Artículo único. Modificación del plazo fijado en el
artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la
aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a
la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y
control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, para
el año 2018.
En el año 2018, el plazo de presentación de la
solicitud única a que se refiere el artículo 95 del Real Decreto
1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de
los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes
de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de
los pagos al desarrollo rural, finalizará:
El 7 de mayo de 2018, inclusive, en el ámbito
territorial de las Comunidades Autónomas de Cantabria, Galicia, Región
de Murcia, La Rioja y Comunidad Foral de Navarra.
El 11 de mayo de 2018, inclusive, en el ámbito
territorial de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla y León y
Comunitat Valenciana.
El 15 de mayo de 2018, inclusive, en el ámbito
territorial de las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha,
Extremadura, Madrid y Principado de Asturias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia