martes, 27 de abril de 2010

subvenciones, para el fomento de la traducción entre lenguas oficiales españolas y edición de obras de autores españoles, año 2010.

MINISTERIO DE CULTURA
Subvenciones
Orden CUL/1036/2010, de 12 de abril, por la que se convocan subvenciones, para el fomento de la traducción entre lenguas oficiales españolas y edición de obras de autores españoles, correspondientes al año 2010.
PDF (BOE-A-2010-6705 - 21 págs. - 1565 KB)
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Objeto y finalidad. Mediante la presente orden, se convocan para el año 2010, subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos de edición de libros, de autores españoles, a traducir entre lenguas oficiales españolas, con independencia del soporte en que se editen, de autores españoles, de proyección nacional e internacional, que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español.
La finalidad de estas subvenciones es ampliar los fondos de las bibliotecas públicas de España y además fomentar y favorecer la comunicación y cohesión cultural entre las Comunidades Autónomas mediante la creación de un fondo bibliográfico común en todas las bibliotecas públicas.
Beneficiarios.- Podrán solicitar estas subvenciones las empresas mercantiles del sector editorial españolas o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, ya sean personas físicas o jurídicas siempre y cuando estén legalmente constituidas y acrediten haber realizado una labor editorial ininterrumpida de dos años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». [del 28 de Abril al 17 de Mayo de 2010. a.i.].
2. Las solicitudes deberán dirigirse al Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio de Cultura, sito en la Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la LRJPAC.
Asimismo los interesados, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través del registro telemático de la página web del Ministerio de Cultura, utilizado para ello la aplicación informática disponible en la dirección http://www.mcu.es/registro .

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