miércoles, 14 de abril de 2010

1 Oficial 1ª Electricista (C2)+ 1 Dinamizador de Deporte y Juventud (C1)+ 1 Alguacil-Conserje (*E)+ 2 Agentes Policía Local (C1). BASES. Utiel.

Anuncio del Ayuntamiento de Utiel sobre provisión de varias plazas de personal laboral fijo y funcionarios de carrera.
Aprobar las Bases de convocatoria para la provisión de propiedad de plazas vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento de Utiel que literalmente se transcribe:

BASES APLICABLES A LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE PRIMERA DE ELECTRICISTA EN RÉGIMEN LABORAL FIJO
Objeto de la Convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la selección en régimen de personal laboral fijo de la Plaza perteneciente a la Plantilla de esta Corporación que se cita a continuación, asimilada al Grupo de Titulación C2, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2010 y cuya cobertura permanente se considera necesaria conforme al artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
El acceso conllevará la correspondiente adscripción al puesto contemplado en el vigente Catálogo de Puestos de Trabajo correspondiente a la plaza, clasificado como laboral fijo y las restantes determinaciones aplicables. El detalle y caracterización de la plaza objeto de la convocatoria es el siguiente:
Denominación Plaza : Oficial de 1 ª Electricista
Número : 1
Grupo de asimilación : C2
Funciones : Realización de tareas, a nivel de oficialía, en el ámbito de la electricidad, etc.
Nivel asimilado CD: nivel 14.
Régimen jurídico de la relación laboral será el previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, por el Convenio Colectivo o Normas Reguladoras para los empleados públicos del Ayuntamiento de Utiel que en su día resulten de aplicación y por lo establecido en el contrato individual de trabajo, del cual forman parte integrante lo establecido en las presentes bases, conforme a lo establecido en el artículo 3.1.c del Estatuto de los Trabajadores. La clasificación profesional y funciones serán las fijadas en las bases de la convocatoria, sin perjuicio de la polivalencia funcional que proceda dentro del ámbito profesional del "Grupo Profesional de Oficios" de la Plantilla Laboral y que expresamente se acuerda. La estructura salarial será la vigente para el Personal Laboral Fijo en el Ayuntamiento de Utiel asimilada a la vigente para los funcionarios públicos.
Sistema selectivo aplicable.- El acceso se verificará mediante el sistema de concurso-oposición, mediante el Turno de acceso libre.
Requisitos de los aspirantes.- Para tomar parte en el procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos con carácter general en los artículos 56 y 57 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Así, será necesario:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, ya que según la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación las funciones a cubrir no suponen participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público.
Al tratarse de cubrir una plaza reservada a personal laboral fijo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.4 de Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, podrán acceder los extranjeros residentes legalmente en España.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación reglamentaria.
c) Estar en posesión del título de Formación Profesional de Primer Grado de Electricidad o equivalente (rama electricidad).
d) Estar en posesión de Carnet de Instalador electricista, o en trámite acreditado.
h) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.

BASE DUODÉCIMA. BASES APLICABLES A LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE DINAMIZADOR DE DEPORTES Y JUVENTUD EN RÉGIMEN DE PERSONAL LABORAL FIJO.
Objeto de la Convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la selección en régimen de personal laboral fijo de la Plaza perteneciente a la Plantilla de esta Corporación que se cita a continuación, asimilada al Grupo de Titulación C1, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2010 y cuya cobertura permanente se considera necesaria conforme al artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.El acceso conllevará la correspondiente adscripción al puesto contemplado en el vigente Catálogo de Puestos de Trabajo correspondiente a la plaza, clasificado como laboral fijo y las restantes determinaciones aplicables. El detalle y caracterización de la plaza objeto de la convocatoria es el siguiente:
Denominación Plaza : Dinamizador de Deporte y Juventud
Número : 1
Grupo de asimilación : C1
Funciones : Realización de tareas de organización técnica de las áreas de deporte y juventud
Nivel asimilado CD nivel 18
El régimen jurídico de la relación laboral será el previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, por el Convenio Colectivo o Normas Reguladoras para los empleados públicos del Ayuntamiento de Utiel que en su día resulten de aplicación y por lo establecido en el contrato individual de trabajo, del cual forman parte integrante lo establecido en las presentes bases, conforme a lo establecido en el artículo 3.1.c del Estatuto de los Trabajadores. La clasificación profesional y funciones serán las fijadas en las bases de la convocatoria, sin perjuicio de la polivalencia funcional que proceda dentro del ámbito profesional del "Grupo Profesional de Oficios" de la Plantilla Laboral y que expresamente se acuerda. La estructura salarial será la vigente para el Personal Laboral Fijo en el Ayuntamiento de Utiel asimilada a la vigente para los funcionarios públicos.
Sistema selectivo aplicable.- El acceso se verificará mediante el sistema de concurso-oposición, mediante el Turno de acceso libre.
Requisitos de los aspirantes.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o, de conformidad con lo establecido en la Ley 07/2007, de 12 de abril, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, tener la nacionalidad de un país miembro o de cualquiera de aquellos Estados donde, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en los que ésta esté definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea; ser cónyuge de español o de nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho o que sus descendientes o los de su cónyuge sean menores de 21 años o mayores de esta edad y que vivan a sus expensas.
b) Estar en posesión del título de Bachiller o FP II.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) Tener cumplidos dieciocho años.

