Extracto de Resolución de 10 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convoca el Programa de Ayudas HISPANEX para personas físicas en el ámbito universitario extranjero para la promoción exterior de la lengua y cultura españolas, correspondiente al año 2018.
BDNS(Identif.):393476
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios:
Personas físicas que acrediten nacionalidad y/o residencia en alguno de los siguientes países: Estados Unidos, Japón, China, Filipinas e Islas del Pacífico Hispano, Corea, Australia, Alemania, Francia, Polonia, Portugal, Reino Unido, Hungría y Marruecos, y que estén relacionados de forma directa con una universidad relevante en materia de hispanismo radicada en alguno de los países mencionados.
Segundo. Objeto:
- Proyectos culturales relacionados con temas de hispanismo en el ámbito de distintas actividades creativas.
- Investigaciones académicas, estudios de postgrado, doctorales y postdoctorales, en temas de hispanismo.
- Reuniones, conferencias y seminarios sobre temas de hispanismo.
- Publicaciones sobre temas de hispanismo en editoriales extranjeras especializadas o de prestigio reconocido.
- Se priorizarán aquellos proyectos que traten el tema con motivo del V Centenario de la expedición de Magallanes y Elcano.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, ("Boletín Oficial del Estado" de 13 de noviembre de 2010) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Cuarto. Cuantía:
Las ayudas podrán cubrir un máximo del 50% del coste total del proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes, por vía electrónica, será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado".{del 18 de abril al 17 de mayo de 2018, a.i.}
El plazo de petición de clave será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado" y terminará a las veintitrés horas con cincuenta y nueve segundos (23:59 horas), hora de España peninsular, del día referido. Una vez recibida la confirmación de clave, el solicitante deberá completar su solicitud dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.
Sexto. Otros datos:
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura, para lo que será necesario estar en posesión del oportuno certificado electrónico de persona física. https://sede.mcu.gob.es
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