Diputació d'Alacant. CONVOCATORIA
DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL
INFERIOR AL MUNICIPIO (E.A.T.I.M.) DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA
ACTIVIDADES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE CONDUCTAS ADICTIVAS, ANUALIDAD
2018
BDNS(Identif.):392484
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE.
IGUALDAD Y FAMILIA
ANUNCIO
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2018, dictado en virtud de las facultades que le fueron delegadas por Resolución del Ilmo. Sr. Presidente núm. 1.203, de fecha 4 de agosto de 2015 (BOP núm. 154, de fecha 12 de agosto de 2015), por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la Provincia de Alicante para actividades de prevención en conductas adictivas en la anualidad 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir a la presente convocatoria los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante.
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE.
IGUALDAD Y FAMILIA
ANUNCIO
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2018, dictado en virtud de las facultades que le fueron delegadas por Resolución del Ilmo. Sr. Presidente núm. 1.203, de fecha 4 de agosto de 2015 (BOP núm. 154, de fecha 12 de agosto de 2015), por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la Provincia de Alicante para actividades de prevención en conductas adictivas en la anualidad 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir a la presente convocatoria los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante.
Segundo. Objeto:
Serán subvencionables aquellas actuaciones de prevención de las conductas adictivas relacionadas con alguno de los siguientes programas:
Acciones formativas que propongan actualizar conocimientos y capacitación técnica de los profesionales de las drogodependencias y otras conductas adictivas.
Programas exclusivos de prevención selectiva/indicada del consumo de alcohol en menores.
Programas de formación a familiares y de intervención con escolares para promover un uso adecuado de las tecnologías y la prevención del juego de apuestas entre adolescentes.
Serán subvencionables aquellas actuaciones de prevención de las conductas adictivas relacionadas con alguno de los siguientes programas:
Acciones formativas que propongan actualizar conocimientos y capacitación técnica de los profesionales de las drogodependencias y otras conductas adictivas.
Programas exclusivos de prevención selectiva/indicada del consumo de alcohol en menores.
Programas de formación a familiares y de intervención con escolares para promover un uso adecuado de las tecnologías y la prevención del juego de apuestas entre adolescentes.
Cuarto. Cuantía:
Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 23.2313.4620100 del Presupuesto Provincial para el ejercicio 2016, por una cuantía máxima de OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (85.000,00 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 3.000 euros por entidad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.-Alacant Nº 73 de 18/04/2018), por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese sábado o inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil. {del 19 de abril al 10 de mayo de 2018, a.i.}
Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 23.2313.4620100 del Presupuesto Provincial para el ejercicio 2016, por una cuantía máxima de OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (85.000,00 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 3.000 euros por entidad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.-Alacant Nº 73 de 18/04/2018), por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese sábado o inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil. {del 19 de abril al 10 de mayo de 2018, a.i.}
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