martes, 4 de febrero de 2014

24 plazas de bombero, grupo C, subgrupo C1. Bases. Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia.


Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia
ANUNCIO
Con fecha 22 de enero de 2014 se han hecho públicas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 18, las Bases reguladoras de la convocatoria para la cobertura de 24 plazas de Bombero, encuadradas en el Grupo C, Subgrupo C1.
Como quiera que se ha constatado la omisión en la misma del Anexo I (Programa), procede, en los términos del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la subsanación de oficio del citado error material. Para facilitar la seguridad jurídica de los aspirantes se procede nuevamente a la publicación íntegra de las citadas Bases.
BASES APLICABLES A LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE 24 PLAZAS DE BOMBERO GRUPO C SUBGRUPO C1
BASE PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la selección de 24 Plazas vacantes en la Plantilla de este Consorcio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21.uno.1 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, clasificadas como funcionarios de carrera y encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Extinción de Incendios y Salvamento, Escala Básica y Categoría de Bombero, pertenecientes al Grupo de Titulación C1, conforme a lo dispuesto por la Ley 7/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS). Las vacantes se relacionan con las Ofertas de Empleo Público (OEP) de los ejercicios 2010 (20 plazas, Diari oficial de la Comunitat Valenciana, nº 6448, de 28 de enero de 2011); 2012 (1 plaza, BOP nº 29, de 4 de febrero de 2013) y 2013 (1 plaza, BOP nº 231, de 28 de septiembre de 2013), cuya cobertura permanente se considera necesaria al objeto de afrontar las necesidades de efectivos del Consorcio. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por razones de planificación del reclutamiento, se considera conveniente la adición de un 10 por 100 adicional (2 plazas) a las vacantes anunciadas en las referidas OEP.
BASE SEGUNDA.- Sistema selectivo aplicable. El sistema selectivo será el de Oposición, seguido de Curso Selectivo de carácter eliminatorio, en los términos establecidos por el artículo 28 de la Ley de SPEIS. 
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30.2 de la citada ley, ocho plazas se reservan al Turno de Movilidad, con las condiciones y requisitos previstos en la normativa citada, siendo las restantes para el Turno Libre. El turno de movilidad se realizará en primer lugar y las plazas no cubiertas por este sistema serán acumuladas al turno libre. De igual modo las vacantes reservadas a movilidad se acumularán al turno libre si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias la Generalitat Valenciana no hubiera desarrollado reglamentariamente las condiciones de ejercicio de esta forma de cobertura.
BASE CUARTA.- Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en el procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos con carácter general en los artículos 23, 25, 26 y concordantes de la Ley 7/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de SPEIS, 56 del EBEP y 135 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. Así, será necesario:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o bien tener la nacionalidad de un Estado al cual, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos definidos en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
En todo caso será responsabilidad del interesado acreditar el cumplimiento de este requisito.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación.
c) Tener la capacidad funcional y psicofísica suficiente para el desempeño de los cometidos asignados a los puestos en la respectiva Relación de Puestos de Trabajo. Se entenderá que no padece enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes tareas cuando esté en condiciones de superar el baremo médico que se prevé en esta convocatoria.
Para tomar parte en la convocatoria se requerirá que todos los aspirantes acrediten la aptitud física con la presentación de un certificado médico, en impreso oficial y firmado por un Colegiado en ejercicio o certificado del Servicio Público de Salud, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones, físicas y sanitarias, necesarias y suficientes para realizar las pruebas físicas que figuran especificadas en el Anexo correspondiente, emitido de acuerdo con la fórmula siguiente: "El interesado reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas indicadas en la convocatoria de 24 plazas de bombero del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia publicadas en el BOP de Valencia de .....(indicar fecha publicación de las presentas bases)"
Dicho certificado, que ha de ajustarse en su redacción a estos conceptos, deberá contemplar el reconocimiento que el aspirante cumple plenamente las condiciones médicas exigidas en el Anexo correspondiente de estas bases. Este certificado médico no excluye las comprobaciones ulteriores que integran el reconocimiento médico establecido. Sólo tendrán validez los certificados emitidos a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 
e) Estar en posesión del Título de Bachiller o Técnico de Formación Profesional o equivalente.
En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase C con el E asociado y la autorización para conducir vehículos de transporte prioritario (BTP).
g) Abonar la tasa establecida en la ordenanza fiscal correspondiente para las pruebas selectivas para el ingreso de personal en el Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y de Salvamento de la Provincia de Valencia.
Todos los requisitos deberán poseerse por los aspirantes en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la incorporación efectiva y durante el desempeño del puesto de trabajo mientras se halle en servicio activo.
BASE QUINTA.- Instancias y subsanación. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán presentar una instancia, conforme a modelo oficial, que podrá ser impresa a través de la página de Internet, de acceso público, del Consorcio http://www.bombers.dva.gva.es
Deberá presentarse un juego de dos copias de la instancia (una para la Administración y otra para el interesado) en el Registro General, o bien alternativamente, en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 
En las Oficinas Centrales del Consorcio Provincial de Bomberos, sitas en Camino de Moncada nº24, 46009 Valencia, se pondrá a disposición de los interesados que lo requieran modelos de instancias, así como los recursos informáticos suficientes para acceder a dicha página Web, cumplimentar e imprimir la instancia.
A la instancia se acompañará el resguardo del ingreso bancario en la cuenta restringida, habilitada al efecto, de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal reguladora correspondiente. Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean admitidos al procedimiento selectivo por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.
El abono de los mencionados derechos se podrá realizar en cualquier oficina de la Caixa o cajero Servicaixa, mediante la lectura del código de barras que lleva impresa la instancia o indicando la numeración del mismo.
El importe de la tasa establecida para el grupo C1 Bombero-Conductor, será la prevista en la Ordenanza fiscal reguladora correspondiente a las pruebas selectivas para el ingreso de personal en el Consorcio Provincial de Bomberos aprobadas por la Asamblea General del 20 de diciembre de 2006 y publicadas en el BOP de Valencia de 15 de febrero de 2007, que se consignara en recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
Será obligatorio acompañar a la instancia el certificado médico al que se hace referencia en la Base 4ª. A la misma se acompañará también fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
Para ser admitido a las pruebas selectivas será necesario, además de aportar la documentación obligatoria reseñada en el párrafo anterior, que los aspirantes, en las instancias, declaren bajo su responsabilidad reunir todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En caso de que el último día del plazo de presentación de instancias sea sábado, domingo o festivo, se entenderá que el mismo finaliza el primer día hábil siguiente.
El horario de atención al público del Registro General del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.  ...

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