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martes, 30 de julio de 2013

Ajudes destinades a afavorir l’accés al mercat de treball dels col·lectius de difícil inserció laboral, per a l’exercici 2013. // Ayudas destinadas a favorecer el acceso al mercado de trabajo de los colectivos de difícil inserción laboral, para el ejercicio 2013.

ORDE 31/2013, de 23 de juliol, de la Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació, per la qual es convoca un programa d’ajudes destinat a afavorir l’accés al mercat de treball dels col·lectius de difícil inserció laboral, per a l’exercici 2013. [2013/7891]  (pdf 277KB) 
ORDEN 31/2013, de 23 de julio, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convoca un programa de ayudas destinado a favorecer el acceso al mercado de trabajo de los colectivos de difícil inserción laboral, para el ejercicio 2013. [2013/7891]  (pdf 277KB)
1. Objeto y ámbito. 1. Esta orden tiene como objeto establecer un programa de ayudas para favorecer el acceso al mercado laboral de las personas desempleadas de la Comunitat Valenciana pertenecientes a determinados colectivos de difícil inserción laboral.
2. Las contrataciones objeto de subvención deberán efectuarse en 2013 a partir de la publicación de la convocatoria y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana.
2. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de esta orden las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.
3. Destinatarios finales. Serán destinatarios finales de este programa las personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a)
Mujeres o personas mayores de 45 años, que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo de la Generalitat durante un periodo de al menos tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
b) Personas inscritas como desempleadas en los centros SERVEF de Empleo de la Generalitat por un periodo ininterrumpido de más de 365 días previos a la fecha de la contratación. A estos efectos se considerará interrumpida la demanda de empleo por haber trabajado un periodo acumulado de al menos 90 días en los 365 días previos.
4. Cuantía de las ayudas. La cuantía de la ayuda por cada contrato de trabajo de al menos tres meses de duración ascenderá a un máximo de 1.125 euros, según el siguiente detalle:
a) Contratos de al menos 5 horas semanales: 375 euros.
b) Contratos de al menos 10 horas semanales: 750 euros.
c) Contratos de al menos 15 horas semanales: 1.125 euros.
9. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 30 de septiembre de 2013.

sábado, 18 de septiembre de 2010

Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

JEFATURA DEL ESTADO
Mercado de trabajo
Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
PDF (BOE-A-2010-14301 - 49 págs. - 764 KB)
Otros formatos
CAPÍTULO I
Medidas para reducir la dualidad y la temporalidad del mercado de trabajo
CAPÍTULO II
Medidas para favorecer la flexibilidad interna negociada en las empresas y para fomentar el uso de la reducción de jornada como instrumento de ajuste temporal de empleo
CAPÍTULO III
Medidas para favorecer el empleo de los jóvenes y de las personas desempleadas
CAPÍTULO IV

Medidas para la mejora de la intermediación laboral y
sobre la actuación de las empresas de trabajo temporal
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
1. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las disposiciones sobre agencias de colocación establecidas en el Capítulo IV de esta Ley no serán de aplicación hasta tanto no entre en vigor la normativa de desarrollo a que se refiere la disposición final tercera, apartado 3.