Mostrando entradas con la etiqueta premios estatales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta premios estatales. Mostrar todas las entradas

lunes, 5 de junio de 2017

Premios Estatales al Voluntariado Social para el año 2017

BDNS(Identif.):349019
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios. Las personas voluntarias, nacionales o extranjeras, que desarrollen su actividad solidaria en el seno de entidades del Tercer Sector de Acción Social, o en entidades públicas o privadas que realicen programas de voluntariado en colaboración con las mencionadas organizaciones sociales del Tercer Sector de Acción Social.
Las entidades del Tercer Sector de Acción Social, entendiéndose como tales, aquellas organizaciones de carácter privado que respondan a criterios de solidaridad, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsen el reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales.
Segundo.- Objeto. Los Premios Estatales al Voluntariado Social reconocen la acción voluntaria de las personas físicas o jurídicas, desarrollada ante las situaciones de vulnerabilidad, privación o falta de derechos a través de programas de voluntariado que pretendan:
a) Favorecer la igualdad de oportunidades y no discriminación, y la búsqueda de la transformación social.
b) Conseguir una mejora social, tanto en las personas, como en sus entornos.
Tercero.- Bases Reguladoras. Orden SSI/1738/2013, de 17 de septiembre, por la que se regulan los premios estatales al voluntariado social, publicada en el BOE de 27 de septiembre de 2013.
Cuarto.- Premios. Los premios consistirán en la entrega de medallas alegóricas de la solidaridad voluntaria, y diplomas de reconocimiento.
Las menciones honoríficas consistirán en un diploma de reconocimiento.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. Treinta días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.{del 6 de junio al de julio de 2017, a.i.}

martes, 7 de abril de 2015

Premios Estatales al Voluntariado Social para el año 2015.

Primero. Convocatoria. Se convocan los Premios Estatales al Voluntariado Social para el año 2015, conforme a las normas aprobadas mediante Orden SSI/1738/2013, de 17 de septiembre por la que se regulan los premios estatales al voluntariado social. 
Segundo. Solicitud y memoria. 1. Solicitud. 
1.1 Modelo y presentación de solicitudes: las solicitudes de candidaturas a los premios, tanto en su modalidad individual, como colectiva, se formalizarán en los modelos que figuran como anexo I de esta resolución, y podrán ser presentadas en la sede del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, paseo del Prado números 18-20, 28071 Madrid, así como en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, indicando en el sobre «Premios Estatales al Voluntariado Social». También podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá realizarse la solicitud por medios electrónicos accediendo a la URL: http://sede.msps.gob.es/registroelectronico/home.ht, de conformidad con la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Asimismo, se podrá acceder a los modelos de solicitud en la página web cuya dirección es www.msssi.gob.es 
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, a través de los siguientes medios: 
Teléfono: 91 822 66 35. 
Fax: 91 209 03 88. 
Correo electrónico: voluntariado@msssi.es
1.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 7 de abril al .13 de mayo de 2015, a.i. 
1.3 Declaraciones de adhesión: Todas las solicitudes de candidaturas deberán estar acompañadas por, al menos, tres declaraciones de adhesión, según el modelo que figura como anexo III a esta resolución.