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viernes, 29 de junio de 2018

Ayudas económicas para Deportistas de Élite de la provincia de Alicante, Anualidad 2018. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):405805
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la Sede
Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas los/las deportistas que cumplan los siguientes
requisitos:
a
) Ser natural de la provincia de Alicante, o residir en ella, al menos, en los tres últimos años anteriores a la presente anualidad.
b) Estar considerado/a como deportista de elite de la Comunidad Valenciana, debiendo figurar en la lista de deportistas de élite correspondiente a los resultados deportivos del año 2017, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), núm. 8.273, de 13 de abril de 2018, (Resolución de la Secretaria Autonómica de Cultura y Deporte, de 29 de marzo de 2018), y su modificación publicada en el DOGV núm. 8.302, de 24 de mayo de 2018 (Resolución de la Secretaria Autonómica de Cultura y Deporte, de fecha 18 de mayo de 2018), o haber figurado en alguno de los listados de Deportistas de Elite de la Comunidad Valenciana publicados en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana en los últimos tres años, anteriores a la presente anualidad (2017, 2016 y 2015).
En ningún caso se admitirá a aquellos/as deportistas que figuren en los listados parciales referidos a los resultados deportivos del año 2018 publicados con fecha posterior a la Resolución de la Secretaria Autonómica de Cultura y Deporte de 29 de marzo de 2018.
c) No hallarse incluido/a en el Programa de Ayudas a Deportistas Olímpicos (ADO), en cualquiera de sus niveles.
Segundo.- Objeto: Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas a deportistas de élite de la provincia de Alicante, dentro del Programa de Ayudas a Deportistas de Elite de la provincia de Alicante, correspondiente a la anualidad 2018, en materia de deportes, siendo su finalidad la de colaborar en los gastos que la formación y preparación deportiva exige a los deportistas de élite, convertidos en referente y modelo para la juventud, favoreciendo su perfeccionamiento, en orden al logro de un más alto nivel en un futuro próximo.
Tercero.- Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (publicada en BOP núm. 118, de 27 de mayo de 2005), Bases de Ejecución del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante de 2018, y Bases específicas de la Convocatoria.
Cuarto.- Cuantía: La dotación económica prevista para esta convocatoria es de 250.000,00 €, que se imputará a la Aplicación 22.3411.4810100 del Presupuesto vigente de la Excma. Diputación Provincial.
Las ayudas económicas constarán de un importe fijo. Dicho importe fijo dependerá del nivel alcanzado por el/la deportista en los listados de Deportistas de Élite correspondientes a los resultados del año 2017 que, anualmente, publica la Secretaría Autonómica de Cultura i Esport, del tipo de modalidad deportiva que practica (Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la Comunitat Valenciana, DOGV, núm. 5.183, de 24 de enero de 2006, y Orden del 23 de abril de 2007 de la Consellería de Cultura, Educación y Deporte, por el que desarrolla el Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la Comunitat Valenciana, DOGV, núm. 5513 de 16 de mayo de 2007), y del resultado deportivo (internacional, nacional o autonómico), individual o de equipo, correspondiente a la anualidad 2017, por el que accede a la condición de deportista de élite (resultado señalado en la solicitud para acceder a la condición de deportista de élite).
En el supuesto de que la dotación de la Convocatoria no fuera suficiente para atender todas las solicitudes conforme al criterio fijo establecido para la concesión de estas ayudas económicas, se procederá a la minoración de la cuantía de las mismas de forma proporcional.
El importe máximo de la ayuda no excederá de 900,00 €.
Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 123 de 29/06/2018] {del 30 de junio al 19 de julio de 2018, a.i.} por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.
Las Bases íntegras de la Convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Área de Deportes pondrá a disposición de los/las interesados/as el modelo de instancia, que se adjunta como ANEXO (solicitud) a estas Bases, en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es).

viernes, 27 de mayo de 2016

Ayudas económicas y/o Becas para Deportistas de Élite de la provincia de Alicante, anualidad 2016. Diputació d'Alacant.

TextoES: BDNS(Identif.): 307303
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas los deportistas que cumplan los siguientes requisitos: a) Ser natural de la provincia de Alicante, o residir en ella, al menos, en los tres últimos años anteriores a la presente anualidad.
b) Estar considerado/a como deportista de elite de la Comunidad Valenciana, debiendo figurar en la lista de deportistas de élite correspondiente a los resultados deportivos del año 2015, publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV), núm. 7761, de 15 de abril de 2016 (Resolución de la Secretaria Autonómica de Cultura i Esport de 11 de abril de 2016), y posteriores modificaciones que sean publicadas en el DOCV, si las hubiere, o haber figurado en alguno de los listados de Deportistas de Elite de la Comunidad Valenciana publicados en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana en los últimos tres años, anteriores a la presente anualidad (2015, 2014 y 2013).
En ningún caso se admitirá a aquellos deportistas que figuren en los listados parciales referidos a los resultados deportivos del año 2016 publicados con fecha posterior a la del 15 de abril de 2016 (Resolución de la Secretaria Autonómica de Cultura i Esport de 11 de abril de 2016).
c) No hallarse incluido/a en el Programa de Ayudas a Deportistas Olímpicos (ADO), en cualquiera de sus niveles.
Segundo.- Objeto: Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas económicas y/o becas académico-deportivas a deportistas de élite de la provincia de Alicante, dentro del Programa de Ayudas a Deportistas de Elite de la provincia de Alicante, correspondiente a la anualidad 2016, en materia de deportes, siendo su finalidad la de colaborar en los gastos que la formación y preparación deportiva exige a los deportistas de élite, convertidos en referente y modelo para la juventud, favoreciendo su perfeccionamiento, en orden al logro de un más alto nivel en un futuro próximo.
Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.{del 28 de mayo al 16 de junio de 2016, a.i.} El Área de Deportes pondrá a disposición de los interesados las Bases íntegras de la Convocatoria, junto con el modelo de instancia ANEXO (solicitud), en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es).

