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lunes, 26 de marzo de 2018

9 becas de verano para la formación en desarrollo tecnológico dirigidas a estudiantes o recién titulados o tituladas (curso 2016-2017 o posterior) de máster universitario. Instituto de Astrofísica de Canarias (I.A.C.)

BDNS(Identif.):390571
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero Beneficiarios, beneficiarias. Están destinadas a estudiantes o recién titulados o tituladas (curso 2016-2017 o posterior) de máster universitario. Los estudios universitarios tendrán las siguientes características:
Ámbito curricular del título académico: Ingenierías: Informática, Mecánica, Aeronáutica, Electrónica, Telecomunicaciones y Ciencias Físicas
Nivel del Título académico: Título con correspondencia a nivel 3 del marco español de cualificaciones para la educación superior. RD 967/2014, de 21 de noviembre
Segundo.-Objeto, finalidad y duración. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, 9 ayudas para la formación de recién titulados o tituladas (curso 2016-2017 o posterior) o estudiantes, de máster universitario. Su finalidad es la de formar a dichos estudiantes o recién titulados o tituladas en el desarrollo tecnológico asociado a la investigación astrofísica.
La duración será de tres meses (julio, agosto y septiembre de 2018).
Tercero.-Bases reguladoras.  ORDEN ECI/3260/2006, de 16 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto de Astrofísica de Canarias, BOE núm. 253 de 23 de octubre de 2006.
Cuarto.-Dotación de las becas. 1.- La dotación de las Becas de Verano es de 700 Euros brutos mensuales más una cantidad de ayuda para gastos de viaje que se abonará en un pago único cuya cuantía dependerá del lugar de residencia del beneficiario. El IAC proporcionará a los becarios seleccionados un seguro privado de enfermedad y accidente.
2.- En el supuesto de que los becarios deban efectuar desplazamientos a los observatorios o a otros lugares convenientes para su formación, el IAC podrá abonarles otras ayudas complementarias en la cuantía que se determine, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, previa resolución del Director.
3.- Los importes fijados son cantidades brutas (íntegros). Dichas cantidades estarán sujetas a la retención que proceda del I.R.P.F.
Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado {del 27 de marzo al 15 de abril de 2018, a.i.}, se dirigirán al director del Instituto de Astrofísica de Canarias y serán presentadas de cualquiera de las dos formas descritas en la correspondiente resolución.
Sexto.-Otros datos.
a) Presentación de documentos e incorporación.
Los beneficiarios se incorporarán el 2 de julio de 2018, fecha que figurará en la comunicación individual que se les remitirá. Por causas debidamente justificadas esta fecha podrá ampliarse hasta el 9 de julio, siempre y cuando el Coordinador de Instrumentación emita informe favorable a dicho retraso en la incorporación.
Las personas seleccionadas deberán presentar, con antelación suficiente a la fecha de incorporación los documentos originales, o fotocopias compulsadas, de todos los documentos presentados para su baremación para que puedan ser cotejados por el Órgano instructor y poder formalizar la correspondiente beca. Asimismo deberán aportar:
Certificado académico original en el caso de no haberlo hecho en el momento de la presentación de solicitudes.
A efectos de practicar la correspondiente retención del IRPF y para percibir la ayuda de gastos de viaje prevista en el punto primero de la base tercera, los candidatos seleccionados, no residentes en la isla de Tenerife, deberán presentar certificado de residencia en donde se haga constar su número de identificación.
b) La Resolución completa, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicada en http://www.iac.es/empleo, a partir del día siguiente de la publicación en el BOE de este extracto.

martes, 21 de marzo de 2017

6 becas de verano para la formación en desarrollo tecnológico ( asociado a la investigación astrofísica ) dirigidas a estudiantes o recién titulados o tituladas (curso 2015-2016 o posterior) de máster universitario. Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC)