BASES APLICABLES A LA CONVOCATORIA PARA EL ACCESO EN PROPIEDAD A UNA PLAZA DE ALGUACIL-CONSERJE DE FUNCIONARIO DE CARRERA DE ESTE AYUNTAMIENTO
Objeto de la Convocatoria.- El objeto de la presente convocatoria es el acceso, en propiedad, a una plaza de Alguacil-Conserje, vacante en la plantilla municipal.Dicha plaza está encuadrada en la Escala de Administración General, subescala Subalterna, asimilada al Grupo AP, dotada con el sueldo correspondiente a los funcionarios de este grupo, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que corresponden a dicha subescala, con arreglo a la legislación vigente y la Relación de Puestos de Trabajo, y se halla incluida en la oferta de empleo público de 2007, publicada en el BOP nº 97 de 25 de abril de 2007.
Sistema de acceso.- La plaza se proveerá por turno libre y mediante el sistema de concurso-oposición.
Requisitos.- Para tomar parte en el procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos con carácter general en los artículos 56 y 57 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Así, será necesario:
b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, ya que según la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación las funciones a cubrir no suponen participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público.Al tratarse de cubrir una plaza reservada a personal laboral fijo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.4 de Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, podrán acceder los extranjeros residentes legalmente en España.
c) Tener cumplidos 16 años de edad.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones encomendadas a la plaza a tenor de lo dispuesto en la base primera.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión del Certificado de escolaridad.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.
Todos los requisitos deberán poseerse por los aspirantes en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la incorporación efectiva al puesto de trabajo.

BASES APLICABLES A LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICIA LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO
1. Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de dos plazas de agente del Cuerpo de Policía Local, vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, a las que se agregarán las vacantes que se hubieran producido hasta la finalización del proceso selectivo, cubriéndose por turno libre, mediante oposición.
Dichas plazas están encuadradas en la Escala básica, vacantes en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Utiel, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Generalitat Valenciana 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana; Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de las policías locales y auxiliares de policía local de la Comunidad Valenciana ("Diari Oficial de la Generalitat Valenciana" núm. 3.988, de 27 de abril de 2001); Ley de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 2.617/1985, de 9 de diciembre; y demás normas de aplicación.
2. Condiciones de los aspirantes.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de bachiller superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos dieciocho años, sin exceder de la edad de treinta años. A los solos efectos de la edad máxima se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local como policía local o auxiliar de policía local.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y A, que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 kw/kg.

Bolsa de trabajo.- Se constituirá bolsa de trabajo derivada del proceso selectivo con aquellos aspirantes que hayan aprobado algún ejercicio de la fase de oposición, en orden de prelación que les corresponda de acuerdo con las puntuaciones obtenidas y mayor número de ejercicios superados. Cuando proceda cubrir con carácter temporal un puesto de trabajo por personal perteneciente a la bolsa de trabajo, se citará a quien corresponda por turno para acreditar la documentación requerida en el proceso. Quien renuncie al puesto ofertado será excluido de la bolsa, salvo causa justificada. Se consideran causas justificadas aquellas especificadas en el artículo 14 de la Orden de 17 de enero de 2006, de la consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal.
El plazo será de veinte días naturales contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. (habrá que estar atentos, por tanto, a la citada publicación del anuncio/EXTRACTO en el BOE)

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia