estado de Cultura, Plaza del Rey, n.º 1, 28071 Madrid.
3. Solicitudes y documentación. 1. La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura, conforme a los requisitos que la rigen (https://sede.mcu.gob.es/).