miércoles, 30 de septiembre de 2015

ayudas económicas y/o becas académico-deportivas a deportistas de élite de la provincia de Alicante. Diputació d'Alacant.

... convocatoria para la concesión de ayudas económicas y/o becas académico deportivas a deportistas de élite de la provincia de Alicante, dentro del Programa de Ayudas a Deportistas de Élite 2015, de conformidad con las siguientes “ B A S E S 
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas económicas y/o becas académico-deportivas a deportistas de élite de la provincia de Alicante, dentro del Programa de Ayudas a Deportistas de Elite de la provincia de Alicante, correspondiente a la anualidad 2015, en materia de deportes, siendo su finalidad la de colaborar en los gastos que la formación y preparación deportiva exige a los deportistas de élite, convertidos en referente y modelo para la juventud, favoreciendo su perfeccionamiento, en orden al logro de un más alto nivel en un futuro próximo.  
...
Las ayudas económicas y/o becas académico deportivas constarán de un importe fijo. Dicho importe fijo dependerá del nivel alcanzado por el deportista en los listados de “Deportistas de Élite” que, anualmente, publica la Secretaría Autonómica de Cultura i Esport, y del tipo de modalidad deportiva que practica (Resolución de 9 de diciembre de 1997, de la Consellería de Bienestar Social, por la que se especifica la clasificación de los deportistas que participan en modalidades y/o pruebas no olímpicas para su consideración como deportista de elite, DOGV núm. 3176, de 4 de febrero de 1998). 
En el supuesto de que la dotación de la Convocatoria no fuera suficiente para atender todas las solicitudes conforme al criterio fijo establecido para la concesión de estas ayudas económicas, se procederá a la minoración de la cuantía de las mismas de forma proporcional, y ello sin perjuicio de que la Excma. Diputación Provincial pueda incrementar, si así lo resuelve, la dotación de la Convocatoria. 
El importe máximo de la ayuda no excederá de 600 €.
SEGUNDA.- Requisitos. Podrán concurrir a esta convocatoria los/las deportistas que cumplan los siguientes requisitos: 
a) Ser natural de la provincia de Alicante, o residir en ella, al menos, en los tres últimos años anteriores a la presente anualidad. 
b) Estar considerado/a como deportista de elite de la Comunidad Valenciana, debiendo figurar en la lista de deportistas de élite correspondiente a los resultados deportivos del año 2014, publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV), núm. 7500, de 8 de abril de 2015 (Resolución de la Secretaria Autonómica de Cultura i Esport de 1 de abril de 2015) y posterior modificación publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV), núm. 7535, de 28 de mayo de 2015 (Resolución de la Secretaria Autonómica de Cultura i Esport de 19 de mayo de 2015), o haber figurado en alguno de los listados de Deportistas de Elite de la Comunidad Valenciana publicados en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana en los últimos tres años, anteriores a la presente anualidad (2012, 2013 y 2014).
TERCERA.- Solicitudes. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo que figura como Anexo a estas Bases, y se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en horario de oficina, de lunes a viernes, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Art. 38.4 de la Ley 30/92, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. 
La presentación de solicitudes en la Oficina de Correos, se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 1829/99, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los Servicios Postales (BOE, nº 313 de 31 de diciembre de 1999). 
En consecuencia, aquellas solicitudes presentadas en las Oficinas de Correos y que entren en el Registro General de la Diputación fuera del plazo establecido en las Bases de la Convocatoria, deberán llevar estampado (en la carátula de la solicitud) el sello de dicha Oficina con indicación expresa de la fecha, al objeto de determinar si la misma fue presentada dentro del plazo señalado en las Bases de la convocatoria, ya que, en otro caso, se entenderán presentadas fuera de plazo. 
La mera presentación de la solicitud en esta convocatoria supone la plena aceptación de estas Bases y el compromiso de que el/la solicitante cumple las obligaciones y deberes que se desprenden de las mismas. 
El Área de Deportes pondrá a disposición de los/las interesados/as el modelo de instancia, que se adjunta como ANEXO (solicitud) a estas Bases, en la sede electrónica de la página web de la Diputación provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es). 
CUARTA.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 DIAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 1 al 20 de octubre de 2015, a.i.}