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lunes, 9 de abril de 2018

8 plazas entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden jurisdiccional Social, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de magistrado o magistrada.

1. Convocar un proceso selectivo para la provisión de ocho (8) plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden jurisdiccional social, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de magistrado o magistrada.
2. De las plazas expresadas, la tercera parte se reservará a miembros del cuerpo de letrados y letradas de la Administración de Justicia de primera o segunda categoría, acreciendo a las del resto de juristas en el caso de no ser cubiertas, de conformidad con lo establecido en el artículo 311.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. Se reservará 1 plaza para ser cubierta por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Capítulo III del Título I del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, cuyas previsiones resultarán de aplicación a este proceso selectivo.
4. A todos los efectos, se considerarán una única convocatoria la que, con la misma fecha, sea aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial relativa al mismo turno de ingreso en la Carrera Judicial en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Por lo anterior, no podrán tomar parte en estas pruebas quiénes se hayan presentado a las pruebas del mismo turno para el acceso al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
5. El proceso selectivo se ajustará en su desarrollo a las siguientes normas:
Parte primera. Bases de la convocatoria

Primera. Normas aplicables. El proceso selectivo para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de magistrado o magistrada entre juristas de reconocida competencia, con más de diez años de ejercicio profesional y especialización en las materias propias de los órganos del orden jurisdiccional social, se regirá por las normas contenidas en el presente acuerdo y, en lo no contemplado expresamente, por las disposiciones de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes. 1. Para concurrir a este proceso selectivo se requiere ser mayor de edad y tener nacionalidad española y la licenciatura o el grado en Derecho, así como no haber incurrido en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
2. Las personas aspirantes no deberán tener la edad de jubilación en la Carrera Judicial prevista en el artículo 386 de la misma Ley Orgánica, ni alcanzarla durante el tiempo que dure el proceso selectivo hasta la toma de posesión, según dispone el artículo 301.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. Será preciso contar con más de diez años de profesión jurídica y especializada en las materias objeto del orden jurisdiccional social, a tenor de lo dispuesto en los artículos 311.1 y 311.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
4. El tiempo de ejercicio profesional se computará, para quien ejerza la función pública, desde su nombramiento en prácticas o desde la toma de posesión de su primer destino, certificada por el organismo del que dependa el Cuerpo o Escala y, para quien ejerza la abogacía, desde la fecha de la primera alta como ejerciente en cualquier Colegio, certificada por el Consejo General de la Abogacía.
5. Los requisitos anteriores se entienden referidos a la fecha en la que expire el plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Tercera. Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se presentarán ajustadas al modelo oficial en el registro general del Consejo General del Poder Judicial, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 10 al 30* de abril de 2018, a.i.}
El modelo oficial para solicitar la participación en el proceso selectivo y liquidar la tasa por derecho de examen estará disponible en la página web del Consejo General del Poder Judicial www.poderjudicial.es, dentro de la pestaña «Servicios» en el apartado «Acceso a la categoría de Magistrado/a» en la sección «convocatorias en curso».
2. Las personas aspirantes aportarán, junto a su solicitud:

1. Fotocopia del documento nacional de identidad.
2. En su caso, las certificaciones que acrediten el derecho a la exención del pago de la tasa por derechos de examen.
3. Certificado al que se refiere la base segunda apartado cuarto, al objeto de acreditar que cuentan con, al menos, diez años de ejercicio profesional.
4. Currículum adaptado al baremo recogido en la base segunda.
5. Autovaloración, conforme a dicho baremo, de los méritos alegados.
6. Documentación relativa a los méritos alegados.
Toda la documentación se presentará debidamente escaneada, en dos soportes digitales (CD o DVD) y siguiendo las instrucciones que aparecerán en la página web www.poderjudicial.es dentro de la pestaña «Servicios» en el apartado «Acceso a la categoría de Magistrado/a» en la sección «convocatorias en curso».

4 plazas entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de magistrado o magistrada.

