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viernes, 13 de febrero de 2015

ayudas económicas a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, así como a las Entidades Deportivas Municipales, dependientes de los mismos (Patronatos, Organismos Autónomos, Fundaciones Deportivas, etc.), para la realización de actividades deportivas o mantenimiento de Escuelas Deportivas Municipales, Anualidad 2015

Convocatoria del Plan Ayudas a Ayuntamientos de la Provincia y Entidades Deportivas Municipales dependientes de los mismos, anualidad 2015, de conformidad con las siguientes
B A S E S
PRIMERA.- (Objeto). Es objeto de la presente Convocatoria la concesión, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, así como a las Entidades Deportivas Municipales, dependientes de los mismos (Patronatos, Organismos Autónomos, Fundaciones Deportivas, etc.), para la realización de actividades deportivas o mantenimiento de Escuelas Deportivas Municipales, Anualidad 2015, cuya dotación económica prevista asciende a la cantidad de 570.000 euros.
Los Patronatos, Organismos Autónomos, etc., deberán contar con personalidad jurídica propia e independiente, y figurar entre sus fines estatutarios la realización de actividades deportivas o el mantenimiento de las Escuelas Deportivas Municipales.
Las ayudas económicas constarán de un importe fijo, y otro variable. El importe fijo a conceder dependerá de la distribución por tramos de habitantes, según se indica a continuación (suma de los importes fijos del total de solicitudes):
De 0-500 habitantes, 1.250,00 euros
De 501-5.000 habitantes, 2.250,00 euros
De 5.001-10.000 habitantes, 2.750,00 euros
De 10.001-20.000 habitantes, 3.250,00 euros
De 20.001-50.000 habitantes, 3.500,00 euros
De 50.001-100.000 habitantes, 4.000,00 euros
De 100.001 habitantes en adelante, 4.500,00 euros
El importe variable (la diferencia entre el total del Plan de ayudas y la cantidad distribuida correspondiente a la parte fija) dependerá de la valoración realizada para cada solicitud de acuerdo con los criterios de prioridad y ponderación recogidos en la Base Cuarta.
SEGUNDA.- (Solicitudes). Los Ayuntamientos interesados, así como las Entidades indicadas en la Base Primera, deberán presentar sus solicitudes, ajustadas al modelo normalizado, que se publicará como ANEXO I, suscritas por el Sr./a. Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento o Presidente/a de la Entidad municipal correspondiente, y dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de TREINTA DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia {del 14 de febrero al 16* de marzo de 2015, a.i.},, en el Registro General de esta Excma. Diputación, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El Área de Deportes pondrá a disposición de los interesados el modelo de instancia ANEXO I (solicitud) y el ANEXO II (documentación adjunta), en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es ).