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martes, 29 de diciembre de 2009

Convocatoria para la selección de los municipios candidatos a albergar el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gasta

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. 21107 . Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se efectúa la convocatoria pública para la selección de los municipios candidatos a albergar el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos de alta actividad (ATC) y su centro tecnológico asociado.
La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó, el 27 de abril de 2006, una Proposición no de Ley, por la que el Congreso instaba al Gobierno a constituir una Comisión Interministerial que debería establecer los criterios que deberá cumplir el emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado (ATC) para combustible gastado y residuos radiactivos de alta actividad y su centro tecnológico asociado.
Atendiendo a lo anterior, el Gobierno aprobó el Real Decreto 775/2006, de 23 de junio, por el que se crea dicha Comisión Interministerial.
Entre las funciones que se atribuyen a la Comisión Interministerial figura la de desarrollar el procedimiento por el que los municipios interesados puedan optar a ser candidatos para el emplazamiento.
A este fin, y una vez establecidos por la Comisión Interministerial los «Criterios básicos de emplazamientos para la instalación ATC y centro tecnológico asociado», publicados en la web del MITYC www.emplazamientoatc.es , en virtud de lo acordado por dicha Comisión, en su reunión de 10 de julio de 2008, se procede a la convocatoria pública para determinar los municipios interesados en ser candidatos a que en su término municipal se albergue el ATC y su centro tecnológico asociado, incluidas las infraestructuras necesarias para el asentamiento de empresas, cuyo proyecto se describe en el anexo I.
La convocatoria va dirigida a todos los municipios situados en territorio español y a ella podrán concurrir los municipios individual o conjuntamente.
En el anexo II se indica el procedimiento para la selección del emplazamiento entre los municipios interesados, que se inicia de oficio por medio de la presente convocatoria, y en el anexo III figuran las bases de la misma.

Solicitud: Dicho procedimiento se desarrollará de acuerdo con los trámites que se indican a continuación:
a) Presentación de candidaturas: Los municipios interesados, previa adopción del correspondiente acuerdo del Pleno Municipal, en el que se designará al órgano competente para proponer los terrenos en la fase correspondiente del procedimiento, dispondrán de un plazo de presentación de candidaturas de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la presente Convocatoria Pública. [del 30 de Diciembre de 2009 al 29 de Enero de 2010, a.i.]. A la solicitud deberá acompañarse la documentación a que se hace referencia en el apartado 2 del anexo III «Bases de la convocatoria».

viernes, 10 de julio de 2009

requisitos de seguridad para la gestión del envejecimiento y la operación a largo plazo de centrales nucleares

CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Instrucción IS-22, de 1 de julio de 2009, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre requisitos de seguridad para la gestión del envejecimiento y la operación a largo plazo de centrales nucleares.

La aprobación de la presente Instrucción obedece a la necesidad de regular con carácter general los criterios aplicados por el Consejo de Seguridad Nuclear para requerir un sistema de gestión del envejecimiento de las estructuras, sistemas y componentes, incluyendo el caso de la explotación a largo plazo de las centrales nucleares.

Objeto y ámbito de aplicación.–Esta Instrucción tiene por objeto establecer los criterios para la gestión del envejecimiento de los componentes de las centrales nucleares, incluida la gestión en el caso de la explotación a largo plazo. Los requisitos establecidos en la misma son aplicables a todas las condiciones de operación de la central.
La Instrucción resulta de aplicación a todas las centrales nucleares que contengan uno o más reactores nucleares de potencia de los tipos PWR y BWR.