1. Convocar un proceso selectivo para la provisión de cuatro (4) plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de magistrado o magistrada.
2. De las plazas expresadas, la tercera parte se reservará a miembros del cuerpo de letrados y letradas de la Administración de Justicia de primera o segunda categoría, acreciendo a las del resto de juristas en el caso de no ser cubiertas, de conformidad con lo establecido en el artículo 311.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3.Se reservará 1 plaza para ser cubierta por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Capítulo III del Título I del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, cuyas previsiones resultarán de aplicación a este proceso selectivo.
4. A todos los efectos, se considerará una única convocatoria la que, con la misma fecha, sea aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial relativa al mismo turno de ingreso en la Carrera Judicial en el orden jurisdiccional social. Por lo anterior, no podrán tomar parte en estas pruebas quiénes se hayan presentado a las pruebas del mismo turno y la misma fecha para el acceso al orden jurisdiccional social.
5. El proceso selectivo se ajustará en su desarrollo a las siguientes normas:
PARTE PRIMERA: BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera: Normas aplicables. El proceso selectivo para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de magistrado o magistrada entre juristas de reconocida competencia, con más de diez años de ejercicio profesional y especialización en las materias propias de los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, se regirá por las normas contenidas en el presente acuerdo y, en lo no contemplado expresamente, por las disposiciones de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.
Segunda: Requisitos de las personas aspirantes. 1. Para concurrir a este proceso selectivo se requiere ser mayor de edad y tener nacionalidad española y la licenciatura o el grado en Derecho, así como no haber incurrido en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
2. Las personas aspirantes no deberán tener la edad de jubilación en la Carrera Judicial prevista en el artículo 386 de la misma Ley Orgánica, ni alcanzarla durante el tiempo que dure el proceso selectivo hasta la toma de posesión, según dispone el artículo 301.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. Será preciso contar con más de diez años de profesión jurídica y especializada en las materias objeto del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, a tenor de lo dispuesto en los artículos 311.1 y 311.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
4. El tiempo de ejercicio profesional se computará, para quien ejerza la función pública, desde su nombramiento en prácticas o desde la toma de posesión de su primer destino, certificada por el organismo del que dependa el cuerpo o escala y, para quien ejerza la abogacía, desde la fecha de la primera alta como ejerciente en cualquier colegio, certificada por el Consejo General de la Abogacía.
5. Los requisitos anteriores se entienden referidos a la fecha en la que expire el plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Tercera: Presentación de solicitudes. 1.Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se presentarán ajustadas al modelo oficial en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 10 al 30* de abril de 2018, a.i.}
El modelo oficial para solicitar la participación en el proceso selectivo y liquidar la tasa por derecho de examen estará disponible en la página web del Consejo General del Poder Judicial www.poderjudicial.es, dentro de la pestaña «Servicios» en el apartado «Acceso a la categoría de Magistrado/a» en la sección «convocatorias en curso».
2. Las personas aspirantes aportarán, junto a su solicitud:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad.
2. En su caso, las certificaciones que acrediten el derecho a la exención del pago de la tasa por derechos de examen.
3. Certificado al que se refiere la base segunda apartado cuarto, al objeto de acreditar que cuentan con, al menos, diez años de ejercicio profesional.
4. Currículum adaptado al baremo recogido en la base segunda.
5. Autovaloración, conforme a dicho baremo, de los méritos alegados.
6. Documentación relativa a los méritos alegados.
Toda la documentación se presentará debidamente escaneada, en dos soportes digitales (CD ó DVD) y siguiendo las instrucciones que aparecerán en la página web www.poderjudicial.es dentro de la pestaña «Servicios» en el apartado «Acceso a la categoría de Magistrado/a» en la sección «convocatorias en curso».

martes, 10 de noviembre de 2015

50 plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden civil, del orden penal o de los órganos con jurisdicción compartida, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado o Magistrada.

http://boe.es/boe/dias/2015/11/10/pdfs/BOE-A-2015-12141.pdfAcuerdo de 28 de julio de 2015, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca proceso selectivo para provisión de plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden civil, del orden penal o de los órganos con jurisdicción compartida, para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado.
1. Convocar un proceso selectivo para la provisión de 50 plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden civil, del orden penal o de los órganos con jurisdicción compartida, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado o Magistrada.
2. De las 50 plazas de la convocatoria, 15 corresponden a órganos del orden jurisdiccional civil, 20 a órganos del orden jurisdiccional penal y 15 a órganos con competencia compartida en materia civil y penal. Si en alguno de las anteriores especialidades resultara un número de personas aprobadas inferior al de plazas convocadas, las plazas sobrantes podrán acrecer a las de las otras especialidades en las condiciones y con los requisitos expuestos en las bases de esta convocatoria.3. De las plazas expresadas, la tercera parte se reservará a miembros del Cuerpo de Secretarios y Secretarias Judiciales de primera o segunda categoría, acreciendo a las del resto de juristas en el caso de no ser cubiertas, de conformidad con lo establecido en el artículo 311.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.4. Se reservarán tres plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes.
...5. El proceso selectivo se ajustará en su desarrollo a las siguientes bases:
Base primeraA) Normas aplicables. 1. El proceso selectivo para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado o Magistrada entre juristas de reconocida competencia, con más de diez años de ejercicio profesional y especialización en las materias propias de los órganos del orden civil, del orden penal o de los órganos con jurisdicción compartida, se regirá por las normas contenidas en el presente acuerdo y, en lo no contemplado expresamente, por las disposiciones de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.

B) Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se presentarán ajustadas al modelo oficial en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. {del 11 al 30 de noviembre de 2015, a.i.} Las personas candidatas indicarán si aspiran al reconocimiento de su competencia para ingresar en la carrera judicial por la especialidad correspondiente a los órganos del orden jurisdiccional civil, del orden jurisdiccional penal o a órganos con jurisdicción compartida, no pudiendo participar simultáneamente en más de un subproceso. El modelo oficial para solicitar la participación en el proceso selectivo y liquidar la tasa por derecho de examen estará disponible en la página web www.poderjudicial.es, en el portal del Consejo General del Poder Judicial, dentro de la sección «Acceso a la carrera judicial: Magistrados/as».