BDNS (Identif.): 334833
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios/beneficiarias.
Estudiantes o recién titulados o tituladas (curso 2015-2016 o posterior) de máster universitario. Los estudios universitarios tendrán las siguientes características:
Ámbito curricular del título académico: Informática, mecánica, industrial, electrónica y telecomunicaciones
Nivel del título académico: Título con correspondencia a Nivel 3 del marco español de cualificaciones para la educación superior. RD 967/2014, de 21 de noviembre.
Segundo. Objeto, finalidad y duración.
La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, 6 ayudas para la formación de recién titulados o tituladas (curso 2015-2016 o posterior) o estudiantes, de máster universitario. Su finalidad es la de formar a dichos estudiantes o recién titulados o tituladas en el desarrollo tecnológico asociado a la investigación astrofísica.
La duración será de tres meses (julio, agosto y septiembre de 2017).
Tercero. Bases reguladoras.
ORDEN ECI/3260/2006, de 16 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto de Astrofísica de Canarias, "BOE" núm. 253 de 23 de octubre de 2006.
Cuarto. Dotación de las becas.
1. La dotación de las Becas de Verano es de 700 Euros brutos mensuales más una cantidad de ayuda para gastos de viaje que se abonará en un pago único cuya cuantía dependerá del lugar de residencia del beneficiario. El IAC proporcionará a los becarios seleccionados un seguro privado de enfermedad y accidente.
2. En el supuesto de que los becarios deban efectuar desplazamientos a los observatorios o a otros lugares convenientes para su formación, el IAC podrá abonarles otras ayudas complementarias en la cuantía que se determine, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, previa resolución del Director.
3. Los importes fijados son cantidades brutas (íntegros). Dichas cantidades estarán sujetas a la retención que proceda del IRPF.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado".{del 22 de marzo al 10 de abril de 2017, a.i.} Se dirigirán al director del Instituto de Astrofísica de Canarias y serán presentadas de cualquiera de las dos formas descritas en la correspondiente resolución.
Sexto. Otros datos.
a) Presentación de documentos e incorporación.
Los beneficiarios se incorporarán el 3 de julio de 2017, fecha que figurará en la comunicación individual que se les remitirá. Por causas debidamente justificadas esta fecha podrá ampliarse hasta el 10 de julio, siempre y cuando la Coordinadora de Instrumentación emita informe favorable a dicho retraso en la incorporación.
Las personas seleccionadas deberán presentar, con antelación suficiente a la fecha de incorporación los documentos originales, o fotocopias compulsadas, de todos los documentos presentados para su baremación para que puedan ser cotejados por el Órgano instructor y poder formalizar la correspondiente beca. Asimismo deberán aportar:
Certificado académico original en el caso de no haberlo hecho en el momento de la presentación de solicitudes.
A efectos de practicar la correspondiente retención del IRPF y para percibir la ayuda de gastos de viaje prevista en el punto primero de la base tercera, los candidatos seleccionados, no residentes en la isla de Tenerife, deberán presentar certificado de residencia en donde se haga constar su número de identificación.
b) La Resolución completa, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicada en http://www.iac.es/empleo, a partir del día siguiente de la publicación en el "BOE" de este extracto.

martes, 11 de marzo de 2014

8 becas de verano para la formación en desarrollo tecnológico dirigidas a recién licenciados y a estudiantes universitarios de titulaciones superiores, que estén cursando los últimos cursos de la carrera. IAC. Instituto de Astrofísica de Canarias

