jueves, 2 de enero de 2014

... se fija el SMI - salario mínimo interprofesional - para 2014.

1.  Cuantía del salario mínimo interprofesional. El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en  los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51  euros/día o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario  en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en  dinero de aquel.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin  incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se  realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.
Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las  reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes.
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