viernes, 12 de agosto de 2016

Técnicos/as de Gestión de Administración General (A2) del Ayuntamiento de Santomera (Murcia)

BASES
1.- Objeto. Las presentes bases regirán el procedimiento de selección, mediante oposición libre, de la plaza o plazas de funcionarios/as interinos/as, pertenecientes al cuerpo técnico de gestión de administración general del Ayuntamiento de Santomera, integradas en el grupo A2, cuyas plazas previstas en la relación de puestos de trabajo se encuentren vacantes, en el número y características que determinen las correspondientes convocatorias.
2.- Requisitos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán reunir los requisitos generales y específicos transcritos a continuación. Los requisitos generales son los previstos en las presentes bases y los específicos se determinarán en las correspondientes convocatorias.
2.1. Requisitos Generales:
Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Poseer la capacidad funcional, física y psíquica, para el desempeño de las tareas propias del cargo. A tal efecto, quienes superen las pruebas selectivas, en el plazo para su toma de posesión, podrán ser sometidos/as a reconocimiento médico por la administración municipal o aportar la documentación que se determine consistente en: certificado médico o certificación expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma que acredite no padecer enfermedad o impedimento físico o psíquico para el ejercicio del cargo.
No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas mediante resolución judicial firme.
2.2. Requisitos Específicos:
a) Poseer la nacionalidad determinada en la correspondiente convocatoria.
b) Estar en posesión de la titulación académica exigida o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de instancias que determine la correspondiente convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero o en centros privados, el opositor/a deberá aportar la documentación que acredite su homologación oficial.
2.3. Todos los requisitos generales y específicos a que se refiere las presentes bases deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias que determine la correspondiente convocatoria y mantenerlos durante el nombramiento del funcionario/a y a lo largo del ejercicio del cargo.
2.4. Los/las aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y resulten propuestos para su nombramiento como funcionarios/as interinos/as, deberán aportar ante la administración municipal, en el plazo y forma determinada en la base 8.2, los documentos originales acreditativos del cumplimiento de los requisitos generales y específicos que les serán devueltos una vez cotejados y compulsados por la administración municipal.
3.- Plazo de presentación de instancias. 3.1. Las instancias de participación en las correspondientes convocatorias se redactarán conforme al modelo que figura como Anexo I de las presentes bases. 3.2. Dichas instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Santomera o en cualquiera de los registros de los órganos determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria de la oposición que corresponda en el Boletín Oficial de la Región de Murcia,{del 13 al 22 de agosto de 2016, a.i.} ...   www.santomera.es

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