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viernes, 11 de octubre de 2019

Sanidad animal: bases de las actuaciones de prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina y se establece un programa nacional voluntario de lucha contra dicha enfermedad

La rinotraqueítis infecciosa bovina (en adelante «IBR») es una enfermedad infectocontagiosa causada por el herpesvirus bovino tipo I (HVB-1), que ocasiona en los animales signos respiratorios y reproductivos, en ocasiones inaparentes (subclínicos) y que puede ocasionar pérdidas económicas por los problemas de infertilidad, así como por las limitaciones al comercio de animales, semen, óvulos y embriones. De acuerdo con lo establecido por la Decisión 2004/558/CE, de la Comisión, de 15 de julio de 2004, por la que se aplica la Directiva 64/432/CEE del Consejo en lo que respecta a las garantías adicionales para los intercambios intracomunitarios de animales de la especie bovina, la existencia de esta enfermedad implica importantes limitaciones comerciales. En concreto, está prohibida la comercialización de semen, óvulos y embriones de rebaños seropositivos y el transporte de animales vivos infectados, salvo que se cumplan una serie de medidas sanitarias específicas, a aquellos países o zonas que han sido declarados libres o que tienen un programa de control y erradicación aprobado.
Cada vez son más los países que tienen en marcha programas de control y erradicación en Europa. Por todo ello, es preciso establecer un marco nacional para iniciar un programa de prevención, control y erradicación de la IBR que ofrezca las garantías necesarias para que el control de esta enfermedad se realice de forma homogénea entre las explotaciones de todo el territorio nacional.
El artículo 25.1 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, dispone que se someterán a programas nacionales de prevención, control, lucha y erradicación de enfermedades de los animales aquéllas que se determinen por la Administración General del Estado, consultadas con carácter previo las comunidades autónomas y consultado el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria, en función de sus repercusiones económicas, sanitarias y sociales.
De forma resumida, las principales actuaciones son las siguientes: por un lado, la calificación sanitaria oficial de las explotaciones en todo el territorio nacional, por otro, la substitución de las vacunas convencionales por vacunas marcadas, delecionadas de la glicoproteína E, que permitan la diferenciación de los animales en función de si han estado en contacto con el virus campo o, por el contrario, han sido vacunados, la adhesión voluntaria al Programa de prevención, control y erradicación de IBR y, finalmente, la regulación oficial de los movimientos entre explotaciones según su situación sanitaria.   ...
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Este real decreto tiene un doble objeto:
1. Establecer las bases de las actuaciones para la prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina o IBR en las explotaciones de ganado vacuno del territorio nacional.
2. Aprobar el Programa nacional voluntario de lucha contra la rinotraqueítis infecciosa bovina o IBR en el territorio nacional.

sábado, 11 de mayo de 2019

programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de las enfermedades de los animales para el año 2019.

Resultado de imagen de programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de las enfermedades de los animalesSanidad animal.  Resolución de 25 de abril de 2019, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se publican los programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de las enfermedades de los animales para el año 2019.
  • PDF (BOE-A-2019-6961 - 1 pág. - 219 KB)
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  • Una vez aprobados por la Comisión de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 652/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal, y por el que se modifican las Directivas 98/56/CE, 2000/29/CE y 2008/90/CE del Consejo, los Reglamentos (CE) n.º 178/2002, (CE) n.º 882/2004, (CE) n.º 396/2005 y (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan las Decisiones 66/399/CEE, 76/894/CEE y 2009/470/CE del Consejo, en la Decisión 2008/341/CE, de la Comisión, de 25 de abril de 2008, por la que se establecen criterios comunitarios para los programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y de determinadas zoonosis, y en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/969 de la Comisión, de 15 de junio de 2016, por la que se establecen los requisitos estándar que deben cumplir los informes sobre los programas nacionales de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades animales y zoonosis cofinanciados por la Unión y por la que se deroga la Decisión de Ejecución 2014/288/UE, los programas para 2019 de erradicación de la tuberculosis bovina, de erradicación de la brucelosis bovina, de erradicación y control de la lengua azul, de vigilancia de la gripe aviar en aves de corral y aves silvestres, el programa para 2019/2020 de erradicación de la brucelosis ovina y caprina, el programa de control y erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (EETs) para 2018/2019, así como de control de ciertas salmonelas en determinadas aves de corral para 2017/2019, mediante la Decisión n.º SANTE/VP/2019/ES/SI2.798234, de 29 de enero de 2019, se resuelve la publicación de los citados programas y de dicha Decisión a través de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación, para público conocimiento y a los efectos previstos en la disposición adicional segunda del Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de las enfermedades de los animales, pudiendo ser consultados en la dirección https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/sanidad-animal-higiene-ganadera/sanidad-animal/enfermedades/.
  • sábado, 6 de marzo de 2010

    programas nacionales de erradicación de las enfermedades de los animales para el año 2010

    MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO
    Sanidad animal
    Resolución de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, por la que se da publicidad a los programas nacionales de erradicación de las enfermedades de los animales para el año 2010.
    PDF (BOE-A-2010-3735 - 1 pág. - 153 KB)
    Otros formatos
    Una vez aprobados por la Comisión Europea, de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 90/638/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1990, por la que se establecen los criterios comunitarios aplicables a las medidas de erradicación y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y en la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario, los programas de erradicación de la brucelosis bovina, la tuberculosis bovina, la brucelosis ovina y caprina, la encefalopatía espongiforme bovina, la tembladera y la enfermedad de Aujeszky, el programa de erradicación y vigilancia de la fiebre catarral ovina, los programas de control de determinadas salmonelas zoonóticas en manadas de aves reproductoras, en manadas de aves ponedoras de la especie Gallus gallus, en manadas de pollos de engorde y en manadas de pavos (reproductores y de engorde), el programa de control de la gripe aviar en aves de corral y aves silvestres y el programa de vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles, presentados por España para el año 2010, mediante la Decisión 2009/883/CE de la Comisión, por la que se aprueban los programas nacionales anuales y plurianuales y la participación financiera de la Comunidad para la erradicación, el control y la vigilancia de determinadas enfermedades animales y zoonosis, presentados por los Estados miembros para 2010 y años sucesivos, se resuelve la publicación de los mismos a través de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, pudiendo ser consultados en la dirección http://rasve.mapa.es/Publica/Programas/Normativa.asp .