Resolución de 21 de febrero de 2014, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica la convocatoria de becas de verano para la formación en desarrollo tecnológico dirigidas a recién licenciados y a estudiantes universitarios de titulaciones superiores, que estén cursando los últimos cursos de la carrera.
1.- Objeto, finalidad y duración. 1. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, 8 ayudas para la formación de recién licenciados (curso 2012-2013 o posterior) y estudiantes de los últimos cursos universitarios de titulaciones superiores de ciclo largo y de grado. Su finalidad es la de formar a dichos estudiantes o recién licenciados en el desarrollo tecnológico asociado a la investigación astrofísica.
2. Se convocan, en consecuencia:
Nº de Becas: 8
Duración: 1 de julio a 30 de septiembre
Tipo de beca.–Finalidad: Desarrollo tecnológico: Se realizan en el Área de Instrumentación del IAC.–Los proyectos disponibles para que los becarios desarrollen su labor son los que se detallan en el ANEXO V El programa es exclusivamente práctica formativa sin que el programa conlleve programa formativo académico o lectivo vinculado a estudios universitarios o formación profesional.
La Comisión de Evaluación asignará los proyectos a los candidatos seleccionados atendiendo a su formación y experiencia.
2.- Destinatarios. Están destinadas a:
1) Recién licenciados (curso 2012-2013 o posterior) de titulaciones superiores o de ciclo largo y de grado, preferentemente de Ingeniería (Industrial, Informática, Aeronáutica, Telecomunicaciones) o Licenciatura o grado en Ciencias Físicas o afín.
2) Estudiantes universitarios de titulaciones superiores o de ciclo largo, preferentemente de Ingeniería (Industrial, Informática, Aeronáutica, Telecomunicaciones)o Licenciatura en Ciencias Físicas o afín que acrediten haber superado al menos 240 créditos ECTS.
3) Estudiantes de máster que sean los específicos que habiliten para el ejercicio profesional de cada Ingeniería, conforme a la Resolución de 15 de enero de 2009 (BOE núm. 25 de 29 de enero), de la Secretaría de Estado de Universidades,, y que acrediten haber superado al menos 240 créditos ECTS.
Si el plan de estudios de la Universidad contempla que el acceso a la titulación superior pueda realizarse desde otra titulación cursada en la misma o en distinta Universidad, el número total de créditos necesarios para ser admitido al proceso selectivo se calculará como la suma de ambos ciclos.
3.- Dotación de las becas. 1. La dotación de las Becas de Verano es de 700 euros brutos mensuales más una cantidad fija de ayuda para gastos de viaje cuyas cuantías ascienden a:
– Sesenta (60) Euros para residentes canarios, no residentes en la isla de Tenerife.
– Doscientos (200) Euros para residentes en la Península.
– Trescientos (300) Euros para nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza.
– Quinientos (500) Euros para residentes en el resto del Mundo.
El IAC proporcionará a los becarios seleccionados un seguro privado de enfermedad y accidente.   ...
5.- Requisitos de los solicitantes. Podrán ser beneficiarios de las becas convocadas mediante la presente resolución aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza o extranjero residente en España en el momento de formalizar la beca. No obstante podrán ser admitidos al procedimiento quienes no cumplan ninguno de los requisitos anteriores si, en caso de ser seleccionados, en el momento de la formalización de la beca están en posesión del correspondiente visado expedido por la Embajada española en el país de origen que les habilite a permanecer en España durante el tiempo que se desarrolle dicha beca.
b) Titulación:
1) Recién licenciados (curso 2012-2013 o posterior) de titulaciones superiores o de ciclo largo y de grado, preferentemente de Ingeniería (industrial, Informática, Aeronáutica, Telecomunicaciones)o Licenciatura o grado en Ciencias Físicas o afín.
2) Estudiantes universitarios de titulaciones superiores o de ciclo largo, preferentemente de Ingeniería (industrial, Informática, Aeronáutica, Telecomunicaciones) o Licenciatura en Ciencias Físicas o afín que acrediten haber superado al menos 240 créditos ECTS.
3) Estudiantes de máster que sean los específicos que habiliten para el ejercicio profesional de cada Ingeniería, que acrediten haber superado al menos 240 créditos ECTS.
c) Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de la ayuda.
d) La no concurrencia de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
7.- Formalización de solicitudes. 1. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 12 al 31 de marzo de 2014, a.i.}
2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Instituto de Astrofísica de Canarias o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e irán dirigidas al Sr. Director del IAC (c/. Vía Láctea s/n, 38200 La Laguna). Para que sean admitidas las solicitudes deberán haberse registrado dentro de plazo en cualquiera de los siguientes lugares:
a) Registro General del IAC.
b) Cualquier otra oficina de registro de la Administración General del Estado.
c) Comunidades Autónomas y Embajadas y Consulados de España en el Exterior.
d) Correo certificado: Las solicitudes deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de proceder a su envío certificado.
Dirección postal: Instituto de Astrofísica de Canarias. Registro General. C/ Vía Láctea s/n. 38200 La Laguna. Santa Cruz de Tenerife.
Además, los anexos I y III se enviarán dentro del plazo establecido en formato electrónico, a la dirección bveranodt@iac.es. Los documentos electrónicos se encuentran en la página www externa del IAC, http://www.iac.es/info.php?op1=26, en el mismo lugar en donde se publique la convocatoria.   ...

miércoles, 28 de julio de 2010

ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2010. marm.es

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO
Ayudas
Orden ARM/2042/2010, de 15 de julio, por la que se convoca la concesión de ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-12163 - 10 págs. - 285 KB)
Otros formatos
Objeto.– La presente orden, tiene como objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones reguladas en la Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola (Boletín Oficial del Estado n.º 232 de 25 de septiembre del 2008).
Beneficiarios.- 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las organizaciones de productores pesqueros, las cofradías de pescadores, las asociaciones empresariales cuya actividad principal esté vinculada a la gestión, explotación o conservación de los recursos naturales vivos o del medio ambiente marino, incluyendo la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura y que deseen llevar a cabo actividades de desarrollo tecnológico y las plataformas tecnológicas de ámbito estatal o las asociaciones empresariales que actúen en representación de éstas, cuya temática y campo de actuación se englobe dentro del sector pesquero y acuícola y cuyo fin sea el fomento de la investigación científico-tecnológica entre diferentes agentes del sistema I+D+i mediante análisis y discusión de estrategias de interés estratégico nacional que impulsen la capacidad tecnológica.
2. Los beneficiarios podrán presentarse en colaboración con otras asociaciones o entidades o instituciones científicas del sector.
Solicitudes.-1. Las solicitudes se dirigirán a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y se presentarán en el Registro de la Secretaría General del Mar, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Dichas solicitudes se cumplimentarán conforme al modelo del anexo I
4. Los anexos I, II y III estarán a disposición de los interesados en la siguiente dirección de Internet perteneciente al Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (sede.marm.gob.es/).
5. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria. {del 29 de Julio al 28 de Agosto de 2010, a.i.}