1. Convocar un proceso selectivo para la provisión
de cuatro (4) plazas, entre juristas de reconocida competencia con más
de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los
órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, para el
ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de magistrado o
magistrada.
2. De las plazas expresadas, la tercera parte se
reservará a miembros del cuerpo de letrados y letradas de la
Administración de Justicia de primera o segunda categoría, acreciendo a
las del resto de juristas en el caso de no ser cubiertas, de conformidad
con lo establecido en el artículo 311.1 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
3. Se reservará 1 plaza para ser cubierta por
personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que
superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y
la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas
correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 301.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Capítulo
III del Título I del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera
Judicial, cuyas previsiones resultarán de aplicación a este proceso
selectivo.
4. A todos los efectos, se considerará una única
convocatoria la que, con la misma fecha, sea aprobada por la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial relativa al mismo
turno de ingreso en la Carrera Judicial en el orden jurisdiccional
social. Por lo anterior, no podrán tomar parte en estas pruebas quiénes
se hayan presentado a las pruebas del mismo turno y la misma fecha para
el acceso al orden jurisdiccional social.
5. El proceso selectivo se ajustará en su desarrollo a las siguientes normas:
PARTE PRIMERA: BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera: Normas aplicables. El proceso selectivo para el ingreso en la
Carrera Judicial por la categoría de magistrado o magistrada entre
juristas de reconocida competencia, con más de diez años de ejercicio
profesional y especialización en las materias propias de los órganos del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo, se regirá por las
normas contenidas en el presente acuerdo y, en lo no contemplado
expresamente, por las disposiciones de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la
Carrera Judicial.
Segunda: Requisitos de las personas aspirantes. 1. Para concurrir a este proceso selectivo se
requiere ser mayor de edad y tener nacionalidad española y la
licenciatura o el grado en Derecho, así como no haber incurrido en
ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
2. Las personas aspirantes no deberán tener la
edad de jubilación en la Carrera Judicial prevista en el artículo 386 de
la misma Ley Orgánica, ni alcanzarla durante el tiempo que dure el
proceso selectivo hasta la toma de posesión, según dispone el artículo
301.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. Será preciso contar con más de diez años de
profesión jurídica y especializada en las materias objeto del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, a tenor de lo dispuesto en
los artículos 311.1 y 311.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
4. El tiempo de ejercicio profesional se
computará, para quien ejerza la función pública, desde su nombramiento
en prácticas o desde la toma de posesión de su primer destino,
certificada por el organismo del que dependa el cuerpo o escala y, para
quien ejerza la abogacía, desde la fecha de la primera alta como
ejerciente en cualquier colegio, certificada por el Consejo General de
la Abogacía.
5. Los requisitos anteriores se entienden
referidos a la fecha en la que expire el plazo establecido para la
presentación de solicitudes.
Tercera: Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes para tomar parte en el
proceso selectivo se presentarán ajustadas al modelo oficial en el
Registro General del Consejo General del Poder Judicial, directamente o
por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, dentro de los veinte días naturales
siguientes a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado».{del 10 al 30* de abril de 2018, a.i.}
El modelo oficial para solicitar la participación
en el proceso selectivo y liquidar la tasa por derecho de examen estará
disponible en la página web del Consejo General del Poder Judicial
www.poderjudicial.es, dentro de la pestaña «Servicios» en el apartado
«Acceso a la categoría de Magistrado/a» en la sección «convocatorias en
curso».
2. Las personas aspirantes aportarán, junto a su solicitud:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad.
2. En su caso, las certificaciones que acrediten el derecho a la exención del pago de la tasa por derechos de examen.
3. Certificado al que se refiere la base segunda
apartado cuarto, al objeto de acreditar que cuentan con, al menos, diez
años de ejercicio profesional.
4. Currículum adaptado al baremo recogido en la base segunda.
5. Autovaloración, conforme a dicho baremo, de los méritos alegados.
6. Documentación relativa a los méritos alegados.
Toda la documentación se presentará debidamente
escaneada, en dos soportes digitales (CD ó DVD) y siguiendo las
instrucciones que aparecerán en la página web www.poderjudicial.es
dentro de la pestaña «Servicios» en el apartado «Acceso a la categoría
de Magistrado/a» en la sección «convocatorias en curso».
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