Resolución de 20 de julio de 2016, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se convocan para el año 2016 exámenes de Técnico de mantenimiento de globos, veleros y motoveleros.
Bases de convocatoria
1. Normas generales
Toda persona que aspire a la obtención de una licencia de Técnico de Mantenimiento de Globos, Veleros y Motoveleros deberá superar los exámenes correspondientes de acuerdo al calendario oficialmente establecido, en los lugares designados y según el procedimiento regulado en la normativa anteriormente mencionada, así como en las presentes bases. A tales efectos se nombrará, un Tribunal Examinador cuya composición, funcionamiento y competencias se regula en la base quinta.
1.1 Exámenes.
Las pruebas a realizar constarán de un examen teórico y de un examen práctico.
1.1.1 Mantenimiento de globos.
– El examen teórico constará de 32 preguntas tipo test con tres respuestas posibles por pregunta, con un tiempo de 40 minutos para responder.
– El examen práctico consistirá en una serie de pruebas relacionadas con las tareas y prácticas habituales en el mantenimiento de globos y sus componentes, equipos, herramientas, etc., así como con el uso de documentación técnica, que podrá ser en inglés.
1.1.2 Mantenimiento de veleros y motoveleros.
– El examen teórico constará de 52 preguntas tipo test con tres respuestas posibles por pregunta, con un tiempo de 65 minutos para responder.
– El examen práctico consistirá en una serie de pruebas relacionadas con las tareas y prácticas habituales en el mantenimiento de veleros y motoveleros, motores, componentes, equipos, herramientas, etc., así como con el uso de documentación técnica, que podrá ser en inglés.
2. Condiciones para la admisión a examen de aspirantes
2.1 Edad.
Todos los aspirantes deberán tener una edad mínima de 18 años cumplidos en la fecha límite de presentación de instancias.
2.2 Experiencia.
2.2.1 Mantenimiento en aeronaves propias: 1 año justificando al menos 5 revisiones anuales y/o equivalentes, o 5 años como piloto propietario/usuario de la aeronave (justificado mediante certificado de matrícula / cuaderno de la aeronave / cartilla de vuelos).
2.2.2 Mantenimiento a terceros:
– 2 años para aspirantes que procedan de Centros de formación con cursos reconocidos (especialidad de Mecánica).
– 3 años para aspirantes que hayan superado los estudios de FP II/Ciclo Formativo de Grado Superior (especialidad de Mecánica).
– 5 años en mantenimiento de aeronaves (rama Mecánica) para aspirantes que no justifiquen una formación específica.
3. Solicitudes. 3.1 Sin perjuicio de lo establecido en las bases siguientes, los aspirantes a la realización de los exámenes para técnico de mantenimiento de globos, veleros y motoveleros solicitarán su admisión a examen en instancia dirigida a la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, cumplimentando el modelo recogido en el anexo 1, presentándolo personalmente o por correo certificado en la Agencia Estatal para la Seguridad Aérea (avenida del General Perón, núm. 40, 1.ª planta, 28020 Madrid), o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.2 Se cumplimentará el impreso de matrícula rellenando de manera legible todos sus apartados, sin olvidar reseñar los datos personales, fecha de la convocatoria y la licencia a la que aspira.
3.3 A la solicitud se deberá adjuntar un justificante de haber abonado los derechos de examen mediante pago bancario (BBVA cuenta ES49-0182-2370-47-0200201249). La hoja de autoliquidación de tasas podrá obtenerse gratuitamente en Senasa o bien imprimiendo el formato existente en la página web de Senasa. [www.senasa.es]
3.4 Las instancias deberán estar acompañadas obligatoriamente de copia de documento de identificación (documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor).
Igualmente, se acompañarán documentos (fotocopias compulsadas) sobre formación académica previa y experiencia laboral del aspirante.
4. Plazo de presentación de las solicitudes, calendario y fechas de los exámenes. 4.1 El período de presentación de instancias y/o solicitudes será de 15 días naturales, que se comunicará en las páginas web de AESA [www.seguridadaerea.gob.es] y de Senasa con una antelación de al menos dos meses a la fecha en que se efectúen la convocatoria de los exámenes.
4.2 Finalizado el correspondiente plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal examinador de las pruebas (base 5) hará pública la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, mediante su inclusión en las páginas web de AESA y de Senasa, expresando en el caso de los excluidos la causa de exclusión, y dándose un plazo de diez días naturales para subsanar las deficiencias o ausencias de documentación por las que hayan sido excluidos.
4.3 Concluido dicho plazo, el Tribunal Examinador de las pruebas aprobará las listas definitivas de admitidos, publicándolas mediante su inclusión en las páginas web de AESA y de Senasa. Aquellos aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidos, no tendrán acceso a la realización de las pruebas solicitadas, tal y como se determina en estas bases.
4.4 Los exámenes se celebrarán en noviembre de 2016.
6. Lugares de examen. 6.1 La sede de realización de las pruebas teórico-prácticas para técnicos de mantenimiento de globos, veleros y motoveleros según normativa nacional serán las instalaciones aeronáuticas de Senasa en Ocaña (Toledo), Autovía A-4, km 64,2.
6.2 Los locales concretos de cada convocatoria se acordarán y anunciarán por el Tribunal Examinador mediante su inclusión en la página web de AESA y de Senasa.
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