miércoles, 11 de agosto de 2010

ayudas para la creación y transformación de recursos digitales y su difusión y preservación mediante repositorios.

MINISTERIO DE CULTURA
Ayudas
Orden CUL/2214/2010, de 20 de julio, por la que se convocan ayudas para la creación y transformación de recursos digitales y su difusión y preservación mediante repositorios.
Objeto y finalidad.–Por la presente orden se convoca con cargo a los presupuestos del año 2010 la concesión de ayudas, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley de Subvenciones), en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de digitalización, accesibilidad en línea y preservación digital de bienes que formen parte del patrimonio bibliográfico conforme a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español o, en general, de publicaciones de interés cultural, educativo, científico o informativo.
La finalidad perseguida incluye dos tipos de actuaciones:
a) La creación de recursos digitales mediante la digitalización de materiales que formen parte del patrimonio bibliográfico o, en general, de publicaciones de interés cultural, educativo, científico o informativo, así como la asignación de los datos y metadatos que codifiquen sus descripciones y permitan su carga en un repositorio OAI-PMH.
b) La transformación de los recursos digitales existentes en recursos digitales accesibles, esto es, sujetos a la norma ISO 15836 (Dublin Core) en un repositorio OAI-PMH al objeto de incrementar la visibilidad y accesibilidad de dichos recursos digitales.
Todo el proceso de creación de recursos digitales deberá ajustarse a lo especificado en los apéndices A y B de las «Directrices para proyectos de digitalización de colecciones y fondos de dominio público, en particular para aquellos custodiados en bibliotecas y archivos», en su última versión publicada en http://travesia.mcu.es/documentos/pautas_digitalizacion.pdf, la cual se facilitará también por la Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria del Ministerio de Cultura. Igualmente se deberá implementar el formato ESE (Europeana Semantic Elements, versión 3.2.1 o la publicada en la fecha en la que se lleve a cabo el proyecto) elaborado por el proyecto de Europeana y accesible en la dirección
http://hdl.handle.net/10421/2403. Los repositorios OAI en que se carguen los recursos digitales deberán estar definidos conforme a las especificaciones «The Open Archives Initiative Protocol for Metadata Harvesting» en su última versión en el momento de la publicación de la concesión de las ayudas en el Boletín Oficial del Estado, versión que se podrá consultar en http://www.openarchives.org/OAI/openarchivesprotocol.htm y deberán implementar las directrices de la iniciativa europea DRIVER.
Modelo, forma y plazo de presentación de solicitudes y órgano al que deben dirigirse.–Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo normalizado que figura como anexo I de la presente orden, cumplimentándose enteramente a máquina o con letra de molde, y deberán dirigirse al Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas. Las solicitudes se podrán presentar en el Registro del Ministerio de Cultura, Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como en los Registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
No se admitirá como medio de presentación de las solicitudes los servicios de mensajería privados.
Asimismo, las solicitudes se podrán presentar a través del registro electrónico accesible en la sede electrónica del Ministerio de Cultura (http://sede.mcu.gob.es), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la LRJAP-PAC, así como en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura.
El procedimiento para la solicitud de las subvenciones para la creación y transformación de recursos digitales y su difusión y preservación mediante repositorios a través del registro electrónico del Ministerio de Cultura ha sido expresamente incluido en el ámbito de dicho registro por medio de la Orden CUL/3410/2009 (Boletín Oficial del Estado de 19 de diciembre de 2009). En el apartado Ayudas de la opción Trámites y Procedimientos de la sede electrónica, se encontrará la información necesaria para completar la solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. {del 12 de Agosto al 10 de Septiembre de 2010, a.i.}

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