martes, 6 de abril de 2010

ayudas a la implantación y desarrollo de la responsabilidad social en las pequeñas y medianas empresas: iniciativa "RSE-PYME".

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Ayudas
Resolución de 22 de marzo de 2010, de la Secretaría General de Industria, por la que se efectúa, para el año 2010, la convocatoria de ayudas a la implantación y desarrollo de la responsabilidad social en las pequeñas y medianas empresas: iniciativa "RSE-PYME".
PDF (BOE-A-2010-5462 - 17 págs. - 388 KB)
Otros formatos
Objeto de la Resolución.- Constituye el objeto de esta Resolución la convocatoria de las ayudas a la promoción de la RSE en las PYME para el ejercicio 2010 y los procedimientos de gestión para la aplicación de dichas ayudas, de acuerdo con lo previsto en la Orden ITC/404/2010, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la implantación y desarrollo de la responsabilidad social en las pequeñas y medianas empresas: Iniciativa «RSE-PYME».
Objetivos.– Las ayudas que aquí se convocan tienen como finalidad incentivar la implantación y desarrollo de buenas prácticas en materia de RSE en las estrategias empresariales de las pequeñas y medianas empresas con el objetivo de mejorar su competitividad.
Para conseguir estos objetivos, las ayudas se canalizarán a través de organizaciones, asociaciones empresariales, y otros organismos intermedios que desarrollen actuaciones en el ámbito de la RSE para PYME, con objeto de explotar las economías de escala que proporciona la agrupación de éstas por sectores y colectivos de similares problemáticas y características.
Beneficiarios.– Podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas, las organizaciones y asociaciones empresariales, así como otros organismos intermedios de los definidos en este apartado, que no se encuentren incursos en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y ello sin perjuicio de las excepciones establecidas en el articulo 1 del Reglamento (CE) N.º 1998/2006 de 15 de diciembre de 2006 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis, por lo que se refiere a su propia actividad y situación y a las de las PYME a las que prestan sus servicios.
Actuaciones objeto de ayuda.– Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
a) La elaboración de informes/memorias de sostenibilidad a un número significativo de PYME, que deberán aparecer identificadas en la solicitud de ayuda.
A efectos de esta orden se entenderá por informe/memoria de sostenibilidad, el informe empresarial individualizado, de carácter público, que las empresas ofrecen a sus grupos de interés internos y externos sobre su posición corporativa y sus actividades en las tres dimensiones de RSE: económica, medioambiental y social. Su contenido deberá comprender además de las actividades llevadas a cabo por la empresa en las tres dimensiones citadas, una proyección de futuro en esas tres áreas.
b) La creación o adaptación de metodologías y herramientas específicas para la elaboración de los informes/memorias indicados en el apartado a).
c) La implantación de sistemas de gestión de RSE a un número significativo de PYME igualmente identificadas.
A efectos de esta orden se entenderá por sistemas de gestión de RSE las políticas y procedimientos que garanticen el cumplimiento, por parte de la empresa, de los compromisos adquiridos en materia de RSE. Los sistemas de gestión de RSE deben ser contemplados como una parte del sistema de gestión de la organización y por tanto, compatibles e integrables con los sistemas de gestión de la calidad, medio ambiente, prevención de riesgos laborales, o I+D+i, entre otros.
d) La creación o aplicación de metodologías y herramientas específicas para la implantación de un sistema de gestión de la RSE dentro de las pequeñas y medianas empresas.
e) La organización de congresos, seminarios, jornadas, y otras actividades de naturaleza similar tendentes a iniciar, sensibilizar, formar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento de la RSE tanto a la PYME como al personal perteneciente a las organizaciones beneficiarias.
No se tomarán en consideración las solicitudes que, entre sus actuaciones, no contengan actividades de las señaladas en los apartados a) o c).
Plazo de presentación de solicitudes.–El plazo de presentación de solicitudes será de un mes
, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». [del 6 de ABRIL al 5 de MAYO de 2010, a.i.] La sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ( http://sede.mityc.gob.es ) indicará el último día válido para la presentación de la solicitud.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia