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lunes, 5 de agosto de 2019

40 Becas de prácticas del "Master Interuniversitario en Diplomacia y RRII" de la Escuela Diplomática y el Máster del CEI-Fundación privada Centro de Estudios Internacionales

BDNS(Identif.):468550
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Españoles que hayan superado el Master Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales, impartido en la Escuela Diplomática, así como españoles que hayan superado el Máster en Diplomacia y Función Pública Internacional" impartido en el CEI-Fundación Privada Centro de Estudios Internacionales, con independencia del año en que hayan cursado los mencionados programas de Master.
Segundo. Objeto:
La realización de un periodo de prácticas en los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para completar la formación en relaciones internacionales.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden AUC/684/2019, de 19 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las becas de la Escuela Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Cuarto. Cuantía
Importe total de la convocatoria: 125.400 euros.
Importe individual: 1.000,00 euros mensuales más la correspondiente aportación a la Seguridad Social
Número de beneficiarios: 40.
Duración: 3 meses.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. {del 6 al 27 de agosto de 2019, a.i.}
Sexto. Otros datos:
De las 40 becas del programa, 4 irán destinadas a los alumnos que hayan superado el Máster en Diplomacia y Función Pública Internacional del CEI-Fundación Privada Centro de Estudios Internacionales. En caso de que una o alguna de las becas reservadas a los alumnos que hayan superado el Máster en Diplomacia y Función Pública Internacional del CEI-Fundación Privada Centro de Estudios Internacionales no fuera adjudicada por falta de candidatos, dichas becas acrecerán a los alumnos que hayan superado el Master Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática.

viernes, 28 de noviembre de 2014

«Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2015-2016, de la Escuela Diplomática.

Convocar el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2015-2016 para un máximo de cien alumnos, con arreglo a las siguientes normas:
Primera. Podrán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la Escuela Diplomática entre las siguientes categorías de aspirantes:
a) Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor, Licenciado o Grado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.
b) Aspirantes que estén en posesión del título de Licenciado o Grado, españoles y extranjeros, por Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes, cuya nota media en el expediente académico sea igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Segunda. 2.1 Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 30 de septiembre de 2014.
2.2 Los candidatos de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar de manera fehaciente un nivel adecuado de conocimiento de la lengua española para seguir con aprovechamiento el programa del «Máster». El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse mediante la posesión del nivel alto del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de Español como Lengua Extranjera» (BOE de 8 de noviembre de 2002). Supletoriamente, los candidatos podrán también acreditar un conocimiento adecuado de la lengua española mediante la realización de las pruebas y entrevistas establecidas al efecto, que se llevarán a cabo antes del 20 de abril de 2015 en las Embajadas y Consulados Generales de España en los Estados en los que residan los aspirantes a participar en el «Máster».
Tercera. La Escuela Diplomática examinará y valorará la información y documentación que hayan aportado los aspirantes a cursar el «Máster», e informará del resultado a la Comisión académica establecida en la cláusula 3.ª, apartado E, del Convenio-marco de Colaboración suscrito por el MAEC y seis Universidades Públicas el 11 de julio de 2005.
En ese contexto, la Dirección de la Escuela Diplomática valorará, por un lado, las solicitudes de los aspirantes pertenecientes a la categoría (a) admitiendo a los candidatos que presenten los mejores perfiles de acuerdo con una equitativa distribución geográfica.
Y, por lo que respecta a los aspirantes pertenecientes a la categoría (b), la selección se efectuará a la vista de los expedientes académicos presentados y de los resultados obtenidos en la prueba de admisión, y cuyo contenido y lugares de celebración se detallan en las normas séptima y octava de esta convocatoria.
Cuarta. 4.1 Los documentos que deberán presentar los solicitantes que deseen cursar el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» antes del 31 de enero de 2015, son los siguientes:
a) El formulario que se publique en la página web de la Escuela Diplomática, y cuya presentación se regula en la cláusula quinta de la presente convocatoria.
b) Una fotografía de tamaño carné, adherida al formulario de inscripción.
c) Fotocopia compulsada de su pasaporte en vigor o del documento nacional de identidad.
d) Original o copia compulsada del título superior universitario o equivalente, así como de la certificación académica correspondiente, en la que se refleje una nota media igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente, con expresión de las asignaturas y años académicos realizados. Estos dos últimos documentos deberán estar traducidos oficialmente, en caso de que el original no sea en lengua española.
e) Un currículum vítae en español en el que se indiquen las actividades académicas o profesionales desarrolladas, acompañado de cualquier documento o diploma que acredite las mismas.
La compulsa podrá realizarse presentando original y fotocopia de los documentos requeridos, en el Registro de la Escuela Diplomática (sita en el paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid), pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.
4.2 Posteriormente, cuando se publique la lista de admitidos en la página web de la Escuela Diplomática, se indicará el plazo para la confirmación de su participación en el mismo.
4.3 La no presentación de la documentación exigida en los plazos señalados, supondrá la exclusión del candidato.
Quinta. Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales», correspondiente al curso 2015-2016 cumplirán los siguientes requisitos:
5.1 Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página web de la Escuela Diplomática ( www.maec.es ), y presentarse antes del 31 de enero de 2015.
5.2 Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.
5.3 Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid), pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.
página web de la Escuela Diplomática ( www.maec.es )

sábado, 23 de noviembre de 2013

Convocar el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2014-2015 para un máximo de cien alumnos. Escuela Diplomática.

Orden AEC/2182/2013, de 21 de noviembre, por la que se convocan pruebas de admisión al «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» de la Escuela Diplomática, para el curso 2014/2015.
Convocar el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2014-2015 para un máximo de cien alumnos, con arreglo a las siguientes normas:
Primera. Podrán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la Escuela Diplomática entre las siguientes categorías de aspirantes:
a)
Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor, Licenciado o Grado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.
b) Aspirantes que estén en posesión del título de Licenciado o Grado, españoles y extranjeros, por Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes, cuya nota media en el expediente académico sea igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Segunda. 2.1) Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 30 de septiembre de 2013.
2.2) Los candidatos de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar de manera fehaciente un nivel adecuado de conocimiento de la lengua española para seguir con aprovechamiento el programa del «Máster». El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse mediante la posesión del nivel intermedio del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de Español como Lengua Extranjera» («BOE» de 8 de noviembre de 2002). Supletoriamente, los candidatos podrán también acreditar un conocimiento adecuado de la lengua española mediante la realización de las pruebas y entrevistas establecidas al efecto, que se llevarán a cabo antes del 20 de abril de 2014 en las Embajadas y Consulados Generales de España en los Estados en los que residan los aspirantes a participar en el «Máster».
Tercera. La Escuela Diplomática examinará y valorará la información y documentación que hayan aportado los aspirantes a cursar el «Máster», e informará del resultado a la Comisión académica establecida en la cláusula 3.ª apartado E del Convenio-marco de Colaboración suscrito por el MAEC y seis Universidades Públicas el 11 de julio de 2005.
En ese contexto, la Dirección de la Escuela Diplomática valorará, por un lado, las solicitudes de los aspirantes pertenecientes a la categoría (a) admitiendo a los candidatos que presenten los mejores perfiles de acuerdo con una equitativa distribución geográfica.
Y, por lo que respecta a los aspirantes pertenecientes a la categoría (b), la selección se efectuará a la vista de los expedientes académicos presentados y de los resultados obtenidos en la prueba de admisión, y cuyo contenido y lugares de celebración se detalla en la norma octava de esta convocatoria.
Cuarta. 4.1) Los documentos que deberán presentar los solicitantes que deseen cursar el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» antes del 31 de enero de 2014, son los siguientes:
a)
El formulario que se publique en la página web de la Escuela Diplomática, y cuya presentación se regula en la cláusula séptima de la presente convocatoria.
b) Una fotografía de tamaño carné, adherida al formulario de inscripción.
c) Fotocopia compulsada de su pasaporte en vigor o del Documento Nacional de Identidad.
d) Original, o copia compulsada, del Título superior universitario o equivalente, así como de la Certificación Académica correspondiente, en la que se refleje una nota media igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con expresión de las asignaturas y años académicos realizados. Estos dos últimos documentos deberán estar traducidos oficialmente, en caso de que el original no sea en lengua española.
e) Un currículum vítae en español en el que se indiquen las actividades académicas o profesionales desarrolladas, acompañado de cualquier documento o diploma que acredite las mismas.
La compulsa podrá realizarse presentando original y fotocopia de los documentos requeridos, en el Registro de la Escuela Diplomática (sita en el paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid), pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.
4.2) Posteriormente, cuando se publique la lista de admitidos en la página web de la Escuela Diplomática, se indicará el plazo para la confirmación de su participación en el mismo.
4.3) La no presentación de la documentación exigida en los plazos señalados, supondrá la exclusión del candidato.
Quinta. Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» correspondiente al curso 2014-2015 cumplirán los siguientes requisitos:
5.1) Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página «web» de la Escuela Diplomática (www.maec.es), y presentarse antes del 31 de enero de 2014.
5.2) Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.
5.3) Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.

lunes, 3 de diciembre de 2012

pruebas de admisión al «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» de la Escuela Diplomática, para el curso 2013/2014.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, por el que se reorganiza la Escuela Diplomática, la Dirección de la Escuela Diplomática convoca el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2013-2014 para un máximo de cien alumnos, con arreglo a las siguientes normas:
Primera. Podrán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la Escuela Diplomática entre las siguientes categorías de aspirantes:
a)
Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor, Licenciado o Grado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.
b) Aspirantes que estén en posesión del título de Licenciado o Grado, españoles y extranjeros, por Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes, cuya nota media en el expediente académico sea igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Segunda. 2.1) Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 30 de septiembre de 2012.
2.2) Los candidatos de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar de manera fehaciente un nivel adecuado de conocimiento de la lengua española para seguir con aprovechamiento el programa del «Máster». El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse mediante la posesión del nivel intermedio del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de Español como Lengua Extranjera» (BOE de 8 de noviembre de 2002). Supletoriamente, los candidatos podrán también acreditar un conocimiento adecuado de la lengua española mediante la realización de las pruebas y entrevistas establecidas al efecto, que se llevarán a cabo antes del 20 de abril de 2013 en las Embajadas y Consulados Generales de España en los Estados en los que residan los aspirantes a participar en el «Master».
Tercera. La Escuela Diplomática examinará y valorará la información y documentación que hayan aportado los aspirantes a cursar el «Máster», e informará del resultado a la Comisión académica establecida en la cláusula 3.ª apartado E del Convenio-marco de colaboración suscrito por el MAEC y seis Universidades Públicas el 11 de julio de 2005.
En ese contexto, la Dirección de la Escuela Diplomática valorará, por un lado, las solicitudes de los aspirantes pertenecientes a la categoría (a) admitiendo a los candidatos que presenten los mejores perfiles de acuerdo con una equitativa distribución geográfica. Y, por lo que respecta a los aspirantes pertenecientes a la categoría (b), la selección se efectuará a la vista de los expedientes académicos presentados y de los resultados obtenidos en la prueba de admisión, y cuyo contenido y lugares de celebración se detalla en la norma octava de esta convocatoria.
Cuarta. 4.1) Los documentos que deberán presentar los solicitantes que deseen cursar el «Master interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» antes del 31 de enero de 2013, son los siguientes:
a) El formulario que se publique en la página web de la Escuela Diplomática, y cuya presentación se regula en la cláusula séptima de la presente convocatoria.
b) Una fotografía de tamaño carné, adherida al formulario de inscripción.
c) Fotocopia compulsada de su pasaporte en vigor o del documento nacional de identidad.
d) Original, o copia compulsada, del Título superior universitario o equivalente, así como de la certificación académica correspondiente, en la que se refleje una nota media igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con expresión de las asignaturas y años académicos realizados. Estos dos últimos documentos deberán estar traducidos oficialmente, en caso de que el original no sea en lengua española.
e) Un currículum vitae en español en el que se indiquen las actividades académicas o profesionales desarrolladas, acompañado de cualquier documento o diploma que acredite las mismas.
La compulsa podrá realizarse presentando original y fotocopia de los documentos requeridos, en el Registro de la Escuela Diplomática (sita en el paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.
4.2) Posteriormente, cuando se publique la lista de admitidos en la página «web» de la Escuela Diplomática, se indicará el plazo para la confirmación de su participación en el mismo.
4.3) La no presentación de la documentación exigida en los plazos señalados, supondrá la exclusión del candidato.
Quinta. Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» correspondiente al curso 2013-2014 cumplirán los siguientes requisitos:
5.1) Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página «web» de la Escuela Diplomática (www.maec.es), y presentarse antes del 31 de enero de 2013.
5.2) Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.
5.3) Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.