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viernes, 2 de agosto de 2013

levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por el proyecto Gasoducto de transporte secundario denominado «Marina Alta Fase II» para la construcción de los tramos 2 y 4 CBREDE/2011/1/03, en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la provincia de Alicante. (Expediente de expropiación forzosa JUEXPR/2013/4).

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA ALICANTE.  Boletín Nº 145 del 01/08/2013 (pdf)
-CONVOCATORIA LEVANTAMIENTO ACTAS PREVIAS PROYECTO GASODUCTO «MARINA ALTA FASE II» TRAMOS 2 Y 4 EXPEDIENTE EXPROPIACIÓN FORZOSA JUEXPR/2013/4 [butlletí oficial de la província - alacant, 1 agost 2013 - n.º 145 , pàgina 11]
Resolución de 24 de julio de 2013, del Servicio Territorial de Energía de Alicante, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por el proyecto Gasoducto de transporte secundario denominado «Marina Alta Fase II» para la construcción de los tramos 2 y 4 CBREDE/2011/1/03, en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la provincia de Alicante. (Expediente de expropiación forzosa JUEXPR/2013/4).
En fecha 24 de junio de 2013, por la Dirección General de Energía de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, se dictó resolución por la que se autorizó a Endesa Gas Transportista S.L., se declaró, en concreto, la utilidad pública y se aprobó el proyecto de ejecución y la Addenda I al mismo de los tramos 2 y 4 del gasoducto de transporte secundario denominado «Marina Alta Fase II» (CBREDE/2011/1/03), en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la
provincia de Alicante. Dicha declaración de utilidad pública de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 101 del
Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos, siéndoles de aplicación el procedimiento de urgencia que determina el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954
En su virtud el jefe del Servicio Territorial de Energía de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados en el Ayuntamiento donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clases de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la Contribución, pudiéndose acompañar de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa.
El levantamiento de actas tendrá lugar el día 16 de septiembre de 2013 en el Ayuntamiento de Teulada, los días 17 y 18 de septiembre de 2013 en el Ayuntamiento de Benissa, y el día 19 de septiembre de 2013 en el Ayuntamiento de Senija.
El orden de levantamiento de actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos del Ayuntamiento señalado y en el anexo.
Es de significar que esta publicación se realiza igualmente, a los efectos que determina el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su redacción dada por la Ley 4/1999, de notificación de la presente resolución a los titulares desconocidos o con domicilio ignorado o a aquellos en que, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar.
En el expediente expropiatorio Endesa Gas Transportista S.L., asumirá la condición de beneficiaria.
Alicante, 24 de julio de 2013.- El jefe del Servicio Territorial de Energía. Ramón Esplugas Pérez.
ANEXO
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados del Proyecto denominado «Marina Alta F-II» para la construcción de los tramos 2 y 3, en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la provincia de Alicante.JUEXPR/2013/4.  Boletín Nº 145 del 01/08/2013 (pdf)

jueves, 11 de julio de 2013

se otorga autorización administrativa de modificación del gasoducto de transporte secundario denominado Marina Alta, fase II, para la construcción de los tramos 2 y 4, en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la provincia de Alicante, se aprueba su proyecto de ejecución y la addenda I al mismo y se declara, en concreto, su utilidad pública. Expediente número CBREDE/2011/1/03

Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació. 
RESOLUCIÓ de 24 de juny de 2013, de la Direcció General d’Energia, per la qual s’atorga autorització administrativa de modificació del gasoducte de transport secundari denominat Marina Alta, fase II, per a la construcció dels trams 2 i 4, en els termes municipals de Teulada, Benissa i Senija, en la província d’Alacant, s’aprova el seu projecte d’execució i l’addenda I al projecte i es declara, en concret, la seua utilitat pública. Expedient número CBREDE/2011/1/03. [2013/7296] (pdf 769KB) 
RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2013, de la Dirección General de Energía, por la que se otorga autorización administrativa de modificación del gasoducto de transporte secundario denominado Marina Alta, fase II, para la construcción de los tramos 2 y 4, en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la provincia de Alicante, se aprueba su proyecto de ejecución y la addenda I al mismo y se declara, en concreto, su utilidad pública. Expediente número CBREDE/2011/1/03. [2013/7296] (pdf 769KB)
Antecedentes de hecho
Con fecha 10 de febrero de 2011, Endesa Gas Transportista, SL, a través de representante debidamente acreditado, presentó ante el Servicio Territorial de Energía de Alicante, escrito en el que expone que con fecha 16 de febrero de 2007 Endesa Gas Transportista, SL, solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Gasoducto de Transporte Secundario Marina Alta - Fase II», en los términos municipales de Jávea, Benitachell, Teulada, Benissa, Senija y Calp, en la provincia de Alicante (expediente CBREDE/2006/46/03) y que posteriormente, y consecuencia de las alegaciones de los Ayuntamientos de Teulada y de Benissa durante el periodo de información pública, se ha procedido a modificar el proyecto entre los vértices V-61 y V-65, en el municipio de Teulada, V-66 y V-78, en Teulada y Benissa, y V-97 y V-117, en Benissa y Senija. Por todo lo anterior, en dicho escrito solicita autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, así como el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del proyecto denominado «Addenda al gasoducto de transporte secundario Marina Alta - Fase II», en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la provincia de Alicante, que afecta a los tramos 2 y 4 de dicho gasoducto.
En consideración de lo anterior, cumplidos los requisitos y los procedimientos legales y reglamentarios establecidos en la legislación vigente aplicables, resuelvo:
Primero.- Otorgar autorización administrativa a la empresa Endesa Gas Transportista, SL, para la modificación en la construcción de las instalaciones correspondientes a los tramos 2 y 4 del gasoducto de transporte secundario denominado «Marina Alta Fase II», en los términos municipales de Teulada, Benissa y Senija, en la provincia de Alicante, delimitados por los siguientes vértices:
– Vértices V-61 a V-78 en el término municipal de Teulada y Benissa.
– Vértices V-97 a V-117 en los términos municipales de Benissa y Senija.
De acuerdo con la documentación técnica presentada, la presente autorización comprende el siguiente trazado:
– En Teulada, se inicia la variante en el vértice V-61, girando hacia el norte para bordear unas fincas hasta volver al trazado original en el vértice V-65 cercano a la posición 04. Una vez pasada la posición, el trazado vuelve a tomar el sentido norte prolongándose por un camino y cruza el FFCC y la carretera N-332 en una zona donde ambos se encuentran muy próximos para continuar aprovechando los caminos, llegando por ellos hasta entrar en el término municipal de Benissa.
– En el término municipal de Benissa, el trazado modificado en el término de Teulada entra en el de Benissa por un camino hasta llegar al vértice V-78 del trazado original. Luego se modifica desde el vértice V-97 para aprovechar un camino por donde transcurre hasta cruzar la colada del Camino de Valencia donde sale de este término para entrar en el de Senija. Vuelve el trazado modificado al término de Benissa cruzando la carretera CV-745 y en paralelo con la AP-7 y aprovechando la franja existente entre esta y la variante de carretera de Benissa, discurre entre ambas hasta volver al trazado original en un punto cercano al cruce de la carretera CV-750.
– En el término municipal de Senija, la variante se inicia antes de cruzar la carretera de acceso a la AP-7 después de la zona de peaje de la misma, a continuación en sentido noroeste cruzando un arroyo encauzado y se prolonga por un camino paralelo a la AP-7 hasta llegar nuevamente al término de Benissa en la proximidad de la carretera CV-745. ...